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Año LV.—Núm. 27 Martes I9 de Agosto de 1893 Tomo 29. —Pág. 241 PERIODICO OFICIAL DEL G-OBIERUO 3PTJ3STTOS IDE SUSORIPOION PRECIOS IDE SUSCRIPCION Habana, en la Administración de la imprenta, calle de Teniente-Rey, 23. Provincias, en casa de los respectivos agentes. Los anuncios y suscripciones se reciben en la Administración, de ocho de la mañana á cuatro de la tarde, todos los días, menos los festivos. Habana, por un trimestre . $ 4-50 oro . . I Puerto Rico, por un trimestre . . $ 6-00 oro. Provincias, por un trimestre. . . ¿4-50 oro. | Península, por ídem....................$ 6-00 oro. El pago de la suscripción será adelantado. PRECIO IDE LOS A.I*JTUIT OIOS PRECIO DEL EJEMPLAR Poi cada linea al dia « --------1----------------- 20 cts. oro. i Del mes corriente .....................15 cts. oro.—De meses atrasados dentro del año , Por cada un año atrasado...............................50 cts. oro. 30 cts, oro. PARTE OFICIAL. ADMINISTRACION GENERAL HODIERNO GENERAL DE LA ISLA DE COBA, SECRETARIA GENERAL. Sección Central de Gobierno y Archivo. Instrucción pública. Por el Ministerio de Ultramar con el número 859, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general la Real orden siguiente: «Excmo. Sr.:—E11 vista délo manifestado por ese Gobierno general en carta oficial número 702, de primero de Abril último, relativo á la traslación del Catedrático del primer curso de Latín y Castellano del Instituto de Matanzas, D. José María Morales y Minero, á la Cátedra de Geo grafía é Historia del de Pinar del Río, vacante por salida á otro destino de D. Lucas L. de Avendaño, que la servía: 5. M. el Rey (q. D. g.) y en su nombre la Reina Regente <iel Reino, se ha servido aprobar la medida adoptada por Y. E. trasladando al referido Morales y Minero al Instituto referido de Pinar del Río, con el haber anual asignado A dicha Cátedra.—De Real Orden digo á V. E. para su conocimiento, el del interesado y efectos consiguientes.— Dios guarde á V. E. muchos años.—Madrid, 19 de Junio de 1893.—Maura.» Y puesto el cúmplase por S. E. con fecha 15 del actual, á la anterior resolución, de su orden se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana, 19 de Julio de 1893. El Secretario general, Estanislao de Antonio. Vacante en la facultad de Medicina, una categoría de ascenso; el Excmo. Sr. Gobernador general ha dispuesto su provisión por concurso, con arreglo á lo que determina «1 artículo 4Q del Reglamento del Profesorado de esta Isla. Los aspirantes dirijirán sus solicitudes documentadas al Rector del Distrito por conducto del Decano de la Facultad, en el improrrogable plazo de 30 días, á contar desde la publicación de este anuncio. Es condición precisa para optar á este ascenso llevar cinco años de antigüedad en la categoría inmediata. Los aspirantes harán constar sus méritos y servicios, -obras que han publicado, trabajos científicos y comisiones que hayan desempeñado. En igualdad de circunstancias será preferido el más antiguo en la citada categoría inmediata. Lo que se publica por medio de este edicto para conocimiento de aquéllos que se crean con derecho á la categoría vacante. Habana, 27 de Julio de 1893. El Secretario general, Estanislao de Antonio. Personal, Por el Ministerio de Ultramar se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general, con fecha 8 del mes que cursa y bajo el número 952, la Real orden siguiente: «Excmo. Sr.: -El Rey (q. D. g.) y en su nombre la Reina Regente del Reino, ha tenido á bien dejar sin efecto la Real orden de 10 de Junio último, por la cual se nombró á D. Carlos Benoet y San Juan, oficial segundo del Gobierno Regional y provincia de esa capital. —De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y demás efectos.» Y acordado por S. E. su cumplimiento en 23 del actual, de su orden se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana, 26 de Julio de 1893. El Secretario general, Estanislao de Antonio. Por el Ministerio de Ultramar se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general, con fecha 4 del corriente y bajo el número 910, la Real orden siguiente: «Excmo. Sr.:—Por el Ministerio de Estado, se dice á este de Ultramar, con fecha 28 de Junio último, lo que sigue: — Excmo. Sr.:—S. M. el Rey (q. D. g.) y en su nombre la Reina Regente del Reino, ha tenido á bien conceder por decreto de 19 del actual, la Cruz de Caballero de Isabel la Católica, á D. Luis A. Columbié, propuesto por V. E. en 25 del mes próximo pasado.