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LA HABANA. M NUM. 1. =F=F=7 4=4= PERIODICO OFICIAL. DEC CODIERAI. Juéves 1- de Enero de 1680.-Í La Circuncisión del Señor-—Circular en la Merced- PARTE OFICIAL. PRIMEVA SECCION. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. _ ____ numuiOANnu/ SECRETARIA. Sección de Política.—Personal. •Vacaute eu cata Secretaría una plaza de es-cribieute de-cuarta clase, dotada con el haber ¡ mial do 400 pedos,todoi los aspirantes á ella so servirán presentir sus solicitudes en el Negociado del Pe.sonal denla citada oficina, para la oposición que tendrá lugar ocho dias después de la pulicacion de este anuue'o, con sujeción á las prescripciones que determina el decreto del Gobierno General fecha cinco de Mayo último. Habana 30 de Diciembre de 1879. Joaquín Carbonel'. Sección Política.—Asuntos Judiciales. Por el Ministerio do Ultramar se comunica con fecha 21 de Noviembre último al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real orden siguiente: «Excmo. Sr.:—-En vista de la instancia elevada á este Ministerio por D. José María Martos, Presidente de Sala, electo de la Au ¡iencia de Puerto-Príncipe, en solicitud de dos meses do próroga á la licencia que por enfermo y término de cuatro le fue concedida por Real orden do ve nte y seis do Noviembre de J878, siendo Magistrado de la Audiencia de Manila, resultando quo por Real decreto da seis de Diciembre del mismo año fué nombrado Presidente do Salado la citada Audiencia de Manila;, resultando que dicho funcionario desembarcó el dia veinte»'' Enero del corrionto año en el puerto de Parce-lona; resultando que por Real decreto de seis de Junio próximo pueado fué nombrado Presidente de Sala de la de Puerto-l’iíncipe; resultando que por Real orden de diez y nueve de Julio último le fué concedida proróga de embarque hasta el 20 de Setiembre siguiente; resultando quo por Real órden de cuatro de OHuhro próximo pasado le fué concedida nueva Jirúroga do embarque por término de dos mesesjiy considerando que dicho funcionaría no so halla en uso de licencia, puesto que esta «aducó en virtud de los Reales decretos ya citados, por losque se le nombraba Presidente de S»la de ¡a3 Audiencias de Manila y Puerto-Prínciie, según lojdispuesto eu el ar tículo 88 del Reglamento orteuico de las carreras civiles de Ultramar de tres de Junio de rail ochocientos setenta y seis, S.M. el Rey [q. D. g’J ha teuido á bie» desestimar la referida inetanca, o, siji Las proposiciones se presentarán en pbego cerrado y < starán redactadas con estricta sujeción al modelo adjunto, debiendo contener la car a de pago que acredite haber depositado eu la Tesorería General de Hacienda la cantidad de ciento cincuenta pesos en metálico ó sus equivalentes en las especies que señala la referida Instrucción, como garantía para ser licitador. La falta de cualquiera de estos requisitos será causa de nulidad de la proposición presentada; y serán nulas tamb en aquePas que exce dan del importe del presupuesto de contrata. En el caso de dos ó más proposiciones igua-j les se abrirá una licitación verbal entre sus auto-| resjpor solo diez minutos. Los gastos de anunci sy escritura del remate serán abonados por la persona á quien se adjudiquen las obra?. Habana Diciembre 22 de 1879.— Toribio Martin, Secretar o. Modelo de proposición. D. N... N... vecino de... ca le., número... enterado del anane o inserto eu la Gaceta Oficial del'dia... y de las condiciones y demás requisitos pie se exigen para la subasta de las obras de I reparación del Palacio Episcopal, se comprome-| te á ejecutarlas, bajo el pliego de condiciones publicado, por la cantidad de... (la cautidad se expresará en letra.) Fecha y firma. MODELO DE PROPOSICIONES. 