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■ ni i MU If 4" V PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. Wrtm» r, 3 PARTE OFICIAL. OFICINAS SUPERIORES GENERALM. PJÍÍ Jit V S SUCIO V, Gobierno Superior Politico de la Provínola de Cuba. Resultando vacante la plaza de Secretario de este Gobierno Superior que lia venido desempeñando el Illtno. Sr. D. Ensebio Coraminas Oornell por haber este solicitado y obtenido de mi autoridad anticipo de cisautía por causas de salud; he acordado con esta fecha que el Sr. Coronel de Infantería D. Manuel Velazco se encargue la Co misión del desempeño de dicho destino. Lo que hago notorio por medio de la Gaceta para general conocimiento y tiñes correspondientes. Habana 25 de Febrero de 1874. JoveUar. SECRETARIA. Dispuesto en el Reglamento de 6 de Agosto de 1872 para la ejecución do la ley de 4 de J ulio de 1870 sobre emancipación gradual do la oscl i-vitnd, que las Juntas Protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designando la suerte los vocales propietarios y suplentes que deben salir en el primorc; y habiéndose hecho por la Junta do Santiago de las Yogas las pro • puestas do que hablan los artículos 4. ° y ó. ° del citado Reglamento, el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la renovación de la misma en la forma siguiente: Vocales propietarios. Poseedor de esclavos. Sr. D. Francisco de Paula Alentad». No poseedor de esclavos. Sr. D. Sebastian Cortada. Vocales suplente* * *. Poseedor de esclavos. Sr. D. Manuel Marearas. No poseedor de esclavos. Sr. D. Nicolás Díaz. Y de órden do S. E. se publica en la Gaceta, para conocimiento general y efectos correspondientes. Habana 27 de Febrero de 1874. El Secretario. A'. Gorominas Gornell. Dispuesto en Reglamento de 5 de Agosto do 1872 para la ejecución de la ley de 4 de Julio de 1870 sobro emancipación gradual de la esclavitud, que las Juutas Protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designado la suerte los vocales propietarios y suplentes que deban salir en el primero; y habiéndose hecho Eor la Junta de Sag.ua las propuestas de que balan los artículos 4. ° y 5. ° del citado Reglamento, el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la renovación de la misma en la forma siguiente: Vocales propietarios. Poseedor (te esclavos. Sr. D. Antonio Mesa. No poseedor de esclavos. Sr. D. Rodrigo de Bernardo y Estrada. Vocales suplente*. Poseedor de esclavos. Sr. D. Salu9tiano Fernandez. No poseedor de esclavos. * Sr. D. Pedro Corrales. Y de órden de S. E. se publica en la Gaceta para conocimiento general y electo» correspondientes. Habana 26 de Febrero de 1874. El Secretario. A. Gorominas Cornell. Dispuesto en el Reglamento de 5 de Agosto ¿le 1872 para la ejecución de la ley de 4 de Julio de 18.70 sobre emancipación gradual de la esclavitud, que las Juntas Protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designando la suerte los Vocales propietarios y supleutes que debau salir eu el primero; .y habiéndose hecho K~or la Junta de Holguiu las propuestas de que ablaa los artículos 4. ° y 5. ° del citado Reglamento, el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la rouovacion de la misma en la forma siguiente: Domingo 1? do Marzo de 1ST4.-EI Santo Angel de la guarda y Santo* Prudencio y Rosendo.- -{Circular en el DIonscrrnte.) No poseedor de esclavos. Sr. D. Manuel Bendrell. Y de órden de S. E. se publica en la Gaceta para conocimiento general y efectos correspondientes. Habana 26 de Febrero de 1874. El Secretario, Eusebio Gorominas Cornell. Dispuesto en el Reglamento de 5 de Agosto de 1872 para la Ejecución de la lev de 4 da Julio de 1870 sobre Emancipación gradual de la Esclavitud, que las Juntas protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designando la suerte los Vocales propietarios y suplentes que deban salir en el primero; y habiéndose hecho por la Junta de Bahiu-IIonda las propuestas de que hablan los artículos 4.° y 5. ° del citado Reglamento, el Exemo. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la renovación de la misma en la, forma siguiente: Vocales propietarios. Poseedor de esclavos. Sr. D. Jo*é Joaquín Rabeiro. J\o poseedor de esclavos. Sr. D. José Ribero. Vocales suplente*. Poseedor de esclavos. Sr. D. Gregorio del Campó. No poseedor de esclavos. Sr. D. Manuel Otero. Y de órden de S. E. se publica en l a G vista para conocimiento general y efectos oorrea-pondientes. Habana 27 de Febrero de 1874 El Secretario. E. Coraminas Gornell. Vocales propietario». Poseedor de esclavos. Sr. D. José Ochoa. No poseedor de esclavos. Sr. D. Luciano Martinez. Vocales suplentes. Poseedor de esclaves. 8r. D. José Carboaell. Vacante una plaza do Vocal propietario de la Junta Protectora de Libertos de Santiago de Cuba, en concepto de poseedor de Esclavos, potrea uncía legal de D. Santiago del Castillo y Eohavarria que la servia, el Exémo, Sr. Gobernador Superior Político se ha servido nombrar para cubrirla á D. Juan Miguel Portuondo y Pa checo, propuesto por la referida Junta, con arreglo al artículo 4. 