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PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. Domingo l.° do Noviembre de lb«8 L.n Fiesla de Todos los Santos.—Circulur en la merced. PRIMERA SEOOION, OFICINAS 8UPKRIORK8 OENK.ltAI.Ex CAPITANIA GENERAL DE LA 9IEMPR E PIEL ISLA DE CUBA. Sstado Mayor. Sección 5.3 GEN EIÍAL DE REAL HACIENDA DE LA 8IEMPLB FIEL ISLA DE CUBA. El Excmo. Sr. Ministro de la Guerra con fecha 29 del pasado me dice en telégrama oficial lo Biguiente: ‘‘Al Capitán General de Cuba_____Habana.___ Recibido el telégrama de V. E. Por el correo que sale el 30 van el manifiesto del Gobierno y una circular del Ministro de Ultramar, consignando ambos documentos, declaraciones en extremo satisfactorias para esos habitantes, que serén justa y debidamente atendidos. Haga V. E. pública esta noticia.—El Gobierno espera que V. E. seguirá como hasta aquí á la altura del elevado cargo que desempeña, inspirándose en los sentimientos de. patriotismo y acierto que le distinguen.—El Mi» nistro de la Guerra.—Madrid 29 de Octubre.” Loque se publica en la Gaceta para conocimiento de todos los habitantes de esta isla. Habana 1,° de Noviembre de 1868. Lersundi. El Comandante militar de Manzanillo y el primer Jefe del Batallón Cazadores de San Quintín, que se halla en aquel punto, participan á S. E. con fecha 26 del actual que teniendo noticias de que en Bicana existían algunos sublevados, marchó á él un destacamento de dos compañías de infantería y quince caballos á las órdenes del Comandante de infantería don Rafael Jerez, cuyos flanqueadores dispersaron al enemigo en el pa-o del primer rio, sucediendo lo mismo en el del segundo, por lo cual avanzó la fuerza restante, posesionándose de la orilla opuesta y haciéndale algunas bajas, repitiéndose lo mismo por tercera vez antes de llegar á la sabana de Bicana á los poros disparos que se le hicieron, per» siguiéndole después la caballería y posesionándose nuestras tropas del pueblo sin resistencia alguna, cogiendo mas de treinta escopetas y otras varias armas, municiones, monturas y provisiones de boca sazonadas para su uso que en su precipitada fuga no pudieron aprovechar. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta para conocimiento del público. Habana 31 de Octubre de 1868.—El Coronel Jefe de E. M. interino, José de Chessa. El Comandante general del Departamento Oriental en comunicación oficial de 28 del pasado participa haber dado la columna del Coronel Quilos entre Baire y Jiguaní un nuevo alcance á una reunión de cuatro partidas en fuerza como de 600 hombres, batiéndolos y dispersándolos con pérdida de 13 muertos, muchos heridos, y abandono sobre el campo del encuentro, de varios caballos, armas y otros pertrechos. Continuaba la persecución. Lo que órden del Excmo. Sr. Capitán General se publica en la Gaceta para conocimiento del público. Habana 1. ° de Noviembre de 1868.—El Coronel Jefe de E. M. interino.—José de Chessa, GOBIERNO SUPERIOR C1V1, DE LA SIEMPRE FIEL ISLA DE CUMA. Secretaría. El Excmo, Sr. Gobernador Superior civil se ha ser 'ido nombrar pura Comisario de Policía de Pinar del lóo áD José Gómez y Rodríguez, vacante por renuncia de Ü. José María Gómez y Garzón que la scrv»a. Y de órden de S. E. se publica para los efectos que correspondan. Hthana 30 de Octubre de 1868^—El secretario ¡uterino.—José de Zabarte. El Excmo. Sr, Gobernador Superior civil se ha * rvido nombrar para Capitan Pedáneo de Santa Ana, jurisdicción de Matanzas, á D. Manuel Cbamochio, vacante por cesación de D. Manuel Madruga que la servia. Y de órden de S. E. se publica para los efectos lue correspondan. Habana 31 de Octubre de 1868.—El Secretario '¡no—José de Zabarte. inte- E1 Excmo. Sr. Gobernador Superior civil so ha servido expedir cou fecha 24 del actual el siguiente decreto: “Visto el expediente instruido á consecuencia déla demanda establecida antela Sección de lo Contencioso del Excmo. Consejo de Administración por D. Juan Pedro y Roig, de este vecindario, contra la providencia de la Intendencia general de Hacienda fecha 18 de Marzo ultimo, denegándose la instancia presentada por el recurrente en queja del Ayuntamiento de Guanajay por la contribución señalada á su-in^euio “Asunción” y potrero “Guerra.” Vistos los artículos 26 y 27 del Real deoreto orgánico de 4 de Julio de 1861 que determina los asuutos peculiares de la Administración contenciosa: Visto el artículo 1.® del lv glameato de la propia fecha que fija el tiempo y forma en qr.e debe interponerse toda demanda contencioso administrativa: Visto el artículo 9.® del R. al decreto de 12 de febrero de 1567 por el cual se abre la vía conteucioso administrativa en los casos en que les partes no ee conforman con las resoluciones de la Intendencia general de Hacienda: Considerando que la demanda de que se trata lia sido deducida en tiempo y forma y *e refiere áuna providencia que causa estado: Considerando que la reclamación de D. Juan Pedro Roig, sobre que recayó la providencia apelada tuvo por objeto la cuota de contribución correspondiente á su ingenio y potrero y que desde el momento eu que por ella se considera agrav ado, está eu su derecho estableciendo el recurso interpuesto, tanto mas cuanto que la materia sobre que el mismo ver.