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PERIODICO. OFICIAL DEL GOBIERNO. fffiin. ISO. Sábado l.° de Junio de 1807.—Santo« Pá itilo, Segundo, Felino y Graduano, todos mti's .—Circular en 8nnto Dominio. PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION, OFICINAS Sl/PKRIORKS GENERALES. nnßltiUP SUPKKIOE CIVIL DK LA SIKXPEB ViKL ISLA H CUBA Secretaría. Por el Ministerio de Ultramar so me comunica Pon f olía 35 del mes próximo pasado la Eeal órden si- suienie: “Excmo. Sr.—En vista de la carta de V. E. nú- inero Gü fecha 15 de Marzo último, la Reina fQ. D. G.) ha tenido á bien aprobar, en calidad de interino el nombramiento de D. Agustín María Guaxardo, para desempeñar la plaza de Secretario de ese Gobierno Su* periorcivil.—De Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” Y acordado su cumplimiento, se publica para conocimiento general. Habana 29 de Mayo de 1867.—Manzano. Por el Ministerio de Ultramar se dice al Encino. Sr. Gobernador Superior civil de esta Isla con fecha 22 de Marzo último lo que sigue: “Exorno. Sr.—En vista de las cartas documentados de V. E. número39 y 50 fechas 15 y 28 de Febrero último y con arreglo á las disposiciones del artículo 102 del Real decreto orgánico de las carreras civiles de Ultramir, la Reina (Q. D. G.) ha tenido á bien declarar cesante con el haber que por clasificación le corresponda, á 1). Luis R tillo, oficial de la clase de primeros en la Dirección de Administración local de ese Gobierno Superior civil, cuya declaraéiou de cesante se retrotrae pira todos sus efectos á la fecha en que el interesado te embarcó desde esa Isla para la Península.—De Real órden lo digo á V, E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” Y de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial cumpliendo con lo que está prevenido. Habana 29 de Mayo de 1867.—El Secretario interino-—Agustín María Guaxardo. Ausentándose por algún tiempo el Sr. Cónsul de Austria en esta capital, el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil se lia servido admitir’al Sr. D. Guillermo tíüharfeinberg para desempeñar dicho consulado interinamente con el carácter de agente comercial. Lo que de órden de S. E, se publica en la Gaceta oficial para conocimiento de quien corresponda. Habana 29 de Mayo de 1867.—El Secretario interino, Agustín María Guaxardo. Negociado de Emancipados. 1).i.i.i menta al Excmo. Sr. Gobernador Superior c-víl -.1, todio la.*, instancias presentadas en solicitud de autoruaeiim para contratar negros emancipados en el número y bajo las condiciones contenidas en el Decreto de l 0 del actual que trata sobre el particular, S. E. se ha servido disponer que se publiquen los nombres de las personas á quienes se ha concedido autorización al efeoto.con el fin de que se presenten en esta Secretaria Negociado respectivo para recibir personalmente las órdenes oportunas bien enteudido que las contratas empezarán á regir desde el primero uel próximo Jimio y que se conserven unidas á la relación correspondiente las instancias de los demas solicitantes en el turno que Íes corresponda cuando se hagan nuevas distribuciones ile ¡as cuales so dará conocimiento al público en la Gaceta oficial. Habana 27 de Mayo de 1867.-EI Secretario interino, Agustín María Guaxardo. l’enonas á quienes so ha concedido autorización para contratar con la Administración del depósito de Emancipados el alquiler délos contenidos en sus respectivos lotes. Mí Angela Roura y Carnesoltas do García. Lote número 1 ? M. Agustín Montalvo, idem, idem, t? Mí Maria Josefa de Herrera y Hortera, idem, ídem, 3.° .. Dolores Azopardo viuda de Lapidiate, idem, idem, 4? M. Manual Servii, idem, idem, ö? .. Cayetano y U. Carlos dol Monte, idoin, idem, G? .. Ignacio de Torres y Mójamete., ¡doni, idem, 7? .. José Maria Ponce de Leon, idem, idem, 8? .. Tomas de Oraria, idom, idem, 9? Exorno. Sr. Conde de O-lioilly. idem, idem, 10. Koiaoion de ias personas que deben presentarse en Secretaria á recibir las autorizaciones respectivas para contratar los emancipados del servicio doméstico que se indican. Número de negros, S Di Estefanía Tejada..................... .. Gertrudis Gómez Garzón............... .. Leonor Tliurry_______________...i.... -. Manuela Lorenzo de Córdova........... .. Ignacio alontalvo y Calvo............ .. Angel García......................... .. Juan Casaos y Román.................. ■ Francisco Aiauda y Castejon.......... . Antonio Otero y González....... . Jo.-é Fernandez Cotá................. ■ (jsrius Jos» de Castro............... i pió González Anleo................... Jo*q«í“ o0T,^^"ríÍTíá-...............- Auto»10 -“«A IN'5'1 ' ai I, " Tidefon»0 J-c-- JjiíH L'V VótAí- •“*aa.............. .i¡ i--,..ia.................. .. Ha ilion Merlo...................... M.p Solía Dikuison...................... M. Ramón de Heruete..................... ■ .Cádos Rodríguez de Rivera............ M,s Ana Ma ia Gastón.................. • • Maria Dolores Gastón........... ,t.. • • Pedro Verdugo y Pestaña........... .. Juan Bautista de la Guerra......... .. Lino Martines y López.............. -. Federico Alacia y Acosta....... -. Manuel Rico y Conde ................ b.* Cándida Suaraz---------------------- -- Cjridad del Monte................... .- Mercedes Pogud > ................... 9-Raf mi Correa y García................ -• Jugó Hernández Arribas............... M * Mercedes Ricoy de Arnat______ ..... M> Rafael Rosi...... ..... ............. — .losé López Truelja.............. A1* Antonia Muñoz__________... ...... —. Exmna Sra. Mi Josefa Peñalver de Mantilla. M,b Caridad del R o do Maut lia...... .... -- Juana González Anleo........... M. Manuel Mas de Villafuerte............. • • Cayetano Vázquez.................... Francisco Valdes............ ........ 9 “ Cárraen Valdas...................... M. Ramón V. Vázquez..................... Jos» Simón Saucliez................. • • Emilio Sánchez Osorio............... M. * Mercedes Benltez................... M Josefa Alvarez Sánchez Oiorio......... • • Momea Benita de Paz................. .. Rosa Fernandez Vallin de Romay....... Catalina Hernández_________________ Luisa Perez deZambraua____ Cori to Amoreti...................... .. Miguel de Ochoa.........!!...... - Domingo Fojá..............”” .. Joaquín Casal..................... M.* AutopiaMadau........................ G. José do Zarate ...................... M * Luisa Peirano de Egea............... M- Raiuou Bermejo ..............___ M. * Ana de Ferrar...................... .. Mana Francisca Gastón ........ ..... .. Mricides de Alcalá .............. D- Mariano Hernando Navus.............. .. Lenices Ignacio ds la Pezuela....... .. Francisco Pelayo Vigil.............. 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 •J 1 1 I 1 1 1 1 1 I 1 1 1 1 1 1 1 1 I 1 1 I 1 1 I t 1 1 1 Icireccioii ile tiluiinistini loii. INSPKCCION U KM Kit AL DS OBRAS PUBLICAS. Por Real orden de 10 de Marzo último se dijo al Excmo. Sr. Gobernador Superior civil lo siguiente: “Excmo. Sr.