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Ufi GACETA PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. NUM. 129. Domingo 1? de J rniio de 1879 (Pascua de Pentecostó^).-Santos S .‘'r.mdo, Felino, Giviciiiianoy Pan tilo.-< Circulai- en la TerceraOrdeu deSïin Xgut't in PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. GOBIERNO OENERAIIE U ISLA BE CUBA. SECRETARIA. ElExcmo. Sr. Gobernador General en uso de las facultades que le concede el artículo 7.° de la Ley provisional Municipal de 21 Junio de 1878'y prévios los requisitos que en el mismo se determinan, se ha servido acceder á lapretension de los vecinos de los cuartones de J?ipian, Ojo de A'gua, Jobo y Naranjito, concediéndoles la creación de Municipio y la consiguiente elección de Ayuntamiento propio, segregándose al efecto de la jurisdicción Municipal de Madruga á donde hasta ahora han pertenecido. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana 30 de Mayo de 1879. El Secretario del Gobierno General, Joaquín Carbonell. Política.—Asuntos judiciales. Por el Ministerio de Ultramar, se comunica con fecha 7 del corriente al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real órden siguiente: «Excmo. Sr.—Eu vista de lá instancia promovida por D. Antonio Izquierdo y Pozo, Juez de P instancia del Distrito del Cerro, de osa Capital, y de la certificación facultativa que acom paña y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo tercero del Real Decreto de veinte y seis de Abril del año último, S. M. el Rey (q. D. g ) se ha servido concederle seis meses de licencia para atender al restablecimiento de su salud eu la Península.« Y acordado por S. E: el cumplimiento de la preinserta Real órden en 28 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 30 de Mayo de 1879. Joaquín Carbonell. cojer el pliego de .reparos deducido en el exime n de la cuenta de] Tesoro del mes de Febre ro de 1868 presupuesto de 1867 á 6.8, Habana 19 da.Mayo de 1879.'—-El Contador general, P. O., Luis Solano. . ... Y para general conocimiento expedimos la presente, que se insertará en la Gaceta de está capital. Habana 30 do Mayo de 1879.—Los Diputados 8ec.i eiar.es, José F. Vérgez.—J. Pablo Toñárehi.— Vv B9, Vicente Galarza. T. 281 folio 7. D. Rufino Medrano y D. Pablo G. Cáseo, Administrador y Contador que fueron respectivamente de *a Aduana de Cienfuegos, sus apoderados ó herederos, se presentar ii en esta Contaduría general en di¡» hábil y término- de «,aluce á recojer los pliegos de reparos deducidos en el exámen de la ciienl’á dé reo as marítimas del mes de Julio de 1867, presupuestó de 1867 á 68. Habana 19 do Mayo do 1879.—El Contador gen ral, P. ()., Lus Solano. Alcaldía Municipal de, Jaruco. RELACION detallada de los asiáticos existentes en el Depósito de esta Cabecera en concepto de cimarrones en el mes de la fecha. FECHA DE SU INGRESO. NATURA- PUNTO DONDE FUÉ NOMBRES. LIDAD. EDAD Dia. Mes. Año. CAPTURADO. Domingo Lluna Macao 33 19 Diciembre.. 1876 Eu esta Cabecera Nicolás Diaz Canton ... 27 20 Febrero 187b Ingenio «El Banco«.. ■Castor Mac-ao 26 O Alejo 33 2 Pablo Tronchao )) 33 2 )) )) Idem idem Sebastian )) 34 2 Idem idem Eligió 0 Eustaquio... » 51 2 )> )) Idem idem Fernando 35 2 Felix )) 35 16 Abril » En San Antonio Mundo Canton ... 40 24 Octubre Altas. Pío Menendez Macao 33 I, 19 Abril 1879 1 |En esta Ciudad Bajas. Francisco Sierra Macao 54 i? Marzo 1878 Ingenio «San Miguel Habäs 35 i? Idem idem jóse Canton.... 57 16 Abril Caraballo.* . OBSERVACIONES. |f ugaron de los trabajos municipales. Jaruco 1? de Mayo de 1879.—El Alcalde Municipal, P. O., Antonio Puente. Y cumpliendo con lo dispuesto en el Decreto de 14 de Julio de 1876, se publica en la Gaceta para conocimiento general. Habana 21 de Mayo de 1879.—El Secretario, Joaquín Carbonell. Dirección General de Hacienda. Por el Ministerio de Ultramar se comunica al Excmo. Sr. Gobernador General con fecha 20 de Abril último, y bajo el número 875, la Real órden siguiente: «Excmo. Sr.—Vista la carta oficial número 196, fecha 12 de Marzo último, en la que dá cuenta do haber nombrado á D. Camilo Ge-labet t para servir interinamente la plaza de Oficial segundo de la Contaduría general de Hacienda de esa Isla que resulta accidentalmente vacante por hallarse con licencia el propietario de la misma D. Antonio Muñoz; S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido á bien aprobar aquel nombramiento con el carácter de interino.—De Real orden lo comunico á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.» Y acordado por S. E. su cumplimiento en esta fecha, se publica en la Gaceta para general inteligencia. Habana 17 de Mayo de 1879. Lope (Jisbert. Por el Ministerio deoDitramar se comunica al Excmo Sr. Gobernador General con fecha 20 de Abril último, y bajo el núm. 867, la Real órden siguiente: «Excmo. Sr.—S. M. el Rey (q. D. g ) se ha enterado de las cartas oficiales números 140 y 188, fechas' 19 de Febrero y 1. ° de Marzo último, en las cpale-t V. E. se sirve dar cuenta de haber nombradlo interinamente á D. Bernardo Alberieh, Oficial 2. ° Tesorero de Administración Económica de Matanzas y de haber acordado dejar sin efec'o dicho nombramiento.