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•A'; a. a kS r S cf GACETA DE «V LA HABANA. ti PERIODICO OFICIAD DEL GOBIERNO. Núm. 103. Sábado 1- de Mayo de 1880.—Santos Felipe y Santiago el menor, apóstoles.—Circular en San Francisco. PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. GOBIERNO GENERÍlTe LA ISLA DE CUBA. tiiel, á favor de su nieto D. Domirgo Arrugo y telegrafi-tas seguí do?, oficiales quintos do Ad-Herrera, el Consejo de Estado en Heno ha eini ministracion Civil, con trescientos pesos de suel-tido el siguiente dictámen:—Con Real órden co- do y trescientos de sobresueldo, y antigüedad de mullicada por el Ministerio del digno cargo de la fecha de sus respectivos nombramientos, á D. Eduardo Cariameli Torres, D. Fernando Schel-t.on y Cerdá, D. Angel George Ramírez, I). José Secretaria. i Por el Minists.ñc 5“’Ultramar, con fecha 24 de Marzo próxi. /jj,' -sado, se coflwuúea al Excelentísimo tír. Goboriutiior General, la Real órden siguiente: “Exorno. Sr,:—Dada cuenta V. E., en 24 de Enero último, se remitió á este Consejo el expedieute relativo á la concesión del título de Marqués de la Gratitud, á fin de quej Vaidés Amoroso, D. Juan Lág masino Alvarez, informe en pleno acerca de una instancia de Di D. Juan l argas Chamorro, D. Antón o Vega Rita Quesada, viuda de D. Francisco Arango, j Escobar, D. Hamou Arias Navarro, D. Jaime solicitando que se rehabilite en la persona del Puig Cocolías, D. Guillermo Pons Veranes, D. menor D, Domingo Arango y Herrera, la mer-j Juan Miguel Gabiot, D. Rafael Guyonet IbaSe2, ced del indicado título, que fué otorgado en i D. Manuel Sánchez Cortés, D. Miguel Jiménez 1838 á su difunto abuelo, I>. Francisco Arango de la Vega, D. Juan Arauna García y D. Ricar-Parreño. Resulta: Que habiendo consultado la | do González Ce pe re; disponiendo al pro¡ io tiem-Seccion de Gracia y Justicia del extinguido Con-1 po se. manifieste á V. E. que en cuanto á los del expediente 3f,j° Leal, en el año de 1835, la concesión del ¡ nombramientos de personal del Ramo con cargo instruido con el fin de hacer extensivas /las pro- ™P™B»do títu'° e” fi;vor del reí'el,i,1° D: f.’ran, i aj Presupuesto extraordinano de la guerra se vincias de Ultramar las disposiciones del decre- forango, Antes de quo se expidiera, talleció j atenga á o resuelto en la Real orden de 8 de r.r.r «i \1 i1 o i o ri r. üfi Enmanta ín este> J5 como se hallaba pendiente de resolución ! Enero del cora nre ano, quedando sin efecto los una instancia de D. Andrés Aramio, pariente de j nombramientos de los veinte y un telegrafistas D. Francisco, para que el título fuera heredó'a- j primeros á favor de otros tantos segundos del rio, solicitó luego el mismo D. Andrés que se hiciera extensivo á favor del hijo primogénito, como así se estimó; pero habiendo manifestado el interesado que su fortuna no lo permitia hacer los gastos indispensables para la obtención de la gracia otorgada, quedó en tal estado el asunto, acordándose sólo en 21 de Mayo de 1840 que se diera cuenta más adelante. D^ Rita Qnesada, to expedido por el Ministerio de Fomento en veinte y ocho de Setiembre de mil ochocientos sesonta y nueve, que habilita los títulos obtenidos en Establecimientos libres do enseñanza, sostenidos por las Diputaciones y Ayuntamientos de la Península, para el ejercicio privado de las profesiones y determina la manera do revalidarlos; Vistos los informes que acerca de la medida de que se trata han emitido los Gobiernos Generales, Centros y Corporaciones de las indicadas provincias; Considerando que conviene armonizar prudentemente la legislación que en materia de iustruccion pública rige en los dominios de Ultramar con la vigente en la Península y mucho más cuando con esa armonía, sin que queden desatendidas las garantías de aptitud científica indispensables, se consiguen, como en el presente caso, ocurrir á una necesidad que se deja seutir, principalmente en el Archipiélago Fi lipiuo, y ha aconsejado la reciente creación dg una escuela de practicantes de medicina y fa mácia en la Universidad de Manila, S. M. el Re [q. D. g-] de conformidad con lo consultado por el Cousejo de Instrucción pública, lia tenido á bien resolver:—Primero. Se hacen extensivas á las provincias de Ultramar las disposiciones contenidas en el citado decreto, expedido por el Ministerio de Fomento en veinte y ocho de Setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, referente á los estudios hechas y títulos obtenidos en los establecimientos libres do enseñanza, sostenidos por las Diputaciones y Ayuntamientos de la Península, con arreglo á lo mandado por el referido Ministerio.—Segundo. Fara el efecto de la Teválida de los expresados títulos quedan autorizadas las Universidades de la Habana y Manila, las cuales se sujetarán al verificado á las formalidades prescritas en dicho decreto, y exijirán el pago de los derechos correspondientes, á tenor do lo que en el mismo so determina —De Real órden lo digo á V. E para su conocimiento y fine» consiguientes.5’ Y acordado por S. E. en 17 del actual el cumplimiento de la preinserta Soberana disposición, de su órden se publica en la Gaceta Oficial y el decreto que en la misma se menciona para general conocimiento. Habana 26 de Abril de 1880. El Secretario del Gobhrno General, Joaquín Carhonell. Decreto que se cita. “De conformidad con lo propuesto por el Ministerio de Fomento, de acuerdo con el Consejo de Ministros, Vengo en deoretar lo siguiente:—Artículo 1. ° Los estudios de asigna'uras probadas eu los establecimientos libres de enseñanza sostenidos por las Diputaciones y Ayuntamientos, con arreglo á lo dispuesto en éí decreto de 14 de Enero último y la circular del mismo dia del presente mes, son válidos en los establecimientos oficiales de igual clase que aquellos en donde se hubiesen verificado.—Art. 2.° Los grados de B chiller en Artes recibidos en los establecimientos libres que se expresan en el articulo anterior, servirán para proseguir en los mismos los estudios de Facultad y superiores; pero habrán de rehabilitarse los títulos correspondientes en los establecimientos oficiales para «mpreuder en éstos los estudios superiores y de Facultad. A la misma rehab litación e tarán sujetos los de Bachiller y Licenciado en Facultad, para que los alumnos procedentes de establecimientos libres, puedan continuar en los oficiales el estudio de licenciatura y doctorado.—Art. 3. ° Los títulos expedidos por los establecimientos libres, á que se refiere este decreto, hábilita-váo, con arreglo á las leyes, para el ejercicio privado de las profesiones; mas no para el desempeño de los empleos públicos y servicios oficiales mientras no hayan sido rehabilitados como se determina en el presente decteto—Art. 4.