—Provista de un Ingeniero del Cuerpo de caminos, canales y puertos la plaza de Ingeniero Jefe del distrito de Puerto Príncipe, la Reina (Q. D; G.) ha tenido á bien disponer que el Ayudante don Rafael Guirdo y Nigues nombrado interinamente para dicho destino quede á las órdenes del expresado Jefe y que eutre los seis Ayudantes destinados á esa Isla se nombro uno para que ejerza interinamente las funciones de Secretario de la Junta consultiva de Obras públicas, toda vez que por ahora no es probable pueda dedicarse á ellr ningún Ingeniero.”, Y habiéndose servido nombrar S. E. en consecuencia al Ayudante 1 ? D. Eugenio Araujo para el citado cargo de Secretario de la Junta consultiva de Obras públicas en reemplazo del Sr. Ingeniero de caminos don Autonio del Solar con la gratificación de 600 escudos anuales que se le asignan por el Reglamento interior de la misma, sin peijuicio de continuar afecto á la Inspección de ferro-carriles á que pertenece y á reserva de lo que tenga á bien determinar el Gobierno de S. M. á quieu se cid cuenta al efecto.” Lo que se publica en la Gaceta oficial por disposición del limo. Sr. Director de Administración para los fines correspondientes. Habana 27 de Mayo de 1867.—El Inspector 1? Eduardo F. Trujilló. Hallándose concluidos los trabajos del proyecto correspondiente al tramo del ferro-carril Central entre San Andrés y Ciego de Avila que se estaba formando por el Comandante de Ingenieros D. Cristóbal E. de la Casa en virtud de comisión conferida al efecto por el Excmo- Sr. Gobernador Superior civil, S. E. se ha servido declararle exento del servicio de Obras públicas en 22 del que cursa, disponiendo al propio tiempo el limo. Sr. Director de Administración en uso de las facultades que le conced ; el R igUineuto de 27 de Marzo del año próximo pasad ) reorganizando el servicio de Obras públicas, que los Ay udautes qu i se hallaban afectos á aquellos trabajos pas m á cantinu ir sus servicios en la forma siguiente; I). Pascual García Artave en la Inspección de ferros-carriles de los Distritos 1. ° 2. ° y 3. ° , D. Erminio C. Ley vaeu el Distrito de esta ciudad en relevo de D. Antonio Nuixs que pasará al de Pinar del Rio; D. Vicente Pellicer y D. Francisco Marcotegui en el de Villa-Clara, y D. Ventura Ramírez Arellano en el de Cuba bajo las inmediatas órdenes de sus respectivos Jefes. Y de órdeu de S. S. lima, se publica en la Gaceta oficial para los efectos correspondientes. Habana 27 de Mayo de 1867.—El Inspector 1. ° —Eduardo F. Trujilló. Real Audiencia rio la ilultana. Secretaría. En vlrtudde lo que dispone el artículo 49 capítulo 9? de ias ordenanzas de esta Real Audiencia, y aproximándose la época en que debe celebrarse la visita general de presos y cárceles que según las disposiciones vigentes ha de preceder á la Pascua de Pentccóstes, el Excmo, ó limo. Sr. ltegqiite do esta Real Audiencia se ha servido disponer se celebre el enunciado acto el día ocho del próximo mes entrante á las siete de su mañana en el lugar de costumbre, y que en su víspera á las diez de la mañana tenga lugar el correspondiente alarde general, dándose aviso á todos los Sres. Ministros y al Sr. Fiscal; que se dirijan las órdenes convenientes para que los Escribanos de los Juzgados inferiores que tengan causas de presos que hayan de visitarse por esta Audicu-cia, paseu á la Escribanía de Cámara mas antigua ó seala de D. Antonio María del Rio, dos dias antes de la visita indefectiblemente y bajo apercibimiento de lo que haya lugar, una relación exacta de la3 correspondientes á cada uno de ellos, con la expresión que previene el artículo 50 de dichas ordenanzas y tres copias ó triplicado de la misma lista cu el mismo plazo á esta Secretaria de mi interino cargo. Que el expresado Escribano de Cámara y los demás de su clase cumplan por su parte con to .o lo quo dispone el artículo 51 de las citadas ordenanzas. Que el Alcaide de la Cárcel y los Jefes y encargados del cualquier otro establecimiento en que haya presos del fuero ordinario de cuyas causas conozca esta Real Audiencia pasen también á la Regencia por la Secretaría de la Audiencia dos dias ántes de ia visita una lista exacta por cuatriplicado de todos los presos de dicha clase que cada uno tenga á su cargo con expresión de su nombre, domicilio día de su entrada en el establecimiento y de si se hallan ó nó en comunicación, para cuyo efecto se expidan las comunicacioues correspondientes, diciéndose, en las que se dirijan para los Jefes de ios cuarteles ó fuertes de la plaza ó establecimientos que no dependau del Alcaide de la Cárcel que á la mayor brevedad se sirvan informar á esta Regencia, si tiabrá algún grave inconveniente justificado que impida que los presos á su cargo quo deban ser visitados por la Real Audiencia, sean trasladados el dia de la visita á la Real Cárool antes de las 7 de la mañana del citado dia de la visita general á fin de que se les pueda pasar en la Cárcel ó acordar con an-. telaeiou necesaria lo que corresponda. Que los Alcaldes mayores fuera de esta capital y de ellos solo los que tengan presos en la cárcel ó fortalezas de la Habana cumplan las circulares de 14 de Junio de 1862 y 21 de Noviembre de 1865, Finalmente, dicho Excmo. é limo. Sr. Regente se lia servido mandar que esta providencia se inserte en tres números de la Gaceta oficial de esta capital para conocimiento de los Abogados y Procuradores de los presos que hayan de ser visitados así como de los funcionarios a que se contrae y demás que, según los artículos 55 y 56 de las ordenanzas y disposiciones vigentes deben asistir ó tengan intervención en el acto. Eu ejecución de lo m indado expido la presente para su inserción eu la Gaceta oficial de órden del Excmo. é limo. Sr, Regente. Habana 29 de Mayo de 1867. — El Secretario interino, José A. G, mez. Circular.—Por el Gobierno Superior civil de esta Isla se han trasladado á conocimiento del Excmo. é limo. Sr. Regente de esta Real Audiencia las disposiciones que ha tenido á bien dictar el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil para su observancia por la Empresa de caminos de hierro de la iíabana con respecto á las Autoridades judiciales en caso de accidentes graves. Y dada cuenta al Tribunal Pleno, se ha servido acordar de conformidad con el Sr. Fiscal, que dichas disposiciones se trasmitau á los Alcaldes mayores del territorio por medio de circular como en su cumplimiento lo ejecutó, siendo el tenor de las aludidas disposiciones el siguiente: “Que en caso de un accidente grave que acontezca en la vía férrea, el conductor d>-l tren procederá á tomar los nombres y residencias del número de pasaje os ó empleados que sean suficientes escogiendo con preferencia aquellos que hayan presenciado el suceso y al dar conocimiento do la ocurrencia ni Guarda-almacén de la estación mus próxima incluirá estos nombres con los de los conductores y maquinistas dol tren debiendo esperar ájas autoridades judiciales en los paraderos extremos de la línea siempre que la ocurrencia haya tenido lugar en las jurisdicciones á que estos pertenecen; que inmea diatamente se dé aviso á la Autoridad local mas inmediata: que en caso de que el cadáver intercepte la via y sea preciso sacarle del lugar en que se encuentre se haga constar con la debida precisión por el conductor del tren asociado de dos personas el punto que ocupase el cadáver, la situación de este y todas las circunstancias relativas al particular: y por último que en cintilo á los heridos si el accidente acontece en un lugardonde se encuentre con recursos deben removerse fuera de la carrih -ra cerca del paraje del accidente, y donde no los haya trasladarse á la estación mas próxima donde deberán permanecer hasta que la Autoridad no se halle presente.” Y en debido cumplimiento de lo acordado io comunico á V. S. para su conocimiento y efectos consiguientes; sirviéndose participar el recibo y la agregación de un ejemplar de esta al legajo correspondiente. Dios guarde á V. S. muchos años. Habana 28 de Mayo de 1867.