1876 para los remates do obras públicas, y las especiales comprendidas en este pliego par-í ticular. D. N... N... vecitio de... enterado del anun- 2.85 Se obligará á entregar en el almacén ¡ ció publicado eu la Gaceta Oficial, número... del <L1 Cuerpo de Telégrafos de esta Capital, en el día... y las condiciones para subastare! material do línea que se relaciona con destino á reparación J conservación de las de la red telegráfica de esta Isla,-se compromete á facilitarlo por la suma de... pesos y bajo las condiciones aprobadas. Fecha y firma. Inspección General de Obras Públicas. No habiendo tenido efecto por Lita de liei- Pliego de condiciones nómicas. administrativas y eco- concediendo, sin embargo, al Sr. D. José María Martos autorización para permanecer en la Pe-1 niusula hasta e| dia diez de Diciembre próximo.* Y acordado por S. E. el cumplimiento de la preinserta Real órden en 20del que cursase publica en la Gaceta Oficial para generd cono cimiento. Habana 27 do Diciembre de 1879. Joaquín ytrbonell. Por el Ministerio de Ultra rafe, se comunica con fecha 28 del mes próximo pasado al Excmo. Sr. Gobernador General, laReal óldeu siguiente: «Excmo. pr.:—Vista la carta oficial número 28, de treilta de Setiembre último, en que el Presidente de la Audiencia de Puerto-Príucipe eleva instancia de I). José María Sabor ido y Ruiz, Secretario de dicha Audicnda, en solicitud de licencia para atender al restiblecimienlo de su salud, p con arreglo á lo prevenido en el Real decreto de veinte y seis de Abril de mil ochocientos Retenta y ocho, S. M. el Uty (q. D. g.) se lia servida conceder al Sr. SaborUo sois meces de liceucia por enfermo para la .Península,» Y acordado por S. E. el cumplimiento de la preinserta Real órden en 20 del actiaj, de su órden se publica ou la Gaceta Otieial pan general conocimiento. Habana27 de Diciembre de 1879. Joaquín Carbokll. 1 : Intendencia de Ejército de la Isla de Cuba. , Sección de Atrasos. De órdm del Sr. Intendente intefino del Ejército de ésta Isla, se cita nuevamente á D. Salvador Casanova, Factor que fué de la Zanja, á fin de que tn el término de 30 dias á contar .leude la fecha d^l presente anuncio, comparezca en ¡a Sección do Atrasos de es'a Intendencia, á ha-cer valer sus derechos en la reclamación de sueldos que á su ¡íombre tiene hecha D. Juan Muí. tinez del Vulfe; eu la inteligencia do ene pasad« dicho plazo, S3 enten erá que renuncia á lo '1u puede correstonderle. T llabana J de Diciembre de IS79--L1 de la Seccioi/Directiva, Juan de Echmque. Artículo 1. ° En !a ejecución por contrata de las obras de reparación parcial del Palacio Episcopal de esta Diócesis, regirán, además del pliego de condiciones generales de 25 de Diciembre de 1867, las siguientes prescrlpc’oues administrativas y económicas. Art. 2. ° El contratista dará principio á la ejecución de los trabajos en el plazo de quin¿ ce dias á contar desde aquel en que se le notifique la aprobación del remate, y las entregará concluidas en el de tres meses, contados de igual modo; sin perjuicio do lo que establece el artículo 11 del mencionado pliego de condiciones generales; en el concepto de que de no veri-rificar se así, se procederá á lo que haya lugar, teniendo en cuenta las circunstancias originarias de la falta. Art. 8. *■ El imitador á quien se hubiere adjudicado la obra, tendrá treinta dias de término para constituir la fianza definitiva y otorgar la escritura de contrata. Art. 4.