-a se halla comprendida en el artículo 9. ® del Real decreto de 12 de febrero de 1S67 ya citado; lie tenido á bien declarar procedente la demanda interpuesta por D. Juan Pedro Roig contra la resolución dictada por la Intendencia general de Hacienda de 18 de Marzo último y en su consecuencia oe-siguo al Teniente fiscal' D. femando Valúes Bango para que represente en eila á la Administración. Habana de Octubre de 1568.—francisco Lersundi. Lo que se publica eu la Gaceta oficial para loa efectos correpondientes. Habana 30 de Octubre de 186S.—Manuel de Lara. El Excmo. Sr. Gobernador Superior civil se ha servido nombrar para Capitán Pedáneo de Camarones yacante. por cesación do D. Bruno Gonzalez Camero que 'a servía, al que lo es de Sauta Isabel de las Lajas O. Jcrónim i Taltavull trasladando á este punto, al de 1 a-^ de las Casas D. francisco Pons y Enseñat y para vucaLteá U. José Mauricio Murga. L > que de órden de S. E. se publica para los efeoos que correspondan. . Habana 31 de Octubre de 186S.—El Secretano '“teriuo, José de Zabarte. <««■ Administra«-.»«!» local- Sección de Gobernación. a bou Joeé Acosta y Sanchez se presontará en esta Oftn«;. .. i . .. i i_ £ L : 1 unhpriirflS Por el Ministerio de Ultramar se comunica, con fecha 27 de Mayo úliimo, al Excmo. Sr- Gobernador Superior civil la Real órden siguiente: “Excmo. Sr.—Vista la carta oficial de V. E. nú-m-ro 79 de 28 de Enero úliimo en la que se propone que la Dirección de Administración locai de esa isla se encargue del registro público de Comercio.—Considerando que las Reales órdenes de 30 de Mayo de 1836 y 29 de Octubre de 1838 dispusieron que la formación y Teneduría del expresado Registro eu la Península correspondiese á las Secretarías de los Gobiernos civiles, no obsta?,tu lo dispuesto eu los artículos 11,12, y 22 del Oód'go de Comercio por que á la techa en que fueren dic» tudas se habiun refundido en dichos Gobiernos las atribuciones que con relación al ramo mercantil ejercian antes las Intendencias de Provincia:—Considerando que ambas resoluciones fueron hechas extensivas á ia Isla de Puerto Rico por Real órden de 6 de febrero de 1855. Y considerando por último, que las mismas razones que se tuvieron presente en la Península cu 1836 y 1838 al resolversegnn va expresado aconsejan que se aplique igual medida en la Provincia del mando de V. E. la Rema (Q, I). G.) de .muerdo con lo propuesto por V. E. ha tenido á bien disponer que la formación y Teneduría dol Registro público y general del comercio de esa isla corresponda eu lo sucesivo al Gobierno Supe-rior civil déla misma y se lleve por la Dirección de Administración local qm, es la oficina dolido se tramitan los asuntos que tienen intima relación con el de que se trata.” Y acordado por S. E. con fecha 4 de Julio eu cumplimiento se publica en la Gaceta otioial para general conocimiento. Habana 27 de Octubre de 186S—Manuel de Lara, Sección central de Contribuciones y Estadística. Visto el ofioio de V. S- de 10 del que fina con el cual elevó al Excmo; Sr. Gobernador Superior civil varios expedientes y otros documentos en que se di ilu straba que en ese distritjjmunicipal se La ex gidoy cobrado á cada uno de los contribuyentes á quienes se aplicó el procedimiento de apremio además de las cuoias de que eran responsables, el recargo del tanto por ciento establecido y ademas cuatro escudos diarios á cada uno por razón de ¡lletas del ejecutor en el concepto de que asi estaba conforme, con el aitículo 44 de la Instrucción “««ion de mi cargo en día y hora hábil para enterarse e Ur> asunto que le concierne. , , Habana 29 de Octubre de 1S68.—El Jefe de la Se, tci°n, Manuil Somano. . b. Cleto Diaz Acevedo se presentará en esta Sec* de mi carguen dia y hora hábil para enterarse de “plinto que le concierne. T e , Habana 29 de Octubre de 166S.-E1 Jefe de ia ecti°a, Manuel Romano- provisional de recaudadorts; Vista la declaratoria de la Intendencia general de 3 de Agosto último comunicada á ese Ayuntamiento con motivo de las dudas que ocuirieron sóbrela manera de entender dicho artículo y otros de la citada Instrucción en cuya declaratoria se determina que los cuatro escudos diarios que asigna al ejecutor el referido artícu lo 44 se entienda que lian de ser satisfechos á prorata entre los deudores que hubieren dudo lugar al apremio, el Excmo.