-De Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes » Y acordado por S. E. su cumplimiento en esta fecha, se publica eu la Gaceta para general inteligencia. Habana 17 de Mayo de 1879. Lope Gisbert. Sub-Direccion. Sección 5?—Bienes Embargados. El Excmo. Sr. Director General se ha servido disponer se haga público por medio de la .Gaceta oficial para que llegue á conocimiento de todas, la conveniencia que á los particulares producirá el hacer raenevou en sus instancias di-rijidas á este Centro de su domicilio, pues así se evitarán pérdidas de tiempo en recibir las resoluciones de esta Dirección General y oficinas dependientes déla misma. Habana Mayo 19 de 1879.—El Sub-Director General, José del Campo. Real Audiencia de la Habana. Hay un sello del Gobierno General.—D. Ceferino Gutiérrez, Juez de 1.* I. * 3 * 5 6 7 8 9 10 11 instancia de la Villa de Santa Coloma de Tármes y su partido en la provincia de Gerona.— Por el presente llamo á D. Domingo Sureda y Penamon y Juan Sureda y Penamon, cuyo paradero se ignora, no constando sus s. ñas personales, los cuales eu 15 de Enero de 1873 fueron embarcados por equivocación como prisioneros políticos en el vapor mercante «Alicante» que les condujo desde el puerto de Barcelona á la plaza de Ceuta, desde cuyo punto fueron trasladados á la Isla de Cuba; á fin de que dentro del término de ocho dias se presenten en el presidio de Tarragona á extin- guir las condenas que les fueron impuestas en méritos de causa criminal seguida en este Juzgado contra los mismos sobre robo.—Y en nombre de S. M. el Rey I). Alfonso XII (q. 1). g.) exhorto y requiero á loa Sres. Jueces en cuya circunscripción se encuentren los mencionados Domingo Sureda y Penamon y Juan Sureda y Penamon y á las demás Autoridades, Guardia Civil y agentes de policía judicial que supieren el paradero de los mismos, procedan á su prisión y conducción al presidio de Tarragona.—Dado en Santa Coloma de Tármes á 17 de Marzo de 1879.—Ceferino Gutiérrez.—Por mandado de S. S.—Juan Rotllan, Escribano.—Hay un sello que dice.—Juzgado de 1. p instancia de Santa Coloma de Tármes.—Es copia, Carbonell — Es copia.—El Secretario de Gobierno, Miguel Gardo. Intendencia de Ejército do la Isla de Cuba. Sección Directiva. Debiendo procederse en virtu 1 de orden del Exorno. Sr. Capitán General de esta Isla de 18 del corrieute mes, á contratar el servicio de trasportes por mar en buques de vapor entre los puertos de la Habana, Nuevitas, Gibara, Baracoa, Cuba y Puerto Rico, del personal y material de Guerra, se convoca por el presénte á cuantos pueda interesar á una pública licitación que tendrá lugar á las 12 de la mañana del dia 5 del mes ent’ante Junio, en los estrados de esta Intendencia de Ejército, bajo las condiciones, garantías y precios límites que se consignan en los respectivos pliegos que juntamente con el modelo de proposición se bailan de manifiesto desde este dia en la Secretaría do la referida Intendencia de Ejército. Las proposiciones se presentarán en pliegos cerrados que deberán presentarse basta media hora antes de empezarse esta. Para ser válidas las proposiciones se necesita vayan acompañadas de la carta de pago creditiva del depósito hecho en la Tesorería General de Hacienda ó en la de la Administración Económica, de dos mil pesos oro, depósito que el rematante deberá elevar una vez aprobado el contrato por la Superioridad á la suma que previene la condición 39 del pliego de condiciones. Las proposiciones que carezcan del requisito expresado anteriormente, así como los que excedan del precio límite, ó que no se hallen sujetas al pliego modelo de proposición, serán declaradas inadmisibles y terminado el acto devuelto á sus autores la carta del depósito hecho. Los casos y dudas que no se hallen previstos en el pliego de condiciones, se regirán y resolverán por lo preceptuado en el Decreto de 29 de Febrero, Instrucción de 3 de Junio de 1852, y demás disposiciones referentes á la contratación de servicios públicos por el Estado. Habana 18 de Mayo de 1879.—El Jefe de Ja Sección Directiva, Valeriano García.—V9 B9 El Sub-Intendente, Pedro M. García. Contaduría General de Hacienda. Secretaria. Negociado de Reparos.—T. 280 f. 99. D. Gabriel Vela, Contador cesante de la Administración general de Loterías, su apoderado ó herederos 88 presentarán en esta Contaduría general en dia hábil y término de quince, á re- Negociado de Ueparoa.-^r-T. núm.277r£, 98. Los herederos de D. Ramón de Beruefe se presentarán eu esta Contaduría en dia hábil y término de quince, á recojer el pliego de reparos deducidos en' ól'éx>nien de la cuenta de gastos públicos ordinarios dé a misma del mes de Agosto de 1859. . Habana 12 de Mayo de 1878 —El Contador general, P. O., Luis Sota o. T. 237 folio 102. D. Rafael Carrillo, Administrador cesante de Loterías, su apoderado ó herederos se pre sentarán eu es'a Contaduría en dia hábil y término de quince, á recojer el pliego de reparos deducidos en el exámen dé lá cuenta de Rentas públicas del mes de Octubre de 1865. Habana 29 de Mayo de 1879.—El Contador general, !’