° El depósito provisional para entrar á licitar consistirá en el cuatro por ciento del presupuesto do contrata. La fianza constará del ocho por ciento de la. cifra en que se veriíi- j que el remate; pudiondo formar parte de esta 1 lianza el impor'e del expresado depósito, can-geando su car1 a de pago por otra relativa al nuevo objeto. Art. 5. ° El contratista tendrá derecho á que una vez concluidas las obras se le abone su importe con arreglo á la certificación facultativa correspondiente. Si aquel sufriere más de un mes de demora eu el piercibo de lo quo tuviere acreditado, desde principios del siguiente se le paga rá el uno por ciento mensual como interés por el retraso. Art. 6. ° Si el contratista contraviniese á alguna de las prescripciones de los artículos 10, 12, 13, 15, 16, 18 y 22 del pliego de condiciones generales, ó procediese con notaría mala fé en la ejecuciou de lasobras, se le podrán imponer por la Secretaría del Gobierno General, de acuerdo con la Inspección General de Obras Públicas, y á propuesta de su sección de Construc- j ¡iones Civiles, multas de 20, 40 y 70 pesos, que so descontarán de la certificación que en su dia habrá de expedírsele; entendiéndose que de an- j temano renuncia á toda reclamación contra esta clase de providencias, al derecho común y á todo j fuero especial. Art, 7. ° El plazo de garantia será de un mes á contar desde la techa de la recepción provisional, efectuándose esta al terminarse los tra bajos si estuviesen de recibo. Art. 8. ° La procedencia, calidad y dimeo j s:oues de los diversos materiales, serán los que se expresan en el adjunto presupuesto é indique el inspector facultativo de los trabajos, á cuyas j instru ciones queda sujeto privativamente el \ contratista eu todo lo referente al modo, tiempo j y órden de la ejecución de aquellos. Art. 9. ° Eu cumplimiento dol decreto Supremo de 6 do Diciembre de 1873 y de la Real órden dj 8 de Febrer ) de 1867, la inspeccu n j facultativa á que se centrae el articulo anterior, estará á cargo de la Sección de Construcción?" | Civiles de la Inspección General de Ob>—31 u' blicas. término de setenta días, contados desde el de la fecha de lar aprobación del Excmo. Sr. Gobernador General, el material que figura en la adjunta relación. 3.50 El material ha dé ajustarse en un todo j á los modelos que estaráu de manifiesto en la i Inspección General de Telégrafos y demás condiciones que se expresan eti la relación citada. 4.85 Gomo garantía del contra!o prestará una fiauza en efectivo del diez por ciento oro, | importe de! p esupuesío, que comprobará con la Dadores la subasta anuncia !a para las doce del respectiva ca-ta de pago. jdia de hoy, con objeto de contratar el acopio de 5.63 Si en el plazo fijado no cumple su ] piedra necesaria en los kilómetros 19 y 20 de la compromiso, se considerará rescindido el con- carretera de Arroyo Apolo á Managua, he retíalo, incautándose el Estado de la fianza como sa<dto señalar el dia siete del próximo mes de indemnización del perjuicio que recibe la Admi-|®n®ro Para flue & Ia misma hora de las doce fe nÍ8tracion. j repita el expresado acto de la subasta, bajo las 6.85 Entregado que haya sido el material \ cpndiciones con que se anuució aquella quo es-eu el almacén deí Cuerpo, reconocido y declara- táu 'nsertán en la Gaceta Oüc:al de! din, 11 del do admisible, se expedirá por la Iuspecclon Ge- 'luo <’ursa- neral la correspondiente certificación para el Lo que se publica por este medio para iu abono de su importe por la Habilitación Gene-1 'ehgencia de los que deseen interesarse en el ral del Cuerpo y por cuenta de las dozavas par- ref0l'>do remate. tos correspondientes al scguudo semestre del co-! Habana 15 de D ciexnbre de 1879.—El Ins-rrieute año económico, y á medida quo dicho i Pe0or gen®r“l ¡uterino, Francisca Quiñones. Habilitado las perciba de la Hacienda rán presentarse en esta Contaduría general, en d-a hábil y término de 15 á recojer distintos fi.