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ftm ■ vtæmam» SiieBr. .<• T ‘"' tati nt> t-UitiAi'xiiH -i » L& r:ur Y LH ulr K-f* » Cìl.'TJìopì ori 1 'a . ■■■< i -J '-¿ff- PERIODIC O OFICIAL DEL GOBIERNO. «*«»■ 103 t. Miércoles 1. ° <le Mayo «le 1867.—Santos Felipe PARTE ORCIAI. PRIMERA. SECCION, OFICINAS SUPlí 1HOKK8 GENERALES. (IIIIKHt SUPKHlOli CIVIL DK LA S1KMPBK KIKL ISLA 1IK (JUBA Diret eion «le AdiMialstraeion. Sección de Gracia y Justicia é Instrucción Pública. El limo. Sr. Director con el objeto de evitar dudas y para inteligencia de los Presidentes de loa Ayuntamientos de esta Isla, se lia servido acordar se publique tilla Gaceta oficial la disposición que á continuación se inserta. Habana 23 de Abril de 1S67.—El Jefe de la Sección.—-José de Villasantcy Catatan. '‘Oido el Excmo. Consejo de Administración y de conformidad con s.u parecer el Exorno. Sr. Gobernador Superior civil se ha servido dictar las medidas siguientes, ron el objeto de zanjar algunas dificultades que se haú presentado acerca del envió de las pensiones denlos alumnos de agricultura que costean los Ayuntamientos Je esta Isla: 1. ° Que se proceda á hacer una liquidación de los semestres y cantidades cobradas, regularizando los semestres por los anos económicos, de modo que todos los Ayuntamientos libren á V. 3. cu primero de Julio yen primero de Enero de cada año la cantidad de un semestre Correspondiente á la consignación y ademas el importe-del giro conforme esté en la plaza para lo cual lo anunciará el director de las escuelas Profesionales coa quince dias de anticipación á los Presidentes de los Ayuntamientos, 2. ° Que la persona encargada en Madrid del percibo y distribución délas pensiones lo sea con autorización de este Gobierno y con conocimiento del de S. M. por el Ministerio de Ultramar, cuyo encargado abonará á los alumnos por medio de nómina mensual« mente sus pensiones respectivas siendo las expresadas nóminas por duplicado, de las cuales remitirá una al in» dic ido Director con noticia del estado de adelanto y conducta de los jóveuos pensionados. 3. ° Que las pensiones consignadas á. jóvenes que cursan sus estudios preparatorios en las Escuelas las rem tan por trimestres adelantados los Presidentes de los ayuntamientos al Director de aquellas. 4- ° Que se ¡consigne la suma del cinco por ciento Sección de A gricultura Industria y Comercio. • -i.-- . us De conformidad con lo que dispone el artículo 4.° del Reglamento de asiáticos los Sres. Merino, Gilledo y Compañía han dado conocimiento á este Gobier-no Superior del (letanisnto en China de la fragata francesa “Bangkok” de porte de 400 toneladas paraconducir á»este puerto : 23Q: colonos asiáticos-4 la consignación de dichos Sres, Ló que orden del Ilifio.Sr. Director de Administración se publica en cumplimiento del citado artículo para general conocimiento. Habana 29 de Abril de 1867.—El Jefe de la Sección.—Federico VílFacampa. y Sani ago, apóstoles.-Fi- -Ar-: «J>. *3r eir i-.ísí .luán «le Dios. 1-VSPECC'lOX UKXKUAL DE OBItAS PUBLICAS. itn virtud de lo dispueeto por el limo. Sr. Director de Administración esta Dependencia ha señalado el 14 del próximo Miyo á las 12 del dia para adjudicar en publica subasta las esquitaciones que necesitan durante un año los trabajadores del ramo en este distrito, tanto de verano como de inviamo, en la inteligencia- de que ios tipos deberán ser cinco escudos doscientas milésimas por esquifucion de verano y diez escudos doscientas cincuenta milésimas por la de invierno. La ^abasta tendrá lugar en el edificio que ocupa la Inspección general de Obras públicas calle de Cuba número 37 esquina á la de 0’H.eiliy ajustándose al pliego que á continuación se inserta. • ■- Las proposiciones se presentarán en pliegos cerrados con arreglo al siguiente modelo, deposiraudo previamente en Tesorería general de Real Hacienda dad de doscientos escudos como garantía parte en la subasta, y comprobándose el depósito con la correspondiente carta de pago que se acompañará á la proposición, sin cuyo requisito no se admitirá pliego alguno. Si resultasen dos ó mas proposiciones igualas se procederá entre sús autores á nueva licitación por cinco minutos. Habana 26 de Abril de 1867.—El-Jefe de clon.—Francisco Centrerai. la, canti-para tomar Seo te al Teatro de Tacón- en una longitud de 75 metros y por el S. con la nueva calle que tiene lina dirección intermedia entre las de Obispo y O.Reilly y en prolongación de la de San Rafael hacia cuyo lado tiene-de frente 6S’17 milímetro1. La manzana afecta la figura ce un trapecio cuyos lados paralelos corresponden al X, y al S, y su superficie es de 5,548 metros cuadrados y 991 milésimas. Los solares números 1 y 3 ocupan las esquinas N.