. O., Luis de Solano. T. 284 folio 101. D. Ramón Válénzuélá, Administrador que rué da la depositaría de Pinar del Rio, su apoderado ó herederos sé presentarán en esta Contaduría en dia hábil y término de quince, á reec-jer el pliego de reparos deducidos en el exámen de la cuenta del Tesoro del mes de Octubre de 1866. Habana 29 de Mayo de 187-9,-—El Conta lor general, P. O., L,uis Solmo. T. 285 folio 101. / ... D. Antonio López Quintana y D. Mariano Algarra, Administrador y Contador que fueron de la Aduanado Cienfuegos, sus apodéralos 6 herederos se presentarán en esta Contaduría en dia hábil y término de quince, á recojer los pliegos de reparos deducidos en el exámen de la cuenta de rentas marítimas del mea de Octubre de 1867, presupuesto de 1867--68. Habana 29 de Mayo de 1879. —El Contador general, P. O., Luis Solano. T. 283 fólio 101. D. Rufino Medrado y D. Pablo Caso, Administrador y Cpnt.ador que fueron r spécti vá-mente de la Aduana.de Cienfuegos, tus apode rados ó herederos.se. presentarán cuesta Conta duria en dia lábil.y..término.de quince, á recojer los pliegos de reparos de la cuenta do Rea tus Marítimas del mes de Agosto de 1867, presupuesto de 1867 á 63. Habana 29 de Mayo de 1879 —El Conlador general, P. O., Luis solano: lü'stccc on general «le Obrss Públicas de la isla de cuba. Acordado por el IlmovStv Secretario del Gobierno General, con fecha 5 del comente so saque nuevarn :nte á subas a para rematart>o en ol mejor postor, el gánguil lancha número 1 perteneciente al armamento de limpia del puerto-de la -Habana, bajo las mismas bases y pliego de condiciones insertos en la Gaceta oficial correspondiente ul dia 24 de Enero del corriente añ », excepto en ei precio del mismo que se ha rebajado á trescientos pesos en oro, he dispuesto que dicho acto tenga lugar el dia 11 del próximo mes de Junio, y hora de las 12 de su mañana en las ofic'nas de esta Inspección, calle de Cuarteles númoro.4.......... ............ Habana Mayo 27 de 1879.—El Inspector gene ral interino, Francisco Quiñones. SEGUNDA SECCION. Gobierno Civil «ie la Provincia de Santa Clara. Fecretaria. D biondo procedersi á la subasta del Bolelin oficial de esta Provinci#, por no haber teñido efecto por falta dr lidiadores la» anunciadas para los dias 20 de Noviembre, 2 y 14 de Diciembre último, estándose hoy verificando este servicio mediante un contrato especial, el Excmo. Sr. Ge bernador civil se ha servido disponer que dichasubasta tenga nuevamente efecto con estricta sujeción al siguiente Pliego de condiciones con arreglo á las cuales ba de verificarse la subasta para la impresión y publicación del.Boletín oficial correspondiente á la Provincia de Santa Clara. Se publicó en la Gaceta de los dias 22, 23 y 24 del corriente. Diputación ¡Provincial déla Habana. Secretaría. En la sesión celebrada ayer, acordó esta Exorna. Corporación, proveer por eoncarso las plazas de Depositario y Contador de la misma, dotada con el sueldo de dos mil posos anuales cada una y que se conv< que á los aspirantes á ellas, t fin de que en el término de ocho dias contados desde la fecha, presenten sus 'estancias documentadas en esta Secretaría, que se halla establecida en el odifioio que ocupa el Gobierno Civil de la Provínola, debiendo prestar respectivamente el Depositario y Contador fianzas por diez mil y cinco mil pesos en oro, do igual olase a las que, según las disposiciones vigentes ex-ge la Hacienda en casos análogos. A*m oistracion Económica de la Provincia. ;>! Y- : i- } ‘. t. Consumo de ganado. ' Debiendo procederse á la subasta del consumo de ganado do la jurisdicción municipal que se ex-proaá,'bitj r ol tipo quo no indica y con tmjetiirvn al pliego gonerat <ie condiciones do primero de Marzo 'tfe mil óchocieutósset nta y ocho que se insertan cotilinunción y estiirá do manifiesto en la Administración'Económica de esta provincia y en la Colecturía de R .ritas d i Santiago de las Vegas, lo hago abev our medio de este anuncio para la debida publicidad. Dicha subasta tendrá lugar el dia quo se determina á las doce en punto de ía mañana, siendo simultánea eu la expresada Administración y eu Ja Colecturía de Rentas respectiva á que pertenece el consumo por el cual se abre licitación. Dtistrito municipal. Tipo para la subasta. Limes 23 de Junio de 1879. Santiago de las Vega“.... $7.500-50 oro al año. Habana Mayo 16 de 1879.—El Jefe Económico, Primo Oitega. El pliego de condiciones se publicó en la Gaceta de los dias £7,'28 y 29 del corriente. . Debiendo procederse á la subasta del consumo do ganado de la jurisdicción municipal que se expresa bajo el tipo que se indica y con sujeción al pliego general do condiciones fecha primero de Marzo de mil ochocientos setenta y ocho, que so inserta á continuación y estará de manifiesto en la Administración Económica de esta provincia y en la Colecturía de Rentas de Bejucal, lo hago saber por medio de este annnoio para la debida publicidad. Dicha subasta tendrá lugar el dia que se determina á las doce en punto de la mañana, siendo simultánea en la expresada Administración y Colecturía de Rentas á que pertenece el consumo por e| cual so abro licitaoion. Distrito municipal. Tipo para la subasta. Lúnos 7 de Julio de 1879. Bejucal ................... $4.583—63 oro al año. Habana 27 de Mayo de 1879.