—El Secretario interino, José A. Gómez. Sr. Alcalde mayor de......... Debiendo celebrarse la visita general de cárceles y presos que según las disposiciones vigentes ha de preceder 4 la Pascua de Pentecostés, ha tenido 4 bien señalar el Excmo. é limo. Sr. Regente de esta Real Audiencia la hora de las siete de la mañana del sábado ocho del mes próximo venidero para que tenga efecto el mencionado acto en el lugar y con las solemnidades de costumbre; disponiendo al propio tiempo S. E. I. se publique en la Gaceta oficial para conocimiento de los que deban asistir á la expresada visita general. Habana 29 de Mayo de 1867.—El Secretario interino, José A. Gómez. SEGUNDA S 4CCION OFICINAS 11 F.N ¡1 It A LICS Tesoreria General de ti adeuda Pública. Desde el dia 3 del próximo mes de Junio, queda abierto el pago de los haberes de pensionistas, jubila- dos y cesantes, residentes en esta Isla. Lo que se publica pira conocimiento de los interesa os. Habana 31 de Mayo de 1S67.—Bcruete. D. Pedro Espárrago se presentará en esta Tesore ría general en horas de despacho para un asunto que le concierne, eu concepto que de no verificarlo le correrá perjuicio. Habana 28 de Mayo de 1867.—Beruete. Habiendo suirido extravío una carta de pago expedida en 16 de Octubre de 1864 ascendente ú 1000 escudos depositados por los 8 os. Rui/, y González en calidad de fianza para responderá la contrata de maíz para el servicio de la subdireceiou de Obras públicas se avisa al púñlico para que si Alguno la hubiese encontrado, la presente en esta Tesorería general con objeto de un irla al expediente de su referencia, eu el conceptos de que dicha curta de pago quedará aula y de ningún valor, sin estar unida al cítalo expediento Habana 28 de Mayo de 1867. — Bcruete. Habiendo sufrido extravio una cart i de pago expedida en 14 de Mtrzo del presente año, ascendente á 400 escudos depositados eu calidad de fianza por don Antonio Moreno do la Torre, se avisa al público para que si alguno la hubiese encontrado, la presente eu esta Tesorería general con el objeto de unirla al expediente de »u referencia, en concepto de quo dicha carta se considerará nula y de ningún valor sin estar uaida al indicado expediente. Habaua 27 de Mayo de 1867,—Beruete, Sección Centrili «le la Ite uta de Lutcria» de la Isla de Cuba. D. Ramón de Echavarría y Castillo, Administrador Jefe de la Sección Central do Loterías de esta Isla etc. llago saber como delegado dol Tribunal de cuentas culos procedimientos ejecutivos contra los bienes de don José Costales deudor á la Renta de Loterías, que no habiendo tenido lugar la enajenación de las dos casus de su propiedad sitas en Guanabaeoa, que fueron sacadas á subasta pública el 30 de mes próximo pasado, se lia procedido á la retasación de diciias fincas, fijándose el valor de áuibas eu 16531 escudos, y el do cada una en los que se expresan á continuación. La casa número 70 de la calle de Cadenas esquina á la de San Juan, cuyo solar de 1408 metros cuadrados comprende seis habitaciones bijas y una alta y jardín, con tros pozos y cerca lo de manipostería y verjas, fué valuada en la cantidad de 15.899 escudos de ia cual corresponde á las obras de albañilería 10.092 escudos y 5.S07 á las de carpintería. La casa de guano número 53 de la calle de Jesús María esquina á la in licada calla de San Juan, que linda por su fondo con la casa antes mencionada y tiene de cabida 231 metros cuadrados, fué tasada cu 632 escudos. Y debiendo efectuaos» el remate de ámbas casas en un solo acto, alas d ice del di i 2 de Julio próximo en la sala de despacho de la Administración de Loterías, serán admisibles las proposiciones que cubran las dos terceras partes de la tasación, eu el concepto de que ha de preceder la aceptación de la carta de abono que á satisfacción déla Administración presenten los proponen-tes, si prefiriesen dar esta seguridad, que se señala para facilitar la concurrencia á la de entregar en depósito en Tesorería el 5 por 100 del valor de las fincas, como se verifica respecto á las de la propiedad del Estado. Para la debida publicidad de esto anuncio se insertará eu tres números de la Gaceta además de fijarse en los puntos de costumbre en dicha villa. Habana 31 de Mayo do 1867.—Ramón de Xclia-varría. Sección Contimi «le Aduanas. Administración. Eu cumplimiento de lo que di.-poue c! artículo tercero del Real decreto de 12 de Marzo úl-uiiio la junta creada por el artículo segundo del iiii-mo ha formado la relación que sigue para la exacción de los derechos ud-vulorem eu los artículos no relacionados en el aranceló que por analogía no pueden adeudarlos por algunas de sus partidas. Y aprobada que ha sido esa relación por el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil de acueido con el Excmo. é limo. Sr. Intendente, se publica en la Gaceta oficial de órden de S. E. 1. para conocimiento general y en el concepto de que los tipos señalados han de regir por término de seis meses á contar de 1.® de Julio pióximo según lo dispone el ya referido artículo tercero del Real decreto. Habana 31 de Mayo de 1867.—I*. S.—Mariano Canencia y Castellanos- N? de la partida. NOMENCLATURA. Cantidad ó base de adeudo. Avalúo. Esc. Mis. I 2 3 4 Abalorio, canutillo, mostacilla, rocalla y cuentas de vidrio, escarchado, gusanillo, hojuela, alambrillo y otras materias auálo- gas, en hilos ó sueltas................................. Abanicos de todas clases............__.................... Alazor................. .................................... Almidón............................... 5 6- ANIMALES. Animales fieros como elefante, león, tigre, oso, lobo y otros análogos................................................. . —pequeños como monos, micos, raposas, ardillas y tejones. AVES. 7 Aves de recreo como guacamayos, loros, papagayos, faisanes y pavos-reales.................................. ............. 8 ----o pájaros apreciados por su canto y hermosura, como canarios, sin- sontes, ruiseñores y otros análogos como cotorras y periquitos, 9 ----de clase inferior como jilgueros, pausillos, tomeguines y verderoles. kilóg. 1 090 «valúo. kilóg. 13 040 lOOkilgs. 30 430 avalúo. uno. 8 uno. 4 uno. 2 uno I GANADO. ASNAL, 10 Burros y burras que no se importen para mejorar las castas.. uno. 11 CABALLAR. _ Caballos y yeguas que no se importen para mejorar las castas.. uno. MULAR. 