9 del Reglamento de 5 de Agosto de 1872 para la ejecución de la ley de 4 do Julio de 1870, sobre emancipación gradual do la esclavitud. Y de órden de 8. E. so publica en la Gaceta, para conocimiento general y efecto? correspondientes. Habana 27 de Febrero de 1874. El Secretario, E: Coraminas Cornell. Habiéndose presentado por me .lio de instancia ij. Francisco Castilla, de este vecindario, eu solicitud de permiso para ensanchar el local ocupado por ios baños “San Rafael”, sito ido3 en el litoral do San Lázaro, se publica en a Gaceta O tidal, á lin de que las personas que e crean perjudica las con la reatiz loion de la p iyectad i obra puedan ocurrir a la Secretiría dei Gobierno Superior Político dentro del término de treinta dias á contar de la fecha, á deducir los derechos que lo? asistan.para oponerse á ella, en la inteligencia de que, trascurrí lo dicho plazo, serán nulas cuantas reclamaciones se hagan á no ser que offtén fundadas en derechos preexistentes. Lo que de órden de S. E. se hace publico para general conocimiento. Habana Febrero 4 de 1874. El Secretario, A. Gorominas Cornell. Eii virtud de lo dispuesto por el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político con fecha 20 del corriente, se lia señalado el día 4 do Marzo próximo á las 12 de su mañana parala adjudicación pública de la concesión de las obras ele muelles entre “la Machina y c! muelle de Paula” en la Secretaría del Gobierno Superior Político. Li subasta se celebrará cóu arreglo al pliego do condici ones que se inserta á co itinuaeiou, e instrucción facultativa vigente, y que se manifestará en el Negociado de Obras Públicas sito en el piso bajo de la Secretan i del Gobierno Superior Político, con todos los documentos que lian de regir en la c mtrata. Las proposición es se harán ex idamente al modelo adj unto y se presentarán ou pliegos cerrados, incluyendo ei documento ó carta do pago de haber consiga ido, como garantí i provisión il, para poder tomar p uve en aquella, la cantidad de cuatro mil treinta y ocho pesetas, depositadas al efecto en la Tesorería general da Hacienda, bien-do nulas y por ¡o tant® inadmisibles las que 3e presentaren sin este requisito. Sise presentaran dos ó ni i? proposiciones iguales se abrirá licitación verbal entre sus autores que durará cinco minutos. Habana 24 de Enero de Id74. El Socrotari<>¡ Coraminas Cornell. MODELO D15 PROPOSICION. D. N. N........vecino do......enterado del anuncio inserto en la Gaceta de.......do los-re- quisitos que se exigen para la concesión en pública licitación de las obras de lo3 muelles que deben construirse cutre “la Machina y el muelle de Paula” de osle puerto de la Habana, y de todas la? obligaciones jr derecho? queso señ ilan en los documentos que han de regir en la licitación, se compromete ú tornar por su cuenta dichas obras y su usufructo durante el término do ......años á contar desde el (lia en que s i aprueben definitivamente por el Gobierno Supremo de la Nación. (Fecha y firma del concesionario.) Plitr/o de condiciones Para la eoneosioi en pública subasta de los muelles, destínalos á vapores, que deben construirse entre“la Machina y el muelle de Paula,” en el litoral del Puerto do la Habana. (Sis publico eu te Gaceta da los días 14, 15 y 17 del corneóte.) CAPITAN; -NER4L. I) •; r A SIEMPRE FIEL. • DE CUBA. Estado Mayor General. El Ministro do Ultramar.—Al Capitán General de Cuba. El General en Jefe del Ejército del Norte al al avanzar sobre Bilbao, no pudo tomar las úl timas trincheras, pero conserva las posiciones antes conquistadas. Para que la Política del Go bierno sea ayudada por el buen éxito de las opo raciones militares, el General Serrano, que ¿de más da sus facultades extraordinarias, por decre to de hoy lleva atri buciones del título 4. ° cle la constitución del 64, salió para las provincias del Norte, acompañado del General Topete. Nombrado presidente del Consejo do Ministros General Zaoala. Ei Gobierno tiene completa confianza en sus medios para dominar la insurrección carlista, sobreponiéndose á este contratiempo exajerado por noticias.—Habana 28 do Febrero de 1874.—Es copia.—El General Jefe de E. M. General.—fosé R ¡uUme. D. Ignacio Coramina, de este vecindario, se ha presentado por metió de instancia, solicitando jermiso para construir un muelle y alm icen de depósito en la márgeu derócha del rio Gala-fro, á milla y inedia de su etnboealura, y sitio llamado do las Lagunas de los lian, ó pueblo de Noda, y para, que las personas que se crean perjudicadas con la realización do dichas obras puedan concurrir, dentro del término de treinta dias, á contar de la techa, á la Secretaria del Go-Civil, ó á la Teneucfa de Go- latensleaeñí* general ti o SI arlen:! a Visto el expediente instruid^por consecuencia del reconocimiento practicado do quince cajas marca J. G. presentada? al despacho por los Sres. J. Barrera y Compañía de este Comercio con hoja de adeudo número 12357, en la que se declaran cuatro mil trescientos veinte y seis kilos peso bruto y tres mil setecientos veinte y seis netos de tocineca procedente de Nueva-York, por ei Vapor Americano «City of Habana»;—Resultando del reconocí meat> vonioal» por los Vistas desígnalos al efecto con asistencia del Inspector de muellcsy Administrador de la Adua-¡ na Local, que 12 de las expre jadas cajas oran de ' tóemete con peso neto de tres mil doscientos diez 1 y seis kilos y las tres restante i coa igual marca, envase y tamaño, conteniendo en junto trescientos ochenta y cuatro kiios neto de grano reciua j de opio:—Resultando que las referidas (res cajas venían mareadas y rotulada? como las demás, bierno Superior Civil, ó á la Tenencia de Go- expresando en la tapa de cada una de Ollas los bierno de l’inar dol Rio, á deducir los derechos peñazos de tóemela que contenían, lo mismo que qne le3 asistan para oponerse á ellas, se publica expresaban la? otras doce de contenido verdaile-en la Gaceta de la Habana y en el periódico bíi- ro a{ declarado:—Resultando qne los expresados Sres. J. Barrera y Compañía ue este co.nereio presentaron eu la Aduana, en los momentos en que el Administrador había mandado reconocer á su presencia las quince cajas de la hoja de adeudo referida, otra hoja de adeudo número » 12357 referente al manifiesto del mismo Vapor «City of Habana» y con la misma marca J. G. declarando trescientos ochenta y siete kilos de cial de a {ueila cabecera, en la mceliganoia de que, transcurrido dicho plazo, será ) nulas cuantas reclamicioues se hagan, á no sor que estén fundadas en derecho; preexistentes. Lo que de órden de n. E. se publica en la Gaceta Oficial para general conocimiento. Habana 29 de de Enero de 1874, El Secretario, A. Gorominas Gornell. tirio á los Tribunales, como tanto de culpa para los efectos que procedan en justicia. Lo que se pública en la Gaceta para general inteligencia. 