—El Jefe Económico, Primo Ortega. Pliego general do condiciones para la subasta del arbitrio de consumo de ganados de las jurisdicciones municipales de la isla. I. 01 La subasta se celebrará simultáneamente ol mismo dia y hora en la Administración de Rentas do lu Habana y en la A.lministváoion ó Colecturía del ramo da la respectiva localidad, ante las Juntas compiles as en la Habana del Administrador y Contador de Rentas de la misma, del letrado consultor y del Oficial dol Negociado quo actuará como Secretario y en las Administraciones y Colecturías del ramo fuera de la llábana, del Administrador ó Colector y del Contador de Rentas, del Promotor fiscal, donde lo hubiere y del Oficial del Negociado como Secretario. 2.-* El (lontrato se hará por dos años que se contarán desde el dia que obtenga su aprobación el remate prèvia la garantía quo dotermina la condición 13i 3.13 No so admitirá proposición que no se «justo al modelo que se acompaña debiendo igualar ó exceder al tipo si Balado en ol annnoio, con ¿la cual se acompañará la carta de pago del depósito quo se expresa en la condición CU. 4-,35 Para ter rematador so necesita no tener incapacidad legal ni #er deudor á la Hacienda. 5.35 Pueden hacerse proposiciones por pliegos separados á uno ó masdistiitos municipales, expresando en los sobres cuáles sean. 6. a Para la presentación da las proposiciones es requisito indispensable acompañar la cédula de véci no ad y oarta de pago, que acredite haber depositado en el Tesoro, el importe de un trimestre del tipo ánno por el que el arbitrio so saca á. pública -ubasti). Este depositó se hará precisamente en metálico, en Bonos del Tesoro de la emisión de veinte millones, ó en acciones dtl Banco Español de la Habana por yu valor efectivo, ó de plaza al tipo del dia anterior al del depósito sobre la base de oro. 7. * Las proposiciones se harán en pliego terrado con arreglo al modelo adjunto expresando en letra la cantidad que so ofrezca para obtener la adjudicación. 8. a Los pliegos pueden presentarse indistintamente eu la Administración de Rentas de la Habana, ó.eu las Administraciones ó Colecturías de Rentas donde se celebren las dobles y simultáneas subastas desde el dia que se publique el primer anun ció en la Gaceta hasta la hora en queso abra la subasta. 9. * Llegado el dia y hora dosignados para la subasta se reunirán en las Dependencias respectivamente correspondientes, las juntas que expresa la condición 1. * y durante media hora continuarán recibiéndose pliegos de proposiciones numerándolos por el órden de su entrega y se darán á los licitado-roscuantas explicaciones juzguen necesarias Trascurrida la media bora no se udrailirán más pliegos y se declarará abierta la subasta á la que se dará principio con la lectura del pliego de condiciones después de lo quo se abrirán y leerán los pliegos por su órden y si resultasen algunos iguales entre sí podrán mejorarse las ofertas por sus autores con pujus á la llana por espacio de eneo minutos. 10. La junta declarará en el acto cual de las proposiciones leídas es la más ventajosa, considerando como tal la que ofrozca mayor cantidad. II. Inmediatamente se redactará el acta del remate firmándola los individuos de la Junta, y el autor de la mejor proposición. 12. El remate no se considerará tal hasta que obtenga la aprobación de la Dirección General de Hacienda. 13. El rematador entrará en el ejercicio de sus fanciones tan luego eea aprobado el remate por la Dirección General de Hacienda- Id. El nuevo rematador completará dentro del plazo de quince dias á contar desde el en que tome posesión del remate por vía de fianza, el’trimos-tre prèviamente depositado con la diferencia que resulte entre el tipo de la subasta y el precio obtenido en el remate. Si trascurrido el expresado plazo no hubiese ingresado en el Tesoro la mencionada diferencia y solicitado la consi¡íucion de lá fianza, se tendrá por anulado el remate fien.pérdida dé lá canl'dad depositada y de lo recaudado | nr cuenta del si-bitrio que el nueVo rematador deberá haber enterado el primer dia hábil do cada semana. 15. El rematador queda obligado á entregar el primer dia.hábjl do cada semana eliïnporte proporcional correspondiente á la ascendencia del remate. _________ _________ 16. Los rematadores subrogados por medio del remate eu el lugar y grado de la Hacienda adquieren el derecho de cobrar en jurisdicción correspondiente las ountidades siguientes: Tres pesos cincuenta centavos eu metálico porcada rea mayor como bueyes, vacas, toros y terneros que se maten para el abasto. Un peso por cada cabeza do ganado menor indistintamente. 17. Se exceptúan del pago do los derechos determinados en la condición anterior, las resaa mayores y mónores que so maton con licencia d«l Gobierno on las casas particulares, en las fincas.do campo, empresas y .establecimientos con tal que sea sólo para el consumo de sus moradores. No están exceptuados los cafés, fondas, hoteles y colegios de odueaciOn. En el caso probado do que se destine al expendio público algunas de las resescomprendidas en los (casosseñalados en la primera parte de esta condición, el cabeza o jefe de familia, dueño ó representante de la empresa ó establecimiento, abonará al rematador el derecho correspondiente y además satisfará en ol papel equivalente la multa de treinta pesos por la primera voz y sesenta por la segunda, cayendo la ca-ne en pena de oomiso, cuyo importe en venta ingresará on areas del Tesoio. 