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¡p ¡£ m. ir <i> u> a <u d> (iiDiiiiá Núm. 138. t Domingo. 1. ° de Junio de 1851—Santos Pánfilo y Segundo.—Circular tn la T. O. de san Agustín. p * pea PARTE OFICIA!. GOBIERNO Y CAPITANIA GENERAL DE LA SIKMMtli PIEL ISLA BE CoBA¡ Contaduría de la Junta de Fom3nto. j El domingo 2 del mes próximo entrante* se tendrán, como es de costumbre, »eunidos en el Depósito de cimarronea todos ;los negros de esta clase en cumplimiento del artículo 29 del reglamento.—Habana 30 de Mayo do 1851.—Francisco Oger. -Trassierra.—Por mandado E *—O 1 leal de mayor tercero de esta Secretaría Política. x El Excmo. Sr. Gobernador Capitán general se ,.ba servido disponer que se puhlique la siguiente Real Orden. “Ministerio de la Gobernación del Reino.—Dirección de Ultramar.—Excmo. Sr.—En vista del expediente instruido sobre la próroga del privilegio que se concedió á D. Francisco Marty y Torraos por la construcción de la obra dé la pescadería de esa capital, que el antecesor de V. E. remitió con su carta núm- 523 de 1. * de Marzo de! aílo próximo pasado, y de io que V. E. informa en la suya uúm. 47 de 8 de Febrero último ó consecuencia de lo que se le previno en Real órden de i. ® de Noviembre anterior, la Reina de conformidad con lo propuesto por V. E. y por las Secciones de Ultramar, Marina, y Gracia y Justicia del Consejo Real, á las cuales tuvo ó bien cousultar sobre el asunto, se ha servido declarar nula y sin efecto la próroga del expresado privilegio, y que por los fondos municipales de esa ciudad se indemnice al empresario Marty y Torrousdel valor dalas obras construidas a su costa fuera de contrata:yque paradicha indemnización se adopte • I medio de árbitros elegidos por ¡as partes interesadas, según propone V. E. en su carta ántes citada sometiéndose á la aprobación de S. M. lo que se acordare por los árbitros, sin cuya previa aprobación no podrá llevarse á efecto; y en el caso de que los interesados no se conviniesen en el medio propuesto por V. E. para la indemnización de que se trata, podrá entónces Mar-tv y Torreas hacer uso en el tribunal correspondiente del derecho de que se crea asistido para que se le iu-demnice el valor de lo que tiene obrado á sus expensas fuera de contrata. Respecto á la autorización que solicita V. E. en su citada carta para permitir la venta del pescado fresco eu los puntos en que mas conveniente sea á los expendedores, la Reina se ha servido mandar se manifieste á V. E. que estando á su cargo el ramo de policía urbana, y siendo objeto de esta la colocación de los puestos de venta pública en donde mas convenga al ornato, comodidad y salubridad del vecindario, se llalla por tanto facultado V. E. para disponerlo así sin necesidad de una especial autorización. Da Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde á V. E. muchos aiíos.—Madrid 23 de Abril de 1851.—Bel-tran de Lis.—Sr. Gobernador Capitán General de la isla de Cuba.”—Es copia.—Fulgencio Salas. Secretaría militar. Deórden del Excmo. Sr. Gobernador Capitan Gsneralse previene á D. Juau José Nuiíez, Sargento 2.® que fué del regimiento infantería de la Habana, se presente en hura hábil en ia oficina á mi cargo para comunicarle un ssunto que le incumbe. Habana 29 de Mayo de 1851.—Pedro Esteban, Inspección de estudios de las Islas de Cuba y Puerto Rico. El Excmo. Sr. ViceReal Protector de Instrucción pública ha tenido á bien aprobar ei acuerdo de la Inspección do Estudios por el cual se concede á D. Juan Bautista Leccia privilegio por dos años parala preparación y veuta de una pomada para curar el reumatismo; pero con la precisa condición de que este medicamento no podrá venderse mas que en las boticas y por receta de facultativo al precio de dos reales sencillos por cada cajita igual á las que e! interesado presentó para el análisis y ensayos de dicha pomada. Habana 30 de Mayo de 1851.- Pedro C. Cañedo, secretario Real Junta de Fomento. Estando para llegar á este puerto de un momento * otro el bergantín español Amalia procedente de la Gran Cauaria con 34 colonos de ambos sexos, labradores y sirrvientes, se anuncia al público á fin de que los que quieran contratarlos conforme á las reglas establecidas para su colocacionse dirijan á la comisión de población blanca que se hallará en la Secretaría de la Corporación en horas hábiles tan luego como arriben los cittados colones que serán alojados en la casa de depósito de cimarrones situada en el Cerro. Habana 23 de Mayo de 1851.—José ¡María Velazquez, secretario. Contaduría general de Reptas Marítimas. Para el 4 del entrante re han de rematar en el almacén de averias una caja con 38 piezas indianas de algodon deá30¿ vs., un fardo con 12 piezas coleta de algodón con 1007 varas.—Habana y Mayo 30 de 1851.—Adriuensens. Para ei 4 del entrante se hunde rematar en el almacén de averías 1281 barras y 40 atados de hierro.—Habana y Mayo 30 de 1851.—Adriaensens. Para el 3 del entrante se han de rematar en el almacén de averías una partida de jamones. Habana y Mayo 31 de 1851. A-driaenses. Mira jœtiiài. Por auto del Excmo. Sr. Intendente general de ejército, proveído con la consulta del asesor general, y por ante el Ldo. D. Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público que á nombre de D. José Suarez Argudin se hoce el denuncio ó registro de un criadero al parecer de cobre eu la hacienda Santa Isabel, á 20 pasos al Norte de un trillo que conduce desde Melones á S. José; ei cual ponen por nombre S. Juan. * Por auto del Excmo. Sr. Intendente general de ejército, proveído con la consulta dolSr. asesor general, y por ante el Ldo. 1). Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público que D.Juan Argudin ha solicitado que se le admita á registro una mina al parecer de cobre, situada en el punto conocido por los Ciegos de Juan Tomas, en los altos de la Bermeja, correspondiente á la hacienda de los Arroyos do í). Antonio Miranda en el distrito de Mantua, jurisdicción de Piñal del Rio, lindando por el Sur con la mina Tres Hermanos, de D. José Suarez Argudin,á lacual pone por nombre la Incógnita. * Por auto dei Excmo. Sr. Intendente general de ejéicito, proveído con la consulta del Sf. asesor general, v por ante el Ldo. !>. Marcelino de Vilo, se ha dispuesto hacer saber al público que D, Pedro Cebalios solicita registro de una tniua al parecer de cobre, énla loma de la Bermeja, punto conocido por los Ciegos de Juan Tomas, correspondiente ala hacienda do los A-royos, de D. Antonio Miranda, en el distrito de Mantua, jurisdicción de Piñal del Rió, colindante por la parta del .’Este con la mina Tres Hermanos, cuyo criadero coi re de Este á Oeste y al cual le pone por nombre lia Gracia de Dios. “ Por auto del Excmo. Sr. la aJcnte general de ejército, proveído con la consulta del Sr. asesor general, y por ante el Ldo. D. Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público que D. Guillermo Linares ha solicitado que selle admita á registro una mina al parecer de cobre, situada en el punto que titulan los Ciegos de Juan Tomas, en los altos de la Bermeja, correspondiente á la hacienda de los Arroyos, de D. Antonio Miranda^ el distrito de Mantua, jurisdicción de Piñal del Rio, lindando por el Sur cou la mina Tres Hermanos, de D. José Suarez Argudin, á lacual pone por nombre la Magnifica. * Por auto del Excmo. Sr. Intendente general deejértito, proveído con la consulta del Sr. asesor general, y por nte el Ldo. D. Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público aue á nombre de D. José Suarez Argudin, se hace el denuncio o registro de un criadero al parecer de cobre, en el punto llamado loma de la Vigía, posesión de D. Gabriel Foníela, en terrenos de la hacienda Navarro, el cual pone por nombre Sta. Teresa. * DE OFICIO. Por disposición del Excmo. Sr. Conde de Villanueva, Intendente de ejército, con la consulta del Sr. asesor general, y por ante el Ldo. í). Marcelino dé Alio, está mandado se anuncie al público la admisión del registro de una mina al parecer de cobre, que ha descubierto D. Juan Eugenio Mársts, en terrenos realengos, jurisdicción de Guanabacoa, lindando con Bacura-nao, terrenos Sta. Fé, al costado de la calzada Real, pasado el puente blanco, á lacual se ha puesto por nombre el Oriente, EDICTOS. D. Ramón de Lago, coronel graduado de infantería, caballero de la Real y militar órden de San Fernando y de la órden Pinna de Roma y Teniente Gobernador político y militar de esta villa y su jurisdicción 8fc. Por esta mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo á D. Ramón Iradi, para que dentro de nueve dias se presente en la cárcel pública de esta viila á descargarse de la culpa que le resulta en la causa formada por golpes y heridas á D. Manas González, cieno y seguro de que si así lo hiciere se ie oirá y administrará recta y cumplida justicia, y ue io contrario se !e declarará rebelde y contumaz y por bastante los extrados del juzgado para las notificaciones, parándole el mismo perjuicio corno si fuere presente. Que así la he dispuesto con consulta del asesor | titular en la citada causa. San Antonio, Mayo 29 de 1851.—La-¡ go.—Por mandado de S. Sría.—Antonio de Porto. E *—O ! D. Vicente de la Torre y Trassierra, Alcalde mayor quinto de esta ciudad y su jurisdicción por S. M. $?c. SfC. Por esta mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo al chino Manuel Baldaza, para que dentro de 9 dia3 se presente en la cárcel pública á descargarse de la culpa que le resulta en los criminales que se le siguen por robo de dos negritos, segu-j ro qne si así lo verificare se le administrará recta y cumplida ¡justicia, apercibido de declararse rebelde y contumaz é incurso en las penas déla ley. Que así lo tengo dispuesto en dicha causa. Habana y Mayo 24 de 1851.—Trassierra.—Por mandado de S.Sría.—Francisco Valerio. Y para su cumplimiento libro la presente. Habana v Mayo 28 <le 1851.—Francisco Valerio. E 2—O Por esta mi segunda carta de edicto, cito llamo y emplazo al negro Agustín ó sea Isidro ó José de la O Morales para que en el término de nueve dias se presente en la Real Cárcel deles-ciudad á descargarse de la culpa que le resulta en la causa criminal que se le sigue por hurto de de un reloj con leontina de oro á b. Juau Gustavo Pedevidau; seguro de que si asi lo hiciese se le administrará recta justicia y apercibido en caso contrario de las penas de la ley que asi lo tengo mandado en dicha 55* RAMILLETE HABANERO causa. Habana y Mayo 28 de 1851.-de Srín.—Jorge Díaz y García. D. Justo de Sandoval y Manesc.ru ciudad y su jurisdicción, ¿t- , .,j. Por esta mi L* carta de edicto; cito, llamo y emplazo al chino Simón González, cuya filiaciones la siguiente: bajo de 'cuerpo, envuelto en carnes, cara redonda y ancha, manchado de viruelas, sin patillas y pelo laso, para que dentro de nue-j ¡ve dias contados desde esta fecha se presente en la cárcel pública de esta ciudad á descargarse de la culpa que le resulta en los criminales formados por la herida inferida á don Francisco Casas, seguro de que si así lo hace se le administrará justicia y de lo contrario se le tendrá por rebelde y contumaz, haciéndosele las notificaciones en estrados y parándole el mismo perjuicio que si fueren hechas en persona: Que así lo tengo mandado. Habana y Mayo 27 de 18ol.-—Sandoval.—Por mandado de su Sría.—Br. Felipe Fornari—Es copia.—Br. Felipe Fornari. E 3—0 AUTOS. Por disposición del Sr. Teniente Gobernador de este pueblo, con la consulta del titular, se manda intimar á D. José Mas el auto del tenor, siguiente:—Cárdenas y Mayo 28 de 1851.— Vistos: con ei mérito del precedente certifieato y el que en.general presta la actuación: fallo que debe hacerse trance y remate de los bienes en que fué mejorada la ejecución -pertenecientes á D. José Mas, hasta hacera I). Domingo Roldan, entero y cumplido pago de la cantidad porque fue librada la ejecución, cubriéndose ademas cuanto se expresa én dicho mandamiento. Preste en consecuencia el acreedor ta fianza de la ley de Toledo y dése cuenta pura proveer lo que conduzca á dicho remate. Hágase como se pide en el otrosí del escrito de fojas 31.—Héctor.—Du-Bouchet.—Cárlos Acosta y Espou. Y para su publicación en tres números consecutivos libro la presente. Cárdenas Mayo 28 de 1851.—Cárlos Acostajv Espou. A—* \ consecuencia del incidente al concurso del Sr. Marques de Viilaltn formado para tratar do la calificación de créditos y por ante mí: se ha proveído el auto que á la letra dice.—Habana y Mayo veinte y seis de mil ochocientos cincuenta v uno.— Vistos: este cuaderno de calificación de créditos con los autos principales dei concurso promovido en primero de Julio de mil ochocientos cuarenta y siete por el Sr. Marques de Villalta y demas incidencias: con su mérito y lo manifestado por las partes definitivamente juzgando se deelnrn: que con los fondos destinados al pago de los acreedores de este concurso deberán cubrirse sus responsabilidades en' la forma siguiente. En primer lugar las costas de este incidente de calificación, las de los autos principales, las de los demas cuadernos de interes general y los ministros indiferentes de los expedientes particulares, sin perjuicio de las condenaciones especiales que se hagan. En segundo lugar los doce mil quinientos diez y seis pesos dos y medio reales que se adeudan á D. José Vilar según escrituro y contrato de refacción de cinco de Enero de mil ochocientos cuarenta y si He. visible á fojas ciento setenta y ocho de estos autos; deduciéndose de dicha cantidad los seis rail pesos que el Dr. D. Juan Bautista Kohly comprador del ingenio San Juan de Dios se ha comprometido á pagar á este acreedor por virtud del convenio corriente á fojas trescientas diez y siete del incidente de remate de (ficho ingenio y potrero Limones. Eu tercer lugar los veinte y cinco mil quinientos setenta y un pesos que se adeudan á Mariana Aguiar por suplementos refaccionarios que hizo hasta Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seisse- fun escritura de fojas ciento cuarenta y tres su fecha quince de unió de mil ochocientos cuarenta y siete. En cuarto lugar los cuarenta