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PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. mam. J88 Marios 1? de Setiembre de 18t4.- San Gil al», j santa Verciist vg. y los doca a anlos hermano?.—(Circular on Jesús del Mente.) I'ARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION. OFICINAS SUPERIORES OENEBALKS. Gobierno General de la Isla cíe Cuba. Dirección general de Administración civil.* Sección de Fomento. Por el Ministerio de Ultramar, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general con fecha 24 de Julio último, lo siguiente: “Excmo. Sr:—El Presidente del Poder Eje-cativo de la República se ha enterado de una instancia presentada por D. Ramón Ruñólas y Arnau en solicitu 1 de que se dicten las órdenes oportunas para que por las ofiemas que dependen de este M'nisterio, se adopten los aparatos ¡iistantdneos contra incendios ó Mata-fuegos, de que esinventor, y cuyo precio.y domas condiciones sedeterniinau en los prospectos que al efecto acompaña, y eu vista de que en los presupuestos de Ultramar no íigura partida alguna destinada á cubrir el gasto que la concesión que se pre-tonde habla de ocasionar, ni las cantidades asignadas pa-a los generales de material que pudieran suplir aquella falta son bastantes á permitirlo sin inminente riesgo de dejar por ello desatendidas las necesidades del servicio, teniendo en cuenta el satisfactorio resultado que han ofrecido dichos aparatos on las pruebas que recientemente se han verificado, y á fin de propagar un invento que tan grande utilidad puede prestar al país, el referido Presidente del Poder Ejecu tivo ha tenido ¡i bien disponer se remitan á Y. E. como lo verifico de su orden dos de los mencionados prospectos, encargándole al propio tiempo que recomiende en el periódico oficial de esa Isla la adquisición do los aparatos, de que se trata.» Y acordado por S. E. su cumplimiento en 17 del actual. de su orden so nublicn- m Ja. Gaceta para general conocimiento. Habana 24 de Agosto de 1874. El Director general interino do Administración Civil, Juan jB. Uztariz. Initantáueo oontra incendios ó Mata-fuegos, sistema Bañólas, invención privilegiada en Europa y América. Inventor y propietario: D. RAMON BAÑOLAS. Depósito central: Magdalena 25, Madrid. m O h d £ w A f3 te « 05 § ki W ft 3 H co ? 05 O M O w £ GQ -4 & « o tí © tí rÜ "© «3» CO a> c3> lO C3> OI t- <M O <N OI O o o o o o tí P< < ta »a o ta ia o o o c- o o o o o ta OO r-1 . © : -o : es • Ph : tí o TJ 3 So tí a .2 Q a © : u : o . 73 : «s > -*-> ; ’So : es . a : o : ’3 ■ a ; © : ^ ao CÇ 53 tí U “3 © © 73 tí tí © 02 b «s tí -rt' © © : a» • 73 : tí : a : © : ^ a 2 o -2 Pi tí es Z '3 o I : 1 « .5 60 O C5 • iH i—'. 02 2a 3 S a a ex ® * GG 02 © © *■« fl © p —-« © **-> tí 02 tdO O C3 -§ 2 gg A-» P 02 _ «U g p' p tí © .fa o 73 f3 cb "3 O © p p8 © © 02 73 2 35 OS £ « 3 ce 2 J2 S c3 oU © OQ r—I -00 © © O G 'J © ?3 COO CS O ’a 'p P © © 73 © 02 02 O • i ■ .S'32 © Cu ñ ! 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Ñada hay quizá mas alarmante ni aterrador que la aparición de un incendio. A su simple anuncio se considera comprometida, con harto fundamento ou verdad, la fortuna de lo3 ricos, los talleres del industrial ó del artesano, el almacén ó tienda del comerciante, la hacienda ó la cosecha del labrador, ó el ajuar, en fin, del pobre, y en todos los casos la vida de las personas, porquejel elemento destructor se inicia por las camas y en los momentos que menos se esperan; se multiplica con rapidez pasmosa, pero uo se sabe á donde van á parar sus desastres si no so le ataja .:o i prontitud y energía. Eli las grandes poblaciones, donde la previsión de las autoridades y el loable espíritu de asociación tienen bien organizados los servicios contra los incendios, uo es tan fácil que adquieran grande incremento como cu las localidades que carecen de ellos; mas aun así, 63 de notar que en países muy adelantados suelen ser tan resistentes á los poderosos medios que se emplean para combatirles, que admírala relación de los edificios destruidos, de las fortunas arruinadas y de las desgracias personales, y esto no sólo sucede en España, sino eu ¡os Estados-Unidos, Inglaterra, Francia, Bélgica, Rusia y Alemania, en el nuevo como en el antiguo mundo; lo cual prueba de una manera evidente que á pesar de los importantes progresos que por la actividad humana se han llevado á cabo en los últimos Veinte años, no son todavía suficientes para dominar ol fuego. , Esto no tiene otra explicación sino os que con los momentos que el auxilio so retarda, se dá margen al desarrolle. El espanto natural de los primeros instantes apenas permite otra cosa 0 UB pro.