'r ¿tabana 16 de Febrero de 1874. El Intendente general. Mariano Cando VUlaamil. Secretaría general. El Exemo. é Illmó. Sr. Intendente general de Hacienda visto el expediente nina.4603, folio 84, promovido por D. ,1. "W. Sanger para que se determine la manera ele aforar el hielo, y considerando qúo dicho artículo está sujeto á mermas variables, con fecha de ayer, so ha servido acordar que se practique el aforo del mismo por el peso neto que resulte. Lo que de órdon de S. E. se publica para general conocimiento. Habana 26 de Febrero do 1874. El Secretario general.—José C.tnÓvas del Castillo. Dada cuenta al Exorno. Sr. Intendente general del expediente de subasta para las obras de reparación en el edificio de la Aduana Vieja á consecuencia dol fuego ocurrido en la madrugada del 80 do Noviembre de 1872, S. E. se ha servado acordar que ou vista de no haberse presentado licitador alguno para el remite de dichas obras el día 15 del actual señalado al efecto, se proceda á nueva subasta publicándose por término do 8 dias, señalando al efecto el din 4 del mes entrante de Marzo para la.celebración de la subasta en la Intendencia general de Hacienda, á la? doce eu punto do su mañana, cuyo pliego do condiciones se publica á continuación. Lo que so inserta para conocimiento general. : r Habana 24 de Febrero de . 1874.—José Cánovas del Castillo. Pliego de condiciones que se cita. Pliego de condiciones para las obras que se han de ejecutar en el edificio de la antigua Aduana hoy Intendencia General de Hacienda. 1. 51 En ol depart miento do la Ordenación general de pagos donde ocurrió el incendio so colocarán cinco ventanas á la ingles i en las medianerías, con cerco y reja de hierro y vidrieras en dos témpanos, el do la parta superior fijo y el otro c )n contrapasos embebidos eu el cerco. 2. 33 Para dar la mayor luz posible á causa de haberse elevado á mayor altura la casa median ira, se li irá ol rompimiento de los arcos de la3 ventanas poniendo umbrales de madera dura á la altura del techo. 3. 33 Existiendo un pequeño movimiento on ol ángulo de la medianería se colocarán dos gatillos de hierro de cuadradillo de 25 milímetros y tres metros do largo con sus áncoras correspondientes. 4.03 En la medianería dol fondo se pondrá una ventana y roja dando la mayor posible. 5. 33 Se hará ei recorrido de las azoteas levantando en el último cuarto el solado y el enra-jonado, poniéndolo de nuevo, empleando cien lozas de Hamburgo y tapando sus juntas con polvos de ladrillo y cimiento romano. 6.53 So dará de lechada de dos ó mas manos eu todos los departamentos y galerías así como en las oficinas de contribuciones, con lechada de cal do Marañan, Contaduría, Contra y Secretaría. 7. x Se construirán dos tabiques para dividir los departamentos de la Ordenación y contribuciones en vez de los de madera que hoy existen, y conclusión del de la primera traviesa así como tabicado de un a*co. 8.33 E i todas las piezas y galerías de ambos departamentos se pintarán frisos al temple de un metro de alto, así como en la Contaduría, Centro y Secretaria. 9.35 En los cuatro huecos de la galería de la Ordenación se colocarán vidrieras de correderas como las que existen en I03 otro3 costados del pátio, forrando d'e tabla los me líos puntos y ponien lo óvalos con cristal. 10. Se pintarán al óleo con dos manos todas las ventanas, rejas y puertas de ambos departamentos, así cuna las persianas y bastidores de los cuatro huecos de la galería. 11. Se pan Irá un retrete inodoro con ta-bloncil'o de nogal can buzón, tapa y frente así como en la Contaduría, en el Centro,.; Secretaría é Intendencia. 12. Se pondrán maderos de piedra estucados y forrados su frente de azulejo de un metro de largo. 13. En la meseta do la escalera se formará un cuarto de persianas de la existente. 14. Se blanqueará y pintará al óleo de verde bronce las barandas de la escalera y friso al temple, así como en las de la Contaduría y Centro. 15. Se recorrerán los pisos de hormigón eu las dependencias de Ordenación y Contribuciones. 16. Se hará la demolición de los comunes opio eu tres cajas cuya partida ni consta, ni se 1 11 y techos del cuarto del cochero, rehaciéndolo de i ^ i __ _____,i ,i f^imATT.v iirvi»íiAii 1,4 ínn Im*n4 í!g mil— Habiéndose presenta lo ñor medio do instancia el alcalde de mar do Jatibonico d ;1 Sur, I). .luán Jimenez, eu solicitud de permiso para construir un muelle y casa de habitación ou el esterado Juan Hernández, punto á su cargo, á- hace mención de olla en a piel documento:—Con siderando; que las .quince cajas declararadas eran nuevo, ponien lo ma teros do peso de cinco pulgadas de grueso por diez de alto, loza por tabla, las únicas que condujo el Vapor «City of Habana» ¡ enrajonado y solado de Hamburgo 17. El auevo común que so situar i sobre la azotea, ocupará una superficie de 18 metros, formato por entra nido de madera y Ubicalo de la marca y peso manifestados y aquel mam tiesto y las hojas presentadas para el despacho —----------,--r--- --------o-, I alude solamente á ellas yá su conte'nido, preten- -------1- . - , milla y media Norte de punta á Oeste, se publi- ¿iendo por lo tanto pasar las tres cajas de opio ¡ de ladrillo hueco, cubierto de armadura forrada Ca en la Gaceta da la Habana y en el periódico juntamente con las doce de tocinet i, que teman , de tabla y teja traucesa, canelón y bajada do hoja de Cienfuegos, á fin de que las personas que so marca, rotulación, peso y