-O. y S. O. comprendiendo cutre ambos el solar número 2 que linda con >-l primero en una longitud de 54’15 milímetros y con el segundo en 50’31 milímetros. Los frentes ú la nueva plaza de los tres solares mencionados, son iguale.--, correspondiendo por Lo unto á cada uno 25 metros: el número 1. ° tiene de. tundo por la calle de Ncptuno 58 m-tros y el número 3 por la nueva 46’47 milímetros. Lindan los tres por el E. con bis solares 4 y 5, y respectivamente á las longitudes 25’982 25’293 y 24’75l. Los solares 4 y 5 situados como se ha dicho-d E. délos naturio,-es ocupan las otqnitias N. K.y.S. E. y tienen cada uno do frente á la calle del Monserrute 35’0 43, su frente por las calles nueva y de Neptuno ^ es el mismo, así como la línea que ios separa, ó iguales las-tres á 2 L’70; ambos están separados de los «mares 1, 2 y 3 por las dos ig.i iles y paralelos á los trentes do la callo del Monserrate. El estado siguiente demuestra la superficie que corresponde á cada solar y lo que importan con arreglo a! precio que se ha asignado aL metro superficial. tros 90 milímetros ocupa el ángulo N, E. de la mártza-"a,LUene métros 173 milímetros de frente á la calle del Monserrate y 19 metros 9.0 milímetros do fondo por Ja calle liuévá, ........ . 4.1 estado siguiente expresa la superficie que corresponde ú cada solar y lo que importa á cada uno con arreglo al " - cial- precio que se lia importa asignado metro superli- • Núm. dü íce ■fioinrés. «Ö8*. ^SupcrhciQ eu meii’us de los so-- lares.. • Valor del metro. Escudos. i 694’G37 90 1 T 2 815'955 84 3 1.146’583 88 ... q v “847’9t)0 9U Totales. 4 3.705’075 ..... . . ..-»i L. sc..¿ v*» ..'.¿i gi Jk_ C-- Valor de los solares. Escudos. Totales.. Núm. do los solares. Valor del] Valor Superficie en metro J de los soiares. metros de los s-e cuadrado.i Irires. •’ IEscudos - | Esctulos. 1 J 421 480 86 ! J22.247 260 2 J 305 750 64 109.683 000 3 J 191 369 90. 1 407.495 0*1.0 4 813 66,i- 84 Gd.349 ti 24 5 . . . 813 686 90 ’ 73,231 ,740 5 5 548 99 L . . -f f 431.006 654 OoU: el «oda uension que abonarán los Ayuntamientos para Comisionarlo eñcaigcmu cu >■«__1 ó, 3 Por último que los Presidentes de los spm-tamientos se entiendan directainetfte en este particular con el Director de las Espuelas"Profesionales y este con el Gobierno Superior. Estas medidas se entenderán sin perjuicio de que se ttbvu expediente para oir á los Ayuntamientos qt e contribuyen con las pensiones, e» órden á poner en esta capital uu encargado que reciba con tiempo las cuotas asignadas,-las libre á Madrid y lleve cuento, y razón de esos fondos mttni úpales, lio menos qúe á constituir en la corte el que le libren, Habana 5 Quiñones. Es copia ha de distribuir las, cantidades que de-Marzo de 1867.—Joaquín Vigil — ViVasante. , se de Sección 'dé Administración general. ■ Por el Ministerio de Ultramar se comunica al Exorno Sr. Gobernador Superior civil de esta isla la Real órden siguiente:. “Exento. Sr.—La Reina (Q. D. G.) ha tenido á bien aprobar la resolución por la cual apcpdiú V. E. á la permuta de sus.respectivos destinos entre I). Franciacode León y Dcgregorio- oficial 5.® de Administración en la de Correos do Santiago de Cuba -ji- D. Rafaél Ro--driguez Laguna de igual clase en la de Villa-Clara pasando á servir en consecuencia-el primero ú la Administración de Villa-Clara y el Segundo á la de Santiago de Cuba. De Real orden lo digo á V. E. en respuesta á su carta número 741 facha 7 de Febrero último.” V de orden del-limó. Sr.-Director do Administración se publica para los'fines qiíé son consiguientes. Habana 26 je Abril de 1867.—El,Jefe de la Sec-. cum, —José Cánovas del Castillo. Modelo de proposiciones. D. N .,------N.........vecino de........enterado del anuncio. publicado en la Gaceta de... .y de las condiciones que se exigen para la adjudicación en pública subasta de las esquifaciones que necesiten durante un año los trabajadores de Obras públicas en este distrito, se compromete á tomar á su cargo dicha contrata por la cantidad de...... cada esquifacion de verano y la deinvierno por la do.........bajo las condiciones aprobadas para este remate. Fecha y firma del postor. Pliego (te coúOic'oíTl'S pata.tíi SUluluTslro ae eiqunfíciunw a (•» trabajadores do éste distrito. Alemas do las condicionas genéralos qnt rigen para loi «on-tratos do obras públicas se sujetará el contratista á las signioniés: t. s D.bcn suministráis« á los trabajadoras dos •sqait'ucip-nes una de invierno y uHA do vtrnnu, siendo