-.m-,n i-.< nol ,ra,.¡,in flft I¡~-1 pOrTrlliaS Y _íiü tales ó cuates objetos mas queridos. For rápida-raeuto que cúndanla vez do la alarma y llegue el socorro y comience á funcionar y multitud de operarios llenos de abnegación aneguen cuanto encuentren al paco, ó destruyan con su piqueta lo que todavía lia respeta io el fuego, al fia del suceso resulta que el ingenio, la fuerza y el heroísmo del hombre se han empleado como otros tantos elementos de destrucción aunque con ei fin plausible de evitar mayores males. La causa de la esterilidad de los resultados producidos por los elementos hasta aquí empleados es, que ni responden bajo muchos conceptos á las necesidades públicas, ni por su forma, tamaño, medios de conducción, preparación y otras muchas dificultades son apropósito para contra-restar todos los efectos doi fuego. For otraparto, el empleo del agua natural, que es el gran recurso que s3 aplica ú todos los casos cuando por el indujo de una poderosa calefacción llegaá evaporizarse, carece en machos de ellos de las propiedades necetaria3 para la extinción del fifego, pues lejos de amortiguarle, por sus elementos componentes [oxígeno é hidrógeno] le aviva y acrecienta indefinidamente de lo cual so infiere que el problema quejiay que resolver para que la sociedad eu general y las familias en particular estén prevenidas á todas^|.oras contra un enemigo que está en asecho del mas leve descuido, es poner en mano3 de los individuos uu medio de combatirle con sencillez, prontitud, eficacia y economía sin confiarse exclusivamente de los auxilios extraños, sujetos á muchas contingencias. La estadística del último quinqueuio registra un sinnúmero de incendios ocurridos cu los arsenales yen especial en los bu pies, algunos de los cuales han sido por completo pasto de las llamas y con ellos cuantas personas iban á bordo. Si los inventos que basca aquí ha proporcionado la ciencia fuesen suficientes, evidentemente se evitarían estas.horribles desgrac.as, pues si en alguna párte se dispone de bombas, brazos, inteligencia, agua y cumtos recursos son conocidos, es ciertamente eu los vapores ó en los buques. ¿For qué, sin embargo, no se evitan? ¿for qué tantos buques lian sido recientemente víctimas del voraz elemento á la vista misma de Lon dres y Nueva-York, como cerca de las costas de España? Las materias que componen la construcioa de los buques, las que éstos trasportan, que por lo general son muy combustibles, la eousta-uto brisa que reina en el mar, y otras muchas causas bou motivo de que los incendios sean tan fáciles como eu tierra, y mas difíciles de exterminar. Apagar estos incendios con agua del mar, único manantial de que se puede disponer á bordo, es tarea poco menos que imposible tanto por ios grandes daños que causa á los objetos y mercancías que eucierra un buque, como por el gravísimo peligro de zozobrar ií que le expone. El Mota-fuegos ocurro á estos accidentes con suma facilidad; porque va donde quiera que pueda ir el hombre; y siendo por otra parco sil acción instantánea, y sil escasa .cantidad de líquido tan incombustible que no admite comparación, permite poder combatir* el fuego en cualquier parage ó extraño rincón del buque ántes de que tome incremento. La estadística clel último quinquenio también registra un sinnúmero de incendios ocurridos cu España y otras naciones de Europa y América que cuentan con las mas perfectas y potentes bombas para combatirlos; y sin embargo, vemos que no fueron suficientes para evitar los incendios de Chicago, Boston, Londres, Faris, Cousiantinopla, la