envase: Couside- crean perjudicadas con la realización de dichas r^a¿0 qU8 [a precipitación en presentar la decía-obras, puedan ocurrir á-laSsqretariá del Gobior- ra,ci0n de tres cajas do opio en el mismo dia y á no Superior Polítipop ala Tenencia de Gobier- ja misma hora en que se practicaba el recono- node aquella Cableara, dentro del término de cimiento de las quince cajas declaradas tociueta, treinta dias á contar de la fecha, á deducir los arguye la maliciosa pretensión de querer ampararse cou la ley después de frustrado el inteiito de detraudacion, y que este neto imprime como el anterior, responsabilidad; la Intendencia en uso de sus atribuciones resuelve: La confirmación del comiso decretado por la Aduana local y la venta en pública subasta para general conocimiento. L ; artículo incurso en e3ta pena; devolviendo Habana 7 de Febrero do 1874. ! egte expediente á aquella oficina para su cumpli- miento, despue* de sacar oópia de él para remi - derechos que les asistan para oponerse á.ellas, en la inteligencia de que, trascurrido dicho plazo, serán nulas cuantas reclamaciones se hagan, á no ser que estén fundadas en derechos preexistentes. Lo que de órden de S. E. se hace público eneral conocimiento, abana 7 de Febrero do 1874. El Secretario, A. Cor ominas Corn&U. de lata. 18. En las oficinas del Centro se h ira el rompimiento de un huee) en la tachada, poniendo umbrales y puerta de una hoja para el colina, ol que so hará eu la azotea ocupando d.oeo metros superficiales, formado de entramado de madera y tabicado de lafrillo hueco» cubierto de armadura, forrada de tabla y teja traucesa con canelón y bajada, y un ventanillo, con vidriera, poniendo la bajada de barro embebida y construyendo latirgiado acometimiento á la alcantarilla. 19. Se tabicará un huaro de los que dan á la portería del Centro y eu el otra se pondrá un i puerta d» dos hojas y canoera» de nogal. 20. -En la Contaduría sehará la demolición de un balcón oue dá á la callo de la Olimpia y se colocara una reja de hierro. 21. En la Secretaría se formará.uu retrete y meadero con dos puertas y Ubiques sencillo;, abriendo un hueco de ventilación á lá fachada. 22. En la cocina de la Intendencia se pon drá una pila de pi.odra uo S in Miguel. 23. Se harán los acometíthiontos de cañerías de aguapara los retretes de la intendencia y Secretaria, tomada del depósito de la azotea. 24. Iras obras se harán por subasta bajo el tipo del presupuesto al que esr.á agregado el 13 p.g per adniininistraciou, adelantos de fondos, asijromo los honorarios del arquitecto, qne tendrá que alionarse por el céiitratista á cuyo favor se adjudicará la obra. 25. Eu el acto de la subasta so presentarán pliegos cerrados á los que deberá de acompañarse el documento de haberse depositado en Tesorería el 5 p. § del importe total de 28,363 pesetas 50 céntimos á que asciende el presupuesto <le las obras y redactados con arreglo al modelo siguiente: D............!............vecino de....... .............calle de...............núm........ encerado del presupuesto y pliego do condiciones para las obras que se han de nacer en la oficina de la Ordenación, ¡?Ó compromete á ejecu tarlas ou la suma do 28,363 pe iotas 50 céntimos. Habana de...............de 1874, 26. La subasta se a Ijudioará al que hubiere presentado la proposición mas baja al tipo de 28,363 pesetas 50 céntimos ou que se han presupuestado; y siso presentaren <lis ó mas con igual tipo se abrira por media hora una puja entre los interesados, devolviendo á todos los documentos do depósitos á excepción del que á cuyo favor so haya adjudicado. 27. Api-obado por la superioridad se dará conocimiento al interesado, el que deberá do dar principio á los dos dias y concluidas en el término de dos meses. 28. Concluidas quesian las obras serán reconocidas por ol arquitecto do la Hacienda, el que expedirá certificación, y ou su vista se le or-dejará el pago y se le devolverá la fianza.—Es copia. Habana 25 do Febrero do 187-4.™El tíeore -tario general,—.José Cánovas del Castillo. El Exemo. é Illmó. Sr. Intendente General por su Superior acuerdo de LO del anterior recaí -de il expediento L. C. 4291 filió 234, Libra 34 se ha servid» disponer se proceda al remate dol arbitrio de consutu > de gana lo, correspou lien-te á la jurisdicción municipal de esta capital, inclusos sus barrios de Gasa-Blanca, Calvario, Arroyo Naranjo, Puentes Grandes y Marianao, cuyo acto tendrá lugar á las 12 del martes 14 del entrante Marzo en esta Intendencia con estricta sujeción al pliego de condiciones que se inserta al final, advirtiendo que los depósitos de que trata el artículo 9. ° soto se recibirán hasta el dia anterior al del rebate. Habana 20 de Febrero de 1874.—El Secretario geuoral.—José Cánovas dol Castillo. Pliego de condiciones para el arriendo del derecho de consumo uo ganados de la jurisdicción municipal de esta capital que couioroa- de la cuida i, y las poblaciones de Casa -Blaii- ca, Puentes Grandes, Quemados, M uuanao, Arroyo Naranjo y Calvario, (Se publicó eu la Gaceta de los di 13 21 y 25 del corriente.) Juntado la Henil« <lcl Tesura rte ht Isln de Cali i. Comunicación dirijida al Exemo. Sr. Ministro do Ultramar proponiendo la reforma del articulo 6? del proyecto de 30 de Enero último. E,xcmo. Sr.: Entre las medidas adoptadas por el Capitán General de la Isla para combatir mas eficazmente las causas de perturbación que la conmuevony afligen, figura el Decreto do 7 del actual, por el que sé dispone que desde el l.