° La rebalvlitacion de los títulos mencionados so hará en los establecimientos oficiales de enseñanza mediante h s ejercicios que en éstos se exijan para el grado á que corresponda el titulo y el pago de los derechos prescritos en la tarifa ofiuiul, contándose para e:te pago los que por el título se hubieren satisfecho en el establecimiento libre de donde proceda. No serán de abono los derechos llamados de exámen, ni se exime al graduando de la obligación de satisfacer los correspondientes á sus ejercicios en los establecimientos oficiales.—Art. 6. ° Verificada la reválida de los grados se estampará al dorso de los títulos una diligencia en que conste su rehabilitación, la fecha en que so verificaron los ejercidos y el libro de la Secretaba en que quedan registrados. Esta diligencia irá autorizada con el »ello del establecimiento oficial correspondiente y firmada por su Jefe y Secretario.—Dado tn Jfiadrid á 28 de Setiembre de 1869.—Francisto Serrano.—El Ministro de Fomento, José Echt-garay.”—Es copia. El Secretario del Gobierno General, Joaquín Carhonell. presupuesto del Ramo, cuyos nombramientos se expresan en la relación que acompaña V. E. á la referida carta ofh ial.—Da Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos oportunos.” Y acordado por S. E. con fecha 17 del actual el cumplimiento de la preinserta Real órden, se publica en la Gaceta Otieiat para general co- curadora para los bienes de cu nieto, D. Domin-I nocimiento. go Arango y Herrera, haciendo mérito de los ■ Habana 26 de Abril de 1880.—El Inspector hechos anteriormente relacionados, solicitó en ! general, Enrique de Arantane. instancia documentada de 12 de Agosto de 1879, j ------ que se rehabilitase en la persona de su citado nieto la merced de título del Reino, concedido á su Por el Ministerio de Ultramar se comunica abuelo, para sí y legítimos sucesores prèvio el ai Exorno. Sr. Gobernador General de esta Isla, pago de los impuestos correspondientes. Acom- con fecha 27 de Marzo próximo pasado, la Real pañó còpia de una instaura elevada á S. M. el órden siguiente: año 1834, solicitando que se expidiera el título “Número 466.—Exemo. Sr.:—8. M. el Rsy de que se trata en favor de D. Francisco AraD j[q. D. g.] se ha servido nombrar para la plaza go, y unas diligencias judiciales, con diversos de oficial segundo de Sección del Ramo de Te documentos encaminados á acreditar la nobleza y riqueza del menor y su estado civil. Pasado á | ioforme del Gobernador General y del Consejo de Administración la anterior instancia, lo emitieron con fecha 25 y 11 de Set embre último en sentido favorable.—En vista do los relacionados antecedentes y Considerando que si bien la concesión del título de Marqués de la Gratitud se consultó primitivamente con el carácter de personal, al hacerla extensiva por Real órden de 27 de Julio de 1838, en favor del hijo primogénito légiafos, oficial tercero de Adruio stracion Civil de esa Isla, vacante por fallecimiento de D. José Casal y Lamas, al telegrafista primero, D. Patricio Bueuo Alonso, con el haber anual de quinientos pesos de sueldo y quinientos de sobresueldo, en cumplimiento de la Real órden de 18 de Julio último; para la óe telegrafista primero, oficial cuarto de Administración Civil, vacante con esta motivo, ai telegrafista primero m,ás antiguo, D. Jasé María Alcalde Somoza, con el sueldo de cuatrocientos pesos y doscien- de D. Francisco Arango, parece que se otorgó tos de sobresueldo, y confirmar en el empleo de para él y sus sucesores legítimos, toda vez,,qne i.sí se consultó por los Fiscales del Tribunal Supremo, conformándose con su dictámen el mismo Tribunal y la Real órden auteriommnte citada, y en todo caso no seria violento entenderlo así, pues son estos los lérminos con que de ordG narío se conceden semejantes mercedes. Considerando que habiéndose manifestado por la viuda de D. Francisco Arango, á nombre de su hijo, que éste no podía satisfacer el servicio que era de abonarse por el goce del título del Reino indicado, aun cuando por la Administración se acordó en el año de 1840 que se diera cuenta del asunto más adelante, no se hizo con posteriori-1 blica en la Gaceta Oficial dad gestión alguna por los interesados para sa-¡ miento, tisfacer los derechos correspondientes y obtener, Uabana Abril 26 de 1880. por tanto, el oportuno despacho del título, y que j general, Enrique de Arantave. ai dejar así trascurr r con mucho exceso el plazo señalado por el Real decreto de 1816 y la instrucción para su cumplimiento, fecha 14 de Febrero de 1847, con el fin de obtener el Real despacho correspondiente, ca iucó el referido título del Reino de Marqués de la Grati'ud. Considerando que la caducidad en esta materia no es irrevocable, pues, por e! contrario, puede ser alzada á reclamación de parle legítima, si para ello existen razones atendibles de justicia ó de equidad, según se previene en el Real decreto de 4 de Diciembre de 1864, dictado para la Per ínsula, y cuya doctrina no hay iaconveniente en aplicar á Ultramar, toda vez que allí rigen idénticas disp tsiciones que las vigentes en la Metrópoli sobre títulos del Reino. Considerando que, prescindiendo de los servicios del abuelo, D. Francisco Arango, la pobreza de su hijo para obtener el título que se le otorgó, la menor edad del nieto y las circunstancias espec'ales del caso, constituyen en sentido del Consejo motivos suficientes de equidad para acco lerá lo que se solicita; es decir, para rehabili'ar en el menor do D. Domingo Arango y llenera el título concedido á su padie. Considerando, que tanto el Gobernador General, como el Consejo de Administración, informan favorablemente 1a. prettn- telegratísta. segundo, oficial quinto de Administración Civil, con el sueldo anual de doscieutos pesos y trescientos de sobre sueldo y antigüedad de la fecha del nombramiento hecho por Y. E., á D. José Moría Vázquez Quintas, que es el más antiguo de I03 que resultaron excedentes por no estar comprendidos en el número fijado eu los presupuestos vigentes.—De Real órden lo digoá V. E. para su conocimieuto y efectos correspondientes.” Y habiendo dispuesto el Exemo. Sr. Gobernador General, con fecha 17dcl achual, que se dé cumplimiento á la preimerta Red órden, se pu- para general couoci- -E1 Inspector Ordenación de Marina del Apostadero de la Habana. Secretaria. Habiéndose dejado de consignar en el pliego de condiciones para la subasta del suministro de víveles y demás géneros de bastimento pu blicado en la Gaceta oficial do 24 del actual y siguiente, en la parte del repuesto que ha de tener el contratista, después de los 210 gramos de canela, la cantidad de 40 fanegas de maíz; se anuncia al público de órdeu del Sr. Ordenador del Apostadero para que l'eguo á conocimiento de los que deseen interesarse en el expresado acto. Habana Abril 29 de 1880 —Luis Cueto. Contaduría General de Hacienda. Negociado de Reparos. Los cuentadantes que á continuación se sion deducida á nombre de eu nieto por D® Rita! expresan, sus apoderados ó herederos, se presen-Quesada, El Consejo es de dictámen que puede | tarán en esta Contaduría, en dias y horas hábi-otorgarse la gracia solicitada, prévio el pago j les y término de quince á recojer loa respectivos de los derechos é impuest s establecidos eu la fallos absolutorios dictados por el Tribunal de forma que determinan las disposiciones vigentes j Cuentas del Reino: en la materia.