é limo. ftr. Intendente conformándose con las iudioaoiones que hace V. 8. en su citado oficio y con lo propuesto por esta Sección central, se ha servido acordar se manifieste é V. S. proceda desde iuego ese Ayuntamiento á devolver á los oontrib oyentes lo que ge les haya cobrado de mas por nía a inteligencia de los artícu los mencionados. Asimismo se ha servido disponer que si á pesar de la expresada aclaratoria, han continuado cobrando los recargos de los apremios de la manera irregular con qu e se venia practicando, esto es cobrando á cada un contribuyente moroso cuatro escudos diarios, en vez de proratear esta BUina entre todos los contenidos en un mismo expediente de apremio, instruya V. S. dilig<nciaa que comprueben el hecho, pasándolas al Juez competente para lo que corresponda, sin perjuicio del derecho que cada contribuyente tiene para reclamar por el mismo ante los Tribunales y que se inser.e en la Gaceta esta resolución para conocimiento del publico. , D.os guarde á V. S. muchos anos.— Habana 29 de Octubre de 1868, Juan Miguel Ortix. Sr. Presidente del Ayuntamiento de Guanajay. Por el Ministerio de Ultramar se comunica con fecha 11 de Julio último al Exorno. 8r. Gobernador bu peri.tr civil la Real órden siguiente: , «Excmo. Sr.—V.sto el di. túrnen de la Sección de Ultramar del Consejo de Estado de fecha 6 d. 1 corriente en el que, a infoi mar acerca «te uaa instancia de la impresa ue-loa muelles y almacenes de San José, solicitando que quede sin efecto la cláusula de reversión al E-tado de las obras pásalos los noventa y nueve »ños de la concesión ob igáudose en cambio a satisfacci uu canon anual del cinco por ciento del valor de los “'*•* nos indica la conveniencia de que se modifiquen a. reala construcción de mnelies y almaoe lo que el Estado puede ceder y lo que es inalienable en las cosas de dominio público sino el derecho cedido y el objeto para que se cede; pues si bieu en el caso presente, el Estajo no puede dividir en solares la ribera y enajenarlos á particulares sin objeto especial y haciendo que se adquieran con toáoslos der. chos del dominio aunque cetas enajenaciones se hagan temporalmente, puede conceder sin limitación de tiempo el aprovechamiento como sucede en las aguas de los rios y eu sus riberas par í objetos industriales, paia la extracción de arenas auríferas y para otros fines que no es del caso enuineiar: Considerando que la equidad aconseja la modificación indicada por que no es justo acordar distintas recompensas á los que dedican sus capitules á obras de utilidad común y en esa provincia los ferro-carriles que no obtienen subvención del Estado se co.icedeu á perpetuidad, Begun previene el Real decreto de JO de Diciembre de 1858: Considerando que los intereses de la Hacienda recomiendan también la concesión á perpetuidad con la imposición de un cánon, porque, aun suponiendo que en el largo término de noventa y nueve años no sobrevenga ningún accidenta, que impida la reversión al Estado, lo que este percibiría entonces serian unos e tifióos que ¡ójic.unente deben considerarse ruiupsos, mientras que en el otro eiso adquiere una renta anual por el valor de los feríenos, la Rema [Q D. G.j de conformidad cou lo iniormado porla expresada Secoion, ha tenido á bien resolver que pueda hacerse á perpetuidad esj;a ciase de concesiones, satijfacienJo eu ese caso al Estado un cánon anual del cinco por ciento del valor de los terrenos que se concedan según tasación que debeiá prèviamente practicarse, quedando por tanto modificadas en este sentido las Reales órdenes .le 8 de Marzo de 1859 y 22 de Agosto de 1866 dictando reglas para la construcción de muelles y almacenes.” Y acordad) su cumplimiento por S. E. so publica de órden del Excmo. Sr. Iliten lente para conocimiento general. Habana 28 do Octubre de JS6S — .Juan M. Ortiz. El Excmo. Sr. Gobernador Superior civil en vista del expediente promovido á consecuencia de las reparaciones de carácter urgente y extraordinarias que exige a Quinta de los Mo.inos, <n Solicitud de uu suplemento de crédito de veinte y cuatro mil ciento cuat.o escudos trescientas mi ¿simas, con aplic teion ai artículo 2. ° capitulo 21, sección 6, w del presupuesto c oriente, oidas las oficinas de Hacienda y de conformidad con ei parecer del Consejo de Administración, se ha servido autorizar dicho gasto, en uso .le las facultades que para ello le concede el artículo 9.® del Real decreto de II de Abril de 1865, á reserva de dar cuenta al Gobierno Supremo para la determinación que correspondiese.” Lo que se puldica en la Gao la oficial en eumpli-mieto <ie lo que dispone el nrtículo 8. ° del Real decreto de 1. ° de Mayo de 1866. Habana 27 de Octubre de 1868.—Manuel de Lara. ÎdÎesVK e‘n cuanto fijan como n.áximun P*ra esta uueve intere» rlnse de concesiones el término de noventa y años y prohíben que la Hacienda cobre canon ni mtere anos y prona Ji ceda para dicho .objeto; Cou ;&°XV» SuSJ.*«. .i V «i*«” Contaduría general. -■UROUNDA SUCCION OFICINAS UKNKKALB8. Ailiiuiiistriiciou general de Correos. Hasta las nueve de la mañana del dia 2 del próximo mes de Noviembre, se recibirá en esta Administración general, la correspondencia que ha de conducir el vapor correo Español ‘‘Moctezuma” á Nutvitas, Gibara, B .raeos, Cuba, Santo Domingo, Mayagüez, Aguadillo, Puerto iíicoy San Thoraas, dejando en este último punto toda la que ocurra para Europa. Habana 27 de Ootubre de 1868.