Habana, etc. Así como tampoco para impedir que presenciásemos el norri-ble espectáculo del Escorial, la pérdida del suntuoso templo de Banto Tomás, del célebre cuartel de Guardias de Corpa, de los teatros del Liceo y Circo de Barcelona, y otros, en fin, que han devorado barriadas y pueDlos enteros,, y todo porque faltaba un medio eficaz y de acción instantánea para prevenirlos y cortarlos apenas se hubiesen declarado, que es io que constituye la misión principal de nuestro aparato portátil, pues como muy elocuentemente dice el emitiente jefe de los bomberos de Londres, capitán Shore, eu su revista del año 1870: «Uu galón de agua á tiempo vale más que un millón media hora mas tarde.» A estas necosida les, á esta prudente previsión responde la serie de aparatos que ya se ha dado á conocer eu España, en Ultramar y en el extranjero con el nombro de Instantáneo contra inceniios, ó Mata-fuegos, los cuales, según su capacidad, contienen una carga combinada de facilísima adquisición y poco precio que, arrojada sobre el fuego por medio do una manga unida al aparato, le apaga, en efecto instantáneamente por intenso que sea. Uno de los aparatos, el menor de todos, que vieue á ser un tubo cilíudrico de 50 centímetros de altura por 17 de diámetro, y que por su misma pequenez apenas ocupa espacio ou ei rincón da una casa, se presta á que cómodamente le use una señora ó ouaiqu.era persona de corta edad: tal es su ligereza v fácil aplicación, puliendo estar siempre dispuesta la-carga, como en todos casos sucede, sin temor del mas leve accidente ni de que con ei tiempo pierda sus admirables propiedades. Otros diversos aparatos, de mayor ó menor capacidad, se trasportan sin molestia sobre la espalda de un lumbre por medio de los tirantes que sirven de sosten, quedando la suficiente libertad do acción para subir ó bajar las escaleras, para dominar la parte mas alta ó penetrar eu los sitios mas escondidos de lvs edificios, y para dirigir el líquido ai foco del incendio, ó ai punto que mas convenga. Otros, en fin, desdo los le dos ruedas para el mas fácil trasporte hasta los creues completos para sustituir ventajosamente por su gran volú-men y la eficacia de las cargas, á las bombas mas perfectas y de mayor potencia que se conocen, pueden ser aplicables á las casas de vecindad, á ios talleres, á las haciendas, á los pueblos mismos, para que, estando preparados siempre eu los puntos mas céntricos, sean trasportados rápidamente á los sitios de las desgracias ó de los peligros. Con esta escala gradual de aparatos, claro — .juWXtejLo-ix ^iiAH-aaiva« l.i'L Loa?—JlfUM ¡ 1 f\ Ag que caben on el cálculo humano, y aunque pase uu uñ> y muchos años sin que felizmente ocurran ocasiones de emplearlos, bien merece ol sacrificio de poseerlos la tranquilidad de costar con medios eficaces de conjurar un ínal tan fácil de suceder, como es terrible por sus consecuencias. Si una familia considera suficiente', por ejemplo, uno de los mas manuables y ecouó» micos, las de u ía vecindad pueden asociarse para obtener otro ú otros-que ou casos dados sirvan de auxilio común; y sí son reconocidamente útiles y basta necesarios entre el vecindario previsor de una población extensa, siquiera para contener ei mal mientras el auxilio llega, ¿cuanto mas recomendables y hasta humanitarios no son en los puertos y buques, que eu alta mar arrostran privaciones sin cuento y peligros do suprema angustia.? ¿Cuanto mas provechosos é indispensables uo son también eu los sitios apartados, en las haciendas aisladas y en los pueblos que carecen de toda clase do elementos organizados? A veces escasea hasta el agua potable que requiero la vida do! vecindario; y la pobreza del manantial, ó la distancia que inedia hasta el rio ó la laguna mas próxima, y la falta de medios de conducción, u i lugar á que los incendios, que tan sencillamente pueden sofocarse en su origen con el empico de uu líquido infinitamente nías poderoso que el agua natural, ocasionen la ruina de multitud de lamillas. Descripción de toda la serie de aparatos y sus cargas. Aparato íiúrn. 