12 Mulos y muías.............................................. NOTA.---Las carnes vivas aplicables al consumo del pais, ó sean las aves y el ganado cabrio, de cerda y vacuno, son objeto de uua consulta al Supremo Gobierno. 13 Anís, cominos, orégano, pimentón, pimientos secos y hojas delaurel. Armas blancas y de fuego.................................. Azogue.................................................... Balanzas y romanas rnénos las comprendidas en otras partidas._ Barba de ballena en bruto ................................ ----cortada y preparada para cualquiera industria pero sin pulimento ----lustrada ó pulimentada piara elásticos de vestidos, corsés y otros objetos aunque tengan remates de otras materias........ Barba española para colchonero»............................ uno. 14 15 16 17 18 19 1 OOkilgí. avalúo, kilóg. avalúo, kilóg. kilóg. 20 21 22 23 24 25 Barniz ordinario y entrefino para muebles -----fino para retratos..................... 20 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 Barro manufacturado en ladrillos para limpiar metales............ -----en crisoles................................................. Betún pura lustrar, tinta para escribir é imprimir, líquida ó en [•asta y ia* bolitas de composición para limpiar cartucheras.. Bombas para incendios y pozos, ménos las comprendidas en ot.as partidas. kilóg. 100 kilgs. lOOkilgs. avalúo. ] 00 kilgs, ic- -kilg Búfalo labrado en todas formas Cabello humano............... ----manufacturado._________... Café de posesiones españolas... Canela de Cedan y nuez moscada -de otros puntos. 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 Canelón, clavos y pimienta....................................... Carruajes de todas clases con excepción de las carretillas........ Cartón manufacturado en sombrereras y otros objetos vastos... -----en máscaras ó caretas.. ..................................... ——en pantallas para la luz bajitas para adornos de tocador, para dulces yotroa objetos análogos................................... • avalúo, kilóg. kilóg. avalúo. 100 kilgs. kilóg. 100 kilgs. lOOkilgs. avalúo, kilóg. kilóg. Cascarilla de todas clases , Cera labrada en todas formas ménos en velas. -----en careta» ó máscaras.................... Cerda ó crin en pelote........................ -----de jabalí para zapateros....... -----en tejidos aplicables á tamices muebles. Cola colnun. -de pescado. kilóg. lOOkilgs. kilóg. kilóg. 100 kilgs. . kilo'g. kilóg. lOOkilgs. kilóg. Concha de caguama en bruto........................-.......... ----Obrada en todas formas aunque tengnn adornos de otra materia Concha de carey en bruto.............................a....... ----labrada enjtodas formas aunque tengan adorno de otra materia. Corcho en tablas ó panes..................................... -labrado en tapones y otras formas........................ Di 53 54 55 56 57 58 Corsés. Cuchillos, navajas y cortaplumas con cabos de madera, asta, ballena ó hueso y demá» en clase de comunes con y sin tenedores, -con cabo de marfil, carey ó nácar ydemas en clase de finos... Elásticos de seda para calzado. Encerado llamado hule de seda............. -para pisos, mesas y otras aplicaciones. 59 60 61 Esmeril y polvos llamados do lápiz Espejo» con marcos [véanse muebles y mercería »cgun caso.] Esparto tejido en espuertas, serones, esteras, felpudos y otros objetos análogos..............................................---- -----hervido ó no,y manufacturado en objetos finos como cesticos, esterillas, porla-cubiertos y otros nnálogps 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 Estopa de todas clases embreada ó rió y los desperdicio» de algo- don......................................................... Flores de papel, seda, lienzo ó de otras materias, sueltas y en ramos y guirnaldas................................................. Fósforos de todas clases, inclusos los perfumados para tabacos y el peso del envase interior................................. Fuelles para fraguas y los de mano.......................-........ Galleta ordinaria................................................. ----fuá y las galleticas de leche, soda, limón y otras análogas incluyendo el peso del envase si fuesen cajitas, baulitos ó barrilitos preciosos..................-.........-.................. Goma elástica labrada en planchas y correaje aplicables á la maquinaria, mangueras y otros objetos análogos..................... -----en zapatos, polainas, asientos, salvavidas, sacos de noche y otros objetos análogos y de solo goma............................. -----en impermeables de solo goma—................................ -----an algalias, cánulas, lablitas y tintas para escritorio, geringas, pezoneras y otros objetos análogos.......................... 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 Guantes de cabi itilla. ----de gacela, ante y gamuza................................. G’ita-percha ó caoutchouc labrados en escarmenadores ó peines, escobillas de dientes, porta-plumas y otros objetos análogos.. ----en objetos de menos peso................................- Heniquen tejido en hamacas................................... Hilaza cruda ó hilo crudo sin torcer incluso el de zapatero.. ----blanqueada ó de color.................................... Hilo de algodón en bolas y madejas, blancoy de color. ----de estambre de todas clases.................... -----torcido ó de número..................-....... ----de acarreto ó merlin........................... -de cañamazo. 84 S5 ----de lino ó algodón en carreteles, incluyendo p ira el udeudo el peso total con excepción del envase exterior, e»toes, incluyendo también la lata----------------------------------------------- Hueso y asta labradas en botones y hormillas de clase ordinaria, peines para caballos, calzadores y otros objetos análogos por su peso y clase......................................... -----y pulido en escarmenadores ó peines, hormillas, escobillas para los dientes, uñas y prendas y otros objetos análogos por su peso..............................•---- 60 300 120 30 430 3 480 2 170 3 260 6 520 26 090 54 350 6 520 26 0°” lOOkilgs, 69 560 15 220 52 170 20 4 350 173 900 78 260 1 090 4 350 17 220 54 350 2 170 21 740 139 130 13 040 3 260 52 170 17 220 kilóg, 4 350 kilóg. 10 870 kilóg. 21 740 kilóg. 69 580 lOOkilgs. 43 480 lOOkilgs. 86 960 kilóg. 20 kilóg. 1 480 kilóg. 5 430 kilóg. 6 kilóg. 6 520 lOOkilgs. 108 680 100 kilgs. 21 740 lOOkilgs. 20 090 be SO >> 4 350 100 kilgs. 21 740 ' kilóg.. 15 kilóg 4 100 kilgs. 60 S70 100 kilgs. 26 090 100 kilgs. 34 7S0 100 kilgs. 217 390 kilóg. 4 350 kilóg. 6 520 kilóg. 13 040 kilóg. 30 kilóg. 12. kilóg. 13 040 avalúo. avalúo. kilóg. ÓOO kdóg. 1 kilóg. 3 kilóg. 6 kilóg. 4 kilóg. 700 kilóg. 1 500 kilóg. 1 kilóg. . 2 170 VJ1A~ a non .
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 130-155, Junio de 1867 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1867-06 |