da cuenta del eon-tratista entregarlas en el almacén general da obtus públicas situado en el Cerro. . , , 2, * Las esquifaciones para hombre se compon irán délas prendas siguientes: I)o verano, , Camisa. > - • Pautidon. ... , Sómbrelo de guano. . . Pañuelo de bayajar. .Zapatos de-vaqueta. Vacante la Capitanía del partidlo de Puentes Grandes por salida á otro destino del que la-desempeñaba, el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil se ha servido conferirla á D. Isidro González. Y de orden del Ilustrisimo Sr Director se publica á les linea consiguientes. Habana 29 de Abril de 1867. El Jefe de la Sección,—José Cánovas clcl Castillo. .Por el Ministerio de Ultramar se comunión en 26 de Febrero último al Excmo. Sr. Gobernador Superior civil de esta Isla la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.—La Reina [Q. D. G ] se ha dignado expedir el Real decreto Biguente:—Conformándome con 11 dictámen del Consejo de Estado en pleno y á propuesta del Ministro de Ultramar. Vengo en decretar lo siguiente:-rPara sustituir á los Consejeros de la Sqcoion de lo Coutcncioso de los Consejos de Administración de las provincias de Ultramar que tengan impedimento legitmo para desempeñar sus funciones en el caso cleique.no puedadarse cumplimiento á lo dispuesto en el articulo 29 de mi decreto de 4 de Julio de 1861, se agregarán a los Consejeros exentos de incapacidad legal, los Magistrados suplentes de las Reales Audiencias á quienes designe, la suerte. Dado en Palacio á 26 de Febrero cio 1567.— Está rubricado de la Real mmo.—El Ministro de Ultramar, Alejandro Castro. —Urque de Real Órden comunico á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes, y en contestación á la consulta elevada por V. E. en carta número 442 de 25 de Agosto del ano último.” Y de órden del' Ilmo. Sr. Director de Administración se pública para los efectos correspondientes. Habana 26ale Abril de 1867.—El Jefe déla Sección, José Cánovas del Castillo. Dtj invierno. Camisa ) , Pantalón jtie rnala- Soínbrvro u.o guano: Chaquetón de bayeta. .Frazada, djianq. Pañuelo de bayajar. . ■ • Zapa tus do vaqueta. 3. 55 A las burnbras se los fhcilbará camisón oti lugar de las dos primeras prendas de simbas estaciones; 4,721 .Kl,género de Jas referidas-prendas será de buena calidad sin avería de ninguna especie y la maao do obr» de excelente ejasé; advirtiéndose qut-j serán desochadas todas las qut no reúnan ios expresa-os requisitos. 5. /.apatus ademan de reunir las condiciones de buen material y inauü.de obra, deberáu ser de tamaño conveniente, estando obligado el contratista á recibir los que por falta ó escasez de dimensión«*» no fueran á .propósito para les trabajadores. 6,13 La forma de las camisas y portalones será la usual, pero e*tar£ obligado t> 1 cimtratijña á construir todas o parte de dichas.prendas de.la manera que se ie indique anticipadamente. , 7. * SI el contra!ista uo presentase on das épocas oportu-4 rías que serán próximamente el 15 de Julio y 15 de - Noviembre, todas las esquifaciones que se lo pidan; Ó si,parte de ella» sen des,echadas y no.alcauza su-.uúipero panvcompletar él pedido, su Sedara,el término de lüdias para cumplí r-su compromiso; y de ríe,hacerlo se.comprarán en la plaza por su-¿cuenta, quedaado respousabL con la fianza para satisfacer las diferencias entre el propio á qne.se. adquieran y ci, aprobado para esta «oñtrata. ,B. **. Las esquifaciones hau do ser de-ig-uai c ase y CA-üdád que la que sirve do tip.j K la subasta, que puede *verse en la Inspección general «Je obras»públicas, 9. w El núinexo de es quitaciones que so calcula cemo necesario para co la un í de las estac ones es( el de 80U; pero si las eventualidades dul servicio exigen.que se vario dicho número ó que se pidan esquifaciones en los intermedios, estará obligado el contratista á suminisL' ar las que se 1c pidan no tenien lo derocho' á mayor jrreci.o qvio. el. es ti punido en Ja-cputvata, 1JJ. La duración ds este contrajo será do un año ó *:a dos suministros de caqui fací o.ne». u na de invierno y otra de verano, cumpliendo la responsabilidad al-final- del año económico. 11. El contratista dará uu i funza de 10ÜÜ escudos para garantía del cumplimieuto do su compromiso. 12. Los pug.-s so harán por medio de libramientos coutra la Tesorería general, después de recibidas las esquifacion*» en las épocas marcadas y prévia presentación de ja cuenta qu» formará el contratista. 13. La tianza pregtnda so devolverá al finalizar la etntrata, si el contratista ha cumplido satisLctoriamente. 