mil ciento sesenta pesos cinco y medio reales que alcanza el Excmo. Sr. Conde de O-Reilly por administración y íefaecion^del caudal concursado según declaratoria hecha en nueve de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, corriente á fojas cuatrocientas ochenta y siete del propio cuaderno de calificación. En quinto lugar se colocan, no pura su pago, pues ya están satisfechos, sino para que obren en graduación los veinte y siete mil doscientos setenta y dos pesos que se debían al teniente de fragata D. José de Bulnes por los tre3 mil novecientos cuarenta y ocho pesos que expresa la escritura de veinte y uno de Enero de mil ochocientos cuarenta y tres con hipoteca del cafetal Resurrección y de las zafras del ingenio Sta. Teresa, por i ;»ocho mil novecientos veinte y cuatro pesos que menciona la escritura de treinta del mismoÉnero, con hipoteca del propio cafetal y dí las zafras del ingenio San Juan de Dios; por los ocho mil cuatrocientos pesos á que alude la escritura de primero de Julio de mil ochocientos cuarenta y tres con hipoteca del mismo cafetal y varios siervos; y por los seis mil pesos que comprende la escritura de veinte y tres de Octubre de mil ochocientos cuarenta y tres con las hipotecas últimamente expresadas: cuyas escrituras se ratificaron todas en la de veinte de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro y constan á fojas una, tres y cinco dei expediente particular de este acreedor, dando el alcance de veinte y siete rail doscientos setenta y dos peso ’• que ya se ha graduado. En sexto lugar se fija con el propio objeto que ei anterior el crédito que resulta á favor del Dr. D. Juan Bautista Kohly por treinta y siete mil euarenta y cuatro pesos cou hipoteca en el ingenio Santa Teresa y su potrero anexo, según escritura de quince de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, visible á fojas tres de su expediente particular. En sétimo lugar los aiete mil doscientos pesos que á favor del teniente de fragata D. José Bulnes y con hipoteca del potrero Limones y de los esclavos de su dotación expresa la escritura de veinte de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro visible á fojas cinco de su expediente particular, cuyo crédito ha sido ya abonado por consecuencia dei referido convenio y se fija en este lugar para que obre en la graduación. En octavo lugar los quince mil trescientos sesenta y tre3 pesos cinco reales que D. José Pablo Xiques ha cedido á favor de I). Francisco Chacón y Calvo según el escrito de fojas cincuenta v oiio de su expediente particular por aparecer á su favor cou hipoteca del potrero Limones y de varios esclavos por escritura de veinte y dos de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, según los datos constantes al dorso de lu foja primera y treinta y dos del expediente del referido Xiques, declarándose que si se llega á verificar el remate da los referidos bienes que en el dia corresponden á este concurso, se satisfará esta acreencia no el grado que ahora se ie señala sino junto con las de los escritura»ios, porque ei precio de la venta del potrero Limones que estaba hipotecado para su pago no basta para cubrir el importe de las de mas preferencia que gravitaban sobre la referida finca cuando la enagenacion se efectuó. En noveno lugar y con el solo objeto de que obre en graduación por estar ya pagado con el dicho convenio de compra los cuatro mil cinco pesos que á favor del Dr. I). Juan Bautista Kohly y con hipoteca del ingenio Santa Teresa y potrero anexo expresa la escritura de nueve de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco, visible á foja primera de su expediente particular. En décimo lugar los cinco mil seiscientos cnarenta y un pesos cuatro reales queá favor de l). Francisco Bonnet y con hipoteca del cafetal^Resurrección expresa la escritura de doce de Se- j tiembre de mil ochocientos cuarenta y seis, corriente á fojas cuatro de su expediente: declarándose igualmente que si llega á verificarse el remate de los bienes correspondientes á ecte concurso solo gozará Bonnet del privilegio de hipotecario respecto de la finca gravada y salvo el mejor derecho de los anteriores, cobrando junto con los demas escriturarios en el caso de | que no baste para su pago el valor de dicha finca. En undécimo ! lugar los cuatro mil setecientos cinco pesos seis reales á quei se contrae la escritura de diez y seis de Octubre de mil ochocientos cuarenta y se‘i3 a favor de D. Ramón Rodríguez con hipoteca de varios esclavos; cuyo instrumento obra á fojas cuatrocientos seis de este cuaderno. Eu duodécimo lugar se colocan los nueve mil qniuientos ochenta pesos que resultan á favor de D. José de Bulnes por escrituras de doce de Enero de mil ochocientos cuarenta y tres y veinte de Noviembre de inii ochocientos cuarenta y cuatro corrientes á fojas cinco de su expediente, á fin de que obren en la calificación por estar comprendida esta cantidad en los demas pagos á que se ha aludido. En décimo tercero lugar los dos mil novecientos setenta y dos ps. cuatro reales que por escritura de veinte y nueve de Muyo de mil ochocientos cuarenta y"tre9 se adeudan al Br. D. Ramón Ortega según los datos que obran á fojas t-es y doce de su expediento partícula*. En décimo cuarto lugar los mil quinientos noventa y dos pesos seis reales que alcanza el Sr. 1>. Joaquín Sala y Ramón por resto de mayor suma constante de escritura de veinte y dos de Mayo de mil ochocientos cuarenta y cuatro que obra á foja cinco de su expediente particular. En décimo quinto lugar los trescientos dos pesos cinco reales que reclama O. Francisco Márquez cesionario de doña Josefa Aizeorbe ríe Gómez por resto de mayor suma constante de escritura pública de veinte y dos de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, según los datos visibles á fojas una y dos de su expediente de cobro y la sesenta y siete y sesenta y nueve del de su insolvencia; y los dos mil pesos que alcanza D. Antonio Castellanos por escritura de veinte y dos de Noviembre de rail ochocientos cuarenta y cuatro visible á fojas noventa y cuatro del expediente de calificación. En décimo sexto lugar los novecientos treinta y cinco, pasos que cobra el Teniente coronel l). Mariano García por escritura de once de Octubre de mil ochocientos cuarenta y cinco á foja primera dei expediente de cobro de dicha cantidad. En décimo sétimo lugar los tres mil sesenta y ocho pesos que también cobra el expuesto l). Mariano García constante de escritura de once de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cinco á foja primera de su otro expediente. En décimo octavo lugar los quinientos euarenta y cuatro pesos que se adeudan á i). José María de ¿'ayas con arreglo á la escritura de doce de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y cinco que se registra á fojas seiscientas veinte vuelta de estos autos. Eu décimo nono lugar lustres mil trescientos diez v ocho pesos siete y medio reales que reclaman don Mariano Moya y D. Francisco Pujadas por escritura de veinte y seia de Junio do mil