Coverage Temporal | 1860-1869 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (112 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000511 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
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Full Text | PERIODICO. OFICIAL DEL GOBIERNO. fffiin. ISO. Sábado l.° de Junio de 1807.—Santo« Pá itilo, Segundo, Felino y Graduano, todos mti's .—Circular en 8nnto Dominio. PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION, OFICINAS Sl/PKRIORKS GENERALES. nnßltiUP SUPKKIOE CIVIL DK LA SIKXPEB ViKL ISLA H CUBA Secretaría. Por el Ministerio de Ultramar so me comunica Pon f olía 35 del mes próximo pasado la Eeal órden si- suienie: “Excmo. Sr.—En vista de la carta de V. E. nú- inero Gü fecha 15 de Marzo último, la Reina fQ. D. G.) ha tenido á bien aprobar, en calidad de interino el nombramiento de D. Agustín María Guaxardo, para desempeñar la plaza de Secretario de ese Gobierno Su* periorcivil.—De Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” Y acordado su cumplimiento, se publica para conocimiento general. Habana 29 de Mayo de 1867.—Manzano. Por el Ministerio de Ultramar se dice al Encino. Sr. Gobernador Superior civil de esta Isla con fecha 22 de Marzo último lo que sigue: “Exorno. Sr.—En vista de las cartas documentados de V. E. número39 y 50 fechas 15 y 28 de Febrero último y con arreglo á las disposiciones del artículo 102 del Real decreto orgánico de las carreras civiles de Ultramir, la Reina (Q. D. G.) ha tenido á bien declarar cesante con el haber que por clasificación le corresponda, á 1). Luis R tillo, oficial de la clase de primeros en la Dirección de Administración local de ese Gobierno Superior civil, cuya declaraéiou de cesante se retrotrae pira todos sus efectos á la fecha en que el interesado te embarcó desde esa Isla para la Península.—De Real órden lo digo á V, E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” Y de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial cumpliendo con lo que está prevenido. Habana 29 de Mayo de 1867.—El Secretario interino-—Agustín María Guaxardo. Ausentándose por algún tiempo el Sr. Cónsul de Austria en esta capital, el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil se lia servido admitir’al Sr. D. Guillermo tíüharfeinberg para desempeñar dicho consulado interinamente con el carácter de agente comercial. Lo que de órden de S. E, se publica en la Gaceta oficial para conocimiento de quien corresponda. Habana 29 de Mayo de 1867.—El Secretario interino, Agustín María Guaxardo. Negociado de Emancipados. 1).i.i.i menta al Excmo. Sr. Gobernador Superior c-víl -.1, todio la.*, instancias presentadas en solicitud de autoruaeiim para contratar negros emancipados en el número y bajo las condiciones contenidas en el Decreto de l 0 del actual que trata sobre el particular, S. E. se ha servido disponer que se publiquen los nombres de las personas á quienes se ha concedido autorización al efeoto.con el fin de que se presenten en esta Secretaria Negociado respectivo para recibir personalmente las órdenes oportunas bien enteudido que las contratas empezarán á regir desde el primero uel próximo Jimio y que se conserven unidas á la relación correspondiente las instancias de los demas solicitantes en el turno que Íes corresponda cuando se hagan nuevas distribuciones ile ¡as cuales so dará conocimiento al público en la Gaceta oficial. Habana 27 de Mayo de 1867.-EI Secretario interino, Agustín María Guaxardo. l’enonas á quienes so ha concedido autorización para contratar con la Administración del depósito de Emancipados el alquiler délos contenidos en sus respectivos lotes. Mí Angela Roura y Carnesoltas do García. Lote número 1 ? M. Agustín Montalvo, idem, idem, t? Mí Maria Josefa de Herrera y Hortera, idem, ídem, 3.° .. Dolores Azopardo viuda de Lapidiate, idem, idem, 4? M. Manual Servii, idem, idem, ö? .. Cayetano y U. Carlos dol Monte, idoin, idem, G? .. Ignacio de Torres y Mójamete., ¡doni, idem, 7? .. José Maria Ponce de Leon, idem, idem, 8? .. Tomas de Oraria, idom, idem, 9? Exorno. Sr. Conde de O-lioilly. idem, idem, 10. Koiaoion de ias personas que deben presentarse en Secretaria á recibir las autorizaciones respectivas para contratar los emancipados del servicio doméstico que se indican. Número de negros, S Di Estefanía Tejada..................... .. Gertrudis Gómez Garzón............... .. Leonor Tliurry_______________...i.... -. Manuela Lorenzo de Córdova........... .. Ignacio alontalvo y Calvo............ .. Angel García......................... .. Juan Casaos y Román.................. ■ Francisco Aiauda y Castejon.......... . Antonio Otero y González....... . Jo.-é Fernandez Cotá................. ■ (jsrius Jos» de Castro............... i pió González Anleo................... Jo*q«í“ o0T,^^"ríÍTíá-...............- Auto»10 -“«A IN'5'1 ' ai I, " Tidefon»0 J-c-- JjiíH L'V VótAí- •“*aa.............. .i¡ i--,..ia.................. .. Ha ilion Merlo...................... M.p Solía Dikuison...................... M. Ramón de Heruete..................... ■ .Cádos Rodríguez de Rivera............ M,s Ana Ma ia Gastón.................. • • Maria Dolores Gastón........... ,t.. • • Pedro Verdugo y Pestaña........... .. Juan Bautista de la Guerra......... .. Lino Martines y López.............. -. Federico Alacia y Acosta....... -. Manuel Rico y Conde ................ b.* Cándida Suaraz---------------------- -- Cjridad del Monte................... .- Mercedes Pogud > ................... 9-Raf mi Correa y García................ -• Jugó Hernández Arribas............... M * Mercedes Ricoy de Arnat______ ..... M> Rafael Rosi...... ..... ............. — .losé López Truelja.............. A1* Antonia Muñoz__________... ...... —. Exmna Sra. Mi Josefa Peñalver de Mantilla. M,b Caridad del R o do Maut lia...... .... -- Juana González Anleo........... M. Manuel Mas de Villafuerte............. • • Cayetano Vázquez.................... Francisco Valdes............ ........ 9 “ Cárraen Valdas...................... M. Ramón V. Vázquez..................... Jos» Simón Saucliez................. • • Emilio Sánchez Osorio............... M. * Mercedes Benltez................... M Josefa Alvarez Sánchez Oiorio......... • • Momea Benita de Paz................. .. Rosa Fernandez Vallin de Romay....... Catalina Hernández_________________ Luisa Perez deZambraua____ Cori to Amoreti...................... .. Miguel de Ochoa.........!!...... - Domingo Fojá..............”” .. Joaquín Casal..................... M.* AutopiaMadau........................ G. José do Zarate ...................... M * Luisa Peirano de Egea............... M- Raiuou Bermejo ..............___ M. * Ana de Ferrar...................... .. Mana Francisca Gastón ........ ..... .. Mricides de Alcalá .............. D- Mariano Hernando Navus.............. .. Lenices Ignacio ds la Pezuela....... .. Francisco Pelayo Vigil.............. 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 •J 1 1 I 1 1 1 1 1 I 1 1 1 1 1 1 1 1 I 1 1 I 1 1 I t 1 1 1 Icireccioii ile tiluiinistini loii. INSPKCCION U KM Kit AL DS OBRAS PUBLICAS. Por Real orden de 10 de Marzo último se dijo al Excmo. Sr. Gobernador Superior civil lo siguiente: “Excmo. Sr.