° del mismo los haberes personales del Ejército y Armada, serán satisfechos en oro ó su equivalente en papel al tipo quo el Gobierno Superior Político lijará eada oíos con arreglo A los precios que en el anterior haya tenido aquel metal. El justo deseo de satisfacer á las clases militares quo luchan por la integridad de la Patria y la conservación de su riqueza, con riesgo de la salud y de la vida, el haber que legítimamente lase irrespon-de, hizo necesaria esta medida, porque, uuagran parto del pais so lia negado á recibir del soldado el billete do Banco por su valor nominal, en pago de los articules que consume, á consecuencia de venir nivelándose todas las transacciones sobre la base oro, y do haber aumentado con esto motivo el precio de todos los artículos en venta y de todos los servicios, hasta ol punto do croarse una situación insostenible á todas las clases quo dependen del Te«or.v de manera quo la medida adoptada no podía dilatarse un momento mas, sin que se ocasionaran nuevos y graves conflictos á la gobernación de la Isla. Pero esta misma medida ha creado al Tesoro una situación dificilísima, por cuanto cobrando to dos sus derechos ou papel al tipo de la par, ha da devolverlo á sus acreedores con una bonificación que excederá on estos momentos del noventa por ciento, sin que pueda alterar el tipo á que viene recibiéndolo do los contribuyentes, si se ha'do guardar consecuencia con lo acordado por las Juntas, reunidas para proponer los medios de resolver la cuestión económica, las que en sesiou celebrada e| 2 de Eneró último, consultaron que el billete de Banco fuese red bido por ol Tesoro por todo su valor nominal. Y contó esta situación verdaderamente insostenible, e» onerosa al pais, la Intendencia tiene el deber d.; evitarla procurando haeorlo dentro de los principios aceptados y con los medios propuestos por las Juntas para restablecer las condiciones normales dol crédito y do la Hacienda. Entre estos medios so designaba la conveniencia do restablecer la recaudación ou oro, y en su virtud, so propuso á V. E. en 30 de Enero último, hacerlo gradualmente en cuatro plazos de ti seis mosos cada uno, á contar desde 1. ¿ de Abril próximo; plazos que deben ro-diícTrao ahora para evitar las desastrosas consecuencias del desnivel entre lo que so cobra y lo que*« paga, d» que ya »• lle^a hecho mérito.
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 52-76, Marzo de 1874 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1874-03 |
Coverage Temporal | 1870-1879 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (100 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000566 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000566 |
Digital ID | chc99980005660001001 |
Full Text |
■ ni i MU
If
4"
V
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO.
Wrtm» r, 3
PARTE OFICIAL.
OFICINAS SUPERIORES GENERALM. PJÍÍ Jit V S SUCIO V,
Gobierno Superior Politico de la Provínola
de Cuba.
Resultando vacante la plaza de Secretario de este Gobierno Superior que lia venido desempeñando el Illtno. Sr. D. Ensebio Coraminas Oornell por haber este solicitado y obtenido de mi autoridad anticipo de cisautía por causas de salud; he acordado con esta fecha que el Sr. Coronel de Infantería D. Manuel Velazco se encargue la Co misión del desempeño de dicho destino.
Lo que hago notorio por medio de la Gaceta para general conocimiento y tiñes correspondientes.
Habana 25 de Febrero de 1874.
JoveUar.
SECRETARIA.
Dispuesto en el Reglamento de 6 de Agosto de 1872 para la ejecución do la ley de 4 de J ulio de 1870 sobre emancipación gradual do la oscl i-vitnd, que las Juntas Protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designando la suerte los vocales propietarios y suplentes que deben salir en el primorc; y habiéndose hecho por la Junta do Santiago de las Yogas las pro • puestas do que hablan los artículos 4. ° y ó. ° del citado Reglamento, el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la renovación de la misma en la forma siguiente:
Vocales propietarios.
Poseedor de esclavos.
Sr. D. Francisco de Paula Alentad».
No poseedor de esclavos.
Sr. D. Sebastian Cortada.
Vocales suplente* * *.
Poseedor de esclavos.
Sr. D. Manuel Marearas.
No poseedor de esclavos.
Sr. D. Nicolás Díaz.
Y de órden do S. E. se publica en la Gaceta, para conocimiento general y efectos correspondientes.
Habana 27 de Febrero de 1874.
El Secretario.
A'. Gorominas Gornell.
Dispuesto en Reglamento de 5 de Agosto do 1872 para la ejecución de la ley de 4 de Julio de 1870 sobro emancipación gradual de la esclavitud, que las Juutas Protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designado la suerte los vocales propietarios y suplentes que deban salir en el primero; y habiéndose hecho
Eor la Junta de Sag.ua las propuestas de que balan los artículos 4. ° y 5. ° del citado Reglamento, el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la renovación de la misma en la forma siguiente:
Vocales propietarios.
Poseedor (te esclavos.
Sr. D. Antonio Mesa.
No poseedor de esclavos.
Sr. D. Rodrigo de Bernardo y Estrada.
Vocales suplente*.
Poseedor de esclavos.
Sr. D. Salu9tiano Fernandez.
No poseedor de esclavos. *
Sr. D. Pedro Corrales.
Y de órden de S. E. se publica en la Gaceta para conocimiento general y electo» correspondientes.
Habana 26 de Febrero de 1874.
El Secretario.
A. Gorominas Cornell.
Dispuesto en el Reglamento de 5 de Agosto ¿le 1872 para la ejecución de la ley de 4 de Julio de 18.70 sobre emancipación gradual de la esclavitud, que las Juntas Protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designando la suerte los Vocales propietarios y supleutes que debau salir eu el primero; .y habiéndose hecho
K~or la Junta de Holguiu las propuestas de que ablaa los artículos 4. ° y 5. ° del citado Reglamento, el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la rouovacion de la misma en la forma siguiente:
Domingo 1? do Marzo de 1ST4.-EI Santo Angel de la guarda y Santo* Prudencio y Rosendo.-
-{Circular en el DIonscrrnte.)
No poseedor de esclavos.
Sr. D. Manuel Bendrell.