-llos absolutorios, dictados por el Tribunal do Cuentas del Reino. I). Ramón Beruete, Contador de Hacienda cesante de esta Is'a. D. Manuel López de Sagredo, ¡dein de idetn de la Isla de Santo Domingo. D. Miguel Roberts, Administrador do Rentas de Trinidad. D. Agustín Algarra, ídem do idem do Matanza?. D. Francisco Camprodon, idem de idem de Loterías. D. Gabriel Vela, Contador de idem. D- Miguel García Manfredi, Interventor militar. D. Domingo Oioriz, idem idem. D. P. Pablo Garzou, idem idem. . D. José María.Brochar . idem idem. Habana 11 de Diciembre do 1879.— José del Campo. SEGUNDA SECCION. 7.58 Las proposiciones se harán eu pliego ¡ cerrado con arreglo al modelo adjunto. 8. p La Junta declarará en el acto cuál de j las proposiciones que se preseuten es la más ventajosa, considerando como tal la que ofrezca el material á más bajo precio; si se presentaran dos ó más p oposiciones iguales se abrirá licitación | verbal por término de diez minutos. 9. p No será admitida proposición que al- ¡ tere ó modifique las condiciones, clase ó raode- i los del material, ó que señale más altos precios í que los de presupuestos Contaduría General de Hacienda. Negociado de Reparos. El Excmo. Sr. Ministro Decano do la Sala tercera del Tribunal de Cuentas del Reino, se ha servido d otar con fecha 21 de Abril último, el siguiente fallo absolutorio que á la letra dice así: «Tribunal de Cuentas del Reino.—Sala tercera1—En el expediente instruido para el exá- Todos los gastos que su originen en 1 rj?(5u J Callo de la cuenta de Rentas publicas marítimas de la Aduana do Santiago de Cuba, correspondiente al mes de Julio do 1867, presupuesto de 1867 á 68, rendida por D. Genaro Mendez Nuñez, Administrador, y D. Adolfo Bc-nasqué, Contador; siendo ponente el Ministro D. José Maria de Michelena, ha recaído la siguiente providencia:—Visto quo D. Adolfo Be- J0.80 la subasta, iucluso los anuncios en la Gaceta Oficia], escritura del contrato y demás, hasta que j se dé posesión del servo io al contratista, serán 1 do cuenta de éste, obligándose á presentar un testimonio por duplicado de la escritura para que obre en el expediente respectivo. Habana 29 de Diciembre de 1879.—El Inspector General, Enrique de Arantave. SECCION 6a CAPITULO 15. ARTICULO 29 Unidades Expresión. Ps. Os 5000 100 <¡ 5000 6000 500 250 ¡►7500 10 50 300 50 f Cinco mil aisladores de") ! porcelana con perno de | hierro galvanizado rosea V3000 ¡ para madera iguid al que (_ está de manifiesto á $0,60. ^ f Cien aisladores de re-) 1 tención y tensión, de por j celata, con armadura de ! hierro galvanizado, eiste-! ma español, igual al mo- (delo, á $2,50............ f Cinco mil elementos' ( completos de pila, siste-■i ma Callaud, con vasos de folíete, igual al modele, | $1,50.................J / Seis mil kilogramos de \ 91f,n \ sulfato de cobre á $0,35.., / j Quinientos kilogramos \ -qq \ de sal amoniaco, á $1...J {Cuatro estaciones com-í nietas, sistema Dúplex, V1200 á $300................. j ( Diez estaciones com-) < pletas, sistema Diguey, >2000 U $200....................j f Cincuenta ktlógiatnos) j hilo de cobre forrado de I ' algodón para montage de ' gestaciones, á $5..........J Í Trescientos pomos tin-1 ta de aparatos, igual a! > 150 mode’o, á $0,50..........) Ciucuenla juegos úti-' les para los trabajos de entretenimiento y conservación de líneas, compuesto cada juego de los efectos sigues, é-’¿ á modelos nasqué, no ha contestado el pliego de reparos formulado en la cuenta de la Aduana de Sautia-go de Cuba, del mes de Julio de 1807, ni el de calificación, á pesar de haber firmado el emplazamiento de éste en Ecija, con fecha 29 de Enero del año próximo pasado.