5, do mano j&ra señoras y uútn. 5, para espalda. Su cabida es de 14 y 20 litros de agua, que se combina con las sustancias químicas que forman su3 cargas; sin trabajo ni fuerza alguna arrojan el líquido de 10 á 12 metros de distancia. Son suücieutcs para apagar cu pocos segundos el fuego que se haya prendido á una chimenea ó cualquier objeto del hogar doméstico, aú como los vestidos de una persona, aunque estén empapados de petróleo ú otras materias infiamables. Aparatos uúm. 4 y 3, para espalda. Su cabida es de 30 y 40 litros y arrojan el líquido de 12 á 15 metros de distancia. Ei objeto de,estos aparatos, asi como el de los anteriores, es tener al menos en cada edificio y grandes dependencias, etc., siempre dispuesto en pequeño volumen un medio seguro y y activo de poder cortar y extinguir los incendios en el momento que se advierten. Su manejo os tan fácil que no necesita inteligencia alguna para hacerlos funcionar, ni hacen falta para ello mas brazos que los del individuo que los lleva, toda vez que este tan solo necesita tocar uu resorte* que pone en contacto los dos líquidos hasta aquel momento divorciados dentro del aparato, colocarlo soore su espalda, abrir un grifo, y dirigir el liquidó que sale por la manga al foco del fuego. La cualidad de ser trasportados a la espalda do un hombre, les dá sobre todos los medios hasta a juíempleados, la inmensa ventaja ue poder ocurrirá los progresos Je. luego en cualquiera de sus fases y en los lugares mas sinuosos y escondidos de uu edificio; por cuyas circunstancias estos aparatos sirven también para completar y auxiliar las bombas actuales eoutra incendios, incluso las movidas por vapor, primero, porque cuando.éstas llegau al lugar del siniestro mientras se hacen todas sus indispensables preparaciones de armarlas, enchutar mangas, y proporcionarlas ol caudal de agua que necesita (sí la hay disponible), se cómbale el luego con los mencionados aparatos, pues como están siempre cargados, no se necesita emplear tiempo para .preparación alguna, y así se obtiene, si no extinguir del todo el fuego, porque hubiese tomado ya colosales proporciones, impedir al menos que se extienia y produzca mayores pérdidas; y secundo, porque con ellos lps bomberos puedan defenderse do las llatna's cuando haya necesidad de salvar alguna persona ó dumeniosy objetos de importancia, y qilú puedan apagar el luego eu aquellos ¿»untos recónditos que, por varia s circunstancias, son, si uo inaccesibles, dificilísimos de combatir, por las condiciones de las bombas y sus mangas. De esta suerte les es, al propio tiempo, mas fácil poder exterminar .cierta ciase de incendios sin tener que lastimar tanto los te -jados y edificios ú objetos que estos encierran, coa la piqueta y otros medios análogos, y en par-ticular,con la inmensa cantidad de agua que, sin dirección concreta muchas veces, les e3 preciso arrojar. For consiguiente, si, como esperamos, estes aparatos se generalizan y se colocan en las citadas bombas, buques, ferro-carriles, talleres, fá* j bricas, almacenes, casas de campo, iglesias, mu« ; seos, archivos, teatros, comercios, tiendas de materias inflamables y en l-s porterías de todas las casas particulares, no serán ya posibles estos vo- : races incendios que tantas vidas y fortunas des- j fruyen, y que reducen á infinidad de familias á la miseria, teniendo que comer uu pan amasado i con lágrimas al recuerdo de mejores tiempos. Aparatos núnis. 1,2 y 3, de carro. Pueden arrojar el liquido hasta 20 metros de distancia. Bus aplicaciones son para buques, fábricas,grandes almacenes, bodegas, cortijos, casas de campo, ere., etc. Su cabida es de 110, 75 y 50 litros de agua. El carro y su especial mecanismo sirven pa¿ raque puedan ser trasportados y manejados con facilidad por uu solo h nnbre hasta colocarse eu el punto que se considero mis conveniente, para apagar el incendio. Estos aparatos se cargan con las cargas llamadas de lí clase; pero como son ya destinados para apagar inéoiídios de alguna importancia, y debien lo, por tanto, ser manejado? por operarios inteligentes ó adiestrados á ellos, ae pueden recargar cuantas veces sea preciso, empleando cargas llamadas