—Chinchilla. .¡JAR I,' A SUCCION. ■ I '< IN/> 8 LOC I.t'.fS 1)10 LA HAHANA Gobierno Politico del:» Habana. Departamento Occidental. Junta de Obras públicas, Constituida la Junta de Obras públicas de este Departamento que previene el artículo 9- ° dbl Reglamento de 27 de Marzo de 1866 reorganizando el servicio del expresado ramo, y debiendo someterse al informe de la misma loa expedientas y asuntos que señalau los casos 1. ® . 2 ® y 3. ° del artículo 6. ° del formado para su légimen interior iuserto en la Gaceta oficial de esta capital de 14 y 15 de Agosto último, el Excmo. é limo. Sr. Gobernador Político Presidente, se ha servido disponer se publique para general conocimiento. Habana 29 Je Octubre de 1868.- -El Secretario, Mariano Canencia y Castellanos. Coniandiiiicin general «le Ilabnnn y Gobierno üliliuir de l;i i* in Ali. nos comprometemos á suministrar la ración de 0’402.58I kilogramos de pau ó sean 14 onzas castellanas, bien cocido y confeccionado con harinas de primera calidad, y bien elaborado en todos conceptos, ó 0’288,55S kilógra-mob de galleta de las mismas buenas calidades por espacio de dos años que empezarán á correr el......y terminarán en igual dia y mes de..á las tropas que se hallan boy y pudieran hallarse . en adelante eu el ----Militar dando dicha ración en....y por el precio de... .quedando adetuas sujetos á las condiciones estipuladas en el pliego con arreglo al cual se verificó el ----remate que nos fué adjudicado. Habana de de 1868. Excmo. Señor. Excmo Sr. Comaadaute General y Gobernador Militar de esta Plaza. El Excmo. Sr. General Comandante General de la Habana y Gobernador militar de la Plaza se .ha servido disponer se cite por medio de la Gaceta oficial á la Sra. D. María del Rosario y Bosque viuda del 2.® Pío-fesor de Veterinaria Militar D. Dionisio fernaudez, para que se presente en la Secretaría de este Gobierno con objeto de enterarle de una resolución superior. Habana 29 «le Octubre de 1868—El Comandante Secretario, Fernando G. Lecomte. El E xemo. Sr. General Comandante General de la Habana y Gobernador ¡Militar de la Plat>a se ha servido disponer, se cite por medio de la Gaceta oficial al Teniente que fué de este Ejército D, J,.rge Oano y Puig-dorfila, en la actualidad licenciado absoluto á solicitud propia, residente eu esta capital, para que se presente en la Secretaría de este Gobierno con objeto de enterársele de una resolución superior. Habana *9 de Oc. ubre da 1868.--EI Comandante Secretario, Fernando G. Lecomte. Ilxcm». A y mil a ni M'iilo. Secretaría. . A propuesta del Recaudador de contribuciones municipales Administrador por el presente año del arbitrio de la marca de carruajes, el Excmo. é limo. Sr. Gober- nador Presidente se ha servido nombrar para ceiadort-s déla misma, á D. Victoriano López; D. José Antonio Criado; D, José Siverman, D. Simón Andreu Prado, D. Geiónimo Fernandez, í). José María Valdés, D. Jacinto Silva, D. Gregorio Hernández, D. Miguel Muñoz yD- Antonio Ont'ñ i. Lo que de órden de S. E. I, se publica para general conocimiento. • Habana 28 de Octubre de 1868.—El secretario. M. Castellanos• Por el Excmo. Ayuntamiento se ha acordado, previa la Superior aprobación, sacar á remate la mano de obra de colocación de 3697 metros de acera de coriteu en las calles de esta ciudad y'éu su consecuencia el Excmo. Sr. Gobernador Presidente se ba servido señalar para el acto de la subasta el dia 11 de Noviembre próximo á las doce de su mañana en ia Sala Capitular ante la Comisión respectiva y con arreglo al pliego de oondiciones quo se inserta á -continuación, Habiúa 26 de Octubre de 1868.—El secretario, M. Castellanos. El pliego de conJieloiies se pnbli có en la Qacela del 29 dé comento. Mediante la aprobación Superior, el Excmo Ayuntamiento lia acordado se saque do nuevo a remate el suministre de las esquifaeiones y los efectos de albañilería y carpintería que se necesiten en el ramo de calles, durante el presente año económico, y el Excmo. é limo. Sr. Gobernador Pr> sidente se ha servido señalar para el acto de la subasta el -dia 4 de Noviembre próximo á las doce de su mañana en la Sala Capitular, ante la Com i-sion respectiva y con arreglo á los pliegos do condiciones y relaciones adjuntas; eu la inteligencia de que los tipos que ahora figuran en ellos, son distintos, por el aumento y disminución que han sufrido. Habana 20 de Octubre de 1S6S.—El Secretario, Castellanos. M. dol Kl pliego de condiciones se corriente, publicó en la Oaceta del 28 Estando acordado por el Excmo. Ayuntamiento sacar á remate el suministro del aceite que se necesito pura el cuerpo de Sereno» de esta ciudad, ei Excmo. 6 limo. Sr. Gobernador Presidente ee h.» servido señalar para que ten<ja efecto la subasta el dia 17 del entrante mes de Noviembre á las 12 eñ la Sala Capitular ante la comisión 2. * con estricta sujeción al siguiente pliego de condiciones. Habana 15 de Octubre de 1868.