—De Real orden, comunicada por el Sr. Ministro de Estado, .lo participo á V. E. para su conocimiento y en contestación al citado oficio y le remito la credencial para que se sirva hacerla llegar á poder del interesado. —De la propia Real orden, comunicada por el Sr. Ministro de Ultramar, lo traslado á V. E. para su conocimiento, manifestándole que la credencial se ha hecho llegar á poder del interesado.» Y acordado por S. E. su cumplimiento en 23 del ac tual, de su orden se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana, Julio 27 de 1893. El Secretario general, Estanislao de Antonio. Gracia y Justicia. Por el Ministerio de Ultramar, con fecha 19 de Junio próximo pasado y bajo el núm. 889, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general la Real orden que sigue: «Excmo. Sr.:—El Rey (q. D. g.) y en su nombre la Reina Regente del Reino, ha tenido á bien trasladar al Juzgado de ia instancia de San Juan de los Remedios, de entrada,, en el territorio de la Audiencia de Matanzas, vacante por pase á otro destino de D. Miguel Martínez Cór dova, á D. Armando de Zayas y Ochoa, que sirve igual cargo en Antique, de la misma categoría en el territorio de la Audiencia de Manila.-—De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y demás efectos.» Y acordado por S. E. su cumplimiento en 15 del actual, de su orden se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana, 27 de Julio de 1893. El Secretario general, Estanislao de Antonio. Por el Ministerio de Ultramar, con fecha 28 de Junio próximo pasado y bajo el número 898, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general, la Real orden siguiente: «Excmo. Sr.:—Vista la carta oficial de V. E. número 712, de 25 de Mayo próximo pasado, dando cuenta del nombramiento de D. Melitón de la Mar y Fru, para servir interinamente la plaza de Secretario de la Audiencia territorial de Matanzas; teniendo en cuenta que el expresado nombramiento se ha ajustado á lo prevenido en el artículo 201 del Real decreto ley de 5 de Enero de 1891 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del mismo; el Rey [q. D. g.] y en su nombre la Reina Regente del Reino, ha tenido á bien aprobarle con carácter de interino.—De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y demás efectos.» Y acordado por E. su cumplimiento en 15 del actual, de su orden se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana, 26 de Julio de 1893. El Secretario general, Estanislao de Antomo. Obras públicas. Por el Ministerio de Ultramar, con fecha 21 de Junio próximo pasado, y bajo el número 891, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general la Real orden siguiente: «Excmo. Sr.: -Visto el oficio de V. E. número 297, de 18 de Febrero último, y el expediente y proyecto que le acompañan, relativos á la modificación de la cubierta del depósito de las aguas del canal de Vento, hoy de Al-bear, de la Habana.—Vistos los informes emitidos por los diferentes funcionarios y Corporaciones de esa Isla que han intervenido en el asunto: De conformidad con lo informado por la Sección 5a de la Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos; S. M. el Rey (q. D. g.) y en su nombre la Reina Regente del Reino, se ha servido disponer: 19 Que se autorice al Ingeniero Director de las Obras que por el Ayuntamiento de la Habana se ejecutan para el abas* tecimiento de aguas á la Capital, para que teniendo en cuenta el proyecto aprobado para la cubierta del depósito de distribución y cuanto resulta del expediente expresado, redacte un nuevo y completo proyecto de cubierta, en el concepto de emplear el ladrillo del Norte como material para las pilas y bóvedas y la piedra sillería para los arranques de estas últimas. Las bóvedas podrán ser por arista ó de cañón seguido por las mayores facilidades de ejecución y del espesor de un asta de ladrillo y en la Memoria se razonarán y justificarán las formas y dimensiones que se propongan para las diferentes partes, con objeto de satisfacer á las necesarias condiciones de estabilidad y de resistencia, servicio y ventilación del depósito, conveniente unión de los apoyos con el plano inclinado del suelo y salida de las aguas de 'lluvia; y la economía compatible con la satisfacción de esas condiciones, sometiéndole por el Ayuntamiento el proyecto modificado y su presupuesto, en el que hará constar la diferencia que resulte con el aprobado para esa parte de las obras, á la aprobación de ese Gobierno general, que previo informe del Ingeniero Jefe de Obras Públicas de la Región, dictará la resolución que corresponda.