—Y conformándose S. M. el Rey ¡ D. Luis Llopiz, en concepto de Interventor (q. D. g.) con el preinserto dictámen, se ha ser- Militar. vido resolver como en el mismo se propone.” i D. Francisco Ramírez y Fernandez, en con-Y acordado por S. E. el cumplimiento de I cepto de Depositario de Hacienda de Cuba, la preinserta Real órden en 17 del actual, si pu- j D. Ramón de Beruete, en concepto de Con-blica en la Gaceta Oficial para general conocí- tador General. D. Antonio Novo de Trova, en concepto de PolíFca.—Asuntos Judiciales. Por el Ministerio de Ultramar se comunica con fecha 19 de Marzo último, al Exemo. Sr. Gobernador General, la Real órden sigu eute: “Exemo. Sr.:—En el expediente promovido á inetaucia de D? Rita Quesada, en solicitud de «habilitación del título de Marqués de la Grati- miento. Habana 26 de Abril de 1880. Joaquin Carhonell. Inspección General de Telégrafos de la Isla de Cuba. Por el Miuisterio de Ultramar se comunica al Exemo. Sr. Gobernador General, con fecha 27 de Marzo próximo pasado, la Real orden, número 467, que dice lo siguiente: “Exemo. Sr.: —En vista de la carta oficial de V. E., número 3220, á la que acompaña tres relaciones demostrativas de las altas y bajas ocurridas en el personal de telegrafistas primeros y segundos de esa Isla desde 15 de Octubre al ¿0 de Febrero último, S. M. el Rey (q. D. g.) se ha servido aprobar las citadas bajas acordadas per V. E., confirmando en sus empleos de telegrafistas primeros, con la categoría de oficiales cuartos de Administración Civil, antigüedid déla fecha con que fueron nombrados por V. E. y h; -ber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y Depositario de Hacienda de Cuba D. Antonio Nuñez y Fernandez, como Contador General. D. Fernando Fernandez de Rodas, como Contador General. D. Fidel Guerra y Navano, eu concepto de Contador General. D. Pablo Garzón, en concepto de Intendente Mili'ar. D. Fel pe N. Gómez, como Administrador Depositario de Villaclara. Habana 18 de Marzn do 1880.—José dei Campo. SEGUNDA SECCION. Administración Económica de de la Habana" la provincia La Oficina de Recaudación de Bienes del Estado se ha trs'adado á la calle de Perseve- trescientos de sobresu» Ido, á D. Manuel Btllini,' rancia número 47, entre Virtudes y Animas. D. Antonio Fuentes Olazabal, I). Juan Batista Habana Abril 24 de 1880.—El Jefe E CONTRIBUCION DEL 16 POR CIENTO.—PRESUPUESTO DE 1879 A 1880. FINCAS URBANAS. Sección l1?—Capitulo 19—Artículo 89 Relación nominal por conceptos de loa recibos cobrados hoy 27 de Abril de 1880. NUMEROS. “1 Varona y D. Manuel Ramon Bahr, Eco- y en el de nómico, i Luis Gabaldon. Tin 19 19 4 J 42 86 147 63 137 61 61 28 32 » 47 46 46 32 74 2s 188 180 1821 183 118 17 3 118 113 61 172 3ô 180 118 117 27 27 130 ìli 128| 128 128 128 129 138 59 59 59 2, 189 ls9 109 135 8 16 26 26 1 3 3 3 184 82 S2| 6 12 21 117 117 143 91 94 94 94 94 94 94 94 94 94 88 88 92 88 26 135 94 95 96 9b 93 88 88 93 95 87 99 lit 32 158 • 158 114 117 137 138 66 66 66 86 113 115 137 113 113 114 115 125 52 181 178 16 18 53 118 118 118 172 172 142 74 111 112 113 141 110 111 172 67 52 110 56 112 139 119 119 122 122 119 11 47 14 100 179 178 144 11 12 2 178 176 Recibo. NOMBRES. SU CONCEPTO. Apodaca.... Factoría... Someruelos. 5506 4129 8093 10376 3669, 2891 3083 3125 15415 1705; 229| 12362 9732 11500 8966 13436 2848 12368 1 263 1025 12271 6114 Joaquin del Pino Domingo Sañudo ........ Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem,..,....,. Idem idem.......... Idem idem,...,..... Idem idem.......... Idem idem......... Idem idem.......... Idem id m.......... Idem idem.......... José Maria Lairazábal.. Asuncion del Junco..... Natalia L Ramos........ Dolores Sanchez........ José S. de Leon........ Dolores S. de Leon..... Natalia Lopez.......... Aureliana Lopez........ Idem idem.......... Transita Betancourt.... Idem idem....,..... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem.,............. Idem............... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Fernando Pendes........ Idem idem.......... Idem Idem.......... Idem idem....... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem........ Idem idem.......... Benito Menendez ....... Fernando Pendes........ Idem idem.......... Félix Canalejo......... Mariana Espinosa....... Isidora Menendez....... Idem idem........ Manuel Pendes.......... Idem idem.......... Idem idem......... Juan Mata.............. Manuel Pendes.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Inés Marcato.......... José Leonard........... InésMartiato.......... Domi nga Cabrera....... José Maria Castro...... Idem idem........ Manuel Va'l.jo........ Manuela Perez......... Matilde Granudo....... Idem idem..... ... Idem Idem......... Idem idem......... Heredero de R. Granado María A. Ajurla....... Idem idem......... Antonio Granado....... José A. Tavares....... Idem idem......... Idem idem......... Antonio Leal ......... Idem idem......... Idem idi ni....... Idem idem......... Juan A. Angel......... 10609 Marta Abreu.......... 2934¡José M. Romero....... 10603 Felipe Suarez........ Antonio Carrillo...... Idem idem......... Idem idem......... Juana P<1 ez.......... Andrés S. Abreu....... Idem idem...... Desiderio R mirez..... Juan N. Abreu.......... Neptuno..... Trocadero... Consulado... Idem. Idem. 1849 Cristóbal Puah.......................... Lamparilla, 1847 Idem idem............................. Idem ran?iJailTei Vly?8...........................Alcantarilla 5091 Idem idem............................. Idem 4487; Idem idem 7746 Idem idem 11776 Idem idem __________ 6747 Aurelio Martiri.........................!DÌà"rÌii 11518 Rosa L. de Reyes.......................‘.ISan Nicolás'.! 11519; Idem idem............................. Idem 10309'José R. Possé.... 1,91041 Idem idem.... 5536 Víctor N. Possé.... 5531 Magdalena CastelI Idem Idem............... Idem idem............................ÍAmistüd Josefa Dolgado...........................iGervanio fi rancisca V aidés........ ......... ! Neptuno, Felipa J. Valdés......................... VilWas Manuel Beraza.......... - K Idem................ Heredero de C. Bonilla José Perez.............. José Pio M azorra....... Idem idem........... Idem idem.......... Idem idem........... Idem idem........... Idem idem........... Idem idem......... Asunción del Juneo ... ......................... Luisa Morales............................i Salud Idem Idem Idem idem. Joaquín del Rio, Pieota . San Isidro.......... Idem.............. Vedado y Carmelo. ’Jüstiz............. 'Aguiar............. Salud.............. Monte.............. Sau Nicolás........ Lealtad............ Viit,lides......... Picota ............. 5933 59ü4 590’ 5906 5907 5909 5932 688 i 11332 11331 11311 140 2856 9391 9369 6528 772 7587 13069 13071 33 235 237 209 3249 6895 8896 526 1182 2011 12278 12246 7352 14307 1431 : 14313 14315 14317 14319 14321 14328 14306 14341 13700 13702 14170 13743 10110 6558 14299 14394 14480 14486 14244 1373 < 13733 14192 14380 13629 14S75 9581 4056 16351 16328 9847 12249 6786 6832 12018 12038 12040 13562 9734 9932 6785 9728 9729 9807 9908 130» 3 1570 1712 13108 12307 12309 13311 8924 8927 7251 5084 9527 9685 9700 7192 9417 9521 8928 12160 10656 9424 11011 9603 Josefa Cobo. Josefa Igualada.................... Buenaventura Fernandez............. Idem idem.....................- Idem idem...................... Manuel Ginesta..................... Idem idem...................... Ramon G. Aizpùrua................. Idem idem.............-........ Idem idem...................... Idem idem....!................. Pilar S. Rubasó.................... José Villegas...................... Idem idem............ ......... 6963| Idem idem. 12464 Manuel Ginesta. 12466 12689 1269 12465 1335 5602 1335 9051 ¿712 2709 TITSl Idem idem. Idem idem. Idem idem............... Pilar Rabasó................ Francisco Valera y C. Medina. Idem idem............... Idem idem............... Félix Valdés....-....•..... Jiaquin Pedroso............. Francisco Arango. 475'Joaquin P. Echa ver la.. 33: 7141 1165 2694 2490 Joaquin Pedroso., Idem idem............... Herederos de M. Echavatria.. Félix de Acoata............. Idem idem............... Reina.................. Neptuno............... Idem......:.......... Concordia.............. Cien fuegos............ Idem................. Idem................. Idem ................ Idem.................. idem....;............ Idem........;........ Economia .............. Suarez.................. Idem................. Idem................. Amargura............... Picota........:........ Maloja ............... Idem................. Cárcel................. Compostela.............. Habana ................ Trocadero............ .. Idem................. Acosta.................. Aguiar................. Idem................. Idem................ Sol.................... Laguuas................ Idem................. Bernaza................ Camas.................. lili/................... Reina.................. Idem.................. Escobar................ Santo Tomás............ Idem...,.............. Idem................. Idem.................. Idem................. Idem................. Idem.................. Idem................. Idem.................. Idem.................. Arzobispo.............. Idem................. Marqués............... Armonia................ Monte.................. Cádiz.................. Santa Ter. sa....... .. San Cristóbal.......... Zaragoza............... Idem................. Recreo.................. Ayuntamiento........... Idem................. Moreno................. Sant» Catalina......... Zequeira,.............. Luyanò................. Misión................. Aguila................. Arroyo Naranjo......... Idem................. Monte.............. 135 Reina.................. Dragone»................ Idem..... ............' San Miguel............. Idem................. Idem................. Zanja.................. Monte.................. Idem.................. Dragones................ Monte................. Idem................ Idem................. Idem................. Trocadero............. Prado................... Riela..;............... O'Reilly............... Habana................. Jesus María ........... Vives ................ Reina.................. Idem................. Idem................. L» altad ......«....... Idem................. Escobar................ Gervasio............... Maloja.................. Marqués González....... Idem................. Estrella................ Idem................. Maloja................. Lealtad................ San Miguel............. Perseverancia........... Maloja.................. Revillagigcdo.......... Misión................. Esperanza.............. Salud.................. Idem................. Santiago............... Idem................. Salud ..... Enna ........ Campanario.... Enna......... Lealtad....... Paula......... Idem....... Ksfévez ..... Aguacate..... Compostela... O'Reilly..... Obrapía...... Lamparilla... 4 4 17 19 32 21 29 23 60 b2 104 61 95 64 66 47 194 181» 64 63 40 86 120 3 33 28 18 36 52 9 21 84 74 56 75 81 1 2 3 4 6 8 34 30 1 1 1 30 19 2 20 8 84 160 19 21 33 39 41 12 55 94 96 11 10 71 58 56 148 7 11 11 13 15 17 21 24 6 39 3 5 3 12 439 14 7 7 1 7 9 14 16 13J Importe del recibo. Primer semestt e. 14 9 199 12 66 6 31 149 5 4» 117 119 121 11 13 49 176 188 41 51 179 69 181 14 140 2 76 69 70 72 135 187 14 16 135 5 4 5 140 10 7 62 12 18 56 104 103 7 10 14 29 20 29 20 80| 40 22 ¿4| 06' Tercer trimestre. 12 80 36 122 122 46 85 16 6 21 79 61 48 26 4' 10 10 13 10 10 15 6 10 14 12 12 14 43 24 31 24 60 20 40 40 20 68 20 12 60 56 20 96 50 04 08 80 6b 801 80 30 48 80 40 96 96 61 97 67 85 120 140 60 24 7 20 92 32 18 12 12 12 14 18 36 28 21 21 21 7 9 18 19 220 ¿i 45 68 90 88 16 98 66 56 20 24 80 60 48 60 20 18 36 7 7 4 3 6 7 14 10 14 15 12 9 9 13 7 6 27 6 6 9 15 39 30 24 13 25 80 24 12 15 12 36 9 10 35 10 8 9 7 10 8 10 12 a 11 18 42 60 73 13 21 42 7 6 9 10 146 27 80 32 20 90 9 14 54 11 33 9 110 14 22 42 106 8 73 13 30 72 65 65 32 60 40 20 01 12 53 30 24 90 «0 50 20 12 12 12 90 30 78 60 48 25 52' 94 03 24 81 24 27 80 68 38 64 38 80 64 80 42 04 52 1 7 20 7I 20 50 40 5 76 al 04 aj 04 1 04 1 10 80 r 11 10 1 12 24 6 10 3o 4 6- 7 20 5 40 18 13 24 12 24 10 80 9 54 31 60 10 80 . ••••••»> 14 411 12 60 14 40 12 64 42 20 21 60 5 40 tí 10 3 60 Ì 94 97 118 08 118 04 47 84 18 80 60 48 96 30 18 36 9 18 36 79 56 144 04 70 56 30 84 45 44 50 40 84 20 12 20 80 6 7 9 18 14 10 12 10 3 12 20 40 80 24 80 00 50 20 20 40 40 10 66 90 16 10 95 9 80 07 77
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 103-128, Mayo de 1880 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1880-05 |