—Se dán por contestados I03 reparos en lo concerniente á D. Adolfo Benasqué, declarándole eu rebeldía, y haciéndose las notificaciones sucesivas en los estrados del Tribunal.—Publíquese esta declaración en la forma que dispone el artículo 117 del Reglamento orgánico, y pásense copias de la misma á la Secretaría general para los efectos que determina el párrafo 2. ° del artículo 179 del Reglamento interior: verificado lo cual, se procederá por la Sección á lo demás á quo haya lugar.—Así lo acordaron los señores do esta Sala, y firman en ; al conocimiento. Madrid á veintiuno de Abril de mil ochocien- IT 1 r" ' tos setenta y nueve, de que certifico.-—José María de Michelena.—Vicente Saenz de Llera.— Francisco Botella. — Julián Martínez, Secretario » Lo que de órden de dicha Superioridad se ; publica para conocimiento del expresado cuen-; tadante y á los fiues que correspondan. Habana 29 de Diciembre de 1879.—José del \ Campo. Administración Económica do 1» Provincia de la Habana. Efectos timbrados. Para los finos convenientes bago sab ir al público que conformo ni ai tículo 20 de la Instrucción, fecha 28 de Dicietrb.e do 1878, para regularizar las operaciones de efectos timbrados, está prohibido el rango en todas las Administraciones de la Ida y en el Almacén general para toda clase do papel que tenga señales de haber sido cosido ó se hallo escri:o en alguna parte, limitándose por tanto á sólo el papel quo no aparezca con señales de haberse rsido, pudiendo los interesados que tengan pape' sobrante y quieran canjearlo, pedirlo á esta Administración Económica por medio do una comunicación en quo so exprese el número de pliegos, la profesión que ejerzan y su domicilio comprobado con la ¡úlula de vecindad, quo deberá ser presentada en concepto do que todo canje ha de ser solicitado durante los primeros veinte dias del mes do Uñero próximo entrante, pasados i< s cuales no so admitirá pedido alguno y se procodeiá á cuanto está prevenido para Herrar cumplidamente este seivicio. Habana 26 de Diciembre de 1879.—Luis Qa-baldón. Excmo. Ayunte miento. Secretaría. No habiendo tenido efecto por falta do licita-lores el remate anunciado para el 17 del actual del •..•rendimiento de las casillas números 17 y 18 del coreado provisional de Tacón, el Sr. Alcalde Mu-; cipal, Pre ¡dente, ha señalado de nuevo para la ’.basta el dia 14 del entrante mes de Enero á las los de la tarde, on la Sala Capitular, ante la Ocmi->ion respectiva, con estricta sujeción al pliego do condiciones que se inserta á continuación, advirtiéndose q.ie todos los gastos de publicación serán ■ar cuenta del rematador. Y de órd-ra de su señoría se publica para gono- T 459. f9 172. . D. Luis Sales y Rodas, D. José Meira, D. Ramon Bear y D. Manuel Rodriguez, sus apo-I derates ó herederos se servirán presentarse en esta Contaduría General, en dia hábil y término de quince á recoger los pliegos de reparos | cidos por el Tribunal do Cuentas del Reino, en el exámen de la del Tesoro de esta Isla del j de Agosto de 1867. Habana 19 de DiciembrejL -t°í9.—José del ■ ¡ Campo. Habana Diciembre 22 uterino, Rafael de Aragon. de 1879.