—Provista de un Ingeniero del Cuerpo de caminos, canales y puertos la plaza de Ingeniero Jefe del distrito de Puerto Príncipe, la Reina (Q. D; G.) ha tenido á bien disponer que el Ayudante don Rafael Guirdo y Nigues nombrado interinamente para dicho destino quede á las órdenes del expresado Jefe y que eutre los seis Ayudantes destinados á esa Isla se nombro uno para que ejerza interinamente las funciones de Secretario de la Junta consultiva de Obras públicas, toda vez que por ahora no es probable pueda dedicarse á ellr ningún Ingeniero.”, Y habiéndose servido nombrar S. E. en consecuencia al Ayudante 1 ? D. Eugenio Araujo para el citado cargo de Secretario de la Junta consultiva de Obras públicas en reemplazo del Sr. Ingeniero de caminos don Autonio del Solar con la gratificación de 600 escudos anuales que se le asignan por el Reglamento interior de la misma, sin peijuicio de continuar afecto á la Inspección de ferro-carriles á que pertenece y á reserva de lo que tenga á bien determinar el Gobierno de S. M. á quieu se cid cuenta al efecto.” Lo que se publica en la Gaceta oficial por disposición del limo. Sr. Director de Administración para los fines correspondientes. Habana 27 de Mayo de 1867.—El Inspector 1? Eduardo F. Trujilló. Hallándose concluidos los trabajos del proyecto correspondiente al tramo del ferro-carril Central entre San Andrés y Ciego de Avila que se estaba formando por el Comandante de Ingenieros D. Cristóbal E. de la Casa en virtud de comisión conferida al efecto por el Excmo- Sr. Gobernador Superior civil, S. E. se ha servido declararle exento del servicio de Obras públicas en 22 del que cursa, disponiendo al propio tiempo el limo. Sr. Director de Administración en uso de las facultades que le conced ; el R igUineuto de 27 de Marzo del año próximo pasad ) reorganizando el servicio de Obras públicas, que los Ay udautes qu i se hallaban afectos á aquellos trabajos pas m á cantinu ir sus servicios en la forma siguiente; I). Pascual García Artave en la Inspección de ferros-carriles de los Distritos 1. ° 2. ° y 3. ° , D. Erminio C. Ley vaeu el Distrito de esta ciudad en relevo de D. Antonio Nuixs que pasará al de Pinar del Rio; D. Vicente Pellicer y D. Francisco Marcotegui en el de Villa-Clara, y D. Ventura Ramírez Arellano en el de Cuba bajo las inmediatas órdenes de sus respectivos Jefes. Y de órdeu de S. S. lima, se publica en la Gaceta oficial para los efectos correspondientes. Habana 27 de Mayo de 1867.—El Inspector 1. ° —Eduardo F. Trujilló. Real Audiencia rio la ilultana. Secretaría. En vlrtudde lo que dispone el artículo 49 capítulo 9? de ias ordenanzas de esta Real Audiencia, y aproximándose la época en que debe celebrarse la visita general de presos y cárceles que según las disposiciones vigentes ha de preceder á la Pascua de Pentccóstes, el Excmo, ó limo. Sr. ltegqiite do esta Real Audiencia se ha servido disponer se celebre el enunciado acto el día ocho del próximo mes entrante á las siete de su mañana en el lugar de costumbre, y que en su víspera á las diez de la mañana tenga lugar el correspondiente alarde general, dándose aviso á todos los Sres. Ministros y al Sr. Fiscal; que se dirijan las órdenes convenientes para que los Escribanos de los Juzgados inferiores que tengan causas de presos que hayan de visitarse por esta Audicu-cia, paseu á la Escribanía de Cámara mas antigua ó seala de D. Antonio María del Rio, dos dias antes de la visita indefectiblemente y bajo apercibimiento de lo que haya lugar, una relación exacta de la3 correspondientes á cada uno de ellos, con la expresión que previene el artículo 50 de dichas ordenanzas y tres copias ó triplicado de la misma lista cu el mismo plazo á esta Secretaria de mi interino cargo. Que el expresado Escribano de Cámara y los demás de su clase cumplan por su parte con to .o lo quo dispone el artículo 51 de las citadas ordenanzas. Que el Alcaide de la Cárcel y los Jefes y encargados del cualquier otro establecimiento en que haya presos del fuero ordinario de cuyas causas conozca esta Real Audiencia pasen también á la Regencia por la Secretaría de la Audiencia dos dias ántes de ia visita una lista exacta por cuatriplicado de todos los presos de dicha clase que cada uno tenga á su cargo con expresión de su nombre, domicilio día de su entrada en el establecimiento y de si se hallan ó nó en comunicación, para cuyo efecto se expidan las comunicacioues correspondientes, diciéndose, en las que se dirijan para los Jefes de ios cuarteles ó fuertes de la plaza ó establecimientos que no dependau del Alcaide de la Cárcel que á la mayor brevedad se sirvan informar á esta Regencia, si tiabrá algún grave inconveniente justificado que impida que los presos á su cargo quo deban ser visitados por la Real Audiencia, sean trasladados el dia de la visita á la Real Cárool antes de las 7 de la mañana del citado dia de la visita general á fin de que se les pueda pasar en la Cárcel ó acordar con an-. telaeiou necesaria lo que corresponda. Que los Alcaldes mayores fuera de esta capital y de ellos solo los que tengan presos en la cárcel ó fortalezas de la Habana cumplan las circulares de 14 de Junio de 1862 y 21 de Noviembre de 1865, Finalmente, dicho Excmo. é limo. Sr. Regente se lia servido mandar que esta providencia se inserte en tres números de la Gaceta oficial de esta capital para conocimiento de los Abogados y Procuradores de los presos que hayan de ser visitados así como de los funcionarios a que se contrae y demás que, según los artículos 55 y 56 de las ordenanzas y disposiciones vigentes deben asistir ó tengan intervención en el acto. Eu ejecución de lo m indado expido la presente para su inserción eu la Gaceta oficial de órden del Excmo. é limo. Sr, Regente. Habana 29 de Mayo de 1867. — El Secretario interino, José A. G, mez. Circular.—Por el Gobierno Superior civil de esta Isla se han trasladado á conocimiento del Excmo. é limo. Sr. Regente de esta Real Audiencia las disposiciones que ha tenido á bien dictar el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil para su observancia por la Empresa de caminos de hierro de la iíabana con respecto á las Autoridades judiciales en caso de accidentes graves. Y dada cuenta al Tribunal Pleno, se ha servido acordar de conformidad con el Sr. Fiscal, que dichas disposiciones se trasmitau á los Alcaldes mayores del territorio por medio de circular como en su cumplimiento lo ejecutó, siendo el tenor de las aludidas disposiciones el siguiente: “Que en caso de un accidente grave que acontezca en la vía férrea, el conductor d>-l tren procederá á tomar los nombres y residencias del número de pasaje os ó empleados que sean suficientes escogiendo con preferencia aquellos que hayan presenciado el suceso y al dar conocimiento do la ocurrencia ni Guarda-almacén de la estación mus próxima incluirá estos nombres con los de los conductores y maquinistas dol tren debiendo esperar ájas autoridades judiciales en los paraderos extremos de la línea siempre que la ocurrencia haya tenido lugar en las jurisdicciones á que estos pertenecen; que inmea diatamente se dé aviso á la Autoridad local mas inmediata: que en caso de que el cadáver intercepte la via y sea preciso sacarle del lugar en que se encuentre se haga constar con la debida precisión por el conductor del tren asociado de dos personas el punto que ocupase el cadáver, la situación de este y todas las circunstancias relativas al particular: y por último que en cintilo á los heridos si el accidente acontece en un lugardonde se encuentre con recursos deben removerse fuera de la carrih -ra cerca del paraje del accidente, y donde no los haya trasladarse á la estación mas próxima donde deberán permanecer hasta que la Autoridad no se halle presente.” Y en debido cumplimiento de lo acordado io comunico á V. S. para su conocimiento y efectos consiguientes; sirviéndose participar el recibo y la agregación de un ejemplar de esta al legajo correspondiente. Dios guarde á V. S. muchos años. Habana 28 de Mayo de 1867.