ochocientos cuarenta y seis corriente A fojas cuatrocientas cuarenta y dos de esta actuación. En vigésimo lugar los dos mil cuatrocientos treinta y siete pesos cinco reales que se adeudan-á D. Alejo Marsac con arreglo á ín escritura de dos de Noviembre de mil ochocientos cuarenta v seis visible á fojas cinco de su expediente particular. En vigésimo primero lugar los mil setenta y tres pesos que cobra Don Manuel de Jesús Castellanos mimo cesionario dei bachiller Don Cárlos Acosta y Valderas resto de la escritura de doce de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y seis que obra á fojas tras <le su expediente particular y á la novecientas cuarenta do este; y al Exorno. Sr. Conde O-Reilly los ochocientos pesos que faltan para el completo de los que expresa dicha escritura por haberlos pagado á Acosta, como consta del citado documento de fojas novecientas cuarenta. En vigésimo segundo lugar los cinco mil pesos que por cesión del Ldo. D. Joaquín de Orue alcanza D. Hilario Bazagoi-tia por escritura de once de Enero de mil ochocientos cuarenta y siete que se registra á fojas cuatrocientas treinta y una de estos autos. En vigésimo tercero lugar los seiscientos noventa ps. que corresponden al Ldo. D. Antonio Franchi de Aifaro como cesionario de D. Agustín Donoso á quien se otorgó la escritura de tres de Marzo de mil ochocientos cuarenta v siere, visiMn á f.»¡no rvíiitc r de sti expeuieme particular, en vigésimo cuarto lugar los quinientos cuarenta pesos que cobra el expuesto Ldo. D. Antonio Franchi de Aifaro como cesionario de !). José María Meló constantes de la escritura de diez y ocho de Marzo de mil ochocientos cuarenta y siete á fojas cuatro de su expediente particular. En vigésimo quinto lugar los seis mil seiscientos cincuenta pesos que alcanza I). Felipe Alum por escritura de nueve do. Abril de mil or.hoeientos cuarenta v siete fojas ciento ochenta y tres de este expediente. En vigésimo sexto lugar los ciento noventa y cuatro pesos que cobra D. Sebantian Delgado procedentes de derechos parroquiales de matrimonios y entierros de negros del ingenio San Juan de Dios según los documentos fojas tres y siguientes hasta la ocho de bu expediente particular. En vigésimo séptimo lugar á prorata ios créditos que á continuación se designan, y que se han justificado ó por ia presentación de docuntos privados ó por el reconocí-, miento judicial del deudor común y son los siguientes. Los doce mil trecientos cuatro pesos que igualmente alcanza el Dr. D. Juau Bautista Kohly y le fueron reconocidos á fojas diez y seis de su expediente particular; cuyo crédito se expresa en este lugar solo para que obre en la calificación por estar comprendido en los pagos acordados en el convenio de compra del ingenio San Juan de Dios y potrero Limones. Los doscientos setenta y citano ps. que el mismo Dr. D. Juan Bautista Kohly se adeudan por cesión de Da. Ana Col!,según los datos que obran á fojas quinientas setenta y seis y quinientas noventa y siete de estos autos. Los doscientos noventa y cinco ps. que pertenecen al mismo Dr. Kohly por cesión de D. Santiago Dalrymple que representaba por sí y como cesionario de D. Redro Quintana, según los documentos de fojas ciento cincuenta y ocho y ciento cincuenta y nueve de estos autos; en virtud de que en el de fojas trecientas noventa y cuatro se ha confesado que la deuda ha quedado reducida á. los expresados doscientos noventa ps. Los siete rail doscientos cuarenta y cuatro ps. de l). José Ora-mas según el vale de fojos veinte y nueve de esta actuación. Los dos mil novecientos cuarenta y se¡3 ps. cinco rs. que á fuvor D. Cárlos Escassi expresa el documento de fojas ciento cuarenta v dos de este cuaderno y que han sido cedidos á D. Amable Be-llaire por escritura de fojas setecientas veinte y nueve dei mismo. Los trescientos treinta y ocho ps. dos y medio reales que alcanza el Dr. I>. Francisco Je Paula Escofet. por el documento de fójas ciento cuarenta y cinco de este expediente. Los setecientos ochenta y siete ps. cuatro rs. que se adeudan á D. Gabriel Pines por el documento de fojas doscientas cuarenta y tres de este cuaderno. Los seiscientos setenta y ocho pesos dos rs. de D. José María Perazn cesionario de D. José María Aguirre-•barrena, según el documento de fojas d03 de su expediente. Preciso es que confesemos amables lectora*, que de todos lo» muebles do nuestro uso, y de todos lo» indispensables episodios de la elegancia femenil, el primero que necesitamos es el espejo. La jóven ménos coqueta, y aficionada á las galas de la vanidad le consulta sin remedio cuatro vece» ai dia. Al levantarse para arreglar su peinado y su trago de mañana; á la hora de comer para examinar si se dirije á la mesa con la deceute compostura que debe presidir en ese acto; por la tarde al ponerse el sol, sus sencillos adornos j á fin de recibir las visitas que pueden llegar, y después i antes ds‘£ecojerse pará observar si algún alfiler so había desprendido, y si su vestido le hacia favor. Sí, queridas lectoras, cuatro veces desde que deja1 el lecho hasta que vuelve á recliuarse en él, es lo mé-¡ nos que la jóven soltera 6 casada arroja una ojeada; á su espejo, por desprovista de pretensiones que se considere. En cuanto á la que pierde su tiempo dominada por la coquetería, son tantas que no lograríamos contarlas; pues pasa su vida aute él, estudiando loa remilgos que según su opinión deben hacerla mas interesante, ó ensayando loa afeites que deben aumentar el prestigio de sus artificiosas gracias. El espejo es un amigo sincero que no adula á nadie, y que repite con exacta fidelidad el rostro que tiene en frenté. Mas ¡ah! que pocos ven el suyo tal como le refleja el cristal! El amor propio impele á cada uno á mirar con un vidrio de disminución sus defectos innegables, y con un lente de aumento sus bellezas efectivas. La naturaleza nos ha dotado á todos de una gran dosis de indulgencia para nosotros mismos, tanto respecto á la parte física como á la moral. Nuestro sexo aprendo, consultando el espejo con moderación, á conservar esa elegancia decorosa que * realza, y ese deseo de agradar que le consigue tas generales simpatías. Gracias á él, adopta cada señorita el traje y peinado que á su fisonomía condone. Un semblante agradable, un aspecto fino y dis-tiuguido, nos concilian desde ei primer golpe de vista ta atención de aquellos con quienes tratamos, aten* cion que se cambia en interés luego que las cualidades morales la fortalecen, pero que provino al principio de la favorable impiesiou por la persona cau •ada. Tan natural es en la condición femenil el anhelo de parecer bien, que hasta las mugeres de mas talento y categoría no hau permanecido insensibles al incienso de las lisonjas que ponderaban su hermosura. La famosa Elizabeth de Inglaterra, rauger superior por todos conceptos, sonreía siu embargo halagüeña á los cortesanos que buscaban mil delicados medios para llamarla bella yelegaute. Quién ignora el rasgo ingenioso de aquel noble extrangero que deseando captarse la benevolencia de la soberana, lo logró merced á una adulación finísima?