de 21? clase, que se obtienen á la ahitad del precio de las dé id Aparatos nú n. 1 doble seim cdutiiúu y Gran Tren. Su cabida os de 220 litros; arrojan lí (uido desdo 20 á 30 rastros de' distancia del extremo de sus mangas. Estas en su forma natural tieuen 5 y iO metros de longitud, aunque pueden prolongarse por otras de 10 metros cadti una, adaptadas al efeeco, tanto coiño sea preciso, al modo que se hace eu las bombas ordinarias. l ara hacer funcionar estos aparatos solo se emplean cargashlé ¡**1^ llamada de 2?, que q»or sus erectos resultan sumamente ecoiiónucas. El aparato núm. 1 doble se Harria scmi-con« tinuo porque la consiruceiou que lo hemos dado y la disposición de sus mángas facilitan que mientras funciona uno de los dos aparatos que sostiene su carro, se ca|-ga el o’.ro en la mitad de tiempo que necesita el primero para vaciarse,'y así sucesivamente hasta concluir el luego. El Gran Tren. Ademas de reunir lar antedichas circunstancias, lleva un depósito para 1500 litros de agua', dos aparatos con doble efecto de 110 litros de cabida cada uno, combinados pará que funcionen somi-continuanieute y tienen un mecanismo especial para que mi sólo hombre pueda cargarlo casi instantáneamente y á la presión (pie convenga hacerlos funcionar. Lleva ademas seis aparatos,núm. 3, espalda, do3 grandes depósitos para cargas de repuesto y otro para auxiliares, como cuerdas, picos, palas, etc. Tiene también local á propósito para sentarse nueve hombres que se necesitan para su completo servicio, y un mecanismo especial y nue? vo para condu„ir 50 metros de manga, en varios trozos afín de unirlos cuando convenga; y así, mediante este sistema, se obtiene poder plegar y desplegar dicha manga' con suma facilidad y tenerla siempre eu portectó estado de conservación. . L03 seis aparatos núm. 3, espalda, que acompañan este Gran Tren, están destinados á que le sirvan de auxiliares para los casos que citamos en otro lugar, refiriéndonos alas bombas contra iuceudios, incluso á las movidas por vapor. Carro llamado auxiliar. Este carro tiene un depósito para 300 litros de agua y dos cajas para cargas., una paia paquetes da polvos y otra para tarros de líquido. Lleva ademas, si so piden, cuatro aparatos dé espalda, una escalera, palas, picos, cuerdas y cubas de mano. Este carro es muy útil para auxiliar á los aparatos núm. 2 y 1, y eu especial al uúm. 1 doble llamado semi-coiaduua. El Ayuntamiento de un pueblo tiene bastante con este aparato y dicha carro completo para acudir á Cuantos accidentes puedan acontecer; pues el agua que necesitan es tan poca ou pra-qlijrcion del fuego que con ellos se puede apagar, que de segiiro les bastará en uu caso desgraciado con la que tengan en sus casas pura los usos domésticos. Cargas para toda la série de. aparatos. Tanto si son iie llí como de 2í clase, una carga so compone de uu tarro de líquido y de uu paquete ele polvos, proporcionados á la cabida de los aparatos á que están destina los, las cuales, tanto dentro como fuera do los aparatos, se conservan uu tiempo indefinido sin riesgo alguno y sin que pierdan ninguna de sus admirables, propiedades. Cada tarro y cada paquete l'eva una etiqueta que explica á qué aparato pertenece y la manera de hacer un exacto uso de su contení lo. Al hacer entrega de cualquier aparato se dan las instrucciones bien detalladas para cargarlo, descargarlo, hacerlo funcionar y conservarlo en buen estado. Modelo de proposiciones. D. N. Ñ. vecino de..........enterado del anuncio publicado cu la Gaceta de.....para adjudi- car en pública subasta el servicio do comunicación del furo del cayo Faredon Grande, so compromete á tomar á su cargo dicho servicio por la cantidad de.......(eu letra) pesetas men- suales con arreglo, al pliego de. condiciones aprobado. Fecha y firma. Fliego de condiciones que ha de regir eu la contrata del servicio de comunicación entre la villa de Cuibaricn y ol faro do Diego de Yelazquez, situado eu el cayo de Paredón Grande. 1? El contratista tendrá para este servicio una lancha con cubierta, de porte y condiciones tanto en el casco como en el aparejo apropiados al servicio que va á desempeñar y á la mar que tiene que navegar. . 