—El Secretario interino, José A. Gómez. Sr. Alcalde mayor de......... Debiendo celebrarse la visita general de cárceles y presos que según las disposiciones vigentes ha de preceder 4 la Pascua de Pentecostés, ha tenido 4 bien señalar el Excmo. é limo. Sr. Regente de esta Real Audiencia la hora de las siete de la mañana del sábado ocho del mes próximo venidero para que tenga efecto el mencionado acto en el lugar y con las solemnidades de costumbre; disponiendo al propio tiempo S. E. I. se publique en la Gaceta oficial para conocimiento de los que deban asistir á la expresada visita general. Habana 29 de Mayo de 1867.—El Secretario interino, José A. Gómez. SEGUNDA S 4CCION OFICINAS 11 F.N ¡1 It A LICS Tesoreria General de ti adeuda Pública. Desde el dia 3 del próximo mes de Junio, queda abierto el pago de los haberes de pensionistas, jubila- dos y cesantes, residentes en esta Isla. Lo que se publica pira conocimiento de los interesa os. Habana 31 de Mayo de 1S67.—Bcruete. D. Pedro Espárrago se presentará en esta Tesore ría general en horas de despacho para un asunto que le concierne, eu concepto que de no verificarlo le correrá perjuicio. Habana 28 de Mayo de 1867.—Beruete. Habiendo suirido extravío una carta de pago expedida en 16 de Octubre de 1864 ascendente ú 1000 escudos depositados por los 8 os. Rui/, y González en calidad de fianza para responderá la contrata de maíz para el servicio de la subdireceiou de Obras públicas se avisa al púñlico para que si Alguno la hubiese encontrado, la presente en esta Tesorería general con objeto de un irla al expediente de su referencia, eu el conceptos de que dicha curta de pago quedará aula y de ningún valor, sin estar unida al cítalo expediento Habana 28 de Mayo de 1867. — Bcruete. Habiendo sufrido extravio una cart i de pago expedida en 14 de Mtrzo del presente año, ascendente á 400 escudos depositados eu calidad de fianza por don Antonio Moreno do la Torre, se avisa al público para que si alguno la hubiese encontrado, la presente eu esta Tesorería general con el objeto de unirla al expediente de »u referencia, en concepto de quo dicha carta se considerará nula y de ningún valor sin estar uaida al indicado expediente. Habaua 27 de Mayo de 1867,—Beruete, Sección Centrili «le la Ite uta de Lutcria» de la Isla de Cuba. D. Ramón de Echavarría y Castillo, Administrador Jefe de la Sección Central do Loterías de esta Isla etc. llago saber como delegado dol Tribunal de cuentas culos procedimientos ejecutivos contra los bienes de don José Costales deudor á la Renta de Loterías, que no habiendo tenido lugar la enajenación de las dos casus de su propiedad sitas en Guanabaeoa, que fueron sacadas á subasta pública el 30 de mes próximo pasado, se lia procedido á la retasación de diciias fincas, fijándose el valor de áuibas eu 16531 escudos, y el do cada una en los que se expresan á continuación. La casa número 70 de la calle de Cadenas esquina á la de San Juan, cuyo solar de 1408 metros cuadrados comprende seis habitaciones bijas y una alta y jardín, con tros pozos y cerca lo de manipostería y verjas, fué valuada en la cantidad de 15.899 escudos de ia cual corresponde á las obras de albañilería 10.092 escudos y 5.S07 á las de carpintería. La casa de guano número 53 de la calle de Jesús María esquina á la in licada calla de San Juan, que linda por su fondo con la casa antes mencionada y tiene de cabida 231 metros cuadrados, fué tasada cu 632 escudos. Y debiendo efectuaos» el remate de ámbas casas en un solo acto, alas d ice del di i 2 de Julio próximo en la sala de despacho de la Administración de Loterías, serán admisibles las proposiciones que cubran las dos terceras partes de la tasación, eu el concepto de que ha de preceder la aceptación de la carta de abono que á satisfacción déla Administración presenten los proponen-tes, si prefiriesen dar esta seguridad, que se señala para facilitar la concurrencia á la de entregar en depósito en Tesorería el 5 por 100 del valor de las fincas, como se verifica respecto á las de la propiedad del Estado. Para la debida publicidad de esto anuncio se insertará eu tres números de la Gaceta además de fijarse en los puntos de costumbre en dicha villa. Habana 31 de Mayo do 1867.—Ramón de Xclia-varría. Sección Contimi «le Aduanas. Administración. Eu cumplimiento de lo que di.-poue c! artículo tercero del Real decreto de 12 de Marzo úl-uiiio la junta creada por el artículo segundo del iiii-mo ha formado la relación que sigue para la exacción de los derechos ud-vulorem eu los artículos no relacionados en el aranceló que por analogía no pueden adeudarlos por algunas de sus partidas. Y aprobada que ha sido esa relación por el Excmo. Sr. Gobernador Superior civil de acueido con el Excmo. é limo. Sr. Intendente, se publica en la Gaceta oficial de órden de S. E. 1. para conocimiento general y en el concepto de que los tipos señalados han de regir por término de seis meses á contar de 1.® de Julio pióximo según lo dispone el ya referido artículo tercero del Real decreto. Habana 31 de Mayo de 1867.—I*. S.—Mariano Canencia y Castellanos- N? de la partida. NOMENCLATURA. Cantidad ó base de adeudo. Avalúo. Esc. Mis. I 2 3 4 Abalorio, canutillo, mostacilla, rocalla y cuentas de vidrio, escarchado, gusanillo, hojuela, alambrillo y otras materias auálo- gas, en hilos ó sueltas................................. Abanicos de todas clases............__.................... Alazor................. .................................... Almidón............................... 5 6- ANIMALES. Animales fieros como elefante, león, tigre, oso, lobo y otros análogos................................................. . —pequeños como monos, micos, raposas, ardillas y tejones. AVES. 7 Aves de recreo como guacamayos, loros, papagayos, faisanes y pavos-reales.................................. ............. 8 ----o pájaros apreciados por su canto y hermosura, como canarios, sin- sontes, ruiseñores y otros análogos como cotorras y periquitos, 9 ----de clase inferior como jilgueros, pausillos, tomeguines y verderoles. kilóg. 1 090 «valúo. kilóg. 