18. Las carnes que so beneficien en una juris-diooion municipal no podrán introducirse en otra para su expendio sin conocimiento del rematador del arbitrio on el punto de la introducción, bajo las péñus marcadas en el artículo próximo anterior; bien entendido que esta prohibición no quita á los particulares el derecho de proveerse para su consumió en el punto quemas les acomode aun cuando sea de extraña jurisdicción. 19. Si el rematador faltare á alguna de las oondieiones estipuladas, se rescindirá el contrato saoándose á nuevo remato, siendo de su cargo abonar á la Hacienda la diferencia que resulte contra la misma, además de lo» daños y perjuicios que por nú causa se hubiesen originado. 20. La Dirección general de Hacienda resolverá por la vía gube. nativa las cuestiones que con este motivo se susciten y en caso dea'jjjravu) podrán los rematadores acudir en I» vía contencioso-admi nistrativa ante el Excmo. Consejo do Administra-..... ciom 21. El rematador i)o tendrá derecho á rescindir el contrato ni á pedir indemnización sino en el caso que ro redujesen los don.olios que se detallan on la condición 17- 22. Ei rematador se compromete á participar verbal monto'y por escrito á la Dirección general do Hacienda y a la Administración de Rentas á quo corresponda la jurisdicción municipal, cuyo arbitrio de consumo de ganados lleva.en arriendo, la terminación de oato con tres meses de anticipación, bajo pena do la mulla do una cantidad igual al precio dol remato durante el tiempo quo hubiese dllorido el av¡Ho¿ 23. Si torminado el arriendo no se hubiese subastado de nuevo este servicio, ó verificado el remate del mismo no hubieso recaído la aprobación superior, so obliga asimismo el rematador á continuar ol servicio bajo las condiciones,estipuladas eu este pliego por un plazo quo no excederá de tres meses. 24. lis obligación do las autoridades civiles y económicas protejer á los rematadores en la justa icireopcion dol impuesto; pero no lo es ménos ía do amparar á los contribuyentes evitando abusos, in-jusiieias y vejámenes por parte.de los rematadores. 25. Todos los gastos que so originen on la subasta incluso los anuncios en la Gaoeta oficial, escritura y demás hasta que se dé posesión deí servicio al rem Jante, serán de cuenta do ésto}' habrá de presentar un testimonio por duplicado de la escritura en la Dirección General do Hacienda para que obre los efectos correspondientes. Rabana 19 de Marzo de 1878.—José Cánovas dtl Castillo. Modelo de proposiciones, D............vecino de....... callo..núm...... ¿...enterado del anuncio y condiciones quo se han publicado en la Gacota de focha .......para subas- tar por dos años el impuesto, extraordinario sobre el consumo do ganado del distrito-municipal de_____ ofrece por dicho servjcio la eautidad de.....pesos eh oro cada año, ateniéndose en un todo á las condiciones citadas. Feoha .y firma. Se escribirá en el sobre del pliego? «Contiene . proposiciones para el impuesto de consumo de ganado de.......(el punto que sea.) j Debiendo procederse a la subasta del consumo Jé ganado de la jurisdicción municipal quo so expresa, bajo el tipo que se indica y con sujeción al pliego general de condiciones fecha primero de Marzo de 1878, que se inserta á .continuación y estará de manifiesto en la Administración Económica do esta Provincia y en la Colecturía ^le Rentas de Nueva Paz, lo hago saber por medio de este aunncio para ln, debida inteligencia. | Dicha subasta tendrá lugar el dia que se determina á las doce en pinto de la mañana, siendo simultánea-én la expresada Administración y en la Colecturía respectiva á que perteneco el consuno por el cual’se'abfe licitación. Distrito Municipal. Tipo para la subasta. Viérnes 13 de Junio de 1879. Nueva Prz..... $ 1.115 oro al añp. Habana 8 de Mayo de 1879.—El Jefe Económi-Primo Ortega. El pliego de condiciones se publicó eu la Gaceta de los dias 18, 20 y 21 del corriente. eo, Negociado de Alcances. Las personas en cuyo poder se hallen las cartas de pago de laR fianza« constituidas por D. José M9 Nogueras y D. Jutn Trnjillo, Administrador y Contador que fueron respectivamente de la Aduana de esta capital en Diciembre de 1866, Enero y Febroro do 1867, se servirán presentarlas en esta Administración en ol término do quinto día á contar desde la publicación del presente anuncio. Habana 30 de Mayo de 1879.—El Jefe Económico, Primo Ortega, i
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 129-153, Junio de 1879 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1879-06 |
Coverage Temporal | 1870-1879 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (76 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000617 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000617 |
Digital ID | chc99980006170001001 |
Full Text |
Ufi
GACETA
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO.