Y de órden de S. E. se publica en la Gaceta para conocimiento general y efectos correspondientes.
Habana 26 de Febrero de 1874.
El Secretario,
Eusebio Gorominas Cornell.
Dispuesto en el Reglamento de 5 de Agosto de 1872 para la Ejecución de la lev de 4 da Julio de 1870 sobre Emancipación gradual de la Esclavitud, que las Juntas protectoras de Libertos se renueven por mitad en cada año, designando la suerte los Vocales propietarios y suplentes que deban salir en el primero; y habiéndose hecho por la Junta de Bahiu-IIonda las propuestas de que hablan los artículos 4.° y 5. ° del citado Reglamento, el Exemo. Sr. Gobernador Superior Político se ha servido disponer la renovación de la misma en la, forma siguiente:
Vocales propietarios.
Poseedor de esclavos.
Sr. D. Jo*é Joaquín Rabeiro.
J\o poseedor de esclavos.
Sr. D. José Ribero.
Vocales suplente*.
Poseedor de esclavos.
Sr. D. Gregorio del Campó.
No poseedor de esclavos.
Sr. D. Manuel Otero.
Y de órden de S. E. se publica en l a G vista para conocimiento general y efectos oorrea-pondientes.
Habana 27 de Febrero de 1874
El Secretario.
E. Coraminas Gornell.
Vocales propietario». Poseedor de esclavos. Sr. D. José Ochoa.
No poseedor de esclavos. Sr. D. Luciano Martinez.
Vocales suplentes. Poseedor de esclaves. 8r. D. José Carboaell.
Vacante una plaza do Vocal propietario de la Junta Protectora de Libertos de Santiago de Cuba, en concepto de poseedor de Esclavos, potrea uncía legal de D. Santiago del Castillo y Eohavarria que la servia, el Exémo, Sr. Gobernador Superior Político se ha servido nombrar para cubrirla á D. Juan Miguel Portuondo y Pa checo, propuesto por la referida Junta, con arreglo al artículo 4. 9 del Reglamento de 5 de Agosto de 1872 para la ejecución de la ley de 4 do Julio de 1870, sobre emancipación gradual do la esclavitud.
Y de órden de 8. E. so publica en la Gaceta, para conocimiento general y efecto? correspondientes.
Habana 27 de Febrero de 1874.
El Secretario,
E: Coraminas Cornell.
Habiéndose presentado por me .lio de instancia ij. Francisco Castilla, de este vecindario, eu solicitud de permiso para ensanchar el local ocupado por ios baños “San Rafael”, sito ido3 en el litoral do San Lázaro, se publica en a Gaceta O tidal, á lin de que las personas que e crean perjudica las con la reatiz loion de la p iyectad i obra puedan ocurrir a la Secretiría dei Gobierno Superior Político dentro del término de treinta dias á contar de la fecha, á deducir los derechos que lo? asistan.para oponerse á ella, en la inteligencia de que, trascurrí lo dicho plazo, serán nulas cuantas reclamaciones se hagan á no ser que offtén fundadas en derechos preexistentes.
Lo que de órden de S. E. se hace publico para general conocimiento.
Habana Febrero 4 de 1874.
El Secretario,
A. Gorominas Cornell.
Eii virtud de lo dispuesto por el Exorno. Sr. Gobernador Superior Político con fecha 20 del corriente, se lia señalado el día 4 do Marzo próximo á las 12 de su mañana parala adjudicación pública de la concesión de las obras ele muelles entre “la Machina y c! muelle de Paula” en la Secretaría del Gobierno Superior Político.
Li subasta se celebrará cóu arreglo al pliego do condici ones que se inserta á co itinuaeiou, e instrucción facultativa vigente, y que se manifestará en el Negociado de Obras Públicas sito en el piso bajo de la Secretan i del Gobierno Superior Político, con todos los documentos que lian de regir en la c mtrata.
Las proposición es se harán ex idamente al modelo adj unto y se presentarán ou pliegos cerrados, incluyendo ei documento ó carta do pago de haber consiga ido, como garantí i provisión il, para poder tomar p uve en aquella, la cantidad de cuatro mil treinta y ocho pesetas, depositadas al efecto en la Tesorería general da Hacienda, bien-do nulas y por ¡o tant® inadmisibles las que 3e presentaren sin este requisito.
Sise presentaran dos ó ni i? proposiciones iguales se abrirá licitación verbal entre sus autores que durará cinco minutos.
Habana 24 de Enero de Id74.
El Socrotari<>¡ Coraminas Cornell.
MODELO D15 PROPOSICION.
D. N. N........vecino do......enterado del
anuncio inserto en la Gaceta de.......do los-re-
quisitos que se exigen para la concesión en pública licitación de las obras de lo3 muelles que deben construirse cutre “la Machina y el muelle de Paula” de osle puerto de la Habana, y de todas la? obligaciones jr derecho? queso señ ilan en los documentos que han de regir en la licitación, se compromete ú tornar por su cuenta dichas obras y su usufructo durante el término do ......años á contar desde el (lia en que s i aprueben definitivamente por el Gobierno Supremo de la Nación.
(Fecha y firma del concesionario.)
Plitr/o de condiciones
Para la eoneosioi en pública subasta de los muelles, destínalos á vapores, que deben construirse entre“la Machina y el muelle de Paula,” en el litoral del Puerto do la Habana.
(Sis publico eu te Gaceta da los días 14, 15 y 17 del corneóte.)
CAPITAN;
-NER4L. I) •; r A SIEMPRE FIEL.
• DE CUBA.
Estado Mayor General.
El Ministro do Ultramar.—Al Capitán General de Cuba.
El General en Jefe del Ejército del Norte al al avanzar sobre Bilbao, no pudo tomar las úl timas trincheras, pero conserva las posiciones antes conquistadas. Para que la Política del Go bierno sea ayudada por el buen éxito de las opo raciones militares, el General Serrano, que ¿de más da sus facultades extraordinarias, por decre to de hoy lleva atri buciones del título 4. ° cle la constitución del 64, salió para las provincias del Norte, acompañado del General Topete. Nombrado presidente del Consejo do Ministros General Zaoala. Ei Gobierno tiene completa confianza en sus medios para dominar la insurrección carlista, sobreponiéndose á este contratiempo exajerado por noticias.—Habana 28 do Febrero de 1874.—Es copia.—El General Jefe de E. M. General.—fosé R ¡uUme.