—2.a Que se autorice así mismo á V. E. para que en vista de cuanto resulta del citado expediente, y principalmente de lo que se halle estipulado en las cláusulas de la contrata general celebrada para la ejecución de las obras de abastecimiento de aguas de esa Capital y con la mayor ilustración que para el asunto estime oportuna, resuelva lo que considere conveniente acerca de los dos objetos siguientes: — Primero; si las obras de la cubierta del depósito se han de segregar de la contrata general celebrada parala ejecución, ó ser ejecutadas por la misma, si la sociedad contratante está obligada á ello, ó en caso contrario, si presta la conformidad al nuevo proyecto. Ytsegundo; si la ejecución de las obras para cubrir el depósito, ha de aplazarse por razones de orden económico, ó debe tener lugar, desde luego, tan pronto como haya obtenido la aprobación el proyecto reformado, bien sea por la contrata actual, ó mediante nueva subasta en pública licitación.—Lo que de Real orden dige á V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes, incluyéndole adjunta copia del mencionado dictamen y devolviéndole el expediente de que se trata, debiendo publicarse esta resolución en extracto en la Gaceta de Madrid é íntegra en la de la Habana.» Y dispuesto por S. E. su cumplimiento en 15 del que rige, de su orden se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana, 26 de Julio de 1893. El Secretario general, Estanislao ae Antonio. Sección central de Hacienda. Negociado de Timbre y Lotería. Cédulas personales. Habiéndose deslizado dos erratas en el texto del Reglamento de Cédulas personales publicado en la Gaceta de la Habana, que alteran esencialmente el precepto contenido en los artículos 76, apartado 20 y 94, se reproducen los mencionados artículos para general conocimiento. Art. 76, párrafo 29. Los Jefes de las Secciones provinciales y los de las Subalternas que en la formación de los padrones y resúmenes clasificados de las cédulas, cometieren falsedad, dejando de incluir en los primeros á los individuos obligados á adquirir aquélla. Art. 94. La declaración de anulación de cédulas, se entenderá sólo de las que previamente estuviesen expedidas á nombre de las personas cuyo paradero se ignore ó hubiesen fallecido, y á las que no hayan podido cobrarse después de haberse apurado los procedimientos ejecutivos; advirtiendo que dicha declaración no releva á los interesados de adquirir el documento, ni menos de satisfacer los recargos y hacer efectivas las responsabilidades que correspondan cuando sea averiguado el paradero de los que resulten ignorados ó se demuestre que no eran insolventes. Habana, 28 de Julio de 1893.—Francisco Eontanals•
Object Description
Title | Gaceta de la Habana, Año LV, Num. 27-53, Agosto de 1893 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1893-08 |
Coverage Temporal | 1890-1899 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (216 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000787 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000787 |
Digital ID | chc99980007870001001 |
Full Text |
Año LV.—Núm. 27
Martes I9 de Agosto de 1893
Tomo 29. —Pág. 241
PERIODICO OFICIAL DEL G-OBIERUO
3PTJ3STTOS IDE
SUSORIPOION
PRECIOS
IDE SUSCRIPCION
Habana, en la Administración de la imprenta, calle de Teniente-Rey, 23.
Provincias, en casa de los respectivos agentes.
Los anuncios y suscripciones se reciben en la Administración, de ocho de la mañana á cuatro de la tarde, todos los días, menos los festivos.
Habana, por un trimestre . $ 4-50 oro . . I Puerto Rico, por un trimestre . . $ 6-00 oro.
Provincias, por un trimestre. . . ¿4-50 oro. | Península, por ídem....................$ 6-00 oro.
El pago de la suscripción será adelantado.
PRECIO IDE LOS A.I*JTUIT OIOS
PRECIO DEL EJEMPLAR
Poi cada linea al dia « --------1-----------------
20 cts. oro.
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Del mes corriente .....................15 cts. oro.—De meses atrasados dentro del año ,
Por cada un año atrasado...............................50 cts. oro.
30 cts, oro.
PARTE OFICIAL.
ADMINISTRACION GENERAL
HODIERNO GENERAL DE LA ISLA DE COBA,
SECRETARIA GENERAL.
Sección Central de Gobierno y Archivo.
Instrucción pública.
Por el Ministerio de Ultramar con el número 859, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general la Real orden siguiente:
«Excmo. Sr.:—E11 vista délo manifestado por ese Gobierno general en carta oficial número 702, de primero de Abril último, relativo á la traslación del Catedrático del primer curso de Latín y Castellano del Instituto de Matanzas, D. José María Morales y Minero, á la Cátedra de Geo grafía é Historia del de Pinar del Río, vacante por salida á otro destino de D. Lucas L. de Avendaño, que la servía: 5. M. el Rey (q. D. g.) y en su nombre la Reina Regente |
Format | Image |
Archive | chc99980007870001001.tif |
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