NUM. 129.
Domingo 1? de J rniio de 1879 (Pascua de Pentecostó^).-Santos S .‘'r.mdo, Felino, Giviciiiianoy Pan tilo.-< Circulai- en la TerceraOrdeu deSïin Xgut't in
PARTE OFICIAL.
PRIMERA SECCION.
OFICINAS SUPERIORES GENERALES.
GOBIERNO OENERAIIE U ISLA BE CUBA.
SECRETARIA.
ElExcmo. Sr. Gobernador General en uso de las facultades que le concede el artículo 7.° de la Ley provisional Municipal de 21 Junio de 1878'y prévios los requisitos que en el mismo se determinan, se ha servido acceder á lapretension de los vecinos de los cuartones de J?ipian, Ojo de A'gua, Jobo y Naranjito, concediéndoles la creación de Municipio y la consiguiente elección de Ayuntamiento propio, segregándose al efecto de la jurisdicción Municipal de Madruga á donde hasta ahora han pertenecido.
Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta para general conocimiento.
Habana 30 de Mayo de 1879.
El Secretario del Gobierno General,
Joaquín Carbonell.
Política.—Asuntos judiciales.
Por el Ministerio de Ultramar, se comunica con fecha 7 del corriente al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real órden siguiente:
«Excmo. Sr.—Eu vista de lá instancia promovida por D. Antonio Izquierdo y Pozo, Juez de P instancia del Distrito del Cerro, de osa Capital, y de la certificación facultativa que acom paña y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo tercero del Real Decreto de veinte y seis de Abril del año último, S. M. el Rey (q. D. g ) se ha servido concederle seis meses de licencia para atender al restablecimiento de su salud eu la Península.«
Y acordado por S. E: el cumplimiento de la preinserta Real órden en 28 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento.
Habana 30 de Mayo de 1879.
Joaquín Carbonell.
cojer el pliego de .reparos deducido en el exime n de la cuenta de] Tesoro del mes de Febre ro de 1868 presupuesto de 1867 á 6.8,
Habana 19 da.Mayo de 1879.'—-El Contador general, P. O., Luis Solano. . ...
Y para general conocimiento expedimos la presente, que se insertará en la Gaceta de está capital.
Habana 30 do Mayo de 1879.—Los Diputados 8ec.i eiar.es, José F. Vérgez.—J. Pablo Toñárehi.— Vv B9, Vicente Galarza.
T. 281 folio 7.
D. Rufino Medrano y D. Pablo G. Cáseo, Administrador y Contador que fueron respectivamente de *a Aduana de Cienfuegos, sus apoderados ó herederos, se presentar ii en esta Contaduría general en di¡» hábil y término- de «,aluce á recojer los pliegos de reparos deducidos en el exámen de la ciienl’á dé reo as marítimas del mes de Julio de 1867, presupuestó de 1867 á 68.
Habana 19 do Mayo do 1879.—El Contador gen ral, P. ()., Lus Solano.
Alcaldía Municipal de, Jaruco.
RELACION detallada de los asiáticos existentes en el Depósito de esta Cabecera en concepto de cimarrones en el mes de la fecha.
FECHA DE SU INGRESO.
NATURA- PUNTO DONDE FUÉ
NOMBRES. LIDAD. EDAD Dia. Mes. Año. CAPTURADO.
Domingo Lluna Macao 33 19 Diciembre.. 1876 Eu esta Cabecera
Nicolás Diaz Canton ... 27 20 Febrero 187b Ingenio «El Banco«..
■Castor Mac-ao 26 O
Alejo 33 2
Pablo Tronchao )) 33 2 )) )) Idem idem
Sebastian )) 34 2 Idem idem
Eligió 0 Eustaquio... » 51 2 )> )) Idem idem
Fernando 35 2
Felix )) 35 16 Abril » En San Antonio
Mundo Canton ... 40 24 Octubre
Altas.
Pío Menendez Macao 33 I, 19 Abril 1879 1 |En esta Ciudad
Bajas.
Francisco Sierra Macao 54 i? Marzo 1878 Ingenio «San Miguel
Habäs 35 i? Idem idem
jóse Canton.... 57 16 Abril Caraballo.*
.
OBSERVACIONES.
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ugaron de los trabajos municipales.
Jaruco 1? de Mayo de 1879.—El Alcalde Municipal, P. O., Antonio Puente.
Y cumpliendo con lo dispuesto en el Decreto de 14 de Julio de 1876, se publica en la Gaceta para conocimiento general.
Habana 21 de Mayo de 1879.—El Secretario, Joaquín Carbonell.
Dirección General de Hacienda.
Por el Ministerio de Ultramar se comunica al Excmo. Sr. Gobernador General con fecha 20 de Abril último, y bajo el número 875, la Real órden siguiente:
«Excmo. Sr.—Vista la carta oficial número 196, fecha 12 de Marzo último, en la que dá cuenta do haber nombrado á D. Camilo Ge-labet t para servir interinamente la plaza de Oficial segundo de la Contaduría general de Hacienda de esa Isla que resulta accidentalmente vacante por hallarse con licencia el propietario de la misma D. Antonio Muñoz; S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido á bien aprobar aquel nombramiento con el carácter de interino.—De Real orden lo comunico á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.»