14. Las disposiciones gubernativas de la Administración, para eompelor al contratista al cumplimiento de su compromi o serán ejecutivas, que Jándole derecho para dirigir sus «reclamaciones y demandas por la via contenciosa. Habana 26 de Abiil de 1867.—El Jefe de la Sécciou —Francisco Cont rerus. .Resultando por lo tanto que el tipo para la subasta es el de 4S1.006 escudos 65 í milésimas á que ascienden los 5.548’991 tus. Debe advertirse que la cHp-la manzana ocupa una parte del terreno en que se en -'«entran IoV- fostts y las murallas entre las calles de O’ilei ly y la Hoitiba, debiendo prepararse para fabricar eu é!; y que su posición e* de 1us más ventajosas. Por tanto y debiendo verifica se la sub ista do la referida manzana el dia S de Junio próximo venidero a la hora de las 2 y en el edificio que ocupa esta Sección Centra! situada en la Intendencia; se convoca á los que deseen adquirir propiedad, eu el concepto.deque --1 r,mate se ce!< l--' con arreglo á lo dispuesto eu el i.»0'lamcnto d i asa--obligaciones á que el mismo tteffStóüVea«..* .«nutrivora. las los artículos que mas abajo se publican también, y que los pliegos cerrados contentivos de las proposiciones, se redactarán cou exacta sujeción al modelo que as tnis-mo se inserta; debiendo advertir, que el rematador añonará al satisfacer el primer plazo, atleta is de los e »tos de escritura, los do acotación, medida y avalúe del terreno á que este anuncio se contrae y que 554 escudos 899 mí. á por metro cuadrado. Y por disposición del Excmo. ó ltm>. >5r. I ntendente general sep iblíci pár'a la debida inteligencia, en el concepto de que en la Sección de Bienes del Estado de este Dentro de Rentáis; se proveerá á los que lo solic ten de ejemplares del reglamento que rige en la materia para su instrucción, así como se facilitará el examen del p a- 80.517’3:j0 68.540’220 Î00.a09’304 76 341’UUO 326.267’854 Resulta por 4> tanto que el tipo para la subasta es i o es(ui!-l‘-0lí- 854 milósitu-is á que ascienden IOS0..O0 metros 075 milímetros. Debe advertirse que la citada mtu/.aua ocupa una parto del terreno en que se encuentran los fosos y las mui al latí entie las caites- del Obispo y Obrupin; cuyo terreno deberá prepararse para construirse, en él; y que su posición es de las mas ventajosas. Por tanto y debiendo ver. ficarse la subasta déla rcíetida ma.i.i/.uim el.dia.8 de Juiiio próximo venidero á' la hora du las dos y en el edificio qUe ocupa esta Sección Gen i ral siíttpda en la Intendencia; se convoca á .los que deseen adquirir su propiedad ea el concepto de que el remate se celebrará con arreglo á lo dispuesto en.el Regla,moni,ot-del amuto; que el rematador adquirirá ios derechos y contraerá las obligaciones á que el misino Reglamento.se contrae en los artículos que mas abajo se publican también, y que los pliegos cerrados contentivos de las proposiciones, se redactarán con exacta sujeción al modelo que asimismo se inserte; debiendo advertirse que el rematador abonará al satisfacer (1 primer plazo, ademas de los costos de escritura, lo$ duuicotac.on, juedida.y avalúo dfii terreno á que este anuncio se contrae y que importan 370 escudos 5Q8 milésimos á razón de 409 milésimos ó pesos 0’05 por metro cuadradp, ..... Y por disposición cíd Excmo. é limo. Sr. Intendente se publica para inteligencia general, en el concepto do que en la Sección de Bienes del Estado do es^ te Centro de Rentas, se proveerá á los que lo soliciten cado el solar respectivo y las ebras que en él so ejecuten, sin que se necesite prestar iirng(ina*otra garantía.' ^rt. 21. La falta de pago dentro de los ocho dias que se expresan en el art. 18 dé esto reglamento supone la anulación de la venta y la pérdida del previo depósito. Art. 22. Al hacerse efectivo el primer plazo,]«« corapva-dovos de estos solaros, deberán satisfacer también el tanto ci r-respondiunto á los gastos que hayan irrogado á tu Hacienda la-acotación y tasación del solar respectivo. Asimismo serán de cuenta del comprador el abono do los derechos de la escritura de venta y todos los domas que con motivo do la misma se originen á la Hacienda. Al t. 23. ¡áerá obligación de los que vematon estos solares edificar en ellos dentro del plazo que se les marque por el Ayuntamiento y con sujeción á las cpudiyiones de ornato y salubridad que determinen las ordenanzas municipales. Alt. 24. .Ros solares á que se r.eiiere este reglamento los enajena la Hacteiida 'á perpetuidad en pleno-'dominio y libros de toda cargo..y gravámeu para los compradoras. Art. 25. - El título de dominio para los que adquieran estos solareSltrconstituirá la escritura de venta otorgada por la Hacienda íi favor del adquirentc. ■ Estas oscrituras las extenderá el Escribano del-ramo-en el iuq.rorogah.le término de ocho dias contados desde la fec.lxv -eu que so haga el pago del primer plazo. Art. 26. Se insertarán en dicha escritura la carta de pago del primer plazo y dedos demás sattsfeohos, y la roltttiva.