__Admitido por Elizabeth en su círculo privado, le preguntó esta que era lo que mas había cautivado en Lóndres su atención—Una beldad tan perfecta como mogestuosa, que he tenido la dicha de contemplar alguuos instantes—replicó aquel respetuosamente—Cual es su nombre?—añadió la Reina cou curiosidad—su nombre es glorioso y célebre acuerda de consultarle sino en raras ocastoues y uo manifiesta en su exterior esa deceute compostura que sirve de reflejo digámoslo así á la compostura moral. Preséntase con el peinado en desórden, el vestido abierto, los zapatos arrastrando, y por bella que sea su iudisculpable dejadez, su indolente olvido de su persona, bastan para empañar sus encantos. El aseo y el cuidado de sf misma, forman dos de las principales cualidades de la tnuger. Hablando de la materia con una de mis amigas, Los mil quinientos pesos queá favor de D. Manuel González expresa el documento de fójas ciento diez de este cuaderno y que han sido cedidos á D. Miguel Venancio Marcos por la ee-critura de fojas ochocientas cincuenta y tres. Los tres mil ochocientos noventa y cuatro pesos que & favor de D. Ramón Diaz aparecen de los documentos que obran desde fójas ciento veinte y cuatro hasta la ciento treinta del mismo. Los dos mil ciento cincuenta y cinco pesos cinco rs. de I). Félix Cabello según los documentos corrientes desde fojas ciento cuarenta y ocho hasta la ciento cincuenta y una del mismo. Los .finco mil veinte y nueve pesos medio real que reclama Barbolla y Heviapor los documentos visibles deede fojas doscientas sesenta hasta la doscientas sesenta y seis del mismo. Los cuatro mil pesos que se adeudan á D. Joaquín Pedroso por el documento de fojas ¡cuatrocientas veinte y cinco det mismo. Los dos mil peso3 que alcanza la sucesión del E&ctno. Sr. Marques de San Felipe y : Santiago por ei documento de fojas cuatrocientas veinte y seis del mismo. Los dos mil pesos que cobra D. Vicente Molina por el documento de fojas cuatrocientas del mismo expediente. Los cuatro mil ochocientos ochenta y ocho peso9 que se adeudan al mismo D. Vicente Molina por cesión ¡ie D. Domingo Martínez y Cortés según documentos corrientes desde fojas cuatrocientas cincuenta y cinco á la cuatrocientas setenta y tre«. Los ¡novecientos cuarenta y seis pesos cuatro reales que al mismo D. Vicente Molina se deben por endoso de D. Juan Daban, se-jgun los documentos que obran á fojas ciento diez y ocho y ciento diez y nueve del mismo. Los cinco mi^pesos que cobra ¡ D. José Antonio de Irigóyen por el documento de fojas cuatrocientas diez y nueve del mismo. Los rail ciento treinta y tres ps. 3ue á Alraasqúé y Compañía representautea de los derechos e Irigóyen y Compañía hó adeudan por el documento de ¡fojas quinientas cincuenta y nueve del mismo. Los cuatrocientos sesenta y cinco peso.s cuatro reales que los heiederos de l). j Joaquín Septién alcanzan según la certificación dé fojas nove-j cientos noventa y ocho de los autos principales. Los siete rail ¡ochocientos treinta y seis pesos que por cesiou de 1) José Pablo Xiques deben abonarse á D. Francisco Chacón y Calvo, se-!gun lo quése expresa á fojas treinta y dos vuelta y á la cin-■ cuenta y ocho de «ti expediente particular. Lo9 mil quinientos ; pesos que. cobraba 1). Joaquín Rodríguez al tenor del docuraen-ito de fojas treinta y una do su expediente particular, cuya su-i rna percibirá en su caso el Excmo. ár. Conde O-Reilly eu virtud ¡ del convenio que explica el esento de fojas ochenta, y cuatro a-¡ probado en el auto de la noventajr tres vuelta del citado expediente particular. Los trescientos ochenta y s iete pesos cuatro ; reales que resultan áfavor de D. José Saqui por el documento ¡ de fojas cuarenta y seis de este expediente de calificación. Los ¡cientos diez pesos cuatro reales que Da. Juana Rivera alcanzo. ¡ por el docuuiento de fojas setenta y cuatro del mismo. Los dos-! cientos véhif? y nueve peso3 cuatro reales de Da. NicolasaGas-sie por cesión del Dr. Ü. Rafael Bergoya según el documento 1 de fojas setenta y siete del mismo. Los doecientos treinia y ocho pesos que expresa ei documento de fojas ochenta y dos del propio á favor de D. Benito Gandos. Los setecientos sesenta y .^eis pesos dos reales que alcanza D. Daniel Labat por los de fojas noventa y seis y noventa v siete del mismo. Los cuatro rail no-venta y un pesos que se deben á D. Diego Real por los de fojas (noventa y nueve y ciento del propio. Los cuatrocientos diez y ¡ocho pesos que cobran Atteritge Orrpor el de fojas cieuto dos j del mismo. Los doscientos veinte y cinco pesos de D. Estéban i Mestre según el documento de fojas ciento cuatro del propio. ¡Los trescientos cuuienta pesos que reclama D. Francisco Rivas Flecha por el de fojas ciento cinco del propio. Los dos mil trescientos cincuenta y cinco ps. que cobra I). Romualdo P.Ventana por los de fojas ciento veinte v ciento veinte y una del propio. Los trescientos setenta v cuatro pesos de don Juan Flores según el de fojas ciento veinte, y tres del propio. Loa trescientos cincuenta y ocho pesos que cobra don Juan Corta por el de fojas ciento treinta y una del mismo. Los doscientos diez ps. de l>. Ramón ¡áendra y Compañía por el de fojas ciento treiuta y dos del propio. Los seiscientos sesenta y cinco ps. dos rs. de í). José Balbino Gutiérrez de Ceiis que ocupa el lugar de D. Manuel Gómez y Compañía, con arreglo á los documentos corrientes desde fojas ciento treinta cuatro hasta ia ciento treinta y siete y á la trescientas sesenta y una del mismo. Los quinientos catorce ps. que alcanzan Martínez y Maravillas ñor él de fifias eipnrn írpinlH V nphr» df-l nfnrtLn I /y» 'to'»íM*nrna noventa y seis ps. tres y medio rs. que ü. Juan Lambden ai-cánza según el de fojas ciento cuarenta del mismo. L03 dos mil doscientos setenta y tres ps.'cinco y medio rs. que á favor de D. Miguel Ochoa expresan los de fojas ciento sesenta y dos y ciento Besenta y tres del propio. Los doscientos cincuenta, ns. que por cesión de D. Rosendo de Alvarez alcanza D. Felipe Alum según el de fojas ciento ochenta y dos del mismo. Los trescientos cincuenta y nueve ps. seis rs. que se adeudan á D. Gerónimo del Valí dMeño de la tienda la Escocesa por el de fojas doscientas del propio. Los doscientos ochenta y dos ps* medio rl. que cobra el mismo del Valí como dueño de la tienda la Bomba, por los documentos corrientes desde fojas doscientas una haeia la doscientas tres del propio. Los doscientos setenta y cinco ps. que D. Francisco Suarez Argudin alcanza por el de fijas doscientas doce. Los mil ochocientos ps. de Ü. Carlos Bernal por el de fojas doscientas yeiute del propio. Los quinientos diez ps. que D. Luis Nuñez y Gato cobra por el de fojas doscientas ochenta y una del mismo. Los ciento sesenta y dos ps. de i). Martin Larny por cesión de D. Bernardino Güen, según el de fojas tresci -mas sesenta y cinco del mismo. Los mil ps. que á favor de D. Ignacio Calvo expresa el de fojas cuatrocientas veinte y cuatro del mismo. Loa mil quinientos ps. que igualmente se mencionan á favor de D. Juan Martínez en ei de fojas cuatrocientas veinte y oeho Los novecientos diez y nueve ps. de D. Antonio Brito, según el documento de fojas cuatrocientas cuarenta v tres del mismo, y que han sido cedidos o Dr. L). Juan Bautista Kohly según la escritura corriente á foja? ochocientas cuarenta .y una. Los quinientos noventa ps. que por cesión de D. Benito Veciano, cobra D. Manuel Suarez por el de fojas cuatrocientas setenta, y cinco del propio. Los setecientos noventa ps. que se deben á 1). Agustín Rapum, por un pagaré do L). Domingo Andró y otro de D. Manuel Estevez, corrientes a fojas cuatrocientas noventa y una y cuatrocienta-* noventa y tres del propio. Los quinientos veinte ps. que alcanza ci Sr. Marques del Real Socorro por el libramiento de D. Manuel Es-tevez de fojas quinientas dore del propio. Los cuatrocientos diez y seis ps. seis rs. que D. Juan G. y Ortega cobra por el documento de fojas dos del expediente promovido por su curador D. Jo.