Y acordado por S. E. su cumplimiento en esta fecha, se publica en la Gaceta para general inteligencia.
Habana 17 de Mayo de 1879.
Lope (Jisbert.
Por el Ministerio deoDitramar se comunica al Excmo Sr. Gobernador General con fecha 20 de Abril último, y bajo el núm. 867, la Real órden siguiente:
«Excmo. Sr.—S. M. el Rey (q. D. g ) se ha enterado de las cartas oficiales números 140 y 188, fechas' 19 de Febrero y 1. ° de Marzo último, en las cpale-t V. E. se sirve dar cuenta de haber nombradlo interinamente á D. Bernardo Alberieh, Oficial 2. ° Tesorero de Administración Económica de Matanzas y de haber acordado dejar sin efec'o dicho nombramiento.-De Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes »
Y acordado por S. E. su cumplimiento en esta fecha, se publica eu la Gaceta para general inteligencia.
Habana 17 de Mayo de 1879.
Lope Gisbert.
Sub-Direccion.
Sección 5?—Bienes Embargados.
El Excmo. Sr. Director General se ha servido disponer se haga público por medio de la .Gaceta oficial para que llegue á conocimiento de todas, la conveniencia que á los particulares producirá el hacer raenevou en sus instancias di-rijidas á este Centro de su domicilio, pues así se evitarán pérdidas de tiempo en recibir las resoluciones de esta Dirección General y oficinas dependientes déla misma.
Habana Mayo 19 de 1879.—El Sub-Director General, José del Campo.
Real Audiencia de la Habana.
Hay un sello del Gobierno General.—D. Ceferino Gutiérrez, Juez de 1.* I. * 3 * 5 6 7 8 9 10 11 instancia de la Villa de Santa Coloma de Tármes y su partido en la provincia de Gerona.— Por el presente llamo á D. Domingo Sureda y Penamon y Juan Sureda y Penamon, cuyo paradero se ignora, no constando sus s. ñas personales, los cuales eu 15 de Enero de 1873 fueron embarcados por equivocación como prisioneros políticos en el vapor mercante «Alicante» que les condujo desde el puerto de Barcelona á la plaza de Ceuta, desde cuyo punto fueron trasladados á la Isla de Cuba; á fin de que dentro del término de ocho dias se presenten en el presidio de Tarragona á extin-
guir las condenas que les fueron impuestas en méritos de causa criminal seguida en este Juzgado contra los mismos sobre robo.—Y en nombre de S. M. el Rey I). Alfonso XII (q. 1). g.) exhorto y requiero á loa Sres. Jueces en cuya circunscripción se encuentren los mencionados Domingo Sureda y Penamon y Juan Sureda y Penamon y á las demás Autoridades, Guardia Civil y agentes de policía judicial que supieren el paradero de los mismos, procedan á su prisión y conducción al presidio de Tarragona.—Dado en Santa Coloma de Tármes á 17 de Marzo de 1879.—Ceferino Gutiérrez.—Por mandado de
S. S.—Juan Rotllan, Escribano.—Hay un sello que dice.—Juzgado de 1. p instancia de Santa Coloma de Tármes.—Es copia, Carbonell — Es copia.—El Secretario de Gobierno, Miguel Gardo.
Intendencia de Ejército do la Isla de Cuba.
Sección Directiva.
Debiendo procederse en virtu 1 de orden del Exorno. Sr. Capitán General de esta Isla de 18 del corrieute mes, á contratar el servicio de trasportes por mar en buques de vapor entre los puertos de la Habana, Nuevitas, Gibara, Baracoa, Cuba y Puerto Rico, del personal y material de Guerra, se convoca por el presénte á cuantos pueda interesar á una pública licitación que tendrá lugar á las 12 de la mañana del dia 5 del mes ent’ante Junio, en los estrados de esta Intendencia de Ejército, bajo las condiciones, garantías y precios límites que se consignan en los respectivos pliegos que juntamente con el modelo de proposición se bailan de manifiesto desde este dia en la Secretaría do la referida Intendencia de Ejército.
Las proposiciones se presentarán en pliegos cerrados que deberán presentarse basta media hora antes de empezarse esta. Para ser válidas las proposiciones se necesita vayan acompañadas de la carta de pago creditiva del depósito hecho en la Tesorería General de Hacienda ó en la de la Administración Económica, de dos mil pesos oro, depósito que el rematante deberá elevar una vez aprobado el contrato por la Superioridad á la suma que previene la condición 39 del pliego de condiciones. Las proposiciones que carezcan del requisito expresado anteriormente, así como los que excedan del precio límite, ó que no se hallen sujetas al pliego modelo de proposición, serán declaradas inadmisibles y terminado el acto devuelto á sus autores la carta del depósito hecho.
Los casos y dudas que no se hallen previstos en el pliego de condiciones, se regirán y resolverán por lo preceptuado en el Decreto de 29 de Febrero, Instrucción de 3 de Junio de 1852, y demás disposiciones referentes á la contratación de servicios públicos por el Estado.
Habana 18 de Mayo de 1879.—El Jefe de Ja Sección Directiva, Valeriano García.—V9 B9 El Sub-Intendente, Pedro M. García.