—El Secietario, M. Castellanos. (Véuso el p'iego de condiciones 24 y 25 del corriente.) publicado en U Gaceta de Debiendo procederse al remate simultáneo de la contrata de suministro de pan para las tropas que se hallan hoy y pueden hallarse en adelante en el sétimo disti ito militar que comprende la plaza de Cuba y sus fuertes, así como las Comandancias militar y do urmas de Baracoa y el Saltadero, con sujeción al pliego de couuiciones que se halla de manifiesto en In Secretaria de esta depenuencta, ee avisa á las person-is que deseen interesáis» en dirliv contrata, que deberá empezar á regir en 1. ° de Marzo de 1869 próximo veniucro y ter-minaiá eu 28 do Eébrero de 1871, para que presenten eus proposiciones en pliego cerrad » en la precitada Se-^ creinría, en la iuteligeuc a de que el remátese verificará ei dia primero de Diciembre próximo á las doce del dia ante la autoridad del Excmo. Sr. Comandante General del d strito y Gobernador Militar de esta Plaza, adjudicándose á favor del que mejorase los precios estipula ios en el pliego de condiciones referido y dando al m n»s ca,torce onzas de pan castellato*. conteixlonado con huí has de primera calidad y en dos datas dianas, no^ admitiéndose ninguna propostomi! que exceda d>-l prgtio señalado end artículo 13 del mencionado pliego de condiciones, adviniéndose que los Imitadores deberán previamente depositar eu la Caja del Batallón Cazadores de la Union cien escudos para -asegurarse asi el éxito de la conir. t i de cuya suma recogeiáa el oportuno abonaré que tu .iqnsi acto les será librado por los Jefes del propio cuerpo por el que ie serán devueltos al otorgarte la Orcñiura do fianza ó en el caso de que no se lesnjudica-Be la subasta; los interesados que deseen remalar dicha contraía ajustarán sus proposiciones ó solicitud bajo la forma dd adjunto uioddo. Habana 1. ® de Noviembre de 136 S»—El Comandante Secretario.—Fernando G. Lecomte, Por. el Excmo. Ayuntamiento se ha acordado, p révia la superior aprobación, sacar de nuevo á remute el suministro de k>s efectos de ferretería y de ¡a cal que sé necesite- en el ramo de calles durante el presente año económico, y en su consecuencia el Excmo. é limo. Sr. Gobernador Presidente se ha servido señalar para el acto el dia cuatro de Noviembre próximo á las doco de su mañana eu la Sa'a i’apitular ame la Comisión respeet va, con extrmtu snjeo on á los pliegos de condiciones adjuntos, en la inteligencia de qne los tipos que ahora figuran tn ellos son distintos á loa anteriores por el aumento y disminución quo respe itivameute so ha Lecho. Habana 20 de Octubre de 1863.—El Secretario, M. Castellanos. - L»s pliegos Je conJiciones y relación q ie se citati se publicaron en la Gaceta del 23 del corriente. D Uiitiillon ite Ingeniero*. Ayudante del Bata- Kcgimiento Artillería «le montana Junta económica. Debiendo contratarse por el término de un año, á contar desde el 15 de Noviembre próximo el suministro del mniz necesario para el ganado de este Regimiento se anuncia al público para que]puedan presentar los que se intere-en en la referida contrata sus proposiciones en pliego cerrado ante la Junta Económica del mismo que se reunirá en el cuarto de Estandartes del Regimiento el sábado 7 del entrante y á lus doce de su mañana para verificar el remate. El pliego de condiciones estará de manifiesto hasta el expresado dia eu la oficina del Teniente Coronel —El Ayudante Secretario, Cándido, Iruela. Regimiento Artillería á. pié. Primer Batallón. _ mártes tres del mes próximo de Noviembre se verificara el remate de la cantina del o liarte 1 que ocupa este Regimiento ante la Junta económica ilei primer Batallou que estará reunida en el cuarto de banderas á las doce del citado dia, el pliego de epudieioues estará de manifiesto en la oficina del 2. ° Jefe de dicho Batallou, calle de San Isidro número 74. Habana 27 de Octubre de 1868.—El Ayudante interino, Ramón Falcon y Fisac. Habilitación «le la clase «1«; profesores «le tas escuelas publicas nunli ipales. Sres. profesores que les corresponde el turno on el pres»nte mes para entender en ¡os reconocimientos periciales de escritos y demas que se ofrezcan eu los juzgados de esta capital y su jurisdiooion. D. José María Castro, calzada de Galiano número 14. .. Manuel Funes, Maloja núm. 35. .. Francisco Buxadeia, calzada Real de Jesus del Monte núm. 201. .. Angel F. Carcasés, al lado del café de los Alpes paseo de Tacón. Habana 1. ° de Noviembre de 1868.—Sixto Vela. Comisión illililnr del Distrito de la Habana. 1.