21.1 Esta lancha llevará la tripulación que le corresponda, pero en ningún caso podrá ser menos de dos hombres: el patrón y uu marinero. 3í Será obligación del contratista hacer dos viajes ai mes, saliendo do Cuibaricn los dias cinco y veinte do cada mes, ó los inmediatos que el ráenipo lo permita si por esta razón se hubiera suspendido el viaje eu el di* designado. 4:! La lancha y sus tripulantes permanecerán eu el faro y á disposición del torrero principal, en todo lo concerniente al servicio, en el intervalo que media cutre el dia de llegada al faro y el do salida para Cuibaricn con objeto de rendir nuevo viajo en las condiciones que expresa ei artículo anterior. 5í Si por las circunstancias actuales, temporal, epidémica ó cualquiera otra causa hubiera que hacer mas viajes que los dos periódicos expresados eu la condición torcera, será obligaciou del contratista rendirlos con su lancha sin au-menU» ninguno do retribución y soloá expensas del tiempo que kabia ile estar detenido. (3:í Con objeto de evitar varadas y no ostar silicio á marcas, el contratista está obligado á rendir el viaje porTuerirUC totf cayos, ó por lo menos por donde no se dejen sentir las causas cuya influencia ae trata do evitar. 7;-1 Conducirá ai faro ó vice-vcrsa todos los enqploados de obras públicas qiie se presenten con este objeto, así como la correspondencia de oficio y priva ¡a que se entregue', y los víveres, efectos, útiles y herramientas que on cualquier sentido hubiere que remitir. 8Ú Sii por una causa cualquiera que no sea la de no permitirlo el tiempo, el contratista no efectúal a los viajes en día y plazo asignado, será de su cuenta buscar una lancha que lo desempo-ño y en caso de no hacerlo así pagar la que proporcione el ramo do obras públicas. 9? Este contrato durará hasta ñn de Julio de mil ochocientos setenta y seis. 10. A pesar do la condición anterior no podrá el contratista abandonar el servicio hasta que se pres nte el que lo haya desustituir, á no ser que trascurridos tros dieses de terminado su compromiso habiendo hecho presente que no le convenía continuarlo no hubiera superior resolución nombrando al que hubiere de sustituirle, i 11. Las faltas graves en el servicio so castigarán con multas de viente y cinco á doscientas pesetas. 12. Las faltas graves y reinsideneia en las leves serán causas suficientes pata rescisión del contrato. 13. La retribución mensual que recibirá el contratista, os de 605 pesetas; cuyo pagóse sujo-tirá á lo dispuesto por el Excmo. Sr. Gobernador general en 28 de Abril y 26 de Mayo-próximo pasado y á !o que en lo sucesivo se disponga sobre cobro de impuestos, rentas y dc-rcchos^dcl Estado. El Excmo. Sr. Gobernador general, atendiendo al estado financiero de la Compañía del ferro-carril del Oeste y á la imperiosa necesidad de nivelar sus ingresos y gastos, y á lo dispuesto por el Gobierno Supremo de la Nación en las dos últimas resoluciones robre los ferro-carriles de esta Isla; se ha sorvido disponer que desdej.'-’ do Setiembre próximo proceda dicha Compañía á cobrar el'precio íntegro de sus tarifas, bien sea en efectivo bien en billetes del Banco á voluntad de-pasajeros y cargadores; abonándose en el se« gundo caso la equivalencia que lije(cl Colegio de Corredores para cada mes, como resultado dpi término medio do lafs cotizaciones en el mes anterior. Lo que de ónlen de S. E. se publica para general conocimiento. llábana 27 de Agosto de 1874. El Director general do Administración, Juan Bautista: Uztariz. Habiendo dispuesto el Excmo. Sr. Goberna» d >r general, que se subaste públicamente el servicio do comunicación entre el puerto deCaiba-rien y el faro de cayo Faredon Grande, bajo el tipo de seiscientas cinco pesetas mensuales y con arrecio al pliego de condiciones que abajóse inserta, se ha señalado el dia 29 dei entrante mes de Setiembre, á las doce de su mañana para la celebración de la indicada subasta que tendrá lugar simultáneamente en la Tenencia de Gobierno du San Juan de los Remedios y ou el despacho de esta Dirección general. Las proposiciones se presentarán en pliego cerrado, con arreglo al modelo que aparece ai pié, acompañadas de la carta do pago (pie acredite haberse depositado en arcas fiel Estado la cantidad de doscientas pesetas. Si resultasen dos ó mas proposiciones igua-* les se procederá on el acto, entre sus autores, á una licitación abierta por tórmiuo de diez mi uu tos. Habana 27 de Agosto do 1874. El Director general do Administración C..