Contaduría General de Hacienda.
Secretaria.
Negociado de Reparos.—T. 280 f. 99.
D. Gabriel Vela, Contador cesante de la Administración general de Loterías, su apoderado ó herederos 88 presentarán en esta Contaduría general en dia hábil y término de quince, á re-
Negociado de Ueparoa.-^r-T. núm.277r£, 98.
Los herederos de D. Ramón de Beruefe se presentarán eu esta Contaduría en dia hábil y término de quince, á recojer el pliego de reparos deducidos en' ól'éx>nien de la cuenta de gastos públicos ordinarios dé a misma del mes de Agosto de 1859.
. Habana 12 de Mayo de 1878 —El Contador general, P. O., Luis Sota o.
T. 237 folio 102.
D. Rafael Carrillo, Administrador cesante de Loterías, su apoderado ó herederos se pre sentarán eu es'a Contaduría en dia hábil y término de quince, á recojer el pliego de reparos deducidos en el exámen dé lá cuenta de Rentas públicas del mes de Octubre de 1865.
Habana 29 de Mayo de 1879.—El Contador general, !’. O., Luis de Solano.
T. 284 folio 101.
D. Ramón Válénzuélá, Administrador que rué da la depositaría de Pinar del Rio, su apoderado ó herederos sé presentarán en esta Contaduría en dia hábil y término de quince, á reec-jer el pliego de reparos deducidos en el exámen de la cuenta del Tesoro del mes de Octubre de 1866.
Habana 29 de Mayo de 187-9,-—El Conta lor general, P. O., L,uis Solmo.
T. 285 folio 101. / ...
D. Antonio López Quintana y D. Mariano Algarra, Administrador y Contador que fueron de la Aduanado Cienfuegos, sus apodéralos 6 herederos se presentarán en esta Contaduría en dia hábil y término de quince, á recojer los pliegos de reparos deducidos en el exámen de la cuenta de rentas marítimas del mea de Octubre de 1867, presupuesto de 1867--68.
Habana 29 de Mayo de 1879. —El Contador general, P. O., Luis Solano.
T. 283 fólio 101.
D. Rufino Medrado y D. Pablo Caso, Administrador y Cpnt.ador que fueron r spécti vá-mente de la Aduana.de Cienfuegos, tus apode rados ó herederos.se. presentarán cuesta Conta duria en dia lábil.y..término.de quince, á recojer los pliegos de reparos de la cuenta do Rea tus Marítimas del mes de Agosto de 1867, presupuesto de 1867 á 63.
Habana 29 de Mayo de 1879 —El Conlador general, P. O., Luis solano:
lü'stccc on general «le Obrss Públicas de la isla de cuba.
Acordado por el IlmovStv Secretario del Gobierno General, con fecha 5 del comente so saque nuevarn :nte á subas a para rematart>o en ol mejor postor, el gánguil lancha número 1 perteneciente al armamento de limpia del puerto-de la -Habana, bajo las mismas bases y pliego de condiciones insertos en la Gaceta oficial correspondiente ul dia 24 de Enero del corriente añ », excepto en ei precio del mismo que se ha rebajado á trescientos pesos en oro, he dispuesto que dicho acto tenga lugar el dia 11 del próximo mes de Junio, y hora de las 12 de su mañana en las ofic'nas de esta Inspección, calle de Cuarteles númoro.4.......... ............
Habana Mayo 27 de 1879.—El Inspector gene ral interino, Francisco Quiñones.
SEGUNDA SECCION.
Gobierno Civil «ie la Provincia de Santa Clara.
Fecretaria.
D biondo procedersi á la subasta del Bolelin oficial de esta Provinci#, por no haber teñido efecto por falta dr lidiadores la» anunciadas para los dias 20 de Noviembre, 2 y 14 de Diciembre último, estándose hoy verificando este servicio mediante un contrato especial, el Excmo. Sr. Ge bernador civil se ha servido disponer que dichasubasta tenga nuevamente efecto con estricta sujeción al siguiente
Pliego de condiciones con arreglo á las cuales ba de verificarse la subasta para la impresión y publicación del.Boletín oficial correspondiente á la Provincia de Santa Clara.
Se publicó en la Gaceta de los dias 22, 23 y 24 del corriente.
Diputación ¡Provincial déla Habana.
Secretaría.
En la sesión celebrada ayer, acordó esta Exorna. Corporación, proveer por eoncarso las plazas de Depositario y Contador de la misma, dotada con el sueldo de dos mil posos anuales cada una y que se conv< que á los aspirantes á ellas, t fin de que en el término de ocho dias contados desde la fecha, presenten sus 'estancias documentadas en esta Secretaría, que se halla establecida en el odifioio que ocupa el Gobierno Civil de la Provínola, debiendo prestar respectivamente el Depositario y Contador fianzas por diez mil y cinco mil pesos en oro, do igual olase a las que, según las disposiciones vigentes ex-ge la Hacienda en casos análogos.
A*m oistracion Económica de la Provincia.
;>! Y- : i- } ‘. t.
Consumo de ganado.
' Debiendo procederse á la subasta del consumo de ganado do la jurisdicción municipal que se ex-proaá,'bitj r ol tipo quo no indica y con tmjetiirvn al pliego gonerat |
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Archive | chc99980006170001001.tif |
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