á los pagarés cuyo importe corvospouda al pree'o del s fiar enajenado. Eu la escritura se hará constar ademas, .que el solar y cuan-to sobre él so o lili iuo queda hipotecado al p igu ue los plazo que se adeuden Á la Hacienda p jr ot precio d-. sub uta sl-il mis ino solar. ••• ,3 ,'■! :- Art. 27. El comprador podrá anticipar el pago fie uno. ó mas plazos. t¡n esto caso la-Uacu n Va hará el abono del interés correspondiente en la forma que sigue. Pagan U10.el segundo plazo a la vez que el primero, 01 beneficio fiel comprador s -rá i« un 8 por 1UÜ deducido del importe del expr sado .segundo plazo. Pagándose-A la vez el tercero, et. beneficio, urá dé uu 16 por i fifi aumoutando en esta-proporciou aocesivamsiite basta ei décimo, al cual le corresponfiiera-unab^uo do 72 pot loO d. »ooq -iUC abonados do una vez-todos los plazos resultara p o- el comprador una ventaja en término medio de 36 por 106. Art. 28. La-ventarlo .estos solares no adeudará derechos de alcabala, alcabaUUsñ hipoteca. Art>29. Igual beneficio so dispensa á las Irusminonos de dominio que tengan lugar hasta 31 de IJibiembró fie IfifiS eu consonancia con io dispuesto en La huso J3dc las aprobadas por Real órdon de 10-de Julio de 1651. Art. 30 La Hacienda su obliga á la eyiccimi.J- saneamiento con sujeoion álas reglas del derecho uonuiu. Art. 31. Lo«-compradores harán por su cuenta las obras de derribo ó explauaciou de ios . terrenos que l.-e fueren adjudi-cados; en eonipeiisaeloii de los gastos qite estol les ocasione, quedarán A su disposiciony Ubre beisetieio todos los mal eriales do piedra, hierro y madera que contenga el solar ucotado. (le ejemplares del Reglamentó que ria para su instrucción,'asi comò se fusil lge en la Hitará el del planò general cíe todos los túrranos. Habana Abril 30 de 1867.—Cluirac. materia exámeii Modelo de proposición. importan razón de 100 milésimas ó' -50’05 SEGUNDA SECCION. < ) Él O! N A S (i K N B li AI. B K. no general de todos los téryeupi. Habana 30 de Abril de 1807.—.Cluirac. Modelo de proposición. I). N. N.....-vecino de...........enterado de! anuncio inserto eu la Gaceta de ......y de las condi- ciones y requ sitos que se ex g m para adjudicir en (1 mejor postor la manzana de los terrenos de las murallas marcada con ei número 16 cu el plano aprobado pai fiel trazado de los referidos , terrenos, y la cual consta de ‘ 5,548 metros 9 ) L milímetros cuadrados, lindando por el N. con la prolongación de la calle de iNeptuno; por ei E. con la del Monser-rate, por el O. Con la plaza que ha de-quedar frente al teatro de Tac,011, y por efS. con la nueva calle' que tiene una dirección intermedia entre las del Obispo y O lteill) y-e.ii prolongación de la de ban Rafael solicita se subaste á su favor y con arreglo á lo establecido en los artículos del Reglamento vigente, la referida manzana; compromet éndose.al cuntpliiniento de todas las obligaciones por aquellas presentas, y á satisfacer ¡í Hacienda pública en los plazos que el mismo R? mentó determina (ó al contado) la Suma de....... nando también con los derechos de escritura y más gastos qne á la Hacienda se lo ocasionen, escudos 899 milésimas que h iti impo rtado los Don N. N. vecino de................... dol aña -io insorto eu -la Gaceta de. '«rii* la a- .atólos do» los 654 costos 'de ... . enterado ......-•Ytf.e í?. - xry. uíia Jli u : í a M fi í) P ti O O Y i tfii n v> o i-c. o rl í nrl i_ las muriilias, harneada con el número 17 en el plano aprobado para el trazado de los referidos terrenos y la cual consta de 3.705 metros 075 milímetros cuadrados lindando por el N. con la nueva callo que ocupa una posición intermedia entre las del Obispo y O’Reilly y en prolongación cíe la 'de S^tn Rafael, por el E. con la calle dei Monserrate; por el S. con la prolongación de la de San José y Obrapía, y por el O. con la plaza que ha de quedar frente al teatro de Tacón; solicita se subaste á su favor y con.arreglo á lo establecido eii los artículos del Regiamente vigente, la referida manzana; comprometió» uJseal cumplimiento de todas las obligaciones por aquéllos presertttis, y á satisfacer á la liar cicada pública en los plazos que el mismo Reglamento determina (ó al contad)) la suma de........abo- nando también cou los derechos de escritura y loí demás gastos que á la Haciéndase le ocasionen los 370 escudos 508 milésimas que han importado ios costos de acotación, ’ medida y avalúo de la referida manzana. (Fecha). [Firma.] acotación, medida y avalúo de la expresada manzana. (Fecha) (bVma) Artículos fiel reglamento á que se refieren los anuncio que anteceden. CAPITULO II. Mudo y.formu, de hacerse lu subasta. Artículo 97 Los reinales se verificarán bajo el sistema de pliegos cenados y en uu sulo acto, según lo dispuesto eu la ban scxtartle tas ttpí'óbadas'por difcha Reál ótden'dü Í0 ttc Juljo de 1654, Art, 10 Para ,quepú.