D. Ignacio Coramina, de este vecindario, se ha presentado por metió de instancia, solicitando jermiso para construir un muelle y alm icen de depósito en la márgeu derócha del rio Gala-fro, á milla y inedia de su etnboealura, y sitio llamado do las Lagunas de los lian, ó pueblo de Noda, y para, que las personas que se crean perjudicadas con la realización do dichas obras puedan concurrir, dentro del término de treinta dias, á contar de la techa, á la Secretaria del Go-Civil, ó á la Teneucfa de Go-
latensleaeñí* general ti o SI arlen:! a
Visto el expediente instruid^por consecuencia del reconocimiento practicado do quince cajas marca J. G. presentada? al despacho por los Sres. J. Barrera y Compañía de este Comercio con hoja de adeudo número 12357, en la que se declaran cuatro mil trescientos veinte y seis kilos peso bruto y tres mil setecientos veinte y seis netos de tocineca procedente de Nueva-York, por ei Vapor Americano «City of Habana»;—Resultando del reconocí meat> vonioal» por los Vistas desígnalos al efecto con asistencia del Inspector de muellcsy Administrador de la Adua-¡ na Local, que 12 de las expre jadas cajas oran de ' tóemete con peso neto de tres mil doscientos diez 1 y seis kilos y las tres restante i coa igual marca, envase y tamaño, conteniendo en junto trescientos ochenta y cuatro kiios neto de grano reciua j de opio:—Resultando que las referidas (res cajas venían mareadas y rotulada? como las demás, bierno Superior Civil, ó á la Tenencia de Go- expresando en la tapa de cada una de Ollas los bierno de l’inar dol Rio, á deducir los derechos peñazos de tóemela que contenían, lo mismo que qne le3 asistan para oponerse á ellas, se publica expresaban la? otras doce de contenido verdaile-en la Gaceta de la Habana y en el periódico bíi- ro a{ declarado:—Resultando qne los expresados
Sres. J. Barrera y Compañía ue este co.nereio presentaron eu la Aduana, en los momentos en que el Administrador había mandado reconocer á su presencia las quince cajas de la hoja de adeudo referida, otra hoja de adeudo número » 12357 referente al manifiesto del mismo Vapor «City of Habana» y con la misma marca J. G. declarando trescientos ochenta y siete kilos de
cial de a {ueila cabecera, en la mceliganoia de que, transcurrido dicho plazo, será ) nulas cuantas reclamicioues se hagan, á no sor que estén fundadas en derecho; preexistentes.
Lo que de órden de n. E. se publica en la Gaceta Oficial para general conocimiento.
Habana 29 de de Enero de 1874,
El Secretario,
A. Gorominas Gornell.
tirio á los Tribunales, como tanto de culpa para los efectos que procedan en justicia.
Lo que se pública en la Gaceta para general inteligencia. 'r
¿tabana 16 de Febrero de 1874.
El Intendente general. Mariano Cando VUlaamil.
Secretaría general.
El Exemo. é Illmó. Sr. Intendente general de Hacienda visto el expediente nina.4603, folio 84, promovido por D. ,1. "W. Sanger para que se determine la manera ele aforar el hielo, y considerando qúo dicho artículo está sujeto á mermas variables, con fecha de ayer, so ha servido acordar que se practique el aforo del mismo por el peso neto que resulte.
Lo que de órdon de S. E. se publica para general conocimiento.
Habana 26 de Febrero do 1874.
El Secretario general.—José C.tnÓvas del Castillo.
Dada cuenta al Exorno. Sr. Intendente general del expediente de subasta para las obras de reparación en el edificio de la Aduana Vieja á consecuencia dol fuego ocurrido en la madrugada del 80 do Noviembre de 1872, S. E. se ha servado acordar que ou vista de no haberse presentado licitador alguno para el remite de dichas obras el día 15 del actual señalado al efecto, se proceda á nueva subasta publicándose por término do 8 dias, señalando al efecto el din 4 del mes entrante de Marzo para la.celebración de la subasta en la Intendencia general de Hacienda, á la? doce eu punto do su mañana, cuyo pliego do condiciones se publica á continuación.
Lo que so inserta para conocimiento general. : r
Habana 24 de Febrero de . 1874.—José Cánovas del Castillo.
Pliego de condiciones que se cita.
Pliego de condiciones para las obras que se han
de ejecutar en el edificio de la antigua
Aduana hoy Intendencia General de Hacienda.
1. 51 En ol depart miento do la Ordenación general de pagos donde ocurrió el incendio so colocarán cinco ventanas á la ingles i en las medianerías, con cerco y reja de hierro y vidrieras en dos témpanos, el do la parta superior fijo y el otro c )n contrapasos embebidos eu el cerco.
2. 33 Para dar la mayor luz posible á causa de haberse elevado á mayor altura la casa median ira, se li irá ol rompimiento de los arcos de la3 ventanas poniendo umbrales de madera dura á la altura del techo.
3. 33 Existiendo un pequeño movimiento on ol ángulo de la medianería se colocarán dos gatillos de hierro de cuadradillo de 25 milímetros y tres metros do largo con sus áncoras correspondientes.
4.03 En la medianería dol fondo se pondrá una ventana y roja dando la mayor posible.
5. 33 Se hará ei recorrido de las azoteas levantando en el último cuarto el solado y el enra-jonado, poniéndolo de nuevo, empleando cien lozas de Hamburgo y tapando sus juntas con polvos de ladrillo y cimiento romano.
6.53 So dará de lechada de dos ó mas manos eu todos los departamentos y galerías así como en las oficinas de contribuciones, con lechada de cal do Marañan, Contaduría, Contra y Secretaría.