13 040 lOOkilgs. 30 430 avalúo. uno. 8 uno. 4 uno. 2 uno I GANADO. ASNAL, 10 Burros y burras que no se importen para mejorar las castas.. uno. 11 CABALLAR. _ Caballos y yeguas que no se importen para mejorar las castas.. uno. MULAR. 12 Mulos y muías.............................................. NOTA.---Las carnes vivas aplicables al consumo del pais, ó sean las aves y el ganado cabrio, de cerda y vacuno, son objeto de uua consulta al Supremo Gobierno. 13 Anís, cominos, orégano, pimentón, pimientos secos y hojas delaurel. Armas blancas y de fuego.................................. Azogue.................................................... Balanzas y romanas rnénos las comprendidas en otras partidas._ Barba de ballena en bruto ................................ ----cortada y preparada para cualquiera industria pero sin pulimento ----lustrada ó pulimentada piara elásticos de vestidos, corsés y otros objetos aunque tengan remates de otras materias........ Barba española para colchonero»............................ uno. 14 15 16 17 18 19 1 OOkilgí. avalúo, kilóg. avalúo, kilóg. kilóg. 20 21 22 23 24 25 Barniz ordinario y entrefino para muebles -----fino para retratos..................... 20 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 Barro manufacturado en ladrillos para limpiar metales............ -----en crisoles................................................. Betún pura lustrar, tinta para escribir é imprimir, líquida ó en [•asta y ia* bolitas de composición para limpiar cartucheras.. Bombas para incendios y pozos, ménos las comprendidas en ot.as partidas. kilóg. 100 kilgs. lOOkilgs. avalúo. ] 00 kilgs, ic- -kilg Búfalo labrado en todas formas Cabello humano............... ----manufacturado._________... Café de posesiones españolas... Canela de Cedan y nuez moscada -de otros puntos. 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 Canelón, clavos y pimienta....................................... Carruajes de todas clases con excepción de las carretillas........ Cartón manufacturado en sombrereras y otros objetos vastos... -----en máscaras ó caretas.. ..................................... ——en pantallas para la luz bajitas para adornos de tocador, para dulces yotroa objetos análogos................................... • avalúo, kilóg. kilóg. avalúo. 100 kilgs. kilóg. 100 kilgs. lOOkilgs. avalúo, kilóg. kilóg. Cascarilla de todas clases , Cera labrada en todas formas ménos en velas. -----en careta» ó máscaras.................... Cerda ó crin en pelote........................ -----de jabalí para zapateros....... -----en tejidos aplicables á tamices muebles. Cola colnun. -de pescado. kilóg. lOOkilgs. kilóg. kilóg. 100 kilgs. . kilo'g. kilóg. lOOkilgs. kilóg. Concha de caguama en bruto........................-.......... ----Obrada en todas formas aunque tengnn adornos de otra materia Concha de carey en bruto.............................a....... ----labrada enjtodas formas aunque tengan adorno de otra materia. Corcho en tablas ó panes..................................... -labrado en tapones y otras formas........................ Di 53 54 55 56 57 58 Corsés. Cuchillos, navajas y cortaplumas con cabos de madera, asta, ballena ó hueso y demá» en clase de comunes con y sin tenedores, -con cabo de marfil, carey ó nácar ydemas en clase de finos... Elásticos de seda para calzado. Encerado llamado hule de seda............. -para pisos, mesas y otras aplicaciones. 59 60 61 Esmeril y polvos llamados do lápiz Espejo» con marcos [véanse muebles y mercería »cgun caso.] Esparto tejido en espuertas, serones, esteras, felpudos y otros objetos análogos..............................................---- -----hervido ó no,y manufacturado en objetos finos como cesticos, esterillas, porla-cubiertos y otros nnálogps 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 Estopa de todas clases embreada ó rió y los desperdicio» de algo- don......................................................... Flores de papel, seda, lienzo ó de otras materias, sueltas y en ramos y guirnaldas................................................. Fósforos de todas clases, inclusos los perfumados para tabacos y el peso del envase interior................................. Fuelles para fraguas y los de mano.......................-........ Galleta ordinaria................................................. ----fuá y las galleticas de leche, soda, limón y otras análogas incluyendo el peso del envase si fuesen cajitas, baulitos ó barrilitos preciosos..................-.........-.................. Goma elástica labrada en planchas y correaje aplicables á la maquinaria, mangueras y otros objetos análogos..................... -----en zapatos, polainas, asientos, salvavidas, sacos de noche y otros objetos análogos y de solo goma............................. -----en impermeables de solo goma—................................ -----an algalias, cánulas, lablitas y tintas para escritorio, geringas, pezoneras y otros objetos análogos.......................... 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 Guantes de cabi itilla. ----de gacela, ante y gamuza................................. G’ita-percha ó caoutchouc labrados en escarmenadores ó peines, escobillas de dientes, porta-plumas y otros objetos análogos.. ----en objetos de menos peso................................- Heniquen tejido en hamacas................................... Hilaza cruda ó hilo crudo sin torcer incluso el de zapatero.. ----blanqueada ó de color.................................... Hilo de algodón en bolas y madejas, blancoy de color. ----de estambre de todas clases.................... -----torcido ó de número..................-....... ----de acarreto ó merlin........................... -de cañamazo. 84 S5 ----de lino ó algodón en carreteles, incluyendo p ira el udeudo el peso total con excepción del envase exterior, e»toes, incluyendo también la lata----------------------------------------------- Hueso y asta labradas en botones y hormillas de clase ordinaria, peines para caballos, calzadores y otros objetos análogos por su peso y clase......................................... -----y pulido en escarmenadores ó peines, hormillas, escobillas para los dientes, uñas y prendas y otros objetos análogos por su peso..............................•---- 60 300 120 30 430 3 480 2 170 3 260 6 520 26 090 54 350 6 520 26 0°” lOOkilgs, 69 560 15 220 52 170 20 4 350 173 900 78 260 1 090 4 350 17 220 54 350 2 170 21 740 139 130 13 040 3 260 52 170 17 220 kilóg, 4 350 kilóg. 10 870 kilóg. 21 740 kilóg. 69 580 lOOkilgs. 43 480 lOOkilgs. 86 960 kilóg. 20 kilóg. 1 480 kilóg. 5 430 kilóg. 6 kilóg. 6 520 lOOkilgs. 108 680 100 kilgs. 21 740 lOOkilgs. 20 090 be SO >> 4 350 100 kilgs. 21 740 ' kilóg.. 15 kilóg 4 100 kilgs. 60 S70 100 kilgs. 26 090 100 kilgs. 34 7S0 100 kilgs. 217 390 kilóg. 4 350 kilóg. 6 520 kilóg. 13 040 kilóg. 30 kilóg. 12. kilóg. 13 040 avalúo. avalúo. kilóg. ÓOO kdóg. 1 kilóg. 3 kilóg. 6 kilóg. 4 kilóg. 700 kilóg. 1 500 kilóg. 1 kilóg. . 2 170 VJ1A~ a non . |
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