Coverage Temporal | 1880-1889 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (114 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000628 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
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Digital ID | chc99980006280001001 |
Full Text | •A'; a. a kS r S cf GACETA DE «V LA HABANA. ti PERIODICO OFICIAD DEL GOBIERNO. Núm. 103. Sábado 1- de Mayo de 1880.—Santos Felipe y Santiago el menor, apóstoles.—Circular en San Francisco. PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. GOBIERNO GENERÍlTe LA ISLA DE CUBA. tiiel, á favor de su nieto D. Domirgo Arrugo y telegrafi-tas seguí do?, oficiales quintos do Ad-Herrera, el Consejo de Estado en Heno ha eini ministracion Civil, con trescientos pesos de suel-tido el siguiente dictámen:—Con Real órden co- do y trescientos de sobresueldo, y antigüedad de mullicada por el Ministerio del digno cargo de la fecha de sus respectivos nombramientos, á D. Eduardo Cariameli Torres, D. Fernando Schel-t.on y Cerdá, D. Angel George Ramírez, I). José Secretaria. i Por el Minists.ñc 5“’Ultramar, con fecha 24 de Marzo próxi. /jj,' -sado, se coflwuúea al Excelentísimo tír. Goboriutiior General, la Real órden siguiente: “Exorno. Sr,:—Dada cuenta V. E., en 24 de Enero último, se remitió á este Consejo el expedieute relativo á la concesión del título de Marqués de la Gratitud, á fin de quej Vaidés Amoroso, D. Juan Lág masino Alvarez, informe en pleno acerca de una instancia de Di D. Juan l argas Chamorro, D. Antón o Vega Rita Quesada, viuda de D. Francisco Arango, j Escobar, D. Hamou Arias Navarro, D. Jaime solicitando que se rehabilite en la persona del Puig Cocolías, D. Guillermo Pons Veranes, D. menor D, Domingo Arango y Herrera, la mer-j Juan Miguel Gabiot, D. Rafael Guyonet IbaSe2, ced del indicado título, que fué otorgado en i D. Manuel Sánchez Cortés, D. Miguel Jiménez 1838 á su difunto abuelo, I>. Francisco Arango de la Vega, D. Juan Arauna García y D. Ricar-Parreño. Resulta: Que habiendo consultado la | do González Ce pe re; disponiendo al pro¡ io tiem-Seccion de Gracia y Justicia del extinguido Con-1 po se. manifieste á V. E. que en cuanto á los del expediente 3f,j° Leal, en el año de 1835, la concesión del ¡ nombramientos de personal del Ramo con cargo instruido con el fin de hacer extensivas /las pro- ™P™B»do títu'° e” fi;vor del reí'el,i,1° D: f.’ran, i aj Presupuesto extraordinano de la guerra se vincias de Ultramar las disposiciones del decre- forango, Antes de quo se expidiera, talleció j atenga á o resuelto en la Real orden de 8 de r.r.r «i \1 i1 o i o ri r. üfi Enmanta ín este> J5 como se hallaba pendiente de resolución ! Enero del cora nre ano, quedando sin efecto los una instancia de D. Andrés Aramio, pariente de j nombramientos de los veinte y un telegrafistas D. Francisco, para que el título fuera heredó'a- j primeros á favor de otros tantos segundos del rio, solicitó luego el mismo D. Andrés que se hiciera extensivo á favor del hijo primogénito, como así se estimó; pero habiendo manifestado el interesado que su fortuna no lo permitia hacer los gastos indispensables para la obtención de la gracia otorgada, quedó en tal estado el asunto, acordándose sólo en 21 de Mayo de 1840 que se diera cuenta más adelante. D^ Rita Qnesada, to expedido por el Ministerio de Fomento en veinte y ocho de Setiembre de mil ochocientos sesonta y nueve, que habilita los títulos obtenidos en Establecimientos libres do enseñanza, sostenidos por las Diputaciones y Ayuntamientos de la Península, para el ejercicio privado de las profesiones y determina la manera do revalidarlos; Vistos los informes que acerca de la medida de que se trata han emitido los Gobiernos Generales, Centros y Corporaciones de las indicadas provincias; Considerando que conviene armonizar prudentemente la legislación que en materia de iustruccion pública rige en los dominios de Ultramar con la vigente en la Península y mucho más cuando con esa armonía, sin que queden desatendidas las garantías de aptitud científica indispensables, se consiguen, como en el presente caso, ocurrir á una necesidad que se deja seutir, principalmente en el Archipiélago Fi lipiuo, y ha aconsejado la reciente creación dg una escuela de practicantes de medicina y fa mácia en la Universidad de Manila, S. M. el Re [q. D. g-] de conformidad con lo consultado por el Cousejo de Instrucción pública, lia tenido á bien resolver:—Primero. Se hacen extensivas á las provincias de Ultramar las disposiciones contenidas en el citado decreto, expedido por el Ministerio de Fomento en veinte y ocho de Setiembre de mil ochocientos sesenta y nueve, referente á los estudios hechas y títulos obtenidos en los establecimientos libres do enseñanza, sostenidos por las Diputaciones y Ayuntamientos de la Península, con arreglo á lo mandado por el referido Ministerio.—Segundo. Fara el efecto de la Teválida de los expresados títulos quedan autorizadas las Universidades de la Habana y Manila, las cuales se sujetarán al verificado á las formalidades prescritas en dicho decreto, y exijirán el pago de los derechos correspondientes, á tenor do lo que en el mismo so determina —De Real órden lo digo á V. E para su conocimiento y fine» consiguientes.5’ Y acordado por S. E. en 17 del actual el cumplimiento de la preinserta Soberana disposición, de su órden se publica en la Gaceta Oficial y el decreto que en la misma se menciona para general conocimiento. Habana 26 de Abril de 1880. El Secretario del Gobhrno General, Joaquín Carhonell. Decreto que se cita. “De conformidad con lo propuesto por el Ministerio de Fomento, de acuerdo con el Consejo de Ministros, Vengo en deoretar lo siguiente:—Artículo 1. ° Los estudios de asigna'uras probadas eu los establecimientos libres de enseñanza sostenidos por las Diputaciones y Ayuntamientos, con arreglo á lo dispuesto en éí decreto de 14 de Enero último y la circular del mismo dia del presente mes, son válidos en los establecimientos oficiales de igual clase que aquellos en donde se hubiesen verificado.—Art. 2.° Los grados de B chiller en Artes recibidos en los establecimientos libres que se expresan en el articulo anterior, servirán para proseguir en los mismos los estudios de Facultad y superiores; pero habrán de rehabilitarse los títulos correspondientes en los establecimientos oficiales para «mpreuder en éstos los estudios superiores y de Facultad. A la misma rehab litación e tarán sujetos los de Bachiller y Licenciado en Facultad, para que los alumnos procedentes de establecimientos libres, puedan continuar en los oficiales el estudio de licenciatura y doctorado.—Art. 3. ° Los títulos expedidos por los establecimientos libres, á que se refiere este decreto, hábilita-váo, con arreglo á las leyes, para el ejercicio privado de las profesiones; mas no para el desempeño de los empleos públicos y servicios oficiales mientras no hayan sido rehabilitados como se determina en el presente decteto—Art. 4.