éjan declararse admisibles las propq siciones contenidas eu los pliegos, jiabrá de incluirá« Quei mismo pliego la carta de pago qúo‘acredité haber depositado eíi la Te serena gen- ral la persona quo suscriba ¡a proposición' una cuntí dad equivaleuto.al 5 por 100 do la tasación dol solar á que la proposición se refiera., También podiá presentarse.dicha carta de pago en la Administración central de Lentas cou posterioridad a la presentación del'pliego cerrado que contenga la proposic1 ó en el acto de'a'brirse ia subasta, pero en ningún caso se udn tirá proposioion aJgq.uaxu.pO autor no acredite haber depositado el tamo por cieuto expresado en la Tesui'ina general. E! Excmo. é limo. Sr. Intendente so ha servido expedir ú los Srfs. Gobernadores y Tenientes Gobernadores de la Isla la circular siguiente:—“El Sr. Delegado espociai para el planteamiento riel nuevo sistema tributario en la Tato, nié há hecho'présenfa Con fe; h t 18 del actual Ja circunstancia de que algunos ayuntamientos, al fijaren los últimos padrones -debí riqueza urbana, la renta líquida sobreque deha establecerse la contribución, lo ban liccho con la deducción variable dpi diez al quince por ciento cuando la Real órden 4? 12 del mes próximo pasado publicada -eu la Gaceta, oíicial de estar ciudad para su cumplimiento concede equitativamente para esc caso el descuento del veinticinco por ciento por huecos y .reparaciones como se acostumbra en la W littw. -V»íl ItV CAPITULO IV. Resuelto que se, contrate en pública licitación el servicio d« la-linea postal estiblocida entre Pinar del Rio y Baja, y que dicho acó) so verifique simultáneamente en esta Dirección y ^n la Tenencia de Gobierno de Pipar del Rio el dia 10 de Mayo próximo á las doee do la mañana, lie acordado que el remate que ha de celebrarse en esta Dirección tenga lugar en el local que ocupa la misma, bajo mi presidencia y con sujeción al pliego de condiciones ó itinerario que á continuación se inserta. -Lo quede órden de S. 3. I. se anuncia ni público para su conocimiento. Habana 2 de Abril de 1867.—El Jefe de la Sección.—José Cánovas del Castillo. (Véase el pliego fie condiciones publicado en la Gaceta del 11 del corriente.) íicccioh Central fie Itcaliis y lisiadisli«'-» Bienes del Estado. Solicitada la adquisición de la manzana de terr-correspon diente á loe'de las murallas de esta cnu! (. marcada con el número 16 en el plano aprobado pa i el trazado de los referidos, terrenos y acordado ya con arreglo á las ú,timas disposiciones soberanas la reforma del artículo 2. ° del Reglamento formado para la venta de los referidos terrenos; por cuya razón son admisibles las proposiciones deremate que se hagan en conjunto á las superficies que componen cada manzana, el Excmo. é Ilutó.' fr. Intendente general, *e lia servido disponer que se saque á pública subástala referida manzana número 16 respecto de la cual,• existen las circunstancias siguientes, según lo certifica la Intpeccion general deObras públicas. Se encuentra dividida en cinco solares que en el plano so distinguen con numeración correlativa de uno á cinco: linda por el N. eon la prolongación de la calle de Neptuno en una longitud de 79’70 metros: por el E. con la del Monserrate, por cuyo lado tiene 76’026 milímetros por el O. con la plaza que ha de quedar fren- Solicitada la adquisición de la manzana de terrena correspondiente 4‘ los dé las. murallas de esta ciudad marcada con el número- 17 en el plano aprobado para el trazado de los referidos terrenos y acordado ya eoit arreglo á las últimas disposiciones soberanas Ja reforma de! artículo 2.