— El Secrotario Pliego de condiciones para el remato do las casillas del morcado provisional de Alar'e. Ç. ,^¿it4ríóS están de mar' íwStO., ïero por- jjpofrteclon General de Telégrafos. r Obispado de la Habana. Anuncio. Aprobado por la Superioridad*}! proyecto de reparación parcial del Palacio Ipiscopa , dactado por ol Sr. Arquitecto del Optado, c y obras deben ejecutarse por contrata, con suje-cion al presupuesto de contrata ascendente a a cantidad de tres mi! setecientos cuarenta y sie¡e pesos noventa centavos en oro, y al pliego c eondic'ones que á continuacionfce inserta, e M. I. Sr. Vicario Capitular, Gobernador dei . Ob spado, Sede Vacante, lia tenido á bien sena-1 lar las doce de la mañana del di* cinco del pro-ximomes de Euero para que tenga lugar el acto de la subasta, con arreglo á la Instrucción de 11 <ie Fetii mbre de 1869, en dicho/ Palacio Episcopal (Habana, uúmero 58), donde se hallan de manifiesto los documentos del proyecto. El limo. Sr. Secretario del Gobiomo General ha d spueslo se saque á pública subasta la ad-éjquisieion de material con destino á la conservación de las líneas y estaciones telegráficas de esta Isla, que se detalla en la siguiente relación, y ¡que ha dé abonarse su importe con cargo á la óeceion 6. v , capítulo 15, artículo 2. ° del presupuesto ordinario vigente, con arreglo al pliego le condiciones que á continuación se inserta, sellando para su remate el dia 10 do Enero pro-fmo á las doco de su ruañaua on la Secretaría d 1 Gobierno General. Lo que se publica en la Gaceta Oficial para gdieral conocimiento. Habana 29 de Diciemb'e de 1879.-El Ins-ptttor General, Enrique de Arantave. 1 1 Pfíego de condiciones á que ha do sujetarse la adquisición d 1 material que figura en la adjunta relación, con destino al entreteni-miento y conservación de las líneas y estaciones telegráficas. 1. 85 El contratista se ajustará á las prescripciones generales consignadas en el pliego aprobado por Real órden do 29 de Setiembre de j Uartera de \ ta-útiles Idem ptórta plieg s con las inici/loa S. T....... Mac/íieté con vaina y cint^t$uu................ C Vlacha de tumba con £ chbo de madera.......... y Juego de tróculas...... / Perrillos para las idem. { Tenaza de empalme... ( Hilera ó gatillo de em-(ipalme................... S Horquilla con gancho pura el colgado de alambras ..................... /Martil’o de oreja..... -Lima triangular....... ; Barra de hierro de un ) metro sesenta y cinco cén-) tít'uos do largo con punta (y boca acerada.......... ( Pisón de hierro con ) mango de madera en for- l ma (te cuña............ ( Cazo de hierro con ( mango do madera...... | Lla*ve inglesa......... SEscfalera de pino tea, de ciút^^juedio metros de largb*^.............. Cadajitfigo á $50..... Artículo 19 El Excmo Ayuntamiento saca á oáblica licitación el arrendamiento do las casillas 0 ie se expresan al final y las cuales deberán dedi--aree á la venta de carne», ú otra clase de industria. Art. 29 Los que resulten rematadores queda-ai obligados á hacer á su costa la» obriwrMe repa-aeíon que sean nccet arias en las mi-utnas, sin Opción ,.-or parte de los rematadores á pedir indemnización alguno.■ Att. 39 El remato se verificará ante la C’omi-.ion 2 83 del Excmo. Ayo niauiíento el dia y ho._ . ñalado por laqpresid’noia y ol contrato,**c-~lffv-'0d0 ermiuo ¡ ej ^iemp0 qUB ruede en coustcqi^^^Pmíevo meroá-5 dedu- j do d„ t„6UÜj »inquo cata JSiAksfa prejuzgue dere-,.L^Iguim'yrrrVoptar á las nuevas casillas do esto último mercado. Art. 49 Los remata loros no podrán tu barre filiar en todo ni en parto las casillas, bajo la multa do cien pesos; nulidad del pacto público ó privado quo celebraxon y rescisión virtual ó inmediata del contrato, pudiendo ser dcsaltjados gubernativamente ai faltasen a lo estipulado on esta condición. Art. 59 No podrá darse en ellas hospedaje a!