° La rebalvlitacion de los títulos mencionados so hará en los establecimientos oficiales de enseñanza mediante h s ejercicios que en éstos se exijan para el grado á que corresponda el titulo y el pago de los derechos prescritos en la tarifa ofiuiul, contándose para e:te pago los que por el título se hubieren satisfecho en el establecimiento libre de donde proceda. No serán de abono los derechos llamados de exámen, ni se exime al graduando de la obligación de satisfacer los correspondientes á sus ejercicios en los establecimientos oficiales.—Art. 6. ° Verificada la reválida de los grados se estampará al dorso de los títulos una diligencia en que conste su rehabilitación, la fecha en que so verificaron los ejercidos y el libro de la Secretaba en que quedan registrados. Esta diligencia irá autorizada con el »ello del establecimiento oficial correspondiente y firmada por su Jefe y Secretario.—Dado tn Jfiadrid á 28 de Setiembre de 1869.—Francisto Serrano.—El Ministro de Fomento, José Echt-garay.”—Es copia. El Secretario del Gobierno General, Joaquín Carhonell. presupuesto del Ramo, cuyos nombramientos se expresan en la relación que acompaña V. E. á la referida carta ofh ial.—Da Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos oportunos.” Y acordado por S. E. con fecha 17 del actual el cumplimiento de la preinserta Real órden, se publica en la Gaceta Otieiat para general co- curadora para los bienes de cu nieto, D. Domin-I nocimiento. go Arango y Herrera, haciendo mérito de los ■ Habana 26 de Abril de 1880.—El Inspector hechos anteriormente relacionados, solicitó en ! general, Enrique de Arantane. instancia documentada de 12 de Agosto de 1879, j ------ que se rehabilitase en la persona de su citado nieto la merced de título del Reino, concedido á su Por el Ministerio de Ultramar se comunica abuelo, para sí y legítimos sucesores prèvio el ai Exorno. Sr. Gobernador General de esta Isla, pago de los impuestos correspondientes. Acom- con fecha 27 de Marzo próximo pasado, la Real pañó còpia de una instaura elevada á S. M. el órden siguiente: año 1834, solicitando que se expidiera el título “Número 466.—Exemo. Sr.:—8. M. el Rsy de que se trata en favor de D. Francisco AraD j[q. D. g.] se ha servido nombrar para la plaza go, y unas diligencias judiciales, con diversos de oficial segundo de Sección del Ramo de Te documentos encaminados á acreditar la nobleza y riqueza del menor y su estado civil. Pasado á | ioforme del Gobernador General y del Consejo de Administración la anterior instancia, lo emitieron con fecha 25 y 11 de Set embre último en sentido favorable.—En vista do los relacionados antecedentes y Considerando que si bien la concesión del título de Marqués de la Gratitud se consultó primitivamente con el carácter de personal, al hacerla extensiva por Real órden de 27 de Julio de 1838, en favor del hijo primogénito légiafos, oficial tercero de Adruio stracion Civil de esa Isla, vacante por fallecimiento de D. José Casal y Lamas, al telegrafista primero, D. Patricio Bueuo Alonso, con el haber anual de quinientos pesos de sueldo y quinientos de sobresueldo, en cumplimiento de la Real órden de 18 de Julio último; para la óe telegrafista primero, oficial cuarto de Administración Civil, vacante con esta motivo, ai telegrafista primero m,ás antiguo, D. Jasé María Alcalde Somoza, con el sueldo de cuatrocientos pesos y doscien- de D. Francisco Arango, parece que se otorgó tos de sobresueldo, y confirmar en el empleo de para él y sus sucesores legítimos, toda vez,,qne i.sí se consultó por los Fiscales del Tribunal Supremo, conformándose con su dictámen el mismo Tribunal y la Real órden auteriommnte citada, y en todo caso no seria violento entenderlo así, pues son estos los lérminos con que de ordG narío se conceden semejantes mercedes. Considerando que habiéndose manifestado por la viuda de D. Francisco Arango, á nombre de su hijo, que éste no podía satisfacer el servicio que era de abonarse por el goce del título del Reino indicado, aun cuando por la Administración se acordó en el año de 1840 que se diera cuenta del asunto más adelante, no se hizo con posteriori-1 blica en la Gaceta Oficial dad gestión alguna por los interesados para sa-¡ miento, tisfacer los derechos correspondientes y obtener, Uabana Abril 26 de 1880. por tanto, el oportuno despacho del título, y que j general, Enrique de Arantave. ai dejar así trascurr r con mucho exceso el plazo señalado por el Real decreto de 1816 y la instrucción para su cumplimiento, fecha 14 de Febrero de 1847, con el fin de obtener el Real despacho correspondiente, ca iucó el referido título del Reino de Marqués de la Grati'ud. Considerando que la caducidad en esta materia no es irrevocable, pues, por e! contrario, puede ser alzada á reclamación de parle legítima, si para ello existen razones atendibles de justicia ó de equidad, según se previene en el Real decreto de 4 de Diciembre de 1864, dictado para la Per ínsula, y cuya doctrina no hay iaconveniente en aplicar á Ultramar, toda vez que allí rigen idénticas disp tsiciones que las vigentes en la Metrópoli sobre títulos del Reino. Considerando que, prescindiendo de los servicios del abuelo, D. Francisco Arango, la pobreza de su hijo para obtener el título que se le otorgó, la menor edad del nieto y las circunstancias espec'ales del caso, constituyen en sentido del Consejo motivos suficientes de equidad para acco lerá lo que se solicita; es decir, para rehabili'ar en el menor do D. Domingo Arango y llenera el título concedido á su padie. Considerando, que tanto el Gobernador General, como el Consejo de Administración, informan favorablemente 1a. prettn- telegratísta. segundo, oficial quinto de Administración Civil, con el sueldo anual de doscieutos pesos y trescientos de sobre sueldo y antigüedad de la fecha del nombramiento hecho por Y. E., á D. José Moría Vázquez Quintas, que es el más antiguo de I03 que resultaron excedentes por no estar comprendidos en el número fijado eu los presupuestos vigentes.