-ió ¡‘tuna Ci timbón. i,os quiuientu* .etenta y ocho pa. que i). José iteníto Uan>to» reclama por el documento de fojas (ios de au expediente particular. Los seiscientos sesenta y seis ps. que 1). Juan Herrera cobra por dos pu^Hrés de L). J. Ü.Gi-guel, corrientos ú fojas una y dos de au expediente. I os tres mil quinientos cincuenta y seis pa. que cobra D. Valentía Cas-tanedo como cesionario de L>. José García Aceredo, que lo era de U. Loren/.o Jioris según consta fi fojas diez y setenta v un i de au expediente particular. Los doce mil ps. que expresa el contrado eu el aumento del cariño de Enrique, que al verme 6Íeinpre soureirle con la inalterable dulzura de la abuegacion, y la constaucia de la paciencia, me ha conducido de nuevo ante él espejo, para decirme cou ojos lleno» de gratitud Adela! y Elisa durante este tiempo, permaneció confinada en su casa. Habría unos quince dias que la ausencia de Félix había cubierto su rostro de palidez, y destruido la sonrisa desús labios, cuando una amiga que llegó Mira cuan linda es ahora mi¡tle uua finca vecina del ingeuio de Félix, le refirió que le había visto en los bailes campestres, no per- En la interesante obra de E. Sue, titulada Ma- diendo contradanza, y distrayéndose todo lo posible, tilde, la hipócrita Ursula que lloraba tan admirable-! Suspiró Elisa al escucharla, é inmediatamente las mente, vertiendo lágrimas fingidas que la hermosea-¡ tristes fantasmas de los celos.se reunieron en torno e- ! suyo para atormentar! . Pensando en quo Félix lia 1_______________________________7 ban, debió á su espejo esta seducción mas que acre jóven casada, dotada de tanta inteligencia é instruc- ceutó el número de las que ya poseía. Una vez que ha- j bia podido divertirse léjos de su lado, comparando su ciou, como de paciencia y dulzura de carácter, Adela 1 * " ----- ~~ ---• c-c > ~ -...... - *“| 8onriéudoso cou aquel donaire geutil que le pertenece me dijo señalándome el grande ésnejo de marco dorado que ocupaba el testero de su safa —Me has referido cou acierth las ventajas físicas. —replicó el diestro cortesano; eu cuanto á la imágeo i que nos resultan preguntándole moderadamente que de su acabada hermosura, héla aquí!—Y sacando un adornos armonizan mejor con nuestra fisonomía, pero espejito de su bolsillo le presentó á Elizabeth que al has callado que puede sernos provechosísimo para mirarle vió reproducido su propio rostro. Recibió complacida Elizabeth esta delicada lisonja, y el hábil diplomático que ton bieu conocía al bello déxo, consiguió alcanzar asi su protección. Eu uiuguua situación ni estado se desprende la muger del empeño jnoceute de atraerse las generales simpatías. La campesiua rústica engalana su cabeza cou las flores de las praderas, y se contempla en el espejito suspendido con un clavo de la pared de su pobre choza. Los poetas y romanceros, nos pintan á las pastoras exáminándose en el cristal de las fuentes, reco-jiendo sus cabellos en trenzas graciosas para agradar al zagal que las ama. Filis suspira pensaudo en Daf-nis, y las claras aguas al repetirle sus ingenuas facciones la llenan de gozo mostrándole el candor de su corregirnos de las pasiones violentas que desfigurau el mas agradable semlilaute. Al principio de nuestro matrimonio, Enrique y yo solíamos teuer algunas disputólas provenidas de mi excesiva viveza, y de la facilidad con que me exaltaba por la menor cosa. Aunque persuadida de que Enrique me queria entrañablemente, mi celoso cariño no se satisfacía con sus constantes muestras de afecto, y exigia que olvidase el resto del mundo para pensar en mi solamente. Enojábame amenudo, y me despojaba entóuces de esa paciencia llena de mansedumbre que mi sexo tanto bia llorado por no se que contrariedad, fijó casual-!ejemplo con el de otros amantes que no encontrubau mente sus pupilas en la luna de su tocador, y al per-1 1 pl .cer separados do su adorada, mii martirios se-cibir su rostro inuudado de lágrimas como tina rosa Iciatos desgarraron su corazón. Se ropresentó á Félix con las gotas del roclo, quedóse sosprendida del heehi- que debía ser todo suyo, elogiando, atendiendo a otras zoquete comunicaban, y uo economizó en adelante se juzgó olvidada, ofendida y su alma orgullosa se las mágicas perlas de sus ojos. Si las hubiera der- ulceró profundamente. Regresó el jóven el dia señala-ramado para lograr el éxito de generosas acciones y do, é ignorando que ella lo supiera todo, creyendo de proyectos loables, tal medio de persuasión hubiera ¡ prudente, uuuquo uo había tenido iutoueion de faltar a lo que le dehjajcallar, que había tratado de divertirse en el campo, se quejó del tormento de la ausencia v sido dulce, poético y encantador verdaderamente. Taima, el gran trágico frauces, ensayaba ante un espejo sus papeles de preferencia y preguntaba á a- j le expresó su sincero gozo al tornarla á ver. quel imparcial amigo, si era exacto el aparato de su j —Considero, sin embargo que el tiempo uo le habrá poderosa mímica, si era fiel la elocuente expresión de I parecido á V. tan largo como asegura-^-repuso Elisa semblante. Cuando se imponía á sí propio caracteri- ¡con frialdad—merced á los bailecitos y las romerías zando á Régulo ó Hamlet el célebre actor quedaba! placenteras en que ha tomado parte! satisfecho y trocaba el aspecto sombrío del amante del Quedó confuso Félix al escucharla, y consultando Ofelia, y la magestad del cónsul Romano en el aire su rostro, únicamente descubrió eu él uua desdeñosa gozoso que iuspira ia conciencia de lo que vale uno. ) indiferencia. Anhelando recobrar el terreno perdido, ® ü _ lili _ Hit _ Suele representar el espejo, lectoras mias, impor-j repitió sus visita» y obsequios. Elisa permanecía ennecesita para sobrellevar resignada los sufrimientos'taute papel en las comedias y novelas. Gracias á él vuelta eo una reserva glacial. A veces al mirarle afee- anexos á su coudicion. Padecía Enrique viéndome se descubren Mos secretos ocultos, y las tramas mas teoso y triste conocía que su alma queria volar hacia padecer, y uo sabia á que medios recurrir para tranqui ¡izarme. (Jua ocasión, no recuerdo porque motivóme frente pura, y la frescura de su juventud.