® del Reglamento formado para la venta de los referido* terrenos, por cuya razón son uu-misiblcs las proposiciones de remate que se hagan cu conjunto á las superficies que componen cada manzana, el Excmo. é limo. Sr. Intendente geueral se ha servido disponer queso saquea subasta pública la referida manzana número 17, respecto de la cual existen las circunstancias siguientes, según lo certifica la Inspección general de Obras públicas. Se encuentra dividida en cuatro colares que en el ulano sé distinguen con numeración correlativa .le i á 4: linda por el N, y eu una extensión de 63,60 metros cqu. 11 nueva calle que ocupa una posición intermedia entre ‘a*"(lcl Obispo y O’Reilly y se encuentra en prolong-t-e on déla de San Rafael; por el E. Con la calle del Moa-- r ate en la longitud de 63 métros 7o7 milímetros: por ei ■ 4 con la prolongación de la de San José y Obrapm, en. uyo frente tiene una longitu 1 de 53 ihétrosílO' mihme-t. os y por el O. con la plaza q«» ha de quedar frente al teatro de Tacón eu una longitud de 63 metros. - L i manzana afecta la figura de un trapecio , cuyo-lados paralelos corresponden al N. y al S. y su superficie es de 3’705 metros cuadrados 75 milímetros. Los solares números I y 3 ocupan las esquinas N O yS O., comprendiendo entre ambos el solar numero 2 qne linda con el 1 en una longitud do 40 metros 47 milímetros y con el 2 en 37 métros 24 milímetros: los tres tienen el mismo frente a la plaza nueva, correspondiendo por lo tanto á cada uno 21 metros. El sol.n-. número 1 tiene de fondo por la calle nueva 43 métros 70 milímetros y el número 3 por .a calle de tían Josje. 53 métros 90 milímetros ocupando todo el Frente del lado 3. y por consiguiente la esquina 8. E. de la manzana presentando el mismo un frente por la calle del M on-serrate do 20 métros 584 milímetros. El solar numero 4 que linda con los i, 2 y 3 respectivamente en 21 metros 189 milímetros, 21 métros 247 milímetros y 19 mé- fíe las proposiciones. > -s. .... • : ; * ■». - ■ ...... «■-.»- Art. I:,. “Las proposiciones se. fiarán ea piieges cerrados según lo quo previene et art 9. ° de este reglamento y no se ad-muira nitigiiinV'propu.sieiuu que no cubra la tasucion del so ai objeto dui remate,. , • Art. 14 Tampoco será admisiblo la proposición que no se ajusté perfectamente fil ínqdéto de proposiciones inserto á conti- uuaci.m del ammeiu. . , ' Art. 15 Constituida la .Junta para la subastar de restos soiares en el local prefijado y en el dia y á la hora quo marqpou.los anuncios, el Presidente declarará abierta la subasta, pero no se piulotlcVá ala apertura de los phegos hasta que haya trascurrido media hora, la cual habrá dé’deStimtrse'á recibir los pliegos de preposición y las cartas do pago dei provio depósito correspondiente, y ,á.facilitar á los Imitadores bis noticias qíi.e les convengan. Pisado esto tiempo no se admitirán mas proposiciones y se procederá á la apertura dé cuantos' pliegos se hubiesen presentado y rechazando los defectuosos se examinarán por la Junta los demai, adjudicando provisionalmente el solar ai autor de 'a proposición mas vtnrajosu para^It Hacienda. . ' Alá. io Eli el casó do quo resultasen dos. ó litas proposi-c unes eXaitamenteógU'iléVy no it a hiero ninguna o m mas ventajosa so abrirá una licitación por pujas a la llana y solamente eutro los autores fio ja ajisiuá, hacicnfiosu la adjudicación en la-Vor del que mayores ventajas ofrezca. Esta licitación lio paira ptyrrogatse lusaalospnno; minutos al cabq do los cuales procederá -Juhu á lo que xiuj-re$))0tt !á. ' ; ' . bien de evitar ulteriores reclamaciones, quo Bitmpre entorpecen el servicio uve h.a parecido eonvenieute dirigirme por medio de circular á torios Jos ayuntamientos de la Isla con el objeto deque los que nohuhitscu aun formado los citados padrones dé la riqueza úi batía, se sujeten estrictamente á la prenotada disposición 8obei-ána que establece como regla general el descuento' ¿e veinte y cinco por ciento para la señalacion de la riqueza imponible manifestándolo asi, y dé que'Tós que lmbiésiiii remitido ya los expresados padrones se sirvan participarme én segui-dael tipo de dedueeio i que hubiesen observado, para poder esta Intendencia con ese dato disponer la rectificación conveniente igualando á todas' las1 lincas urbanas al tipo equitativo que por ellas se ha acordado por el Go* bienio de S. M—Lo que manifiesto á V. para su conocimiento y efectos correspondientes esperando de. su reconocido celo que á la brevedad poslóle se ilirva contestarme comías (tetudas explicaciones según el caso en que se encuentra ese Municipio que tan dignamente preside, al tenor de lo manil estado.” La Rc'ál'órdéii que sé cita y cuyo exacto cumplimiento debe observarse por los ayuntamientos de la Isla parala perfecta igualdad.en todas las recaudaciones del nuevo impuesto sobre la riqueza urbana dice asi: “Exorno.'Sr.—El Excmo. Sr. Ministro dé Ultramarino, dice con fecha 12 del mes próximo pasado lo que sigue: —Excmo. Sr.