—De Real órden lo digoá V. E. para su conocimieuto y efectos correspondientes.” Y habiendo dispuesto el Exemo. Sr. Gobernador General, con fecha 17dcl achual, que se dé cumplimiento á la preimerta Red órden, se pu- para general couoci- -E1 Inspector Ordenación de Marina del Apostadero de la Habana. Secretaria. Habiéndose dejado de consignar en el pliego de condiciones para la subasta del suministro de víveles y demás géneros de bastimento pu blicado en la Gaceta oficial do 24 del actual y siguiente, en la parte del repuesto que ha de tener el contratista, después de los 210 gramos de canela, la cantidad de 40 fanegas de maíz; se anuncia al público de órdeu del Sr. Ordenador del Apostadero para que l'eguo á conocimiento de los que deseen interesarse en el expresado acto. Habana Abril 29 de 1880 —Luis Cueto. Contaduría General de Hacienda. Negociado de Reparos. Los cuentadantes que á continuación se sion deducida á nombre de eu nieto por D® Rita! expresan, sus apoderados ó herederos, se presen-Quesada, El Consejo es de dictámen que puede | tarán en esta Contaduría, en dias y horas hábi-otorgarse la gracia solicitada, prévio el pago j les y término de quince á recojer loa respectivos de los derechos é impuest s establecidos eu la fallos absolutorios dictados por el Tribunal de forma que determinan las disposiciones vigentes j Cuentas del Reino: en la materia.—Y conformándose S. M. el Rey ¡ D. Luis Llopiz, en concepto de Interventor (q. D. g.) con el preinserto dictámen, se ha ser- Militar. vido resolver como en el mismo se propone.” i D. Francisco Ramírez y Fernandez, en con-Y acordado por S. E. el cumplimiento de I cepto de Depositario de Hacienda de Cuba, la preinserta Real órden en 17 del actual, si pu- j D. Ramón de Beruete, en concepto de Con-blica en la Gaceta Oficial para general conocí- tador General. D. Antonio Novo de Trova, en concepto de PolíFca.—Asuntos Judiciales. Por el Ministerio de Ultramar se comunica con fecha 19 de Marzo último, al Exemo. Sr. Gobernador General, la Real órden sigu eute: “Exemo. Sr.:—En el expediente promovido á inetaucia de D? Rita Quesada, en solicitud de «habilitación del título de Marqués de la Grati- miento. Habana 26 de Abril de 1880. Joaquin Carhonell. Inspección General de Telégrafos de la Isla de Cuba. Por el Miuisterio de Ultramar se comunica al Exemo. Sr. Gobernador General, con fecha 27 de Marzo próximo pasado, la Real orden, número 467, que dice lo siguiente: “Exemo. Sr.: —En vista de la carta oficial de V. E., número 3220, á la que acompaña tres relaciones demostrativas de las altas y bajas ocurridas en el personal de telegrafistas primeros y segundos de esa Isla desde 15 de Octubre al ¿0 de Febrero último, S. M. el Rey (q. D. g.) se ha servido aprobar las citadas bajas acordadas per V. E., confirmando en sus empleos de telegrafistas primeros, con la categoría de oficiales cuartos de Administración Civil, antigüedid déla fecha con que fueron nombrados por V. E. y h; -ber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y Depositario de Hacienda de Cuba D. Antonio Nuñez y Fernandez, como Contador General. D. Fernando Fernandez de Rodas, como Contador General. D. Fidel Guerra y Navano, eu concepto de Contador General. D. Pablo Garzón, en concepto de Intendente Mili'ar. D. Fel pe N. Gómez, como Administrador Depositario de Villaclara. Habana 18 de Marzn do 1880.—José dei Campo. SEGUNDA SECCION. Administración Económica de de la Habana" la provincia La Oficina de Recaudación de Bienes del Estado se ha trs'adado á la calle de Perseve- trescientos de sobresu» Ido, á D. Manuel Btllini,' rancia número 47, entre Virtudes y Animas. D. Antonio Fuentes Olazabal, I). Juan Batista Habana Abril 24 de 1880.—El Jefe E CONTRIBUCION DEL 16 POR CIENTO.—PRESUPUESTO DE 1879 A 1880. FINCAS URBANAS. Sección l1?—Capitulo 19—Artículo 89 Relación nominal por conceptos de loa recibos cobrados hoy 27 de Abril de 1880. NUMEROS. “1 Varona y D. Manuel Ramon Bahr, Eco- y en el de nómico, i Luis Gabaldon. Tin 19 19 4 J 42 86 147 63 137 61 61 28 32 » 47 46 46 32 74 2s 188 180 1821 183 118 17 3 118 113 61 172 3ô 180 118 117 27 27 130 ìli 128| 128 128 128 129 138 59 59 59 2, 189 ls9 109 135 8 16 26 26 1 3 3 3 184 82 S2| 6 12 21 117 117 143 91 94 94 94 94 94 94 94 94 94 88 88 92 88 26 135 94 95 96 9b 93 88 88 93 95 87 99 lit 32 158 • 158 114 117 137 138 66 66 66 86 113 115 137 113 113 114 115 125 52 181 178 16 18 53 118 118 118 172 172 142 74 111 112 113 141 110 111 172 67 52 110 56 112 139 119 119 122 122 119 11 47 14 100 179 178 144 11 12 2 178 176 Recibo. NOMBRES. SU CONCEPTO. Apodaca.... Factoría... Someruelos. 5506 4129 8093 10376 3669, 2891 3083 3125 15415 1705; 229| 12362 9732 11500 8966 13436 2848 12368 1 263 1025 12271 6114 Joaquin del Pino Domingo Sañudo ........ Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem,..,....,. Idem idem.......... Idem idem,...,..... Idem idem.......... Idem idem......... Idem idem.......... Idem id m.......... Idem idem.......... José Maria Lairazábal.. Asuncion del Junco..... Natalia L Ramos........ Dolores Sanchez........ José S. de Leon........ Dolores S. de Leon..... Natalia Lopez.......... Aureliana Lopez........ Idem idem.......... Transita Betancourt.... Idem idem....,..... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem.,............. Idem............... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Fernando Pendes........ Idem idem.......... Idem Idem.......... Idem idem....... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Idem idem........ Idem idem.......... Benito Menendez ....... Fernando Pendes........ Idem idem.......... Félix Canalejo......... Mariana Espinosa....... Isidora Menendez....... Idem idem........ Manuel Pendes.......... Idem idem.......... Idem idem......... Juan Mata.............. Manuel Pendes.......... Idem idem.......... Idem idem.......... Inés Marcato.......... José Leonard........... InésMartiato.......... Domi nga Cabrera....... José Maria Castro...... Idem idem........ Manuel Va'l.jo........ Manuela Perez......... Matilde Granudo....... Idem idem..... ... Idem Idem......... Idem idem......... Heredero de R. Granado María A. Ajurla....... Idem idem......... Antonio Granado....... José A. Tavares....... Idem idem......... Idem idem......... Antonio Leal ......... Idem idem......... Idem idi ni....... Idem idem......... Juan A. Angel......... 10609 Marta Abreu.......... 2934¡José M. Romero....... 10603 Felipe Suarez........ Antonio Carrillo...... Idem idem......... Idem idem......... Juana P<1 ez.......... Andrés S. Abreu....... Idem idem...... Desiderio R mirez..... Juan N. Abreu.......... Neptuno..... Trocadero... Consulado... Idem. Idem. 1849 Cristóbal Puah.......................... Lamparilla, 1847 Idem idem............................. Idem ran?iJailTei Vly?8...........................Alcantarilla 5091 Idem idem............................. Idem 4487; Idem idem 7746 Idem idem 11776 Idem idem __________ 6747 Aurelio Martiri.........................!DÌà"rÌii 11518 Rosa L. de Reyes.......................‘.ISan Nicolás'.! 11519; Idem idem............................. Idem 10309'José R. Possé.... 1,91041 Idem idem.... 5536 Víctor N. Possé.... 5531 Magdalena CastelI Idem Idem............... Idem idem............................