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DE LA HABANA PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. N um. 180. Märt us 19 de Agosto be 1882.—San -Pedro Ad-víncula, obispa.—Circular en San Nicolás. PARTE OFICIAL. á bien conceder al Sr. cinco dias de proroga de mm»:Ka. sección. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. «UO GENERAL HE II ISLA DE CEBA. Libertos. Vista la demanda contencioso-adminis-trativa'interpuesta por D. Rafael Francisco de Artola, como legítimo consorte de Isabel García Borrego, contra una resolu- Gmnde'eirsdkdtud^'doI 'm^TeTde' cion de la Junta de Patronato de la provincia de la Habana, que confirmó el acuerdo Rey (q. D. g.) ha tenido Carasúes cuarenta y embarque para su destino.” \ acordado por S. E. el cumplimiento de la preinserta soberana disposición, se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana Julio 20 de 1882. M. Díaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar con fecha 18 de Mayo ultimo y bajo el número 1172 se comunica al Exorno. Sr. Gobernador General la Real orden siguiente: “Exorno. Sr.:—Vista la instancia elevada á este -Ministerio poi1 D. Carlos García Puelles, Juez de primera Instancia electo do Sagua la ampliación al término do su permanencia en la Península, por impedirle ponerse en camino nna lesión Bu- en que la local de Guanabacoa hubo de re- irida al regresar de Filipinas, donde prestaba sus conocer el derecho de libertad de la patro- servicios; teniendo en cuenta haber justificado 1: cinada Mercedes Caraballo. enfermedad que le aqueja con las certificacionei „i a T..1- facultativas que acompaña: S. M. el Rev lo. D. s-. Vistos el Real decreto de 4 de Julio de 1861, sobre organización de los Consejos en las provincias de Ultramar, y el artículo 9? del Reglamento de 8 de Mayo de 1880 para la aplicación de la ley de abolición de la esclavitud de 13 dq Febrero del mismo año. Considerando que el recurso se ha establecido en tiempo y forma. Considerando que la resolución contra la cual se reclama causó estado. Conformándome con el parecer de la Sección de lo Contencioso del Consejo de Administración de esta Isla, declaro procedente la mencionada demanda, y nombro al Abogado Fiscal D. Rafael Maidagan para que represente á la Administración. Habana 28 de Julio de 1882. Prendergast. Ayuntamientos. iones que acompaña; S. M. el Rey (q. D. g.) lia tenido á bien acceder á lo solicitado por el Sr. García Pnelles, autorizándole para permanecer dos meses más en la Península.” A acordado por S. E. el cumplimiento de la preinserta Real orden en 16 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Julio 20 de 1882. M. Díaz de la Quintana. Sección de Fomento.—Instrucción Pública. Por el Ministerio de Ultramar con feclia 22 de Junio próximo pasado se comunica al Excelentísimo Sr. Gobernador General la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.:—Dada cuenta de la cartn de ese Gobierno General número 986 de 10 de Mayo próximo pasado, así como del expediente promovido con objeto de determinar las obras que han de servir de texto en los establecimientos de enseñanza de la grande Antilla durante el trienio de 1882 á 1885; y á fin deque puedan hacerse con la oportunidad debida los correspondientes pedidos evitando perjuicios á los alumnos, S. M. el Rey (q. 1). g.) lia tenido á bien aprobar provisional-efecto formulada por la Junta Usando de las atribuciones que me concedo el artículo 54 de la Ley Provincial mente la lista al vigente en esta Isla, lie tenido á bien nom- ¡Superior de Instrucción pública de esa Isla, que bl’ar, en calidad de interino, al Sr. D. Gfa- j en c0Piil acompaña á la carta, referida, hasta tanto briol de Zayas y Aguilera para que C|C3_ q,ie cu definitiva se acuerde lo que proceda en empeñe el cargo de Vicc-Presidcnte de ]a ^ta del informe que con esta fecha se pide al Comisión Provincial de Santa Clara, hasta coinpi4ndidil8 en ja lista indicada.” Y acordado por S. E. en 16 del corriente el cumplimiento de la preinserta soberana disposición de su orden se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Julio de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Díaz de la Quintana. La lista de las obras de texto á que se refiere la Real orden anterior se publicó eu la Gaceta número 169 correspondiente al dia 19 de Julio de 1882. tanto termine la licencia concedida al propietario de dicho cargo D, José I’ertierra. Habana y Julio 22 de 1882. Luis Prendergast. SECRETARIA. Grad«, y Justicia. Por el Ministerio de Ultramar con fecha 24 del mes próximo pasado y bajo el número 1160 so comunica á este Gobierno General la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.:—Queda enterado S. M. el Ilcy (q. D. g.) de la carta oficial del Presidente de la Audiencia de esa capital, n.° 52 de 24 do Marzo último, participando á esto certificada del expediente, el riño do H. Luis Blanco y Camporredonde para la Escribanía de actuaciones adscrita del Juzgado de primera instancia del distrito del Cerro, vacante por renuncia del Ledo. I). Luis Rodríguez Boyer, y acordado por la Sala de Gobierno en conformidad con las prescripciones del artículo 137 de la Real Cédula de 30 de Enero do 1855, orden de la Regencia del Reino de 13 de Abril do 1870 y Real orden de 10 de Enero de 1873.” Obras Públicas. Y puesto el cúmplase por S. E. con fecha 16 del mes actual, de su orden so publica en la Gace -ta oficial para general conocimiento. Habana 22 do Julio de 1882. M. Díaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar se comunica coniecha 19 del pasado Junio, al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.:—El Rey (q. D. g.) ha tenido á bien aprobar el anticipo de tres meses de licencia Habiendo solicitado de este Centro D. Luis Redoi-, vecino de Guantanamo la correspondiente autorización para prolongar el muelle de su pro-. . . . piedad, situado eu la ensenada de Manatí en el Ministerio^ con copia j puerto de aquel poblado, y poder á la vez cons-noiiibramionto H1fo-1 trufr una casa almacén para depósito do frutos; se lia dispuesto por este Centro publicar esta petición para conocimiento del público, áfin de que el que se considere perjudicado de accederse á ella, ocurra ú este Gobierno General exponiendo el de* recho de que se crea asistido, en el término de treinta dias contados desde su publicación, en la inteligencia de que trascurridos estos sin haberlo verificado, no se admitirá reclamación alguna y se procederá á ¡o que hubiere lugar en vista del resultado que añojo el expediente que al efecto se instruye. Lo que se publica para general conocimiento y á los efectos indicados. Habana 19 de Julio de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de 2a Quintana. Hallándose en tramitación en este Centro el oportuno expediente promovido por D. Tomás Goyri á nombre y representación de la Exorna. que para la Península y por enfermo, se lia set vi- ■ viuda de Zulueta cou el objeto de legalizar do V. E. conceder al Pbro. Cura Párroco do la ja Bqnacj0 Iglesia de Santo Hoiñingo I). José Ilarregui y Belaza.” Y acordado por S. E. el cumplimiento de la preinseita Real orden en 16 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Julio de 1882. M. Diaz de la Quintana. A santos judiciales. Por el Ministerio de Ultramar se comunica con fecha 24 de Junio último, al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real orden siguiente: “Exorno. Sr.:—Queda enterado este Ministerio de la carta oficial de Y. E. n.° 361 de 31 de Marzo último, participando la vacante y reversión al Estado del oficio de Procurador de los Juzgados de esa capital, que desempeñaba el fallecido D. Joaquín Valdés Betancourt por no haber sobrevivido los dias que marca la Ley después de baber hecho la renuncia de su oficio.” ----* ------- . IV i Y acordado por S. E. el cumplimiento ^ lil (}en siguiente: la situación del ferro-carril de vía estrecha denominado de Zaza en Caibarien, eonvirtiendo dicha vía para el servicio de uso piíblico; he dispuesto se haga pública esta petición a fin de que aquel que se considero perjudicado de accederse á ella, ocurra á este Gobierno General exponiendo el derecho de que se crea asistido, en el término do treinta dias á contar de la publicación de este anuncio, en la inteligencia do qne trascurridos sin haberlo verificado no se admitirá reclamación alguna y se procederá á lo que hubiere lugar en vista de lo que resulto del citado expediente. Lo que se publica para general conocimiento. Habana 20 de Julio de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. Sección de Fomento.—Industria y Comercio. Por el Ministerio de Ultramar, con fecha 27 de Mayo último y bajo el número 966, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real ór- preinsorta Real orden en 16 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Julio de 1882. M. Diaz de la Quintana. “Excmo. Sr.—A los efectos prevenidos en artículos 3.° y 4.° del Real Decreto de 14 de Mayo de 1880 sobro aplicación en Ultramar de la Ley de Patentes de invención do 30 de Julio do 1878, acompaño á Y. E. nueve copias de testimo-Por el Ministerio de Ultramar so comunica njog je otras tantas patentes de privilegio eoñeedi-con fecha 11 de Junio próximo pasado al Exee- con an.eo-]o á la citada ley á D. Thomas Alva lentísimo Sr. Gobernador General la Real orden j¡djg80nj sobre mejoras en los verbémetros, sobre siguiente: . ^ . _ , .¡ mcjoras’en el procedimiento para la fabricación y Excrno. Sr.:—Vista la instancia elevada « tl.atamicntó de carbones para lámparas eléctricas esto Ministerio por D Manuel Jesús Carasúes 7 ¡ ¡nCHndeBConte8; pam mejorar los aparatos que mi-v alie de 1 az, 1 romotor 1 iscal electo de Baiaeoa, j (jen corrjotne eléctrica que se emplea en un cir-eu solicitud de cuarenta y cinco dias de prórogá ¡ cn¡tQ dado; para £abricar lámparas eléctricas in- cas ó dinamo-eléctricas aplicables á enjendradores ó motores; para mejorar los carbonos ó conductores incandescentes para lámparas eléctricas; para mejorar las máquinas, para engendrar y utilizar la electricidad; para perfeccionar la utilización de la electricidad, midiéndola y trasforniandola en luz, calor y fuerza motriz; y para mejorar los • medios de medir la cantidad de corriente eléctrica que pasa por un circuito, titulándose un verbémetro. Los derechos que emanan de las citadas patentes han sido cedidos por su propietario á los Sres. Don José Francisco de Navarro, D. Tomás Alva Edi-sson, D. Grosvenor Portel- Lowrey y D. Jorge Wales Loren Además incluyo dos copias de testv inonios de patentes de invención concedidas á Don Thomas Alva Edisson por tinos contadores mejorados para medir corrientes eléctricas y á D. Nor-berto Rillieux para perfeccionar los aparatos de azucarería.—Lo que de Real orden digo á Y. E. para su conocimiento y efect s consiguientes.” Y dispuesto por 8. E. su cumplimiento, con fecha 17 del mes último, de su orden se publica en la Gaceta Oficial para general conocimiento. Habana 8 de Julio de 1882. Mariano Diaz de la Quintana. Copias quo se citan. Se'lo 9q-Aíío 1882.—Habilitado para la clase 10? — Valor 2 pesetas.—Testimonio.—En la ciudad de Nueva York á los dias 29 de Diciembre de 1881, ante mí George T. Pinkney, Escribano Público en y para el Estado de N. York y en presencia de los testigos abajo firmados.—Compareció.—D. Tilomas Alva EdissoD, vecino de Menlo Párele en el Estado de New Jersey, Estados Unidos de América, dueño en la actualidad de la Patente de invención número 1727 expedida en 15 de Setiembre de 1881 sobre unas «mejoras en los aparatos para medir la corriente eléctrica que pasa ó que se emplea eu cíicuito dado» por 20 años á favor de dicho D. Tomás Alva Edisson, según consta en ia certificación expedida con el Vq Bq del Excmo. Sr. Director del Conservatorio de Artes y el sello de oficio, en Madrid á 6 de Diciembre de 1881, por D. José María Yeves Lario, Jefe de Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Catedrático numerario d 1 Conservatorio de Artes y Secretario del mismo y que á la letra dice así:—D. José María Yeves y Lario, Jefe de Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Comendador Ordinario de la Real y distinguida Orden de Carlos III, Caballero de Ja Concepción de Viliaviciosa de Portugal, Catedrático numerario del Conservatorio de Artes, Escuelas de Comercio, Artes y Oficios y Secretario del mismo.—Certifico:—Que en el Archivo de este Conservatorio de Artes, existe un expediente instruido á instancia de D. Andrés Baquero y Alinansa, en nombre de D. Thomas Alva Edisson, vecino de Menlo Park, en virtud del que se expidió á favor de este interesado en J5 de Setiembre de 1881, patente de invención por veinte años, por «mejoras en los aparatos para medir la corriente eléctrica que pasa ó que sC empleaporun circuito dado,» cuya patente está anotada en la página 476, número 1,65!) del registro de toma de razón que se lleva en esta Oficina, sin que conste que el referido D. Tomás Alva Edisson haya trasmitido los derechos que le corresponden por su Patente, por lo cual este Conservatorio le considera dueño de ella en la actualidad.—Y para que conste á petición del Sr. D. Andrés Baquero expido la presente á los fines del artículo 32 de la Ley, con el Vto. Bno. del Sr. Director de este Establecimiento y el sello de oficio, en Madrid á 6 de Diciembre de 1881. —José María Yeves. —Yto. Bno.—El Director. —Márquez.—L. S.—Y dijo:—Que por el presenta cede y trasmite sus derechos a dicha patente y á todas las adiciones eventuales de la misma para todas las Antillas y Provincias de Ultramar de España, á y en favor de los Sres. D. José Francisco de Navarro, de Nqeva York, D. Tomás A. Edisson de Menlo Parle, Estado de Nueva Jersey, D. Grosvenor Portel- Lowrey, de Jarritown, Estado de Nueva York y ü. Jorge Wales Loren de New Yoik, Estados Unidos de América, para que tengan y gocen de dicha patente y de todos los privilegios pertenecientes á la misma como de cosa suya de que son dueños absolutos, reservándose, no obstante, el referido D. Tomás Alva Edisson íntegros sus derechos á la referida patente en el Reino de Es; aña.—Con poder de reiterar y publicar la presente escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.—Y para que conste á petición de parte interesada expido la presente que firmo y sello en la ciudad de Nueva York eraut supra.—Thomas A. Edisson.—Tes tigos.— Geo. T. Pinkney.—Kings Co.—Notary Public. —Hay un se'lo de este Notario.—Visto en este Consulado General de España.—Bueno por legalización de la firma y sello de Mr George T. Pinkney, Notario público eu esta ciudad .-Mueva York 17 de Enero de 1882. —Por el Cónsul general.—El Vice-cónsul.—Manuel de la Cueva.—Hay un sello del Consulado General de España en Nueva York.—Veinte pesetas.—133. —Presentada esta escriturad las cuatro de la tarde de hoy, queda registrada al folio 92, núm. 426 del libro 29 de patentes—Madrid 7 de Febrero de 1882.—El Secretario do Gobierno.- Enrique Fernandez.—Hay un sello del Gobierno de Provincia de Madrid.—'eccion de Fomento.—Corresponde literalmente con su original que para este fin me ha exhibido D. Andrés Baquero y Almansa. á quien lo devolví de que doy fé y á que me remito.—Y para que conste á instancia del mismo y dejando nota en el Libró indicador, yo el infrascrito Notario del Ilustre Colegio de esta Villa, con vecindad y residencia en ella pongo el presente en dos pliegos de la clase 10?, números 124,092 y 122,C3ó que signo y firmo en Madrid á 16 de Mayo de 1882.—Federico Alvarez.—Hay un sello del domicilio del Notario.— Legalización,—Los infrascritos Notarios del Colegio y Distrito de esta Villa legalizamos el signo, firma y rúbrica que anteceden del Notario D. Federico Alvarez.—Madrid 16 de Mayo de 1832.— Signado.— A Hermenegildo Hernández.—Signado.—Vicente Callejo Sauz.—Hay un sello de legalización.—Colegio Notarial del Territorio de Madrid.—Hay un timbre móvil 1882.—Diez céntimos.—Es cópia.--El Director General.—A. Merelles. Sello 9q—Año 1882.—Habilitado parala clase 10? valor 2 pesetas.—Testimonio.—En la ciudad de Nueva York á los once dias del mes de Noviembre de 1881, ante mí George T. Pinkney, escribano público de esta torio de Artes y Secretario del mismo y que á la letra dice así:—D, José María Yeves Lario, Jefe de Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Comendador ordinario de la Real y distinguida Orden de Carlos Itl, Caballero de la Concepción de Viliaviciosa de Portugal, Catedrático numerario del Conservatorio de Artes, Escuelas de Comercio, Artes y Oficios y Secretario del mismo.—Certifico que en el archivo de este Conservatorio de Artes, existe un expediente instruido á instancia de D. Andrés Baquero eu nombre de D. Tomás Alva Edisson, vecino de Menlo Park, li tados Un dos, en virtud del que sé expidió á favor de este interesado eu veinte y uno de Julio último, patente de invención por veinte años por mejoras en vebérmetros ó aparatos para medir y registrar la corriente que pasa por Jos conductores cuya patente está anotada en la página cuatrocientos cuarenta y cinco, número mil quinientos cuarenta del registro de toma de razón que sa lleva en esta oficina sin que conste que el referido D. Tomás Alva Edisson haya trasmitido los derechos que le corresponden por su patente, por la cual este Conservatorio le considera no obstante, el referido D. Tilomas A. Edisson íntegros sus derechos á la referida patente en el reino de España, con poder de reiterar y publicar la presente escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.--Y para que conste á petición de parte interesada expido la presente que firmo y sello en la Ciudad de Nueva York eraut supra.—Thomas Alva Edisson.—Testigos.—Geo. i. Piukney, No'ary public.— Kings C9—Hay un sello de este Notario.—Visto en este Consulado General do España.—Bueno por legalización de la firma y sello de Mr. Geo. T. Pinkney, Notario público en esta ciudad,—Nueva York 7 de Enero de 1882. —Por el Cónsul general.— Ü1 Vice-cónsul, Manuel de la Cueva.—Hay un sello del Consulado general de España en Nueva York —20 pesetas.-133.-Presentada esta escritura á las 4 de la tarde del dia de hoy queda registrada al lólio 91, núm. 424 del libro segundo de patentes.-Madrid 7 de Febrero de 1882.-El Secretario del Gobierno.—Enrique Fernandez.— Hay un sello del Gobiqr o de provincia de Madrid. Sección de Fo- , - . T , ... mentó. Corresponde literalmente con su original que dueño de ella eu ia actualidad. 1 para que. conste á , para este fin me ha exhibido D. Andrés Baquero y Al- peticion de D Andrés Baquero, expido la presente á ! mansa, á quien lo devolví y de que doy fé y á que me los efectos del artículo treinta y dos de la Ley cou el j remito.—Y para que conste, á instancia del mismo yde-Vq B? del SI-. Díreetor de este Conservatorio de Artes jando nota en el libro indicador, yo el infrascrito Nota-V el selle ,1« nfw.¡n «n Mmli-ir) á nnatrn rio I WnK™ ,iul-..:„ del ;|ugtre Colegio de esta Villa con vecindad y gos (le la clase 10?, números 124,088 y 89 que signo y firmo en Madrid á 10 de Mayo de 1882.—Signado.—Foderico Alvarez.— Hay un sello del domicilio del Notario —Legalización—L$sinfrascritos Notarios del Colegio y distrito de esta Villa, legalizamos el signo, firma y rúbrica que anteceden del Notario D. Federico Alvarez.-Madrid 13 de Mayo de 1882-Signado. —Ldo. José García Lastra,—Signado.—E. Hermenegildo Hernández.—Hay un sello de legalización.—Colegio Notarial del Territorio de Madrid.—Hay un sello del Notario Hernández y el de timbre móvil 1882.-10 céntimos.—Es copia.—Él Director General, A. Merelles. Sello 9.°—Año 1882.—Habilitado para la clase 10.-1—Valor 2 pesetas.—Testimonio.—En la ciudad do Nueva York á los 29 dias de Diciein- y el sello de oficio eu Madrid á cuatro de Octubre de ¡ rio mil ochocientos- ochenta y uno. José María Yeves, reisdencia en ella, pongo el presente en dos plie- —V.° B. °— El Directór. — Márquez.— L. S.~ Y1 ........................* ------- - P dijo:—Que por el presente cede y trasmite sus derechos á dicha patente y á todas las adiciones eventuales á la misma para todas las Antillas y provincias de Ultramar de España, á y eá favor do los Señores D. José Francisco de Navarro, de Nueva York, D. Tomás Alva Edisson, de Menlo Park, Estado de New Jersey, D. Grosvenor Portel- Lowrey, de Jarrytwn, Estado de Nueva York y D. Jorge Loren de Nueva York, Estados Unidos de América, para que tengan y gocen de dicha patente y de todos ios privilegios pertenecientes á la misma como de cosa suya, de que son dueños absolutos, reservándose no obstante, el referido D. Tomás Alva ndisson íntegros sus derechos á la referida patente en el Reino de España, con poder de reiterar y publicar Ja presente escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.—Y para que conste á petición de parte interesada expido la presente, que fir-i, , , , ,, ... , mo y sello en Nueva York fecha ut supra.—Thomas 111'10 1 au^° 1111 Gieorgo 1. 1 mkncy, Éscri-Alva Edisson.—Testigos.-Chas. H. Sthmid.—Geo. T. ! bíino Pitico.,en y para el Estado de Nueva York Pinkuey.—Notary public.—Hay un sello de este Nota-1 y crl presencia de los testigos abajo firmados, collirio.—Visto en este Consulado General de España,— ¡ pareció D. Tomás A. Edisson, vecino de Menlo Bueno pur legalización de la firma y sello de Air. Geo. Park en el Estado de N. Jersey, Estados Unidos T. Pinkuey, Notario público eu esta Ciudad.—Nueva de América, dueño en la actualidad de la patento York quince de Noviembre de mil ochocientos ochenta de invención número 1650 expedida en 5 da Se-y uno. -Por el Cónsul General -El Vice-Cóusul, Ma- : tiembro de 1881 sobre unas “mejoras en un pro-nuei de la Cueva.—Hay un sello del Consulado general i r i • , - , de España en Nueva York.-Derechos veinte pesetas.1 ^dl,Uientü F a.k fabn,,1fon •> T8tracac‘on de -Ciento treinta y tres. - Presentada esta escrita- ^mparas e.ectricas incandescentes por 20 años ra á las tres y cuarto de la tarde y queda reg stra- a l;lV01 de dicho D. lomas Alva Edisson, según da al fó'io sesenta y siete número trescientos diez del consta en lo certificai-,-on expedida con el \ ? 1’,." libro correspondiente.— Madrid nueve de Diciembre de del Excmo. Sr. Director de este Conservatorio de mil ochocientos ochenta y uno.—El Secretario del Co- Artes y el sello de uiicio en Madrid á 7 deNoviem-bieruo, Enrique Fernaudez.-Hay un sello del Gobierno bre del año corriente por D. José M.a Yfoves Lario, de provincia de Madrid—Corresponde literalmente con ¡ Jefo do Negociado del Cuerpo de Administración su original que para este fin me ha exhibido D. Andrés civil, Catedrático numerario del Conservatorio de Baquero y Almansa, á qaien lo devolví de qne doy fe,1 y á que me remito caso necesario. Y para que conste á instancia del mismo y dejando nota en el libro indi- , , , . . . . , . ... .. - , , cador, yo el infrascrito Notario dei Ilustre Colegio de ( '■ Lueipo de Administración Ci\il, Comendador esta villa, con ve'ciudad y res deneia en ella pongo el ; ordinario de la Reai y distinguida Orden de Cár-preseute en dos pliegos de la clase décima señalados con j )°s 1 U> Caballero de la Concepción de \ i lia viciosa los números ciento veinte y cuatro mil noventa y no- : de Portugal, Catedrático numerario del Conserva-venta y uno que signo y firmo en Madrid á diez de | torio de Artes y Escuelas de Comercio, Artes y Mayo de mil ochocientos ochenta y dos.—Sobre raspa- Oficios y Secretario del mismo.—Certifico:—Quo do—once—y—vale.—Signado. —Federico Alvarez.—¡en el archivo'de esto Conservatorio de Artes, exis-Hay un sello dd domicilio del Notario.-Legalización. ! to m., expediente instruido á instancia del). Andrés -Los ni rasento?.Notarios del Colegio y distrito de es-, jia Q Almansa, en nombre do D. Tomás Alva ta villa, legalizamos el signo, firma y rubrica que ante- T, A . , ’ „ ceden del Notario D. Federico Alvárez.-Madrid trece ’ .'T™ d.° M?ulJ°1Park’ (Est,ld«8. f1 ]lldo8 de Mayo de mil ochocientos ochenta y dos,—Signado, i (;c ^ine.llca) 0,1 wr*,l([ , s? exl)1(*10 a íavor —Ldo. José García Lastra.—Signado.—E. Hemienegd-1 C‘G interesado en 5 de Setiembre de 1881, pa^ do Hernández.--Hay un sello do legalización. Colegio tente de invención por 20 anos por “mejoras en un Notarial del territorio de Madrid.--Hay un sello del procedimiento para la fabricación y construcción Notario Hernández y el del timbre móvil 1882.—10 | de lámparas eléctricas incandescente»” cuya paten-céntimos.—fs còpia.—El Director General, A. Me- J te está anotada en la página 468, número 1624 del relies. j registro de toma de razón que se lleva en esta ¡oficina, sin que conste que el- referido D. Tomás Sello 99 Año 1882 Habilitado para la cl«=e Alva Edisson haya trasmitido los derechos que le 'JF - pesetas. — Testimonio. En la cuchi cc ° correSp0ndon p0r SI1 patente, por lo cual este Con- Nueva York á los dms 29 del mes de ¡ semitono lo considera dueño de ella en la actual!- de 1881, auto mi George T. Pinkney, Escribano! . , , 0 „ el Estado de Nueva York, y en prc- ¡ chid -Y para que conste, a petición del Sr. D. ... . •-i Ar,a,..,=, ia presente a los efectos con el Yto. Bno. del Sr. Director de este Conservatorio de Artes y el sello de oficio en Madrid á 7 de Noviembre de Artes y Secretario del mismo, quo á la letra dice así:—D. José M.a Yeves Lario, Jefe de Negociado público en y para —r-- , , T>- sencia de los testigos abajo firmados.- -Compareció ¡ Andrés Raquero, expíelo la I). Tomás A. Edisson, vecino de Menlo Parle,,en el | del articulo 32 de la Ley Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América, dueño en la actualidad de la putente de invención número 1657, expedida eu 5 de Setiembre de 1881, sobre unas mejoras en un procedimiento para la fabricación y tratamiento de carbonos para lámparas eléctricas incandescentes y en las partes accesorias de los mismos, por 2(1 años, á favor de dicho D. Thomas Alva Edisson, según consta en la certificación expedida con el V9 B9 del Excmo. Sr. Director del Conservatorio de Artes, y el sello de oficio en Madrid á 7 de Noviembre del año corriente por D. José M? Yc-ves Lario, Jefe de Negociado del nistracion Civil, Catedrático numerario 1881.—José María Yeves.-Vto. Bno.-El Director, Márquez.-L. S.-Y dijo: qne por ol presente cede y. trasmito sus derechos á dicha patente y á todas las adiciones eventuales á la misma para todas las Antillas y provincias de Ultramar do España, á y en favor de los Sres. D. José Francisco de Navarro, de New York, D. Thomas Alva Edisson de .......... __ Menlo Park, Estado de New Jersey, I). Grosvenor 1 Cuerpo de Admi- Porter Lowrey de Jarrytow.i, Estado de Nueva ario del Conservato- York, y D. Goorgc Wales Loren de Nueva York, rio de Artes y Secretario del mismo y que á la letra Estados Unidos de América, para que tengan y dice así:—D. José Maria Y'eves y Lario Jefe del Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Comendador ordinario de la Real y distinguida orden de Carlos III, Caballero déla Concepción de Viliaviciosa de Portugal, Catedrático numerario del Conservatorio de Artes, Escuelas de Comercio, Artes y Oficios, y Secretario del mismo.—Certifico.—Que en el archivo de este Conservator o de Artes existe un expediente instruido á instancia de D. Andrés Baquero y Almansa, en nombre de D. Thomas A. Edisson vecino de Menlo Park, en el Estado de New Jersey, Estados Unidos de América, en virtud del que se expidió á favor de este interesado en 5 de Setiembre de 1881, patente de invención por 20 anos por mejoras en un procedimiento para la fabricación y tratamiento de carbonos para lámparas eléctricas incandescentes y en las partes accesorias de los mismos, cuya patente está anotada en la página 468 número 16i3 del registro de toma de razón que se lleva en esta oficina, sin que gocen de dicha patente y do todos los privilegios pertenecientes á la misma como do cosa suya de • quo son dueños absolutos, reservándose, no obstante, el referido D. Tomás Alva Edisson íntegros sus derechos á la referida patente en el reino do España.—Con poder de reiterar y publicar la presento escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.- -Y para quo consto, á petición de parte interesada expido la presente que firmo y sello en la ciudad de Nueva York focha ut supra.—Tomás Alva Edisson.—Testigos.—Geo. T. Pinkney.— Chas. II. Sthmid.—Geo. T. Pinkney.—Notary public.—Kings Co. —Hay un sello de este Notario. Visto en esto Consulado general de España.—Bueno por legalización de la. firma y sello do Mr. Geo. T. Pinkney, Notario público en esta ciudad. —Nueva Yfork 17 de Enero de 1882.—Por el Córi- conste que el referido D. Tomás A. Edisson haya tras- j sul general—El Vico Cónsul.—Manuel de la Cuc-mitido los derechos que le corresponden por su patcn-! Va.—Hay un sello del Consulado general de Espute, por lo cua1 este Conservatorio le considera dueño lia en Nueva York.-20 pesetas.-133.—Presentada de ella en la actualidad—Y para que conste á petición ogta eBtírjtuva a las 4 de la tarde, hoy, queda regis-dd Sr. D. Andrés Baquero, expido la presente á los | tni'(]ft a] fólio [y.2 ndmcro 425, del libro segundó de tados Unidos de América, dueño en la actualidad de la patente de invención número mi! seiscientos treinta expedida en veinte y uno do Julio de mil ochocientos ochenta y uno, sobre unas mejoras en «vebérmetros o aparatos para medir y registrar la corriente que pasa por lo$ conductores,» por veinte años, á favor de dicho D. Tomás Alva Edisson, segun consta en la certifica-cion expedida con el V2 B9del Excmo. Sr. Director del Conservatorio de Artes y el sello de ofi io, en Madrid á cuatro de Octubre del ano corriente, por D. José Ma- dc Provincia do Madrid.—Sección de Fomento.— Corresponde literalmente con su original que para ste fin me lia exhibido D. Andrés Baquero y Márquez. — L. S, — Y dijo. — Que por el presente cede y trasmite sus derechos á dicha patent ¡ y á todas las adiciones eventuales á la misma para todas las Antillas y provincias de Ultramar de Espa- ¡ Almansa, á quien lo devolví de quo doy fé, y á ña, á y en favor de los Sres. D. José Francisco de Na- (p,c vomito.—Y" para qne conste á instancia dol varro de N. York, D. Tomás Alva Edisson de M01“0 ,ldsino y dejando la oportuna nota en ol libro in- Park, Estado de New Jersey, D. Grosvenor i ortei- ; .. . J ~ ■ Lo rev de Jarrytown, Estado de New York y D- Jorge Wales Loren, de New York, Estados Unidos de América, para que tengan y gocen de dicha patente, y de todos los privilegios pertenecientes á la misma como dicudor, yo el infrascrito Notario dol Ilustre Colegio de esta Villa, con vecindad y residencia en ella, pongo el presente en dos pliegos de la clase décima señalados con los números 124,086 y 87 que signo
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 180-206, Agosto de 1882 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1882-08 |
Coverage Temporal | 1880-1889 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (108 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000655 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
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Full Text | DE LA HABANA PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO. N um. 180. Märt us 19 de Agosto be 1882.—San -Pedro Ad-víncula, obispa.—Circular en San Nicolás. PARTE OFICIAL. á bien conceder al Sr. cinco dias de proroga de mm»:Ka. sección. OFICINAS SUPERIORES GENERALES. «UO GENERAL HE II ISLA DE CEBA. Libertos. Vista la demanda contencioso-adminis-trativa'interpuesta por D. Rafael Francisco de Artola, como legítimo consorte de Isabel García Borrego, contra una resolu- Gmnde'eirsdkdtud^'doI 'm^TeTde' cion de la Junta de Patronato de la provincia de la Habana, que confirmó el acuerdo Rey (q. D. g.) ha tenido Carasúes cuarenta y embarque para su destino.” \ acordado por S. E. el cumplimiento de la preinserta soberana disposición, se publica en la Gaceta para general conocimiento. Habana Julio 20 de 1882. M. Díaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar con fecha 18 de Mayo ultimo y bajo el número 1172 se comunica al Exorno. Sr. Gobernador General la Real orden siguiente: “Exorno. Sr.:—Vista la instancia elevada á este -Ministerio poi1 D. Carlos García Puelles, Juez de primera Instancia electo do Sagua la ampliación al término do su permanencia en la Península, por impedirle ponerse en camino nna lesión Bu- en que la local de Guanabacoa hubo de re- irida al regresar de Filipinas, donde prestaba sus conocer el derecho de libertad de la patro- servicios; teniendo en cuenta haber justificado 1: cinada Mercedes Caraballo. enfermedad que le aqueja con las certificacionei „i a T..1- facultativas que acompaña: S. M. el Rev lo. D. s-. Vistos el Real decreto de 4 de Julio de 1861, sobre organización de los Consejos en las provincias de Ultramar, y el artículo 9? del Reglamento de 8 de Mayo de 1880 para la aplicación de la ley de abolición de la esclavitud de 13 dq Febrero del mismo año. Considerando que el recurso se ha establecido en tiempo y forma. Considerando que la resolución contra la cual se reclama causó estado. Conformándome con el parecer de la Sección de lo Contencioso del Consejo de Administración de esta Isla, declaro procedente la mencionada demanda, y nombro al Abogado Fiscal D. Rafael Maidagan para que represente á la Administración. Habana 28 de Julio de 1882. Prendergast. Ayuntamientos. iones que acompaña; S. M. el Rey (q. D. g.) lia tenido á bien acceder á lo solicitado por el Sr. García Pnelles, autorizándole para permanecer dos meses más en la Península.” A acordado por S. E. el cumplimiento de la preinserta Real orden en 16 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana Julio 20 de 1882. M. Díaz de la Quintana. Sección de Fomento.—Instrucción Pública. Por el Ministerio de Ultramar con feclia 22 de Junio próximo pasado se comunica al Excelentísimo Sr. Gobernador General la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.:—Dada cuenta de la cartn de ese Gobierno General número 986 de 10 de Mayo próximo pasado, así como del expediente promovido con objeto de determinar las obras que han de servir de texto en los establecimientos de enseñanza de la grande Antilla durante el trienio de 1882 á 1885; y á fin deque puedan hacerse con la oportunidad debida los correspondientes pedidos evitando perjuicios á los alumnos, S. M. el Rey (q. 1). g.) lia tenido á bien aprobar provisional-efecto formulada por la Junta Usando de las atribuciones que me concedo el artículo 54 de la Ley Provincial mente la lista al vigente en esta Isla, lie tenido á bien nom- ¡Superior de Instrucción pública de esa Isla, que bl’ar, en calidad de interino, al Sr. D. Gfa- j en c0Piil acompaña á la carta, referida, hasta tanto briol de Zayas y Aguilera para que C|C3_ q,ie cu definitiva se acuerde lo que proceda en empeñe el cargo de Vicc-Presidcnte de ]a ^ta del informe que con esta fecha se pide al Comisión Provincial de Santa Clara, hasta coinpi4ndidil8 en ja lista indicada.” Y acordado por S. E. en 16 del corriente el cumplimiento de la preinserta soberana disposición de su orden se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Julio de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Díaz de la Quintana. La lista de las obras de texto á que se refiere la Real orden anterior se publicó eu la Gaceta número 169 correspondiente al dia 19 de Julio de 1882. tanto termine la licencia concedida al propietario de dicho cargo D, José I’ertierra. Habana y Julio 22 de 1882. Luis Prendergast. SECRETARIA. Grad«, y Justicia. Por el Ministerio de Ultramar con fecha 24 del mes próximo pasado y bajo el número 1160 so comunica á este Gobierno General la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.:—Queda enterado S. M. el Ilcy (q. D. g.) de la carta oficial del Presidente de la Audiencia de esa capital, n.° 52 de 24 do Marzo último, participando á esto certificada del expediente, el riño do H. Luis Blanco y Camporredonde para la Escribanía de actuaciones adscrita del Juzgado de primera instancia del distrito del Cerro, vacante por renuncia del Ledo. I). Luis Rodríguez Boyer, y acordado por la Sala de Gobierno en conformidad con las prescripciones del artículo 137 de la Real Cédula de 30 de Enero do 1855, orden de la Regencia del Reino de 13 de Abril do 1870 y Real orden de 10 de Enero de 1873.” Obras Públicas. Y puesto el cúmplase por S. E. con fecha 16 del mes actual, de su orden so publica en la Gace -ta oficial para general conocimiento. Habana 22 do Julio de 1882. M. Díaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar se comunica coniecha 19 del pasado Junio, al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real orden siguiente: “Excmo. Sr.:—El Rey (q. D. g.) ha tenido á bien aprobar el anticipo de tres meses de licencia Habiendo solicitado de este Centro D. Luis Redoi-, vecino de Guantanamo la correspondiente autorización para prolongar el muelle de su pro-. . . . piedad, situado eu la ensenada de Manatí en el Ministerio^ con copia j puerto de aquel poblado, y poder á la vez cons-noiiibramionto H1fo-1 trufr una casa almacén para depósito do frutos; se lia dispuesto por este Centro publicar esta petición para conocimiento del público, áfin de que el que se considere perjudicado de accederse á ella, ocurra ú este Gobierno General exponiendo el de* recho de que se crea asistido, en el término de treinta dias contados desde su publicación, en la inteligencia de que trascurridos estos sin haberlo verificado, no se admitirá reclamación alguna y se procederá á ¡o que hubiere lugar en vista del resultado que añojo el expediente que al efecto se instruye. Lo que se publica para general conocimiento y á los efectos indicados. Habana 19 de Julio de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de 2a Quintana. Hallándose en tramitación en este Centro el oportuno expediente promovido por D. Tomás Goyri á nombre y representación de la Exorna. que para la Península y por enfermo, se lia set vi- ■ viuda de Zulueta cou el objeto de legalizar do V. E. conceder al Pbro. Cura Párroco do la ja Bqnacj0 Iglesia de Santo Hoiñingo I). José Ilarregui y Belaza.” Y acordado por S. E. el cumplimiento de la preinseita Real orden en 16 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Julio de 1882. M. Diaz de la Quintana. A santos judiciales. Por el Ministerio de Ultramar se comunica con fecha 24 de Junio último, al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real orden siguiente: “Exorno. Sr.:—Queda enterado este Ministerio de la carta oficial de Y. E. n.° 361 de 31 de Marzo último, participando la vacante y reversión al Estado del oficio de Procurador de los Juzgados de esa capital, que desempeñaba el fallecido D. Joaquín Valdés Betancourt por no haber sobrevivido los dias que marca la Ley después de baber hecho la renuncia de su oficio.” ----* ------- . IV i Y acordado por S. E. el cumplimiento ^ lil (}en siguiente: la situación del ferro-carril de vía estrecha denominado de Zaza en Caibarien, eonvirtiendo dicha vía para el servicio de uso piíblico; he dispuesto se haga pública esta petición a fin de que aquel que se considero perjudicado de accederse á ella, ocurra á este Gobierno General exponiendo el derecho de que se crea asistido, en el término do treinta dias á contar de la publicación de este anuncio, en la inteligencia do qne trascurridos sin haberlo verificado no se admitirá reclamación alguna y se procederá á lo que hubiere lugar en vista de lo que resulto del citado expediente. Lo que se publica para general conocimiento. Habana 20 de Julio de 1882. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. Sección de Fomento.—Industria y Comercio. Por el Ministerio de Ultramar, con fecha 27 de Mayo último y bajo el número 966, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real ór- preinsorta Real orden en 16 del actual, se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Julio de 1882. M. Diaz de la Quintana. “Excmo. Sr.—A los efectos prevenidos en artículos 3.° y 4.° del Real Decreto de 14 de Mayo de 1880 sobro aplicación en Ultramar de la Ley de Patentes de invención do 30 de Julio do 1878, acompaño á Y. E. nueve copias de testimo-Por el Ministerio de Ultramar so comunica njog je otras tantas patentes de privilegio eoñeedi-con fecha 11 de Junio próximo pasado al Exee- con an.eo-]o á la citada ley á D. Thomas Alva lentísimo Sr. Gobernador General la Real orden j¡djg80nj sobre mejoras en los verbémetros, sobre siguiente: . ^ . _ , .¡ mcjoras’en el procedimiento para la fabricación y Excrno. Sr.:—Vista la instancia elevada « tl.atamicntó de carbones para lámparas eléctricas esto Ministerio por D Manuel Jesús Carasúes 7 ¡ ¡nCHndeBConte8; pam mejorar los aparatos que mi-v alie de 1 az, 1 romotor 1 iscal electo de Baiaeoa, j (jen corrjotne eléctrica que se emplea en un cir-eu solicitud de cuarenta y cinco dias de prórogá ¡ cn¡tQ dado; para £abricar lámparas eléctricas in- cas ó dinamo-eléctricas aplicables á enjendradores ó motores; para mejorar los carbonos ó conductores incandescentes para lámparas eléctricas; para mejorar las máquinas, para engendrar y utilizar la electricidad; para perfeccionar la utilización de la electricidad, midiéndola y trasforniandola en luz, calor y fuerza motriz; y para mejorar los • medios de medir la cantidad de corriente eléctrica que pasa por un circuito, titulándose un verbémetro. Los derechos que emanan de las citadas patentes han sido cedidos por su propietario á los Sres. Don José Francisco de Navarro, D. Tomás Alva Edi-sson, D. Grosvenor Portel- Lowrey y D. Jorge Wales Loren Además incluyo dos copias de testv inonios de patentes de invención concedidas á Don Thomas Alva Edisson por tinos contadores mejorados para medir corrientes eléctricas y á D. Nor-berto Rillieux para perfeccionar los aparatos de azucarería.—Lo que de Real orden digo á Y. E. para su conocimiento y efect s consiguientes.” Y dispuesto por 8. E. su cumplimiento, con fecha 17 del mes último, de su orden se publica en la Gaceta Oficial para general conocimiento. Habana 8 de Julio de 1882. Mariano Diaz de la Quintana. Copias quo se citan. Se'lo 9q-Aíío 1882.—Habilitado para la clase 10? — Valor 2 pesetas.—Testimonio.—En la ciudad de Nueva York á los dias 29 de Diciembre de 1881, ante mí George T. Pinkney, Escribano Público en y para el Estado de N. York y en presencia de los testigos abajo firmados.—Compareció.—D. Tilomas Alva EdissoD, vecino de Menlo Párele en el Estado de New Jersey, Estados Unidos de América, dueño en la actualidad de la Patente de invención número 1727 expedida en 15 de Setiembre de 1881 sobre unas «mejoras en los aparatos para medir la corriente eléctrica que pasa ó que se emplea eu cíicuito dado» por 20 años á favor de dicho D. Tomás Alva Edisson, según consta en ia certificación expedida con el Vq Bq del Excmo. Sr. Director del Conservatorio de Artes y el sello de oficio, en Madrid á 6 de Diciembre de 1881, por D. José María Yeves Lario, Jefe de Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Catedrático numerario d 1 Conservatorio de Artes y Secretario del mismo y que á la letra dice así:—D. José María Yeves y Lario, Jefe de Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Comendador Ordinario de la Real y distinguida Orden de Carlos III, Caballero de Ja Concepción de Viliaviciosa de Portugal, Catedrático numerario del Conservatorio de Artes, Escuelas de Comercio, Artes y Oficios y Secretario del mismo.—Certifico:—Que en el Archivo de este Conservatorio de Artes, existe un expediente instruido á instancia de D. Andrés Baquero y Alinansa, en nombre de D. Thomas Alva Edisson, vecino de Menlo Park, en virtud del que se expidió á favor de este interesado en J5 de Setiembre de 1881, patente de invención por veinte años, por «mejoras en los aparatos para medir la corriente eléctrica que pasa ó que sC empleaporun circuito dado,» cuya patente está anotada en la página 476, número 1,65!) del registro de toma de razón que se lleva en esta Oficina, sin que conste que el referido D. Tomás Alva Edisson haya trasmitido los derechos que le corresponden por su Patente, por lo cual este Conservatorio le considera dueño de ella en la actualidad.—Y para que conste á petición del Sr. D. Andrés Baquero expido la presente á los fines del artículo 32 de la Ley, con el Vto. Bno. del Sr. Director de este Establecimiento y el sello de oficio, en Madrid á 6 de Diciembre de 1881. —José María Yeves. —Yto. Bno.—El Director. —Márquez.—L. S.—Y dijo:—Que por el presenta cede y trasmite sus derechos a dicha patente y á todas las adiciones eventuales de la misma para todas las Antillas y Provincias de Ultramar de España, á y en favor de los Sres. D. José Francisco de Navarro, de Nqeva York, D. Tomás A. Edisson de Menlo Parle, Estado de Nueva Jersey, D. Grosvenor Portel- Lowrey, de Jarritown, Estado de Nueva York y ü. Jorge Wales Loren de New Yoik, Estados Unidos de América, para que tengan y gocen de dicha patente y de todos los privilegios pertenecientes á la misma como de cosa suya de que son dueños absolutos, reservándose, no obstante, el referido D. Tomás Alva Edisson íntegros sus derechos á la referida patente en el Reino de Es; aña.—Con poder de reiterar y publicar la presente escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.—Y para que conste á petición de parte interesada expido la presente que firmo y sello en la ciudad de Nueva York eraut supra.—Thomas A. Edisson.—Tes tigos.— Geo. T. Pinkney.—Kings Co.—Notary Public. —Hay un se'lo de este Notario.—Visto en este Consulado General de España.—Bueno por legalización de la firma y sello de Mr George T. Pinkney, Notario público eu esta ciudad .-Mueva York 17 de Enero de 1882. —Por el Cónsul general.—El Vice-cónsul.—Manuel de la Cueva.—Hay un sello del Consulado General de España en Nueva York.—Veinte pesetas.—133. —Presentada esta escriturad las cuatro de la tarde de hoy, queda registrada al folio 92, núm. 426 del libro 29 de patentes—Madrid 7 de Febrero de 1882.—El Secretario do Gobierno.- Enrique Fernandez.—Hay un sello del Gobierno de Provincia de Madrid.—'eccion de Fomento.—Corresponde literalmente con su original que para este fin me ha exhibido D. Andrés Baquero y Almansa. á quien lo devolví de que doy fé y á que me remito.—Y para que conste á instancia del mismo y dejando nota en el Libró indicador, yo el infrascrito Notario del Ilustre Colegio de esta Villa, con vecindad y residencia en ella pongo el presente en dos pliegos de la clase 10?, números 124,092 y 122,C3ó que signo y firmo en Madrid á 16 de Mayo de 1882.—Federico Alvarez.—Hay un sello del domicilio del Notario.— Legalización,—Los infrascritos Notarios del Colegio y Distrito de esta Villa legalizamos el signo, firma y rúbrica que anteceden del Notario D. Federico Alvarez.—Madrid 16 de Mayo de 1832.— Signado.— A Hermenegildo Hernández.—Signado.—Vicente Callejo Sauz.—Hay un sello de legalización.—Colegio Notarial del Territorio de Madrid.—Hay un timbre móvil 1882.—Diez céntimos.—Es cópia.--El Director General.—A. Merelles. Sello 9q—Año 1882.—Habilitado parala clase 10? valor 2 pesetas.—Testimonio.—En la ciudad de Nueva York á los once dias del mes de Noviembre de 1881, ante mí George T. Pinkney, escribano público de esta torio de Artes y Secretario del mismo y que á la letra dice así:—D, José María Yeves Lario, Jefe de Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Comendador ordinario de la Real y distinguida Orden de Carlos Itl, Caballero de la Concepción de Viliaviciosa de Portugal, Catedrático numerario del Conservatorio de Artes, Escuelas de Comercio, Artes y Oficios y Secretario del mismo.—Certifico que en el archivo de este Conservatorio de Artes, existe un expediente instruido á instancia de D. Andrés Baquero eu nombre de D. Tomás Alva Edisson, vecino de Menlo Park, li tados Un dos, en virtud del que sé expidió á favor de este interesado eu veinte y uno de Julio último, patente de invención por veinte años por mejoras en vebérmetros ó aparatos para medir y registrar la corriente que pasa por Jos conductores cuya patente está anotada en la página cuatrocientos cuarenta y cinco, número mil quinientos cuarenta del registro de toma de razón que sa lleva en esta oficina sin que conste que el referido D. Tomás Alva Edisson haya trasmitido los derechos que le corresponden por su patente, por la cual este Conservatorio le considera no obstante, el referido D. Tilomas A. Edisson íntegros sus derechos á la referida patente en el reino de España, con poder de reiterar y publicar la presente escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.--Y para que conste á petición de parte interesada expido la presente que firmo y sello en la Ciudad de Nueva York eraut supra.—Thomas Alva Edisson.—Testigos.—Geo. i. Piukney, No'ary public.— Kings C9—Hay un sello de este Notario.—Visto en este Consulado General do España.—Bueno por legalización de la firma y sello de Mr. Geo. T. Pinkney, Notario público en esta ciudad,—Nueva York 7 de Enero de 1882. —Por el Cónsul general.— Ü1 Vice-cónsul, Manuel de la Cueva.—Hay un sello del Consulado general de España en Nueva York —20 pesetas.-133.-Presentada esta escritura á las 4 de la tarde del dia de hoy queda registrada al lólio 91, núm. 424 del libro segundo de patentes.-Madrid 7 de Febrero de 1882.-El Secretario del Gobierno.—Enrique Fernandez.— Hay un sello del Gobiqr o de provincia de Madrid. Sección de Fo- , - . T , ... mentó. Corresponde literalmente con su original que dueño de ella eu ia actualidad. 1 para que. conste á , para este fin me ha exhibido D. Andrés Baquero y Al- peticion de D Andrés Baquero, expido la presente á ! mansa, á quien lo devolví y de que doy fé y á que me los efectos del artículo treinta y dos de la Ley cou el j remito.—Y para que conste, á instancia del mismo yde-Vq B? del SI-. Díreetor de este Conservatorio de Artes jando nota en el libro indicador, yo el infrascrito Nota-V el selle ,1« nfw.¡n «n Mmli-ir) á nnatrn rio I WnK™ ,iul-..:„ del ;|ugtre Colegio de esta Villa con vecindad y gos (le la clase 10?, números 124,088 y 89 que signo y firmo en Madrid á 10 de Mayo de 1882.—Signado.—Foderico Alvarez.— Hay un sello del domicilio del Notario —Legalización—L$sinfrascritos Notarios del Colegio y distrito de esta Villa, legalizamos el signo, firma y rúbrica que anteceden del Notario D. Federico Alvarez.-Madrid 13 de Mayo de 1882-Signado. —Ldo. José García Lastra,—Signado.—E. Hermenegildo Hernández.—Hay un sello de legalización.—Colegio Notarial del Territorio de Madrid.—Hay un sello del Notario Hernández y el de timbre móvil 1882.-10 céntimos.—Es copia.—Él Director General, A. Merelles. Sello 9.°—Año 1882.—Habilitado para la clase 10.-1—Valor 2 pesetas.—Testimonio.—En la ciudad do Nueva York á los 29 dias de Diciein- y el sello de oficio eu Madrid á cuatro de Octubre de ¡ rio mil ochocientos- ochenta y uno. José María Yeves, reisdencia en ella, pongo el presente en dos plie- —V.° B. °— El Directór. — Márquez.— L. S.~ Y1 ........................* ------- - P dijo:—Que por el presente cede y trasmite sus derechos á dicha patente y á todas las adiciones eventuales á la misma para todas las Antillas y provincias de Ultramar de España, á y eá favor do los Señores D. José Francisco de Navarro, de Nueva York, D. Tomás Alva Edisson, de Menlo Park, Estado de New Jersey, D. Grosvenor Portel- Lowrey, de Jarrytwn, Estado de Nueva York y D. Jorge Loren de Nueva York, Estados Unidos de América, para que tengan y gocen de dicha patente y de todos ios privilegios pertenecientes á la misma como de cosa suya, de que son dueños absolutos, reservándose no obstante, el referido D. Tomás Alva ndisson íntegros sus derechos á la referida patente en el Reino de España, con poder de reiterar y publicar Ja presente escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.—Y para que conste á petición de parte interesada expido la presente, que fir-i, , , , ,, ... , mo y sello en Nueva York fecha ut supra.—Thomas 111'10 1 au^° 1111 Gieorgo 1. 1 mkncy, Éscri-Alva Edisson.—Testigos.-Chas. H. Sthmid.—Geo. T. ! bíino Pitico.,en y para el Estado de Nueva York Pinkuey.—Notary public.—Hay un sello de este Nota-1 y crl presencia de los testigos abajo firmados, collirio.—Visto en este Consulado General de España,— ¡ pareció D. Tomás A. Edisson, vecino de Menlo Bueno pur legalización de la firma y sello de Air. Geo. Park en el Estado de N. Jersey, Estados Unidos T. Pinkuey, Notario público eu esta Ciudad.—Nueva de América, dueño en la actualidad de la patento York quince de Noviembre de mil ochocientos ochenta de invención número 1650 expedida en 5 da Se-y uno. -Por el Cónsul General -El Vice-Cóusul, Ma- : tiembro de 1881 sobre unas “mejoras en un pro-nuei de la Cueva.—Hay un sello del Consulado general i r i • , - , de España en Nueva York.-Derechos veinte pesetas.1 ^dl,Uientü F a.k fabn,,1fon •> T8tracac‘on de -Ciento treinta y tres. - Presentada esta escrita- ^mparas e.ectricas incandescentes por 20 años ra á las tres y cuarto de la tarde y queda reg stra- a l;lV01 de dicho D. lomas Alva Edisson, según da al fó'io sesenta y siete número trescientos diez del consta en lo certificai-,-on expedida con el \ ? 1’,." libro correspondiente.— Madrid nueve de Diciembre de del Excmo. Sr. Director de este Conservatorio de mil ochocientos ochenta y uno.—El Secretario del Co- Artes y el sello de uiicio en Madrid á 7 deNoviem-bieruo, Enrique Fernaudez.-Hay un sello del Gobierno bre del año corriente por D. José M.a Yfoves Lario, de provincia de Madrid—Corresponde literalmente con ¡ Jefo do Negociado del Cuerpo de Administración su original que para este fin me ha exhibido D. Andrés civil, Catedrático numerario del Conservatorio de Baquero y Almansa, á qaien lo devolví de qne doy fe,1 y á que me remito caso necesario. Y para que conste á instancia del mismo y dejando nota en el libro indi- , , , . . . . , . ... .. - , , cador, yo el infrascrito Notario dei Ilustre Colegio de ( '■ Lueipo de Administración Ci\il, Comendador esta villa, con ve'ciudad y res deneia en ella pongo el ; ordinario de la Reai y distinguida Orden de Cár-preseute en dos pliegos de la clase décima señalados con j )°s 1 U> Caballero de la Concepción de \ i lia viciosa los números ciento veinte y cuatro mil noventa y no- : de Portugal, Catedrático numerario del Conserva-venta y uno que signo y firmo en Madrid á diez de | torio de Artes y Escuelas de Comercio, Artes y Mayo de mil ochocientos ochenta y dos.—Sobre raspa- Oficios y Secretario del mismo.—Certifico:—Quo do—once—y—vale.—Signado. —Federico Alvarez.—¡en el archivo'de esto Conservatorio de Artes, exis-Hay un sello dd domicilio del Notario.-Legalización. ! to m., expediente instruido á instancia del). Andrés -Los ni rasento?.Notarios del Colegio y distrito de es-, jia Q Almansa, en nombre do D. Tomás Alva ta villa, legalizamos el signo, firma y rubrica que ante- T, A . , ’ „ ceden del Notario D. Federico Alvárez.-Madrid trece ’ .'T™ d.° M?ulJ°1Park’ (Est,ld«8. f1 ]lldo8 de Mayo de mil ochocientos ochenta y dos,—Signado, i (;c ^ine.llca) 0,1 wr*,l([ , s? exl)1(*10 a íavor —Ldo. José García Lastra.—Signado.—E. Hemienegd-1 C‘G interesado en 5 de Setiembre de 1881, pa^ do Hernández.--Hay un sello do legalización. Colegio tente de invención por 20 anos por “mejoras en un Notarial del territorio de Madrid.--Hay un sello del procedimiento para la fabricación y construcción Notario Hernández y el del timbre móvil 1882.—10 | de lámparas eléctricas incandescente»” cuya paten-céntimos.—fs còpia.—El Director General, A. Me- J te está anotada en la página 468, número 1624 del relies. j registro de toma de razón que se lleva en esta ¡oficina, sin que conste que el- referido D. Tomás Sello 99 Año 1882 Habilitado para la cl«=e Alva Edisson haya trasmitido los derechos que le 'JF - pesetas. — Testimonio. En la cuchi cc ° correSp0ndon p0r SI1 patente, por lo cual este Con- Nueva York á los dms 29 del mes de ¡ semitono lo considera dueño de ella en la actual!- de 1881, auto mi George T. Pinkney, Escribano! . , , 0 „ el Estado de Nueva York, y en prc- ¡ chid -Y para que conste, a petición del Sr. D. ... . •-i Ar,a,..,=, ia presente a los efectos con el Yto. Bno. del Sr. Director de este Conservatorio de Artes y el sello de oficio en Madrid á 7 de Noviembre de Artes y Secretario del mismo, quo á la letra dice así:—D. José M.a Yeves Lario, Jefe de Negociado público en y para —r-- , , T>- sencia de los testigos abajo firmados.- -Compareció ¡ Andrés Raquero, expíelo la I). Tomás A. Edisson, vecino de Menlo Parle,,en el | del articulo 32 de la Ley Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América, dueño en la actualidad de la putente de invención número 1657, expedida eu 5 de Setiembre de 1881, sobre unas mejoras en un procedimiento para la fabricación y tratamiento de carbonos para lámparas eléctricas incandescentes y en las partes accesorias de los mismos, por 2(1 años, á favor de dicho D. Thomas Alva Edisson, según consta en la certificación expedida con el V9 B9 del Excmo. Sr. Director del Conservatorio de Artes, y el sello de oficio en Madrid á 7 de Noviembre del año corriente por D. José M? Yc-ves Lario, Jefe de Negociado del nistracion Civil, Catedrático numerario 1881.—José María Yeves.-Vto. Bno.-El Director, Márquez.-L. S.-Y dijo: qne por ol presente cede y. trasmito sus derechos á dicha patente y á todas las adiciones eventuales á la misma para todas las Antillas y provincias de Ultramar do España, á y en favor de los Sres. D. José Francisco de Navarro, de New York, D. Thomas Alva Edisson de .......... __ Menlo Park, Estado de New Jersey, I). Grosvenor 1 Cuerpo de Admi- Porter Lowrey de Jarrytow.i, Estado de Nueva ario del Conservato- York, y D. Goorgc Wales Loren de Nueva York, rio de Artes y Secretario del mismo y que á la letra Estados Unidos de América, para que tengan y dice así:—D. José Maria Y'eves y Lario Jefe del Negociado del Cuerpo de Administración Civil, Comendador ordinario de la Real y distinguida orden de Carlos III, Caballero déla Concepción de Viliaviciosa de Portugal, Catedrático numerario del Conservatorio de Artes, Escuelas de Comercio, Artes y Oficios, y Secretario del mismo.—Certifico.—Que en el archivo de este Conservator o de Artes existe un expediente instruido á instancia de D. Andrés Baquero y Almansa, en nombre de D. Thomas A. Edisson vecino de Menlo Park, en el Estado de New Jersey, Estados Unidos de América, en virtud del que se expidió á favor de este interesado en 5 de Setiembre de 1881, patente de invención por 20 anos por mejoras en un procedimiento para la fabricación y tratamiento de carbonos para lámparas eléctricas incandescentes y en las partes accesorias de los mismos, cuya patente está anotada en la página 468 número 16i3 del registro de toma de razón que se lleva en esta oficina, sin que gocen de dicha patente y do todos los privilegios pertenecientes á la misma como do cosa suya de • quo son dueños absolutos, reservándose, no obstante, el referido D. Tomás Alva Edisson íntegros sus derechos á la referida patente en el reino do España.—Con poder de reiterar y publicar la presento escritura de cesión donde creyesen necesario y del caso.- -Y para quo consto, á petición de parte interesada expido la presente que firmo y sello en la ciudad de Nueva York focha ut supra.—Tomás Alva Edisson.—Testigos.—Geo. T. Pinkney.— Chas. II. Sthmid.—Geo. T. Pinkney.—Notary public.—Kings Co. —Hay un sello de este Notario. Visto en esto Consulado general de España.—Bueno por legalización de la. firma y sello do Mr. Geo. T. Pinkney, Notario público en esta ciudad. —Nueva Yfork 17 de Enero de 1882.—Por el Córi- conste que el referido D. Tomás A. Edisson haya tras- j sul general—El Vico Cónsul.—Manuel de la Cuc-mitido los derechos que le corresponden por su patcn-! Va.—Hay un sello del Consulado general de Espute, por lo cua1 este Conservatorio le considera dueño lia en Nueva York.-20 pesetas.-133.—Presentada de ella en la actualidad—Y para que conste á petición ogta eBtírjtuva a las 4 de la tarde, hoy, queda regis-dd Sr. D. Andrés Baquero, expido la presente á los | tni'(]ft a] fólio [y.2 ndmcro 425, del libro segundó de tados Unidos de América, dueño en la actualidad de la patente de invención número mi! seiscientos treinta expedida en veinte y uno do Julio de mil ochocientos ochenta y uno, sobre unas mejoras en «vebérmetros o aparatos para medir y registrar la corriente que pasa por lo$ conductores,» por veinte años, á favor de dicho D. Tomás Alva Edisson, segun consta en la certifica-cion expedida con el V2 B9del Excmo. Sr. Director del Conservatorio de Artes y el sello de ofi io, en Madrid á cuatro de Octubre del ano corriente, por D. José Ma- dc Provincia do Madrid.—Sección de Fomento.— Corresponde literalmente con su original que para ste fin me lia exhibido D. Andrés Baquero y Márquez. — L. S, — Y dijo. — Que por el presente cede y trasmite sus derechos á dicha patent ¡ y á todas las adiciones eventuales á la misma para todas las Antillas y provincias de Ultramar de Espa- ¡ Almansa, á quien lo devolví de quo doy fé, y á ña, á y en favor de los Sres. D. José Francisco de Na- (p,c vomito.—Y" para qne conste á instancia dol varro de N. York, D. Tomás Alva Edisson de M01“0 ,ldsino y dejando la oportuna nota en ol libro in- Park, Estado de New Jersey, D. Grosvenor i ortei- ; .. . J ~ ■ Lo rev de Jarrytown, Estado de New York y D- Jorge Wales Loren, de New York, Estados Unidos de América, para que tengan y gocen de dicha patente, y de todos los privilegios pertenecientes á la misma como dicudor, yo el infrascrito Notario dol Ilustre Colegio de esta Villa, con vecindad y residencia en ella, pongo el presente en dos pliegos de la clase décima señalados con los números 124,086 y 87 que signo |
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