-guDO á transeúntes ni á persona que no sean el in- - i j- ríi-i i ii-i imlino ó sus dependiente», ñora y día hábil 4 recoger el pliego de reparos 1 Ar| 69 Lla8 proposiciones se harán por cada deduc dos por el ] nbunal (le Cuentas del Reino,: { 8ijjtt y pliego cerrado, no admitiéndote la - quo jen el exámeu de las correspondientes á la Ad- j ao lleguen al tipo fijado á cada tina en la nota que ministracion General de Loterías, del mes de „o inserta al final. SeráL entregados los pliegos en j Octubre de 1865, entendiendo que pasado el tér- j el mismo acto do W subasta ante la Comisión quo i mino de treinta dias concedido á este fin, y no Rea- iy Rafael Carrillo, su apoderado ó herederos, s« servirán presentarse en esta Contaduría, verificándolo, se procederá á lo que por las i les Instrucciones corresponda. Habana 23 de Diciembre de 1879.—José del j Campo. T. 230. 19 84. 2500 la presida, y se admitirán en aquel seto pujas a la llana por espacio de 15 minuto», caso de haber dos ;> más proposiciones iguale». Art. 79 Para garantir el arrendamiento, quedan obligados los rematadores á depositar en las Cajas municipales el importe de un trimestre, quo será devuelto á la terminación del contrato, previo reconocimiento poric al del aiquitecto del disti iio i especio del buen estado de la casilla. D. Gabriel Vela, C n'ador que fué déla' Art, 89 Para ser postor so requiero oldepósi-i Administración de Loterías, su apoderado ó he- to préviq en la Caja de la Corporación del importe i redero, se presentarán en esta Contaduría en dia de un trimestte, que se devolverá en el acto a les hábil y término de quince á recojer el pliego de la° a° rematadores quedando el dol que reparos deducid a en el exámen de la cuenta d«l ^ ¡¡ebiendo proveerse de la matrícula corre»-. Lesoro del mes de Muyo de 1868, presupuesto p0ndjent0 para ejercer la industria do carnicol o, y ¡ de 1867 á 1868. ..no pudiendo el que resulte rematador de una casilla Habana 22 de Diciembre de 1879,—Jose del bacel. p, oposiciones para otra. l lampo. Art. 9* Los pagos del arrendamiento re veri- -- ... ficaran por mensualidades vencidi-8 en las oficinas T. 280. f9 99. íe recaudación dentro dolos 10 primeros dias de oída me», y el rematador queda obligado á cumplir D Gabriel Vela, Contador cesante de la las disposiciones que so adopten para la policía del Administración General de Loterías, su apode- mercado, y las demás que con la ^probación tape- rado ó heredero, se presentarán eu esta Contaduría General, en dia hábil y término de quince, á recoger el pliego de reparos deducidos en el exámen de la cuenta del Tesoro del mes de Febrero de 1868, presupuesto de 1867-68. Habana 23 de Diciembre de 1879.—José del | Campo. T. 446.—F9 168. Total. i-19450 rior puedan dictarse por los Sre». Regidores diputados para el mejor orden y arreglo del expresado mercado. Art. 10. Colebrado ol remate no habrá rebaja ni indemnización de ninguna claoO por causas imprevistas, ni por hechos que no pueda evitar la municipalidad. Art. 11. Cuantas cuestiono i se susciten sobre el cumplí miento, inteligencia y demás efectos de la subasta, se resolverán gubernativamente por o! Sr. Alcalde Municipal, pudiendo despueblos interes en caso de inconformidad, establecer contra ht / Los cueutadantes que á contiuuaciou se ¡ los, , . 11'expresan, sus apoderados ó herederos, se servi -1 misma los recursos que lo franquean i-s Icyc- /
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 1-27, Enero de 1880 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1880-01 |
Coverage Temporal | 1880-1889 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (108 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000624 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000624 |
Digital ID | chc99980006240001001 |
Full Text |
LA HABANA.
M
NUM. 1.
=F=F=7
4=4=
PERIODICO OFICIAL. DEC CODIERAI.
Juéves 1- de Enero de 1680.-Í La Circuncisión del Señor-—Circular en la Merced-
PARTE OFICIAL.
PRIMEVA SECCION.