* Fiscalía. D. Eduardo Alfaro y CantabranaCaballe.ro de la lie») y Militar órden de San Fernando, de la de Isab. 1 la Católica condecorado con la medtlla conmemorativa de la guerra de Africa y Capitán de Infantería primer Fiscal de la Comisión Militar del disi rito de la Habaua. Habiéndose ausentado del pueblo de Regla el diu-eberó de la línea del ferro-cari il de la Habana á lila-lanzas D. Juan Suarez emití a quien se sigue causa en la FiBoalía de mi cargo por abandono del chucho que le estaba confiado, ocasionando choque de una máquina con un carro en que iba el asiático retranquero Guillermo Ayala que quedó muerto en el acto; usando de la jurisdicción qne ia Reina [Q. D. G.] tiene ooncedida cu estos casos á los oficiales de sus Ejércitos; por el presente llamo cilo y emplazo por primer edicto á dicho Suarez señalándole la Real cárcel de ;esta capital donde debeiá presentarse personalmente dentro del término de nueve dias que se empezarán á contar desde la publicación del presente edicto en la Gaceta oficial á dar sus descargos y defensas, y de no comparecer en el referido plazo se seguirá la causa y ee sentenciará en rebeldía sin mas Ijamarle ni emplazarle por ser así la vo -luntad de S. M. « Habaua 30 de Octubre de 1868 Eduardo Alfaro. 2. a Fiscalía. Don Juan Sauz y Bao Oomadante gradualo, Capitan de Infantería segundo Fiscal de la O amisión Militar del Distrito de la Habana. Por el presente edicto, cito y emplazo en el término de diez días á un tal D. Antonio qne estuvo de dependiente en la cusa de campo de D. Felipe Rivero pióxi-tua al Pueutede Martin Perez eu el partido de San Miguel Je Padrón »1 19 de Agosto último, á fin de que presentándose tn esta fiscalít pue la responder á los cargos que contra él resultan eu la sumaria que se instruye por robo á D. Antonio Colon en la carretera real de Guauabacoa. Así mismo se oonvo a á cuantas personas puednu declarar sobre el hecho y el paradero del don Antonio, quienes podrán, verificarla en el mieroo período ante este Tribuual, y al efecto se consignan las señas de aquel estatura alta envuelto eu carnes color trigueño pelo castaño ojos pardos nariz regular barba poca boca re-gu ar tiene las pierna* un poco zambas viste pantalón d» paño de color y camisa azul, calzado de becerro virado y sombrero viejo de jipijapa. Habana 29 de Octubre de 1868.—El Secretario, Mateo Rodríguez Vto. Bno.—El Fiscal, Juan Sanz. P >r el presentóle convoca á las per.-onns que puedan dar noticias de los autores ó cómplices del robo de uu baúl,una maleta y un paraguas, efectuado el dia nueve del conienté á D. Benito García vecino de la calle de Uompostelanúmero’ciento ochenta y cinco, con el 6n de que se presente en la seguuda Fiscalía de este Tribuual con objeto de ser examinados sobre el hecho que se_perpigue, dentro del quinto diado esta publicación. Habana 28 de Octubre de 1863.—E Secretario.— Mateo Rodríguez.—Visto-Bueno.—El Fiscal, Juan Sanz. Olallo Constantin y Perez 2. ° lion de Iiigetiiei os. Modelo que se cita. Excmo. Señor. Los que su Bcriben vecinos y del Comercio de... Por esta mi primera carta de edioto y pregón, cito llamo y emplazo a José Moya Prades natural de Santa Magdalent de Puljú, Provincia de Alicante, de treinta y un aña de edad y cabo segundo del Batallón de Ingenieros pata que en el término de treinta días contados desde la publicación da este primer anuncio, se presente en la Guardia de prevención del citado Batallón, á nombrar Procura ior que lo defienda en la causa criminal que se le sigue por robo de unu maleta, | que contenia ropa*,dinero y prendas de oro en la ciudad ¡ de Santa Claru, en el concepto de que de no presentarse Ise le juzgará en rebeldía. Castillo del Príncipe 18 de Octubre de 1868.—Por mandato del Sr. Fiscal,.-El Escribano, Antonio Pastor, Por el presente se convoca á D. Manuel Me u en der y Fernandez vecino que fué de la calle de Oompostela número 46 el cual dió conocimiento al Celador del barrio del Trmplete, en la noche del z9 de Agosto del corriente »ño, le habían robado en laplaza.de Armas, una sortija de oro y un sombrero, á fin de que se presente en la segunda Fiscalía de este Tribuual dentro de quinto dia á contar desdi la lecha de la publicación del presente edicto, cnnel fin de ser interrogado. Habana 23 dé Octubre de 1368.—El Secretario.— Moteo liodriguee.—'Vinto Bueno.—El Fiscal, Juan Sanz. Por el presente edicto s» convoca á cuantas personas tengan noticia del autor ó autores del robo de once cerdos, en la finca denominada “San Antonio Patrón” la noche del 29 de Setiembre último á fin de que se pre-sentener. esta Fiscalía y puedan mauifestar io que les conste sobre el hecho en el término de ocho dias á contar desde la puhlioid&d del presente. ¿Habana 24 de Octubre de 1868.—El Secretario.— Malta Rodríguez.—Visto Bueno.—El Fiscal—Juan Sanz. ti,
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 263-290, Noviembre de 1868 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1868-11 |
Coverage Temporal | 1860-1869 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (100 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000528 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000528 |
Digital ID | chc99980005280001001 |
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PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO.
Domingo l.° do Noviembre de lb«8 L.n Fiesla de Todos los Santos.—Circulur en la merced.
PRIMERA SEOOION,
OFICINAS 8UPKRIORK8 OENK.ltAI.Ex
CAPITANIA GENERAL DE LA 9IEMPR E PIEL ISLA DE CUBA.
Sstado Mayor.