ÍAmistüd Josefa Dolgado...........................iGervanio fi rancisca V aidés........ ......... ! Neptuno, Felipa J. Valdés......................... VilWas Manuel Beraza.......... - K Idem................ Heredero de C. Bonilla José Perez.............. José Pio M azorra....... Idem idem........... Idem idem.......... Idem idem........... Idem idem........... Idem idem........... Idem idem......... Asunción del Juneo ... ......................... Luisa Morales............................i Salud Idem Idem Idem idem. Joaquín del Rio, Pieota . San Isidro.......... Idem.............. Vedado y Carmelo. ’Jüstiz............. 'Aguiar............. Salud.............. Monte.............. Sau Nicolás........ Lealtad............ Viit,lides......... Picota ............. 5933 59ü4 590’ 5906 5907 5909 5932 688 i 11332 11331 11311 140 2856 9391 9369 6528 772 7587 13069 13071 33 235 237 209 3249 6895 8896 526 1182 2011 12278 12246 7352 14307 1431 : 14313 14315 14317 14319 14321 14328 14306 14341 13700 13702 14170 13743 10110 6558 14299 14394 14480 14486 14244 1373 < 13733 14192 14380 13629 14S75 9581 4056 16351 16328 9847 12249 6786 6832 12018 12038 12040 13562 9734 9932 6785 9728 9729 9807 9908 130» 3 1570 1712 13108 12307 12309 13311 8924 8927 7251 5084 9527 9685 9700 7192 9417 9521 8928 12160 10656 9424 11011 9603 Josefa Cobo. Josefa Igualada.................... Buenaventura Fernandez............. Idem idem.....................- Idem idem...................... Manuel Ginesta..................... Idem idem...................... Ramon G. Aizpùrua................. Idem idem.............-........ Idem idem...................... Idem idem....!................. Pilar S. Rubasó.................... José Villegas...................... Idem idem............ ......... 6963| Idem idem. 12464 Manuel Ginesta. 12466 12689 1269 12465 1335 5602 1335 9051 ¿712 2709 TITSl Idem idem. Idem idem. Idem idem............... Pilar Rabasó................ Francisco Valera y C. Medina. Idem idem............... Idem idem............... Félix Valdés....-....•..... Jiaquin Pedroso............. Francisco Arango. 475'Joaquin P. Echa ver la.. 33: 7141 1165 2694 2490 Joaquin Pedroso., Idem idem............... Herederos de M. Echavatria.. Félix de Acoata............. Idem idem............... Reina.................. Neptuno............... Idem......:.......... Concordia.............. Cien fuegos............ Idem................. Idem................. Idem ................ Idem.................. idem....;............ Idem........;........ Economia .............. Suarez.................. Idem................. Idem................. Amargura............... Picota........:........ Maloja ............... Idem................. Cárcel................. Compostela.............. Habana ................ Trocadero............ .. Idem................. Acosta.................. Aguiar................. Idem................. Idem................ Sol.................... Laguuas................ Idem................. Bernaza................ Camas.................. lili/................... Reina.................. Idem.................. Escobar................ Santo Tomás............ Idem...,.............. Idem................. Idem.................. Idem................. Idem................. Idem.................. Idem................. Idem.................. Idem.................. Arzobispo.............. Idem................. Marqués............... Armonia................ Monte.................. Cádiz.................. Santa Ter. sa....... .. San Cristóbal.......... Zaragoza............... Idem................. Recreo.................. Ayuntamiento........... Idem................. Moreno................. Sant» Catalina......... Zequeira,.............. Luyanò................. Misión................. Aguila................. Arroyo Naranjo......... Idem................. Monte.............. 135 Reina.................. Dragone»................ Idem..... ............' San Miguel............. Idem................. Idem................. Zanja.................. Monte.................. Idem.................. Dragones................ Monte................. Idem................ Idem................. Idem................. Trocadero............. Prado................... Riela..;............... O'Reilly............... Habana................. Jesus María ........... Vives ................ Reina.................. Idem................. Idem................. L» altad ......«....... Idem................. Escobar................ Gervasio............... Maloja.................. Marqués González....... Idem................. Estrella................ Idem................. Maloja................. Lealtad................ San Miguel............. Perseverancia........... Maloja.................. Revillagigcdo.......... Misión................. Esperanza.............. Salud.................. Idem................. Santiago............... Idem................. Salud ..... Enna ........ Campanario.... Enna......... Lealtad....... Paula......... Idem....... Ksfévez ..... Aguacate..... Compostela... O'Reilly..... Obrapía...... Lamparilla... 4 4 17 19 32 21 29 23 60 b2 104 61 95 64 66 47 194 181» 64 63 40 86 120 3 33 28 18 36 52 9 21 84 74 56 75 81 1 2 3 4 6 8 34 30 1 1 1 30 19 2 20 8 84 160 19 21 33 39 41 12 55 94 96 11 10 71 58 56 148 7 11 11 13 15 17 21 24 6 39 3 5 3 12 439 14 7 7 1 7 9 14 16 13J Importe del recibo. Primer semestt e. 14 9 199 12 66 6 31 149 5 4» 117 119 121 11 13 49 176 188 41 51 179 69 181 14 140 2 76 69 70 72 135 187 14 16 135 5 4 5 140 10 7 62 12 18 56 104 103 7 10 14 29 20 29 20 80| 40 22 ¿4| 06' Tercer trimestre. 12 80 36 122 122 46 85 16 6 21 79 61 48 26 4' 10 10 13 10 10 15 6 10 14 12 12 14 43 24 31 24 60 20 40 40 20 68 20 12 60 56 20 96 50 04 08 80 6b 801 80 30 48 80 40 96 96 61 97 67 85 120 140 60 24 7 20 92 32 18 12 12 12 14 18 36 28 21 21 21 7 9 18 19 220 ¿i 45 68 90 88 16 98 66 56 20 24 80 60 48 60 20 18 36 7 7 4 3 6 7 14 10 14 15 12 9 9 13 7 6 27 6 6 9 15 39 30 24 13 25 80 24 12 15 12 36 9 10 35 10 8 9 7 10 8 10 12 a 11 18 42 60 73 13 21 42 7 6 9 10 146 27 80 32 20 90 9 14 54 11 33 9 110 14 22 42 106 8 73 13 30 72 65 65 32 60 40 20 01 12 53 30 24 90 «0 50 20 12 12 12 90 30 78 60 48 25 52' 94 03 24 81 24 27 80 68 38 64 38 80 64 80 42 04 52 1 7 20 7I 20 50 40 5 76 al 04 aj 04 1 04 1 10 80 r 11 10 1 12 24 6 10 3o 4 6- 7 20 5 40 18 13 24 12 24 10 80 9 54 31 60 10 80 . ••••••»> 14 411 12 60 14 40 12 64 42 20 21 60 5 40 tí 10 3 60 Ì 94 97 118 08 118 04 47 84 18 80 60 48 96 30 18 36 9 18 36 79 56 144 04 70 56 30 84 45 44 50 40 84 20 12 20 80 6 7 9 18 14 10 12 10 3 12 20 40 80 24 80 00 50 20 20 40 40 10 66 90 16 10 95 9 80 07 77 |
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