OFICINAS SUPERIORES GENERALES.
_ ____
numuiOANnu/
SECRETARIA.
Sección de Política.—Personal.
•Vacaute eu cata Secretaría una plaza de es-cribieute de-cuarta clase, dotada con el haber ¡ mial do 400 pedos,todoi los aspirantes á ella so servirán presentir sus solicitudes en el Negociado del Pe.sonal denla citada oficina, para la oposición que tendrá lugar ocho dias después de la pulicacion de este anuue'o, con sujeción á las prescripciones que determina el decreto del Gobierno General fecha cinco de Mayo último.
Habana 30 de Diciembre de 1879.
Joaquín Carbonel'.
Sección Política.—Asuntos Judiciales.
Por el Ministerio do Ultramar se comunica con fecha 21 de Noviembre último al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real orden siguiente:
«Excmo. Sr.:—-En vista de la instancia elevada á este Ministerio por D. José María Martos, Presidente de Sala, electo de la Au ¡iencia de Puerto-Príncipe, en solicitud de dos meses do próroga á la licencia que por enfermo y término de cuatro le fue concedida por Real orden do ve nte y seis do Noviembre de J878, siendo Magistrado de la Audiencia de Manila, resultando quo por Real decreto da seis de Diciembre del mismo año fué nombrado Presidente do Salado la citada Audiencia de Manila;, resultando que dicho funcionario desembarcó el dia veinte»'' Enero del corrionto año en el puerto de Parce-lona; resultando que por Real decreto de seis de Junio próximo pueado fué nombrado Presidente de Sala de la de Puerto-l’iíncipe; resultando que por Real orden de diez y nueve de Julio último le fué concedida proróga de embarque hasta el 20 de Setiembre siguiente; resultando quo por Real órden de cuatro de OHuhro próximo pasado le fué concedida nueva Jirúroga do embarque por término de dos mesesjiy considerando que dicho funcionaría no so halla en uso de licencia, puesto que esta «aducó en virtud de los Reales decretos ya citados, por losque se le nombraba Presidente de S»la de ¡a3 Audiencias de Manila y Puerto-Prínciie, según lojdispuesto eu el ar tículo 88 del Reglamento orteuico de las carreras civiles de Ultramar de tres de Junio de rail ochocientos setenta y seis, S.M. el Rey [q. D. g’J ha teuido á bie» desestimar la referida inetanca, o, siji
Las proposiciones se presentarán en pbego cerrado y < starán redactadas con estricta sujeción al modelo adjunto, debiendo contener la car a de pago que acredite haber depositado eu la Tesorería General de Hacienda la cantidad de ciento cincuenta pesos en metálico ó sus equivalentes en las especies que señala la referida Instrucción, como garantía para ser licitador.
La falta de cualquiera de estos requisitos será causa de nulidad de la proposición presentada; y serán nulas tamb en aquePas que exce dan del importe del presupuesto de contrata.
En el caso de dos ó más proposiciones igua-j les se abrirá una licitación verbal entre sus auto-| resjpor solo diez minutos.
Los gastos de anunci sy escritura del remate serán abonados por la persona á quien se adjudiquen las obra?.
Habana Diciembre 22 de 1879.— Toribio Martin, Secretar o.
Modelo de proposición.
D. N... N... vecino de... ca le., número... enterado del anane o inserto eu la Gaceta Oficial del'dia... y de las condiciones y demás requisitos pie se exigen para la subasta de las obras de I reparación del Palacio Episcopal, se comprome-| te á ejecutarlas, bajo el pliego de condiciones publicado, por la cantidad de... (la cautidad se expresará en letra.)
Fecha y firma.
MODELO DE PROPOSICIONES.
1876 para los remates do obras públicas, y las especiales comprendidas en este pliego par-í ticular. D. N... N... vecitio de... enterado del anun-
2.85 Se obligará á entregar en el almacén ¡ ció publicado eu la Gaceta Oficial, número... del |
Format | Image |
Archive | chc99980006240001001.tif |
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