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PERIODICO OFICIA L DEL GOBIERNO. Num. 128. Viernes 1? de Junio de 1883.—El Sagrado Coraron de Jesús.—Circular en las Ursulinas. PARTE OFICIAL. PRIMERA SECCION, OFICINAS SUPERIORES GENERALES. GOBIERNO GGIERiL DE IA ISLA DE CEDA. SECRETARIA. El Excmo. Sr. Ministro do Ultramar, con fecha do ayer lia dirijido al Excmo. Sr. Gobernador General, el siguiente telegrama: “Acabo de leer Cortes proyecto nuevos presupuestos; gastos !? 34.442,979; ingresos 34.626,910; se conservan iguales tipos directos prorogando plazo para reforma reglamentos y tarifas; rebajado mitad recargo exportación: se recargan hasta veinte y dos por ciento derechos bebidas espirituosas; ayuntamientos podrán gravar hasta cincuenta por ciento cédulas personales; se crean subintendencias en todas las provincias para vigilar servicios, activar recaudación y descentralizar pagos; los demás artículos proyecto se refieren á personal, obras públicas, pensionistas, religiosas, deuda flotante y economías. Acogida proyecto muy satisfactoria.” Lo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 31 de Mayo de 1883. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. requiere para venir por dicho medio á aquel Gen- más concordantes de la Ordenanza general de tro de enseñanza. ' presidios; S. M. el Rey (q. D. g.) ge ha servido T acordado por S. E. en 19 del corriente el conceder el alzamiento de la cláusula de retención cumplimiento de la preinserta Real orden, se pu- á los confinados Amado 2.°, Alfredo 2.°, Apolinar blioa en la Gaceta para general conocimiento. 2.ü y Apolonio 2.°—Lo que de Real orden digo á HabanaJ¡3 de Mayo de 1883. ¡ V. E. para su conocimiento y demás efectos.”*3 El Secretario del Gobierne General, j M. Diaz de la Quintana. I Sección de Administración.—Negociado de Cárceles : y Presidios. Por el Ministerio de Ultramar se comunica con focha 26 de Febrero último, á este Gobierno General, la Real orden siguiente: Real Audiencia de la Habana. Secretaria. Circular.—Por la Secretaria del Y puesto el cúmplase por S. E., de su orden [ General, con fecha treinta del mes próximo pasado que les interesa. Sección tercera.—Negociado de fallos. i V fua,u Francisco del Valle, Colector que fue de I la Colecturía de Santa María del Rosario, su apoderado •ia üel Gobierno r ,, r?SlíJ1 llubl.ore {allecido, se presentarán en esta ° Contaduría general en hora y dia hábil para un asunto se publica eu la Gaceta oficial para general conocí miento. Habana 26 de Mayo de 1883. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de 'la Quintana. Tribunal de Cuentas de la Isla de Cuba. Habana 23 de Mayo de 1883.—El Contador General, Eduardo Sánchez l'ila. “Excmo. Sr.:—Hecha la revisión prevenida1 En cumplimiento á lo dispuesto por el Excmo. , - ________ ._________, ..................uo en la Real orden de 24 de Junio último y exami- