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I -vf.'f GACETA DE PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. Nom. 259 Miércoles Iç> de Noviembre de 1882.— J La Fiesta de Todos los Santos.—Circular en Santo Domingo. PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. (¡OPINO GENERAL HE IA ISLA DE CEBA. SECRETARIA. El Exorno. Sr. Gobernador General en acuerdo de 4 del corriente, y do conformidad con la Junta ta de Beneficencia, se ha servido aprobar el Reglamento que á continuación so expresa: REGLAMENTO de la SOCIEDAD PROTECTORA HE ANIMALES Y PLANTAS. {Finaliza.) Artículo 10. Las Señoras serán miembros de la Sociedad en el concepto de patronas, y propenderán en la esfera de sus facultades á la realización de sus humanitarios propósitos. Su nombramiento lo acordará la Directiva. Art. 11. Los socios gozarán del derecho de visitar las dependencias y de participar de los recreos que se proporcionen. Art. 12. La gestión social estará á cargo de la Junta Directiva. La constituirá: un Presidente, dos Vice-Presi-dentc?, un Abogado Consultor, un Inspector Higienista, otro de Plantas, otro Veterinario, un Tesorero Contador, un Traductor, quince Vocales, Periodistas asociados, un Secretario y un Vice-Se-cretnrio. Art. 13. Será permanente ó inamovible y en caso de renuncia, ausencia ó fallecimiento de alguno de sus miembros, se cubrirá la vacante por elección de la Directiva entre los socios activos de reconocida competencia y celo. Art. 14. Celebrará las sesiones necesarias y la ejecución de sus acuerdos se cometerá á los funcionarios respectivos. Los acuerdos se adoptarán por mayoría, constituyendo número el de nueve miembros presentes. Art. 15. Las funciones del Abogado Consultor, del Tesorero Contador y del Secretario, serán retribuidas. Art. 16. Los Inspectores serán retribuidos con arreglo á los cargos que desempeñen en beneficio de la Sociedad. Art. 17. Tendrá á su cargo la Dirección, Administración, intervención y disposición de los negocios, propiedades y fondos de la Sociedad; designará un Banco acreditado donde depositar sus capitales; acordará la recompensa pecuniaria del Tesorero Contador, Secretario, Inspectores y Agentes y los honorarios del Abogado Consultor. Conferirá los cargos subalternos con las facultades, deberos y recompensas que juzgne convenientes. Podrá excluir á los miembros de la Directiva que por su indolencia, enfermedad ó faltas lo ameritasen, á cuyo efecto se requerirá el voto conforme por lo mónos do nuevo miembros ó el de la mayoría, si excediesen los concurrentes del número de diez y sioto. Podrá adoptar las resoluciones convenientes á la Sociedad sin perjudicar sus fondo». No-será responsable ni colectiva ni individualmente á láS pérdidas (pie puedan ocurrir por error justificado. Art. 18. El Presidente, será el Jefe ejecutivo; dirigirá las sesiones y decidirá en cnso de empate; autorizará la correspondencia, designará las comisiones, nombrará los dependientes que acuerde la Directiva, autorizará los libramientos contra el Tesoro, expedirá bis credenciales y representará á la Sociedad en todos sus actos. Art. 19. Los Vico-Presidentes, por su orden, sustituirán al Presidente. Art. 20. El Letrado Consultor, evacuará dictamen oral escrito en los casos que se requieran y tendrá á en cargóla representación oficial de la Sociedad en toda clase de juicios. Art. 21. Los Inspectores, tendrán á su cargo Isb respectivas secciones y estará á sus órdenes el personal y material de las mismas, comunicando á los subalternos las disposiciones convenientes para el mejor servicio. Art. 22. El Tesorero Contador, desempeñará la contabilidad, conservará en su poder toda la documentación, recaudará loa fondos y satisfará las obligaciones visadas por la Presidencia, formalizará los presupuestos, pliegos de condiciones y modelos do proposiciones para las subastas, distribuciones mensuales de fondos y cuentas generales al fin de endn año. Art. 23. Los Vocales concurrirán á las sesiones y desempeñarán las comisiones que se les confien. Art. 24. El Secretario, llevará la correspondencia general de la Sociedad, conservando las comunicaciones que so reciban y copia do las con testaciones; convocará las sesiones, en las que dará cuenta do todos los asuntos, extenderá lás actas do 0 que so acuerde; tendrá á su cargo el sello de la corporación, reglamento, resoluciones y archivo y certificará todas las actas; será miembro de todas b*8 comisiones y actuará cu ellas con el carácter de Secretario. pector, do las trasgresiones que ocurran y aplicación de los artículos de las Ordenanzas. CAPITULO V. JUNTAS GENERALES. Artículo 29. El dia 15 de Enero de cada año, “Excino. ¡Sr.:—El Sr. Ministro de Ultramar, dice con esta fecha al Gobernador General de la Isla de Puerto-Rico, lo que sigue:—Excmo. Sr.:— Declarado cesante por Real orden de esta fecha el Abogado fiscal de la Audiencia de Puerto-Rico I). Fernando Méndez San Julián; S. M. el Rey (q. D. g.) se lia servido disponer que le sustituya tendrá lugar Junta general, á la que se entenderán interinamente D. Francisco Bclmontc y Cárdenas, convocados todos los socios y tendrá efecto con Juez de 1.“ instancia qiin eva del distrito de la Oa-cualquier número que s»3 reúna. jtedral; y actualmente Abogado fiscal electo de la En ella, el Secretario presentará una memoria Audiencia de Puerto-Principe si no se hubiese cuide lo actuado durante el año y el Tesorero Conta- barcado todavía para su destino.” dor el Balance de la Sociedad y su cuenta docu-' T acordado por S. E. el cumplimiento do la mentada, que podrá ser objeto de observaciones, preinserta Real orden en 18 del actual se publica procediéndose en su consecuencia á lo que 6C acor- en la Gaceta oficial para general conocimiento. Lo que de orden de S. E. se publica en la Gjiceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Díaz de la Quintana. En virtud de lo que prescribe la Real orden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al talo, en Filosofía y Letras D. Lúeas Lu xjo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Díaz de la Quintana. ciano Avendnño y Silva, Catedrático interino de la dare. Art. 30. Eu cualquiera otra época podrán tener lugar Juntas generales, por grave causa á moeion do la Directiva, por la mayoría de sus miembros ó á solicitud do la tercera parte de los socios inscritos Habana 23 do Octubre de 1S82: 31. Diaz de la Quintana. Por el Ministerio do Ultramar se comunica á este Gobierno General con fecha 21 del mes próxi- asiguatura do Psicología, Lógica y Filosofía moral del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago ' de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos y 1 seiscientos d » sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien seda cuenta. Lo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octunre 28 de 1882, El Secretario del Gobierno Geueral, M. Díaz de la Quintana. Art. 31. En estos casos, la convocatoria so ha- 1,10 pasado, la Real orden siguiente: e más circulación con ocho' “Excmo. Sr.: Para la plaza rá en los periódicos de dias de anticipación, expresándose el sesión y se adoptará acuerdo por mayoría, quiera que sea el número do los asistentes. de la cnal- severo en Art. 32. Se observará el orden más la discusión paara realizar sus fines. Art. 33. Las alteraciones que se consideren oportunas en este Reglamento, habrán de proponerse necesariamente por escrito á la Directiva y aprobadas por ésta en Junta subsecuente, se some de Oficial 5.° del Negociado de Internacional de la Administración Principal de Correos de la Isla, creada por la ley de presupuesto de 7 de Julio último, con el sueldo anual de trescientos pesos y seiscientos de sobresueldo; el Rey (q. D. g.) lia tenido á bien nombrar á I). Rafael Jiménez Eslava.—De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y demás efectos.” Y acordado por S. E. el cumplimiento do la tora al acuerdo de la Sociedad en Junta especial preinserta Real orden en 18 del actual, de su or-convocada al efecto con término de ocho dias en la den 8e publica en la Gaceta para general eonoci-forma del artículo 31, y sólo podrá adoptarse por miento. votación de las dos torceras partes de los miembros presentes y votantes. Y de sn orden se publica en la “Gaceta Oficial” para general conocimiento. Habana, 2S de Octubre de 1882. El Secretario del Gobierno General, Mariano Diaz de la Quintana. Habana 23 de Octubre do 1S82. M. Diaz de la Quintana. Por el Ministerio do Ultramar so comunica á este Gobierno General con fecha 15 del mes próximo pasado, la Real orden siguiente: En virtud de lo que prescribe la Real orden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo, Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Bachiller en Jurisprudencia D. Francisco Martinez Betancourt, Catedrático interino de la asignatura de segundo cura > <le Latin y Castellano del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos de sue'do y seiscientos de sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. En virtud de .lo que prescribe la Real órdon de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Dr. en Medicina y Cirijjía D. Magín Saga-rra Genoux, Catedrático auxiliar interino de la Sección de Ciencias del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual do quinientos pesos, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cueutu. Lo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. “Excmo. Sr.:—Para la plaza de Oficial 5.° Obras Públicas. Habiendo solicitado do esto Gobierno General D. Francisco Antonio Salazar la correspondiente autorización para construir unos baños en el litoral do San Lázaro entro la desembocadura do las callos de Manrique y Lealtad en esta Oin- Administrador de Correos de Cárdenas en esa Isla, vacante por pase á otro destino de D. Ramón Ruso y Lago que la desempeñaba y dotada con el sueldo anual de trescientos pesos y setecientos de sobresueldo; el Roy (q. D. g.) ha tenido á bien ! nombrar á D. Joné María Coello y López.—Do para su conocimiento Real orden lo digo á V. E. y demás efectos.” Y acordado por S. E. el cumplimiento de la dad, se lia dispuesto se haga pública esta petición preinserta Real orden en 8 del actual, de su orden por medio de la Gaceta oficial, á fin de que el que 8e publica en la Gaceta para general conocimiento, so crea perjudicado con el establecimiento de aque- Habana 23 de Octubre de 1882. En virtud de lo que prescribe la Real orden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Exorno, Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Dr. en Medicina y Cirujía D. Justo Blanco y Romeo, Catedrático interino de la asignatura de Historia Natural con principios do Fisiología ó Higiene del Instituto provincial de segunda enseñanza do Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y seiscientos de sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de órden de S. E. so publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. D abana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Díaz de la Quintana. En virtud de lo que prescribe la Real órden dé 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrará D.. Elias Vazquez Fábega, Catedrático auxiliar interino de la Sección de Letras del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de quinientos pesos, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de órden de S. E, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 (le Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Bachiller en Artes D. Alberto Hernández y Valdés, Ayudante preparador para los gabinetes y laboratorios del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber nnunl de trescientos pesos de sueldo y trescientos de sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de Su Magestad á quien se dá cuenta. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, 31. Diaz de la Quintana. M. Diaz de la Quintana. Gracia y Justicia. líos ocurra a este Centro, exponiendo el derecho de que se considere asistido, en el término de 30 dias á contar de la fecha de esta publicación; en la inteligencia de quo trascurridos aquellos sin haberlo verificado, so procederá á lo que hubiere lugar en vista do lo que resulte del expediente que al efecto se halla iniciado. j Lo que se publica para general conocimiento. Gobernador General, la Real órden siguiente: Habana 19 de Octubre He 1S82. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar y con fecha 22 de Setiembre último se comunica al Excmo. Sr. “Excmo. Sr.:—En vista de la carta oficial de V. E. núm. 1856, de 15 de Agosto último, en que dá cuenta de haber anticipado licencia al Magistrado de la Audiencia do Puerto-Príncipe D. Ra-Por el Ministerio de Ultramar con fecha 6 de Tiel Nacarino Biabo; y teniendo en cuenta^ lo dis-Sotiembre próximo pasado y bajo el núm. 1574, se puesto ^por el Real En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 ^ de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Ldo. en Medicina y Cirujía D. Federico Carbonell y Echevarría, Catedrático interino de la asignatura de Física y Química del Instituto provincial de 2? enseñanza de Santiago de Cuba con el haber anual de cuatrocientos pesos y seiscientos de sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de órden de S. E, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, 31. Diaz de la Quintana. Decreto de 26 de Abril do comunica al Excmo. Sr. Gobernador General, la H78; S. M. el Roy (q. D. g.) se lia servido apro-Real órden sio-uientc: bar por término de tres meses el anticipo de li- “Excmo. Sr.:—Visto el expodiente que remite «encía por enfermo, para la 1 enínsula concedido V. E. con su oficio núm. 1365 del 24 de Junio úl- por esc Gobierno General al referido funcionario, timo relativo á la concesión de unos terrenos sub-:'—Y acordado por S. E. el cumplimiento déla marinos en el litoral de Regla de esc puerto que preinserta Real órden en 18 del actual, se pu nica solicita D. José Gómez Madarro. Teniendo en 011 hi Gaceta para gencpil conocimiento, cuéntala unanimidad de los informes emitidos! Habana 23 de Octubre de 1882. 31. Díaz de la Quintana. por los Centros que lian intervenido en el asunto, favorables á la concesión que se pretende. Considerando que el muelle y terraplén que se ofreeo construir y se admite se ejecute, es una mala construcción dentro de una bahía que se trata de limpiar ó de dragar, porque con las condiciones que so establece la estacada se deterioraría en poco tiempo por los efectos naturales del mar, desapareciendo en breves años, y los terraplenes ejecutados sin la necesaria defensa, serían arrastrados por el oleago y contribuirían á ensuciar el puerto y los fondeaderos, destnij'endo el costoso trabajo que constituye el dragado; S. M. el Rey (q. I). g.) de conformidad con 'o propuesto por la Inspección For el Ministerio de Ultramar se comunica con focha 22 de Setiembre próximo pasado al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real órden siguiente: “Excmo. Sr.:—En vista de la carta oficial de V. E. núm. 1778, de 5 de Agosto próximo pasado dando cuenta de haber anticipado licencia para la Península por enfermo al Juez de 1.a instancia de Ilolgnin 1). José Vicente do la Sierra; y teniendo en cuenta lo dispuesto por Real Docrero de 26 de Abril de 187S; S. M. el Rey (q. D. g.) lia tenido meses el En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, so ha servido nombrar á D. Vitaliano de Jesús Martinez, Catedrático interino de la asignatura de Francés, 1q y 2q cursos, del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y seiscientos do sobresueldo, á reserva do lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de órden do S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, 31. Diaz de la Quintana. á bien aprobar por el término de tres UU UUlllOl llllUilU UUIl 'U Ul UDUUOIU UOl 1 ¿V Í1IOIMJUU1UII tí i t * , n 1*J / i» i general de Obras Públicas y Junta Consultiva del anticipo de licencia por enfermo concedido a di-ramo de esa Isla, se lia servido otorgar á D. José ° ,r> l,n('umnno- Gómez Madarro la concesión de los terrenos subí marinos que pretende, situados al Oeste del litoral de Regla, con las prescripciones propuestas por dicha.Inspección y Junta Consultiva de Obras públicas; modificando la seyunda condición, exigiendo que la escollera de defensa que se construye lo soa con piedras cuyo volúmen no sea menor que una cuarta parte de metro cúbico, y que tenga el macizo de escollera un espesor vez y media por lo menos de su altura, revistiendo y do clio funcionario. Y acordado por S. E. sn cumplimiento, se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana 23 de Octubre de 1882. M. Diaz de la Quintana. Sección de Fomento.—Instrucción Pública. El Excmo. Sr. Gobernador General por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Dr. D. Juan Perpífiá y Pibernat, Director interino del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, fendiendo también por el costado el terraplén en Cou la gratificación anual de doscientos cincuenta ¡>e-toda la extensión á donde alcancen las aguas con sos, á reserva de lo que determine el Gobierno de Su escollera de las mismas dimensiones.—Lo que de Magostad á quien se dá cuen'a. Real órden digo á V. E., no devolviéndole plano ¡ L° que órden de S. E. se publica en la Gaceta En virtud do lo quo prescribe la Real órden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Kxcmi). Sr. Gobernador General, por acuerdo dq esta fecha, se ha servido nombrar al Ldo. en Ciencias Naturales D, Antonio Regojo y González, Catedrático interino de la asignatura de Agricultura del Instituto provincial de 2a enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual do cuatrocientos p'esos de sueldo y seiscientos de sobresueldo, á reserva (le lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de órden de S. E. so publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. El Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar á D. Maniiel Martinez de Junquera y Mancebo, Oficial de la Secretaría del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de ochocientos pesos. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. El Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar á D. Pascual Pérez Puerta, Escribiente 1? do la Secretaría del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de quinientos pesos. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. El Fxemo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar á D. Andrés B< -ry y López de Queraltn, Escribiente 2o do la Secretaría del Instituto provincial de segunda enseñanza o Santiago de Cuba, con el sueldo anual de cuatrocientos pesos. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Díaz de la Quintana. alguno, por no haberlo remitido por duplicado como CAPITULO IV. DE LAS SECCIONES. Articulo 25. Las Secciones de Higiene, Flan-«8 y Veterinaria estarán á cargo de los respectivos Qspectorcs, los que nombrarán los empleados ne-^sanos para el desempeño de las funciones de las üisLnas, proponiendo á la Directiva las remunera-eionc8 procedentes. ordenan las disposiciones vigentes, debiendo en viario para hacer constar en ¿1 la aprobación de la concesión.” Y habiéndose dispuesto por S. E. su cumplimiento con fecha 27 de Setiembre último se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana 16 do Octubre de 1882. M. Diaz de la Quintana. oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882, El Secretario del Gobierno Genera!, M. Diaz de la Quintana. En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Dr. en Derecho Civil y Canónico D. Joaquín Santos Ecay, Catedrático interino de 'a asignatura de primer curso de Lntin y Castellano del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y seiscientos de sobresueldo, a reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta- Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Seoretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. El Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar á D. Fraucisco Pons y Roca, Escribiente 3g de la Secretaría del Instituto provincial de segunda enseñanzu de Santiago do Cuba, Con el haber anual de cuatrocientos pesos. Lo que de. órden do S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr, Gobernador General, por acuerdo do esta fecha, se ha servido nombrar al Dr. en Filosofía y Letras D. Juan Perpiñá I y Pibernat, Catedrático interino de las asignaturas de Geografía, Historia Universal y de España del Iusti Debiendo ser trasladada ni Puerto de Cien- tuto provincial de se0uuda ensc inza de SantiaDo de <■ i i • íii . , i . i ' n„ha con el haber anual de cuatrocientos pesos ile fuegos la embarcación en que se halla establecida wu», u mu« uuui ,, . * , ii j wi i j i a tv r> „ sueldo v seiscientos de sobresueldo, a reserva de lo que la luz del Quebrado do “Diego Perez’ para reptt-______________s \r ií finipn cp PllPnt.íl , . , - „ 1 * L1 aj1 determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta, rar las avenas causadas en aquella por el temporal, JjQ dc úrdeu de s. E. se publica cu la Gaceta de 5 do Setiembre próximo pasado, desde el día 31 ofic¡al p¿ra genera¡ conocimiento, del actual dejará de alumbrar la citada luz, basta “ ' ~ ' — ’ que terminada la reparación, pueda instalarse y hal^" ^ Formalizarán los Reglamentos á qnc !'1 Jr“r‘ de ajustarse y resolverán las dudas que pue-■'n ocurrir en su ejecución. - rt. 27. Parala inspección de los estableen -K establos, mercados y rastros, elegirán gentes morigerados á los que se proveerán do di-1* oiría y vestirán las insignias qne designará la DL-tectiva. Art. 28. Serán reconocidos corno agentes de la ‘ utondud Municipal, á la que dará cuenta el Ins- encenderso de nuevo en el punto en qne ántcs lo estaba, lo cual se avisará también oportunamente para conocimiento de los navegantes. Habana 25 do Octubre dc 1882. El Secretario del Gobierno General, • M. Diaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar y con fecha 22 do Setiembre último se comunica al Excmo. Sr. , Gobernador General, lu Real órden siguiente; Habana Octubre 28 ¡le 1882. EL Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. En virtud dc lo que prescribe la Real órden de 2 dc Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Ldo. en Filosofía y Letras D. Octavio Gi-bcrga y Gali, Catedrático interino de la asignatura de Retórica y Poética del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos ¡»esos y seiscientos de sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno do S. M. á quien se dá cuenta. En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Agrimensor D. José Vidal y Bosques, Catedrático interino dc la asignatura de Geometría y Trigonometría del Instituto provincial de 2.? enseñanza de ¡Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y seiscientos de sobresueldo, á reserva do lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Octubre 28 de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. En virtud de lo que prescribe la Real órden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se lia servido nombrar á Ü. Manuel Ramón Fernandez y Rubalca-l»a Catedrático interino de la asignatura de Aritméti-ca’y Algebra del Instituto provincial de 2» enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos de sueldo y seiscientos de sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien se dá cuenta. El Excmo. Sr. Gobernador General, ¡*>r acuerdo dc esta fecha, se ha servido nombrar á D. Viconto Montes y Regüeifeio", Escribiente 4? dq la Secretaría del Instituto (le segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de trescientos cincuenta pesos. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficia! para general conocimiento. Habana 28 de Octubre de 1882. El Secretario del Gobierno General, 31. Diaz de la Quintana. El Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, so ha servido nombrar á D. José Formoso, Conserje del Instituto provincial dc segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de seiscientos pesos. Lo que de órden de S. E. se publica cu la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 28 de Octubre dc 1882. El Secretario del Gobierno General, 31. Diaz de la Quintana. El Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar á Ü. Felipe Gar- llü USLU. Itl/iut) . . * cía y García, Bedel 1? del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos ¡»esos. Lo quo de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 28 de Octubre dc 1882. El Secretario del Gobierno General, 31. Diaz de la Quintana-. El Excmo. Sr. Gobernador Geueral, por acuerdo de esta fecha, so ha servido nombrar á D. Antonio Puente y Rey, Bedel 2? del Instituto provincial dc segunda enseñanza do Santiago de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos. Lo que de órden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 28 de Octubre de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. El Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se lia servido nombrar ú D. José Duran É
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 259-284, Noviembre de 1882 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1882-11 |
Coverage Temporal | 1880-1889 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (104 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000658 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
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Digital ID | chc99980006580001001 |
Full Text |
I
-vf.'f
GACETA DE
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO.
Nom. 259
Miércoles Iç> de Noviembre de 1882.— J La Fiesta de Todos los Santos.—Circular en Santo Domingo.
PARTE OFICIAL.
PRIMERA SECCION.
OFICINAS SUPERIORES GENERALES.
(¡OPINO GENERAL HE IA ISLA DE CEBA.
SECRETARIA.
El Exorno. Sr. Gobernador General en acuerdo de 4 del corriente, y do conformidad con la Junta ta de Beneficencia, se ha servido aprobar el Reglamento que á continuación so expresa:
REGLAMENTO
de la
SOCIEDAD PROTECTORA HE ANIMALES Y PLANTAS.
{Finaliza.)
Artículo 10. Las Señoras serán miembros de la Sociedad en el concepto de patronas, y propenderán en la esfera de sus facultades á la realización de sus humanitarios propósitos. Su nombramiento lo acordará la Directiva.
Art. 11. Los socios gozarán del derecho de visitar las dependencias y de participar de los recreos que se proporcionen.
Art. 12. La gestión social estará á cargo de la Junta Directiva.
La constituirá: un Presidente, dos Vice-Presi-dentc?, un Abogado Consultor, un Inspector Higienista, otro de Plantas, otro Veterinario, un Tesorero Contador, un Traductor, quince Vocales, Periodistas asociados, un Secretario y un Vice-Se-cretnrio.
Art. 13. Será permanente ó inamovible y en caso de renuncia, ausencia ó fallecimiento de alguno de sus miembros, se cubrirá la vacante por elección de la Directiva entre los socios activos de reconocida competencia y celo.
Art. 14. Celebrará las sesiones necesarias y la ejecución de sus acuerdos se cometerá á los funcionarios respectivos. Los acuerdos se adoptarán por mayoría, constituyendo número el de nueve miembros presentes.
Art. 15. Las funciones del Abogado Consultor, del Tesorero Contador y del Secretario, serán retribuidas.
Art. 16. Los Inspectores serán retribuidos con arreglo á los cargos que desempeñen en beneficio de la Sociedad.
Art. 17. Tendrá á su cargo la Dirección, Administración, intervención y disposición de los negocios, propiedades y fondos de la Sociedad; designará un Banco acreditado donde depositar sus capitales; acordará la recompensa pecuniaria del Tesorero Contador, Secretario, Inspectores y Agentes y los honorarios del Abogado Consultor. Conferirá los cargos subalternos con las facultades, deberos y recompensas que juzgne convenientes. Podrá excluir á los miembros de la Directiva que por su indolencia, enfermedad ó faltas lo ameritasen, á cuyo efecto se requerirá el voto conforme por lo mónos do nuevo miembros ó el de la mayoría, si excediesen los concurrentes del número de diez y sioto.
Podrá adoptar las resoluciones convenientes á la Sociedad sin perjudicar sus fondo».
No-será responsable ni colectiva ni individualmente á láS pérdidas (pie puedan ocurrir por error justificado.
Art. 18. El Presidente, será el Jefe ejecutivo; dirigirá las sesiones y decidirá en cnso de empate; autorizará la correspondencia, designará las comisiones, nombrará los dependientes que acuerde la Directiva, autorizará los libramientos contra el Tesoro, expedirá bis credenciales y representará á la Sociedad en todos sus actos.
Art. 19. Los Vico-Presidentes, por su orden, sustituirán al Presidente.
Art. 20. El Letrado Consultor, evacuará dictamen oral escrito en los casos que se requieran y tendrá á en cargóla representación oficial de la Sociedad en toda clase de juicios.
Art. 21. Los Inspectores, tendrán á su cargo Isb respectivas secciones y estará á sus órdenes el personal y material de las mismas, comunicando á los subalternos las disposiciones convenientes para el mejor servicio.
Art. 22. El Tesorero Contador, desempeñará la contabilidad, conservará en su poder toda la documentación, recaudará loa fondos y satisfará las obligaciones visadas por la Presidencia, formalizará los presupuestos, pliegos de condiciones y modelos do proposiciones para las subastas, distribuciones mensuales de fondos y cuentas generales al fin de endn año.
Art. 23. Los Vocales concurrirán á las sesiones y desempeñarán las comisiones que se les confien.
Art. 24. El Secretario, llevará la correspondencia general de la Sociedad, conservando las comunicaciones que so reciban y copia do las con testaciones; convocará las sesiones, en las que dará cuenta do todos los asuntos, extenderá lás actas do 0 que so acuerde; tendrá á su cargo el sello de la corporación, reglamento, resoluciones y archivo y certificará todas las actas; será miembro de todas b*8 comisiones y actuará cu ellas con el carácter de
Secretario.
pector, do las trasgresiones que ocurran y aplicación de los artículos de las Ordenanzas.
CAPITULO V.
JUNTAS GENERALES.
Artículo 29. El dia 15 de Enero de cada año,
“Excino. ¡Sr.:—El Sr. Ministro de Ultramar, dice con esta fecha al Gobernador General de la Isla de Puerto-Rico, lo que sigue:—Excmo. Sr.:— Declarado cesante por Real orden de esta fecha el Abogado fiscal de la Audiencia de Puerto-Rico I). Fernando Méndez San Julián; S. M. el Rey (q. D. g.) se lia servido disponer que le sustituya tendrá lugar Junta general, á la que se entenderán interinamente D. Francisco Bclmontc y Cárdenas, convocados todos los socios y tendrá efecto con Juez de 1.“ instancia qiin eva del distrito de la Oa-cualquier número que s»3 reúna. jtedral; y actualmente Abogado fiscal electo de la
En ella, el Secretario presentará una memoria Audiencia de Puerto-Principe si no se hubiese cuide lo actuado durante el año y el Tesorero Conta- barcado todavía para su destino.” dor el Balance de la Sociedad y su cuenta docu-' T acordado por S. E. el cumplimiento do la mentada, que podrá ser objeto de observaciones, preinserta Real orden en 18 del actual se publica procediéndose en su consecuencia á lo que 6C acor- en la Gaceta oficial para general conocimiento.
Lo que de orden de S. E. se publica en la Gjiceta oficial para general conocimiento.
Habana Octubre 28 de 1882.
El Secretario del Gobierno General,
M. Díaz de la Quintana.
En virtud de lo que prescribe la Real orden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo. Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al talo, en Filosofía y Letras D. Lúeas Lu
xjo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento.
Habana Octubre 28 de 1882.
El Secretario del Gobierno General,
M. Díaz de la Quintana.
ciano Avendnño y Silva, Catedrático interino de la
dare.
Art. 30. Eu cualquiera otra época podrán tener lugar Juntas generales, por grave causa á moeion do la Directiva, por la mayoría de sus miembros ó á solicitud do la tercera parte de los socios inscritos
Habana 23 do Octubre de 1S82:
31. Diaz de la Quintana.
Por el Ministerio do Ultramar se comunica á este Gobierno General con fecha 21 del mes próxi-
asiguatura do Psicología, Lógica y Filosofía moral del Instituto provincial de segunda enseñanza de Santiago ' de Cuba, con el haber anual de cuatrocientos pesos y 1 seiscientos d » sobresueldo, á reserva de lo que determine el Gobierno de S. M. á quien seda cuenta.
Lo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento.
Habana Octunre 28 de 1882,
El Secretario del Gobierno Geueral,
M. Díaz de la Quintana.
Art. 31. En estos casos, la convocatoria so ha- 1,10 pasado, la Real orden siguiente: e más circulación con ocho' “Excmo. Sr.: Para la plaza
rá en los periódicos de dias de anticipación, expresándose el sesión y se adoptará acuerdo por mayoría, quiera que sea el número do los asistentes.
de la cnal-
severo en
Art. 32. Se observará el orden más la discusión paara realizar sus fines.
Art. 33. Las alteraciones que se consideren oportunas en este Reglamento, habrán de proponerse necesariamente por escrito á la Directiva y aprobadas por ésta en Junta subsecuente, se some
de Oficial 5.° del Negociado de Internacional de la Administración Principal de Correos de la Isla, creada por la ley de presupuesto de 7 de Julio último, con el sueldo anual de trescientos pesos y seiscientos de sobresueldo; el Rey (q. D. g.) lia tenido á bien nombrar á I). Rafael Jiménez Eslava.—De Real orden lo digo á V. E. para su conocimiento y demás efectos.”
Y acordado por S. E. el cumplimiento do la
tora al acuerdo de la Sociedad en Junta especial preinserta Real orden en 18 del actual, de su or-convocada al efecto con término de ocho dias en la den 8e publica en la Gaceta para general eonoci-forma del artículo 31, y sólo podrá adoptarse por miento.
votación de las dos torceras partes de los miembros presentes y votantes.
Y de sn orden se publica en la “Gaceta Oficial” para general conocimiento.
Habana, 2S de Octubre de 1882.
El Secretario del Gobierno General,
Mariano Diaz de la Quintana.
Habana 23 de Octubre do 1S82.
M. Diaz de la Quintana.
Por el Ministerio do Ultramar so comunica á este Gobierno General con fecha 15 del mes próximo pasado, la Real orden siguiente:
En virtud de lo que prescribe la Real orden de 2 de Setiembre próximo pasado, el Excmo, Sr. Gobernador General, por acuerdo de esta fecha, se ha servido nombrar al Bachiller en Jurisprudencia D. Francisco Martinez Betancourt, Catedrático interino de la asignatura de segundo cura > |
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