—No soy fea había incomodado con mi acostumbrada vehemencia eu efecto!----—exclama con satisfacción—Dafnis y enrogecido el rostro le acusaba de indiferencia é in- tiene buen gusto....comprendo que me haya prefe- sensibilidad. Contemplóme Enrique en silencio parido entre mis compañeras....-Mi tez es blanca, misigarráudome á coniinuacion de la mano, me obligó á ojos brillantes y mi talle flexible-.Sí, uo ine pa- seguirle frente á un espejo—Mi Adela, es hermosa, rezco mal!----.Sorpréndela Dafnisen este monólogo \ tierna y amable!—exclamó mostrándome en la tersa enredadas. En la vida real da lugar igualmente á ines- j él, pero recordaba entónces lo que á solas había pade peradas revelaciones. Una señorita de las mas reeo-jcid», Ínterin se distraía Félix léjos de ella, y abrién-menciables cualidades que acaba de enlazarse con unjdose de nuevo la herida de su resentimiento uo sejuz-jóven que la merece, debe á la indiscreción del espejo gaba bastante amada, y recobraba su severa actitud, la felicidad de su existencia. El solo defeeto de EíisalCausado Félix de suspirar en vano, y de oirle respon consiste eu poseer una alma reservada y orgullosa, \ der con sarcasmos á sus protestas de cariño, pensó á itjvé se ofende cou facilidad y disimula todo lo posible í su turno:—Esa muger no sabe amar, puesto que no ia mortificación que la hiere. Se rie aunque haya lá- sabe perdonar un agravio ligero! — y tomando su som-que quizás alguna de vosotras recitará á sus solas co-i luua mis facciones contraidas por la cólera—No es grimas en el fondo de su corazou, y habla serena- brero una noche, se despidió de Elisa con un »mito mo la pastoreóla, cou ia única diferencia de que ella le verdad que esa muger en nada se le asemeja, y ofrece mente raiéntras la tempestad agita su espíritu turba- que equivalía á BU eteruo «dios. La joven le saiudó pronunciaba al aire libre, y vosotras en el fondo del secreto boudoir, y se rie de su franca jactancia, pero la encuentra mas amable que nunca por que su simple el desagradable contraste de aquellas cualidades preciosas?______Me examiné confusa, y comprendí que do. Amenudo deseaudo quejarse, guarda un silencio s n salir de su silenciosa tranquilidad, y Feiix al atra-profundo que aumenta los combates de su interior vesar la sala fijó los ojo» casualmente en el espejo, ... . * i i i * . .. L .... «i i itii'il n.* Vn k r. Ej' I . . . - ,í . .... .... .. i trage está mejor arreglado que otros dias, y sus riza-1 recemos para no afearnos. Desde aquel dia, todas las dos cabellos coronados con las azucenas del valle. ¡veces que me he sentido próxima á reincidir, me he Asi como es digna de crítica la coqueta superfi-; acordado de mi espejo, y be tratado de vencer los cialque dedicasu existencia al exámen continuo de transportes del enojo que tan mal se avienen ron la su espeja, lo es también la muger negligente que no se suave natnraleza femenina. Mi recompensa lá he en- tenia razou, que á lo ménos debíamos evitar el eufu-' Félix jóveu de excelente educación y buenas eosttim-1 fíente al cual estaba Elisa sentada cu uu »ilion. ¡Cual bres, pero de un carácter alegre y divertido, le había fué su asombro y su júbilo »1 descutuir que esta, juz-demostrado siempre una simpuda vivísima. Sin me- gando que é¡ no podía percibirla, juntaba sus mano» diar entre ambos uua explicación definitiva, sabían i en actitud ue profunda desolación, y cruzándolas soque se amaban, y se guardaban itiútiía fidelidad. Tuvo, bre su seno agitado por lo# sollozos convulsivo«, al-Féllx que marcharse á pasar uu mesen su ingeniótzaba al cielo tus ojo« inundados de lágrimas copio
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 138-161, Junio de 1851 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1851-06 |
Coverage Temporal | 1850-1859 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (98 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000475 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000475 |
Digital ID | chc99980004750001001 |
Full Text |
¡p ¡£ m. ir u> a (iiDiiiiá
Núm. 138. t Domingo. 1. ° de Junio de 1851—Santos Pánfilo y Segundo.—Circular tn la T. O. de san Agustín. p * pea
PARTE OFICIA!.
GOBIERNO Y CAPITANIA GENERAL
DE LA SIKMMtli PIEL ISLA BE CoBA¡
Contaduría de la Junta de Fom3nto.
j El domingo 2 del mes próximo entrante* se tendrán, como es de costumbre, »eunidos en el Depósito de cimarronea todos ;los negros de esta clase en cumplimiento del artículo 29 del reglamento.—Habana 30 de Mayo do 1851.—Francisco Oger.
-Trassierra.—Por mandado E *—O
1 leal de mayor tercero de esta
Secretaría Política.
x El Excmo. Sr. Gobernador Capitán general se
,.ba servido disponer que se puhlique la siguiente Real Orden.
“Ministerio de la Gobernación del Reino.—Dirección de Ultramar.—Excmo. Sr.—En vista del expediente instruido sobre la próroga del privilegio que se concedió á D. Francisco Marty y Torraos por la construcción de la obra dé la pescadería de esa capital, que el antecesor de V. E. remitió con su carta núm- 523 de 1. * de Marzo de! aílo próximo pasado, y de io que V. E. informa en la suya uúm. 47 de 8 de Febrero último ó consecuencia de lo que se le previno en Real órden de i. ® de Noviembre anterior, la Reina de conformidad con lo propuesto por V. E. y por las Secciones de Ultramar, Marina, y Gracia y Justicia del Consejo Real, á las cuales tuvo ó bien cousultar sobre el asunto, se ha servido declarar nula y sin efecto la próroga del expresado privilegio, y que por los fondos municipales de esa ciudad se indemnice al empresario Marty y Torrousdel valor dalas obras construidas a su costa fuera de contrata:yque paradicha indemnización se adopte • I medio de árbitros elegidos por ¡as partes interesadas, según propone V. E. en su carta ántes citada sometiéndose á la aprobación de S. M. lo que se acordare por los árbitros, sin cuya previa aprobación no podrá llevarse á efecto; y en el caso de que los interesados no se conviniesen en el medio propuesto por V. E. para la indemnización de que se trata, podrá entónces Mar-tv y Torreas hacer uso en el tribunal correspondiente del derecho de que se crea asistido para que se le iu-demnice el valor de lo que tiene obrado á sus expensas fuera de contrata. Respecto á la autorización que solicita V. E. en su citada carta para permitir la venta del pescado fresco eu los puntos en que mas conveniente sea á los expendedores, la Reina se ha servido mandar se manifieste á V. E. que estando á su cargo el ramo de policía urbana, y siendo objeto de esta la colocación de los puestos de venta pública en donde mas convenga al ornato, comodidad y salubridad del vecindario, se llalla por tanto facultado V. E. para disponerlo así sin necesidad de una especial autorización. Da Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde á V. E. muchos aiíos.—Madrid 23 de Abril de 1851.—Bel-tran de Lis.—Sr. Gobernador Capitán General de la isla de Cuba.”—Es copia.—Fulgencio Salas.