—Al disponer eu el artículo 6. ® del Kcal decretp de 1-2-de Febrero último queda Intendencia de esa isla, por medio de su Sección Central dfe Rentas y Estadística, fije cou la .anticipación debidá los cupos que correspondan á cada Municipalidad por el importe sobre las rentas urbanas se ha prometido ái, M. que aquellas oficinas y lóá 'Ayuntauíie«ltóí .íñápactivos procurarán con el mayor esmero que la distribución de los repartos individuales se arregle á la m is rigurosa justicia y que ctrda uno -de- los contribuyentes pague lo que debí con exacta proporción á su riqueza y á los rendimientos (pie esta les proporcione. En tal concepto S. M. cree innecesario recomendar á V. E. de nuevo quo llame la ateliffloú de las indicadas' corporaciones acerca de la rectitud y severa imparcialidad. co.n que lian de proceder eu el asunto; petó en lo relativo á la apreciación de las utilidades líquidas de la propiedad urbana, la Reina(Q. D. G.j ba tcuido á bien resolver se préV'enga á V. E. que cuide de que los ayuntamientos al computar la renta líquida anual de los edificios urbanos deduzcan del producto total de los alquileres uní cuarta-parte por huecos y reparos, según ^equitativamente se observa en la Península.— De lteil órden lo digo á V. E. para sil conocimiento y efectos correspondientes, 1T lo traslado 4 V. E. para su iuteli-gOnom y linea consiguientes. ’ Lo que se publica de órden del Excmo. e limo. Sr. Intendente .para general eonociuiicato.—Hibaua 26 de Abril do i867.—"Cluiráe. baso 10 do (■.vm'ri.o v. Derechos ij obligaciones que adquirirán los comprador.es. Art. 17, Los depósitos proyios de los licita lores cuya pro posicíoli haya salo aceptada por ia Juuta do subasta, quedarán cu dfipósitd en-,taTVsoi-eiía general hasta que él interesado sa tisfaga ol importe do! primer plazo según lo dispuesto en 1 novena do las apiobadas jjor la referid» Real.Arlen do Julio de 1664.' , ■# i. Las callas do pago que gario,ticen las domas.proposiciones seráa devueltas eriel acto áJos quo las míbieren pfSséiitaUP pala que obtengan la devoktcioá leí prévio depósito. Art. 16. El importo fieliemate. so abonará en nnavo p azos iguales, i saber: el primero dentro (le los ocho fiias siguientes a| ea que sa notifique al aüjudieatar o ja aprobación de1 tomate, J lósiiiVevo' r&rántó ciílgtíál dia de los añós siguientes inadianfie a lormalizticion do pagaiés qué suscriba el comprador en cumplimiento íie.lo prc.víai'tuo tai la baso sétima de tas.apiobadas por litad orden de ló fie Julio de I6ó4, . Art. 19. E-'tos págales ingresarán como metálico e-n la le» soreria general que los liará * tectivos á su vencimiento. Al t. 20. A I» responsabilidad de estos pagos quedará hipote- Coulatluriü gciici'ii! «le II ¡tcien da «le la Isla «le duba. Intendencia de Hacienda pública de la Isla de Cuba.—Centro de Contabilidad. Número 22 folio 355.— El Excmo. Sr. Gobernador Superior civil, en acuerdo de esta fecha y prévio favorable dtotáraeu de las oficinas de Hacienda y Consejo de Administración se ha servido ampliar a quinientos tres escudos setecientas sesenta milésimas,'m autorización provisional otorgada én 26 cíe Febrero último, de cuatrocieutos nueve escudos sesenta milésimas, pava pago del gasto que ocasiono la trasmisión á Madrid por el cable triis-atlautico, de un tefógramaVrael Gobierno de 3. M, todo á reserva y Sin perjuicio dé lo que en definitiva rt suelva la bupeno-ridad á quien al efecto se eleva eu copia dicho asunto. Lo que participo á V. 3. para su conocimiento y como coiuplcincrtto de' mis eórnunicaatohes-fechas 26 de Fe* brero v 4 de Marzo últimos relativos-ai particular.— Dios Guarde á V, 3. tnuchos años.—Habana 27 de Abril de 1867.T—José M'aríá’d'e Miehelenu.—Sr. Contador general de'Hacietfda. —Es copia —Guerra. I»it«*mlen«‘ist «le Ejército «I«* I.» Isls» «le Cuba. ANUNCIO. • El Excmo. 8r. Intendente del Ejército de esta Isla. •Hace saber: que debiendo precederse 4 una terce-ra subasta por el término de dos años para verificar el
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 103-129, Mayo de 1867 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1867-05 |
Coverage Temporal | 1860-1869 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (108 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000510 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
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Digital ID | chc99980005100001001 |
Full Text |
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PERIODIC O OFICIAL DEL GOBIERNO.
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t. Miércoles 1. ° |
Format | Image |
Archive | chc99980005100001001.tif |
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