-vil interino, - . i 7?. i . i 4 Lx/y* / rv//»»’ k ■y SECRETARIA. D. José J31 ás de Muro, hijo <led>. Francisco Javier del mismo apellida, vecino de Guanaba-coa, sobre quien pesaba la acusación do infidencia, ha sido rehabilitado cu sus derechos civiles y políticos con techa 11 del corriente. Lo queso publica por disposición del Excmo. Sr. Goberna tur general, para conocimiento del público. Habana 24 do Agosto de 1874. El Secretario, Joaquín Carbonelt. Junta tío la Deuda «leí Tesara. El Excmo. Sr, Gobernador general, con fecha 9 de Julio próximo pasado y en vista de lo informado por esta junta en el expediento gubernativo de embargo de bionei á D. Ricardo Lañéis y Alfonso, ha tenido á bien aprobar la clasificación do los mismos ou la sogunda de las categorías que establece el Real decreto do 31 de Agosto do L872, disponiendo en su consecuencia lesean devueltos con la prohibición de venderlos, cederlos, permutarlos 6 hipotecarlos mientras dure la guerra. Habana 12 do Agosto de 1871. El Vioi-Fresidcnto, Boj ifací) Cortés Llanos
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 188-210, Septiembre de 1874 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1874-09 |
Coverage Temporal | 1870-1879 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (76 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000572 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000572 |
Digital ID | chc99980005720001001 |
Full Text |
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO.
mam. J88
Marios 1? de Setiembre de 18t4.- San Gil al», j santa Verciist vg. y los doca a anlos hermano?.—(Circular on Jesús del Mente.)
I'ARTE OFICIAL.
PRIMERA SECCION.
OFICINAS SUPERIORES OENEBALKS.
Gobierno General de la Isla cíe Cuba.
Dirección general de Administración civil.*
Sección de Fomento.
Por el Ministerio de Ultramar, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador general con fecha 24 de Julio último, lo siguiente:
“Excmo. Sr:—El Presidente del Poder Eje-cativo de la República se ha enterado de una instancia presentada por D. Ramón Ruñólas y Arnau en solicitu 1 de que se dicten las órdenes oportunas para que por las ofiemas que dependen de este M'nisterio, se adopten los aparatos ¡iistantdneos contra incendios ó Mata-fuegos, de que esinventor, y cuyo precio.y domas condiciones sedeterniinau en los prospectos que al efecto acompaña, y eu vista de que en los presupuestos de Ultramar no íigura partida alguna destinada á cubrir el gasto que la concesión que se pre-tonde habla de ocasionar, ni las cantidades asignadas pa-a los generales de material que pudieran suplir aquella falta son bastantes á permitirlo sin inminente riesgo de dejar por ello desatendidas las necesidades del servicio, teniendo en cuenta el satisfactorio resultado que han ofrecido dichos aparatos on las pruebas que recientemente se han verificado, y á fin de propagar un invento que tan grande utilidad puede prestar al país, el referido Presidente del Poder Ejecu tivo ha tenido ¡i bien disponer se remitan á Y. E. como lo verifico de su orden dos de los mencionados prospectos, encargándole al propio tiempo que recomiende en el periódico oficial de esa Isla la adquisición do los aparatos, de que se trata.»
Y acordado por S. E. su cumplimiento en 17 del actual. de su orden so nublicn- m Ja. Gaceta para general conocimiento.
Habana 24 de Agosto de 1874.
El Director general interino do Administración Civil,
Juan jB. Uztariz.
Initantáueo oontra incendios ó Mata-fuegos, sistema Bañólas, invención privilegiada en Europa y América.
Inventor y propietario: D. RAMON BAÑOLAS. Depósito central: Magdalena 25, Madrid.
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