Sección 5.3
GEN EIÍAL DE REAL HACIENDA DE LA 8IEMPLB FIEL ISLA DE CUBA.
El Excmo. Sr. Ministro de la Guerra con fecha 29 del pasado me dice en telégrama oficial
lo Biguiente:
‘‘Al Capitán General de Cuba_____Habana.___
Recibido el telégrama de V. E. Por el correo que sale el 30 van el manifiesto del Gobierno y una circular del Ministro de Ultramar, consignando ambos documentos, declaraciones en extremo satisfactorias para esos habitantes, que serén justa y debidamente atendidos.
Haga V. E. pública esta noticia.—El Gobierno espera que V. E. seguirá como hasta aquí á la altura del elevado cargo que desempeña, inspirándose en los sentimientos de. patriotismo y acierto que le distinguen.—El Mi» nistro de la Guerra.—Madrid 29 de Octubre.”
Loque se publica en la Gaceta para conocimiento de todos los habitantes de esta isla.
Habana 1,° de Noviembre de 1868.
Lersundi.
El Comandante militar de Manzanillo y el primer Jefe del Batallón Cazadores de San Quintín, que se halla en aquel punto, participan á S. E. con fecha 26 del actual que teniendo noticias de que en Bicana existían algunos sublevados, marchó á él un destacamento de dos compañías de infantería y quince caballos á las órdenes del Comandante de infantería don Rafael Jerez, cuyos flanqueadores dispersaron al enemigo en el pa-o del primer rio, sucediendo lo mismo en el del segundo, por lo cual avanzó la fuerza restante, posesionándose de la orilla opuesta y haciéndale algunas bajas, repitiéndose lo mismo por tercera vez antes de llegar á la sabana de Bicana á los poros disparos que se le hicieron, per» siguiéndole después la caballería y posesionándose nuestras tropas del pueblo sin resistencia alguna, cogiendo mas de treinta escopetas y otras varias armas, municiones, monturas y provisiones de boca sazonadas para su uso que en su precipitada fuga no pudieron aprovechar.
Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta para conocimiento del público.
Habana 31 de Octubre de 1868.—El Coronel Jefe de E. M. interino, José de Chessa.
El Comandante general del Departamento Oriental en comunicación oficial de 28 del pasado participa haber dado la columna del Coronel Quilos entre Baire y Jiguaní un nuevo alcance á una reunión de cuatro partidas en fuerza como de 600 hombres, batiéndolos y dispersándolos con pérdida de 13 muertos, muchos heridos, y abandono sobre el campo del encuentro, de varios caballos, armas y otros pertrechos. Continuaba la persecución.
Lo que órden del Excmo. Sr. Capitán General se publica en la Gaceta para conocimiento del público.
Habana 1. ° de Noviembre de 1868.—El Coronel Jefe de E. M. interino.—José de Chessa,
GOBIERNO SUPERIOR C1V1, DE LA SIEMPRE FIEL ISLA DE CUMA.
Secretaría.
El Excmo, Sr. Gobernador Superior civil se ha ser 'ido nombrar pura Comisario de Policía de Pinar del lóo áD José Gómez y Rodríguez, vacante por renuncia de Ü. José María Gómez y Garzón que la scrv»a.
Y de órden de S. E. se publica para los efectos que
correspondan.
Hthana 30 de Octubre de 1868^—El secretario ¡uterino.—José de Zabarte.
El Excmo. Sr, Gobernador Superior civil se ha * rvido nombrar para Capitan Pedáneo de Santa Ana, jurisdicción de Matanzas, á D. Manuel Cbamochio, vacante por cesación de D. Manuel Madruga que la servia.
Y de órden de S. E. se publica para los efectos lue correspondan.
Habana 31 de Octubre de 1868.—El Secretario '¡no—José de Zabarte.
inte-
E1 Excmo. Sr. Gobernador Superior civil so ha servido expedir cou fecha 24 del actual el siguiente decreto:
“Visto el expediente instruido á consecuencia déla demanda establecida antela Sección de lo Contencioso del Excmo. Consejo de Administración por D. Juan Pedro y Roig, de este vecindario, contra la providencia de la Intendencia general de Hacienda fecha 18 de Marzo ultimo, denegándose la instancia presentada por el recurrente en queja del Ayuntamiento de Guanajay por la contribución señalada á su-in^euio “Asunción” y potrero “Guerra.”
Vistos los artículos 26 y 27 del Real deoreto orgánico de 4 de Julio de 1861 que determina los asuutos peculiares de la Administración contenciosa:
Visto el artículo 1.® del lv glameato de la propia fecha que fija el tiempo y forma en qr.e debe interponerse toda demanda contencioso administrativa:
Visto el artículo 9.® del R. al decreto de 12 de febrero de 1567 por el cual se abre la vía conteucioso administrativa en los casos en que les partes no ee conforman con las resoluciones de la Intendencia general de Hacienda:
Considerando que la demanda de que se trata lia sido deducida en tiempo y forma y *e refiere áuna providencia que causa estado:
Considerando que la reclamación de D. Juan Pedro Roig, sobre que recayó la providencia apelada tuvo por objeto la cuota de contribución correspondiente á su ingenio y potrero y que desde el momento eu que por ella se considera agrav ado, está eu su derecho estableciendo el recurso interpuesto, tanto mas cuanto que la materia sobre que el mismo ver.-a se halla comprendida en el artículo 9. ® del Real decreto de 12 de febrero de 1S67 ya citado; lie tenido á bien declarar procedente la demanda interpuesta por D. Juan Pedro Roig contra la resolución dictada por la Intendencia general de Hacienda de 18 de Marzo último y en su consecuencia oe-siguo al Teniente fiscal' D. femando Valúes Bango para que represente en eila á la Administración. Habana de Octubre de 1568.—francisco Lersundi.