Secretaría militar.
Deórden del Excmo. Sr. Gobernador Capitan Gsneralse previene á D. Juau José Nuiíez, Sargento 2.® que fué del regimiento infantería de la Habana, se presente en hura hábil en ia oficina á mi cargo para comunicarle un ssunto que le incumbe.
Habana 29 de Mayo de 1851.—Pedro Esteban,
Inspección de estudios de las Islas de Cuba y Puerto Rico.
El Excmo. Sr. ViceReal Protector de Instrucción pública ha tenido á bien aprobar ei acuerdo de la Inspección do Estudios por el cual se concede á D. Juan Bautista Leccia privilegio por dos años parala preparación y veuta de una pomada para curar el reumatismo; pero con la precisa condición de que este medicamento no podrá venderse mas que en las boticas y por receta de facultativo al precio de dos reales sencillos por cada cajita igual á las que e! interesado presentó para el análisis y ensayos de dicha pomada. Habana 30 de Mayo de 1851.- Pedro C. Cañedo, secretario
Real Junta de Fomento.
Estando para llegar á este puerto de un momento * otro el bergantín español Amalia procedente de la Gran Cauaria con 34 colonos de ambos sexos, labradores y sirrvientes, se anuncia al público á fin de que los que quieran contratarlos conforme á las reglas establecidas para su colocacionse dirijan á la comisión de población blanca que se hallará en la Secretaría de la Corporación en horas hábiles tan luego como arriben los cittados colones que serán alojados en la casa de depósito de cimarrones situada en el Cerro. Habana 23 de Mayo de 1851.—José ¡María Velazquez, secretario.
Contaduría general de Reptas Marítimas.
Para el 4 del entrante re han de rematar en el almacén de averias una caja con 38 piezas indianas de algodon deá30¿ vs., un fardo con 12 piezas coleta de algodón con 1007 varas.—Habana y Mayo 30 de 1851.—Adriuensens.
Para ei 4 del entrante se hunde rematar en el almacén de averías 1281 barras y 40 atados de hierro.—Habana y Mayo 30 de 1851.—Adriaensens.
Para el 3 del entrante se han de rematar en el almacén de averías una partida de jamones. Habana y Mayo 31 de 1851. A-driaenses.
Mira jœtiiài.
Por auto del Excmo. Sr. Intendente general de ejército, proveído con la consulta del asesor general, y por ante el Ldo. D. Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público que á nombre de D. José Suarez Argudin se hoce el denuncio ó registro de un criadero al parecer de cobre eu la hacienda Santa Isabel, á 20 pasos al Norte de un trillo que conduce desde Melones á S. José; ei cual ponen por nombre S. Juan. *
Por auto del Excmo. Sr. Intendente general de ejército, proveído con la consulta dolSr. asesor general, y por ante el Ldo. 1). Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público que D.Juan Argudin ha solicitado que se le admita á registro una mina al parecer de cobre, situada en el punto conocido por los Ciegos de Juan Tomas, en los altos de la Bermeja, correspondiente á la hacienda de los Arroyos do í). Antonio Miranda en el distrito de Mantua, jurisdicción de Piñal del Rio, lindando por el Sur con la mina Tres Hermanos, de D. José Suarez Argudin,á lacual pone por nombre la Incógnita. * Por auto dei Excmo. Sr. Intendente general de ejéicito, proveído con la consulta del Sf. asesor general, v por ante el Ldo. !>. Marcelino de Vilo, se ha dispuesto hacer saber al público que D, Pedro Cebalios solicita registro de una tniua al parecer de cobre, énla loma de la Bermeja, punto conocido por los Ciegos de Juan Tomas, correspondiente ala hacienda do los A-royos, de D. Antonio Miranda, en el distrito de Mantua, jurisdicción de Piñal del Rió, colindante por la parta del .’Este con la mina Tres Hermanos, cuyo criadero coi re de Este á Oeste y al cual le pone por nombre lia Gracia de Dios. “
Por auto del Excmo. Sr. la aJcnte general de ejército, proveído con la consulta del Sr. asesor general, y por ante el Ldo. D. Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público que D. Guillermo Linares ha solicitado que selle admita á registro una mina al parecer de cobre, situada en el punto que titulan los Ciegos de Juan Tomas, en los altos de la Bermeja, correspondiente á la hacienda de los Arroyos, de D. Antonio Miranda^ el distrito de Mantua, jurisdicción de Piñal del Rio, lindando por el Sur cou la mina Tres Hermanos, de D. José Suarez Argudin, á lacual pone por nombre la Magnifica. * Por auto del Excmo. Sr. Intendente general deejértito, proveído con la consulta del Sr. asesor general, y por nte el Ldo. D. Marcelino de Alio, se ha dispuesto hacer saber al público aue á nombre de D. José Suarez Argudin, se hace el denuncio o registro de un criadero al parecer de cobre, en el punto llamado loma de la Vigía, posesión de D. Gabriel Foníela, en terrenos de la hacienda Navarro, el cual pone por nombre Sta. Teresa. * DE OFICIO.
Por disposición del Excmo. Sr. Conde de Villanueva, Intendente de ejército, con la consulta del Sr. asesor general, y por ante el Ldo. í). Marcelino dé Alio, está mandado se anuncie al público la admisión del registro de una mina al parecer de cobre, que ha descubierto D. Juan Eugenio Mársts, en terrenos realengos, jurisdicción de Guanabacoa, lindando con Bacura-nao, terrenos Sta. Fé, al costado de la calzada Real, pasado el puente blanco, á lacual se ha puesto por nombre el Oriente,
EDICTOS.
D. Ramón de Lago, coronel graduado de infantería, caballero de la Real y militar órden de San Fernando y de la órden Pinna de Roma y Teniente Gobernador político y militar de esta villa y su jurisdicción 8fc.
Por esta mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo á D. Ramón Iradi, para que dentro de nueve dias se presente en la cárcel pública de esta viila á descargarse de la culpa que le resulta en la causa formada por golpes y heridas á D. Manas González, cieno y seguro de que si así lo hiciere se ie oirá y administrará recta y cumplida justicia, y ue io contrario se !e declarará rebelde y contumaz y por bastante los extrados del juzgado para las notificaciones, parándole el mismo perjuicio corno si fuere presente. Que así la he dispuesto con consulta del asesor | titular en la citada causa. San Antonio, Mayo 29 de 1851.—La-¡ go.—Por mandado de S. Sría.—Antonio de Porto. E *—O ! D. Vicente de la Torre y Trassierra, Alcalde mayor quinto de esta ciudad y su jurisdicción por S. M. $?c. SfC.
Por esta mi primera carta de edicto, cito, llamo y emplazo al chino Manuel Baldaza, para que dentro de 9 dia3 se presente en la cárcel pública á descargarse de la culpa que le resulta en los criminales que se le siguen por robo de dos negritos, segu-j ro qne si así lo verificare se le administrará recta y cumplida ¡justicia, apercibido de declararse rebelde y contumaz é incurso en las penas déla ley. Que así lo tengo dispuesto en dicha causa. Habana y Mayo 24 de 1851.—Trassierra.—Por mandado de S.Sría.—Francisco Valerio. Y para su cumplimiento libro la presente. Habana v Mayo 28 |
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