7. x Se construirán dos tabiques para dividir los departamentos de la Ordenación y contribuciones en vez de los de madera que hoy existen, y conclusión del de la primera traviesa así como tabicado de un a*co.
8.33 E i todas las piezas y galerías de ambos departamentos se pintarán frisos al temple de un metro de alto, así como en la Contaduría, Centro y Secretaria.
9.35 En los cuatro huecos de la galería de la Ordenación se colocarán vidrieras de correderas como las que existen en I03 otro3 costados del pátio, forrando d'e tabla los me líos puntos y ponien lo óvalos con cristal.
10. Se pintarán al óleo con dos manos todas las ventanas, rejas y puertas de ambos departamentos, así cuna las persianas y bastidores de los cuatro huecos de la galería.
11. Se pan Irá un retrete inodoro con ta-bloncil'o de nogal can buzón, tapa y frente así como en la Contaduría, en el Centro,.; Secretaría é Intendencia.
12. Se pondrán maderos de piedra estucados y forrados su frente de azulejo de un metro de largo.
13. En la meseta do la escalera se formará un cuarto de persianas de la existente.
14. Se blanqueará y pintará al óleo de verde bronce las barandas de la escalera y friso al temple, así como en las de la Contaduría y Centro.
15. Se recorrerán los pisos de hormigón eu las dependencias de Ordenación y Contribuciones.
16. Se hará la demolición de los comunes
opio eu tres cajas cuya partida ni consta, ni se 1 11 y techos del cuarto del cochero, rehaciéndolo de
i ^ i __ _____,i ,i f^imATT.v iirvi»íiAii 1,4 ínn Im*n4 í!g mil—
Habiéndose presenta lo ñor medio do instancia el alcalde de mar do Jatibonico d ;1 Sur, I). .luán Jimenez, eu solicitud de permiso para construir un muelle y casa de habitación ou el esterado Juan Hernández, punto á su cargo, á-
hace mención de olla en a piel documento:—Con siderando; que las .quince cajas declararadas eran
nuevo, ponien lo ma teros do peso de cinco pulgadas de grueso por diez de alto, loza por tabla,
las únicas que condujo el Vapor «City of Habana» ¡ enrajonado y solado de Hamburgo
17. El auevo común que so situar i sobre la azotea, ocupará una superficie de 18 metros, formato por entra nido de madera y Ubicalo
de la marca y peso manifestados y aquel mam tiesto y las hojas presentadas para el despacho
—----------,--r--- --------o-, I alude solamente á ellas yá su conte'nido, preten- -------1- . - ,
milla y media Norte de punta á Oeste, se publi- ¿iendo por lo tanto pasar las tres cajas de opio ¡ de ladrillo hueco, cubierto de armadura forrada
Ca en la Gaceta da la Habana y en el periódico juntamente con las doce de tocinet i, que teman , de tabla y teja traucesa, canelón y bajada do hoja
de Cienfuegos, á fin de que las personas que so marca, rotulación, peso y envase: Couside-
crean perjudicadas con la realización de dichas r^a¿0 qU8 [a precipitación en presentar la decía-obras, puedan ocurrir á-laSsqretariá del Gobior- ra,ci0n de tres cajas do opio en el mismo dia y á
no Superior Polítipop ala Tenencia de Gobier- ja misma hora en que se practicaba el recono-
node aquella Cableara, dentro del término de cimiento de las quince cajas declaradas tociueta, treinta dias á contar de la fecha, á deducir los arguye la maliciosa pretensión de querer ampararse cou la ley después de frustrado el inteiito de detraudacion, y que este neto imprime como el anterior, responsabilidad; la Intendencia en uso de sus atribuciones resuelve:
La confirmación del comiso decretado por la Aduana local y la venta en pública subasta para general conocimiento. L ; artículo incurso en e3ta pena; devolviendo
Habana 7 de Febrero do 1874. ! egte expediente á aquella oficina para su cumpli-
miento, despue* de sacar oópia de él para remi -
derechos que les asistan para oponerse á.ellas, en la inteligencia de que, trascurrido dicho plazo, serán nulas cuantas reclamaciones se hagan, á no ser que estén fundadas en derechos preexistentes.
Lo que de órden de S. E. se hace público eneral conocimiento, abana 7 de Febrero do 1874.
El Secretario,
A. Cor ominas Corn&U.
de lata.
18. En las oficinas del Centro se h ira el rompimiento de un huee) en la tachada, poniendo umbrales y puerta de una hoja para el colina, ol que so hará eu la azotea ocupando d.oeo metros superficiales, formado de entramado de madera y tabicado de lafrillo hueco» cubierto de armadura, forrada de tabla y teja traucesa con canelón y bajada, y un ventanillo, con vidriera, poniendo la bajada de barro embebida y construyendo latirgiado acometimiento á la alcantarilla.
19. Se tabicará un huaro de los que dan á la portería del Centro y eu el otra se pondrá un i puerta d» dos hojas y canoera» de nogal.
20. -En la Contaduría sehará la demolición
de un balcón oue dá á la callo de la Olimpia y se colocara una reja de hierro.
21. En la Secretaría se formará.uu retrete y meadero con dos puertas y Ubiques sencillo;, abriendo un hueco de ventilación á lá fachada.
22. En la cocina de la Intendencia se pon drá una pila de pi.odra uo S in Miguel.
23. Se harán los acometíthiontos de cañerías de aguapara los retretes de la intendencia y Secretaria, tomada del depósito de la azotea.
24. Iras obras se harán por subasta bajo el tipo del presupuesto al que esr.á agregado el 13 p.g per adniininistraciou, adelantos de fondos, asijromo los honorarios del arquitecto, qne tendrá que alionarse por el céiitratista á cuyo favor se adjudicará la obra.
25. Eu el acto de la subasta so presentarán pliegos cerrados á los que deberá de acompañarse el documento de haberse depositado en Tesorería el 5 p. § del importe total de 28,363 pesetas 50 céntimos á que asciende el presupuesto |
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Archive | chc99980005660001001.tif |
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