Lo que se publica eu la Gaceta oficial para loa efectos correpondientes.
Habana 30 de Octubre de 186S.—Manuel de Lara.
El Excmo. Sr. Gobernador Superior civil se ha servido nombrar para Capitán Pedáneo de Camarones yacante. por cesación do D. Bruno Gonzalez Camero que 'a servía, al que lo es de Sauta Isabel de las Lajas O. Jcrónim i Taltavull trasladando á este punto, al de 1 a-^ de las Casas D. francisco Pons y Enseñat y para vucaLteá U. José Mauricio Murga.
L > que de órden de S. E. se publica para los efeoos que correspondan. .
Habana 31 de Octubre de 186S.—El Secretano '“teriuo, José de Zabarte.
<««■ Administra«-.»«!» local-
Sección de Gobernación.
a bou Joeé Acosta y Sanchez se presontará en esta
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Por el Ministerio de Ultramar se comunica, con fecha 27 de Mayo úliimo, al Excmo. Sr- Gobernador Superior civil la Real órden siguiente:
“Excmo. Sr.—Vista la carta oficial de V. E. nú-m-ro 79 de 28 de Enero úliimo en la que se propone que la Dirección de Administración locai de esa isla se encargue del registro público de Comercio.—Considerando que las Reales órdenes de 30 de Mayo de 1836 y 29 de Octubre de 1838 dispusieron que la formación y Teneduría del expresado Registro eu la Península correspondiese á las Secretarías de los Gobiernos civiles, no obsta?,tu lo dispuesto eu los artículos 11,12, y 22 del Oód'go de Comercio por que á la techa en que fueren dic» tudas se habiun refundido en dichos Gobiernos las atribuciones que con relación al ramo mercantil ejercian antes las Intendencias de Provincia:—Considerando que ambas resoluciones fueron hechas extensivas á ia Isla de Puerto Rico por Real órden de 6 de febrero de 1855. Y considerando por último, que las mismas razones que se tuvieron presente en la Península cu 1836 y 1838 al resolversegnn va expresado aconsejan que se aplique igual medida en la Provincia del mando de V. E. la Rema (Q, I). G.) de .muerdo con lo propuesto por V. E. ha tenido á bien disponer que la formación y Teneduría dol Registro público y general del comercio de esa isla corresponda eu lo sucesivo al Gobierno Supe-rior civil déla misma y se lleve por la Dirección de Administración local qm, es la oficina dolido se tramitan los asuntos que tienen intima relación con el de que se trata.”
Y acordado por S. E. con fecha 4 de Julio eu cumplimiento se publica en la Gaceta otioial para general conocimiento.
Habana 27 de Octubre de 186S—Manuel de Lara,
Sección central de Contribuciones y Estadística.
Visto el ofioio de V. S- de 10 del que fina con el cual elevó al Excmo; Sr. Gobernador Superior civil varios expedientes y otros documentos en que se di ilu straba que en ese distritjjmunicipal se La ex gidoy cobrado á cada uno de los contribuyentes á quienes se aplicó el procedimiento de apremio además de las cuoias de que eran responsables, el recargo del tanto por ciento establecido y ademas cuatro escudos diarios á cada uno por razón de ¡lletas del ejecutor en el concepto de que
asi estaba conforme, con el aitículo 44 de la Instrucción
“««ion de mi cargo en día y hora hábil para enterarse e Ur> asunto que le concierne. , ,
Habana 29 de Octubre de 1S68.—El Jefe de la
Se,
tci°n, Manuil Somano.
. b. Cleto Diaz Acevedo se presentará en esta Sec* de mi carguen dia y hora hábil para enterarse de “plinto que le concierne. T e
, Habana 29 de Octubre de 166S.-E1 Jefe de ia ecti°a, Manuel Romano-
provisional de recaudadorts;
Vista la declaratoria de la Intendencia general de 3 de Agosto último comunicada á ese Ayuntamiento con motivo de las dudas que ocuirieron sóbrela manera de entender dicho artículo y otros de la citada Instrucción en cuya declaratoria se determina que los cuatro escudos diarios que asigna al ejecutor el referido artícu lo 44 se entienda que lian de ser satisfechos á prorata entre los deudores que hubieren dudo lugar al apremio, el Excmo.é limo. ftr. Intendente conformándose con las iudioaoiones que hace V. 8. en su citado oficio y con lo propuesto por esta Sección central, se ha servido acordar se manifieste é V. S. proceda desde iuego ese Ayuntamiento á devolver á los oontrib oyentes lo que ge les haya cobrado de mas por nía a inteligencia de los artícu los mencionados.
Asimismo se ha servido disponer que si á pesar de la expresada aclaratoria, han continuado cobrando los recargos de los apremios de la manera irregular con qu e se venia practicando, esto es cobrando á cada un contribuyente moroso cuatro escudos diarios, en vez de proratear esta BUina entre todos los contenidos en un mismo expediente de apremio, instruya V. S. dilig |
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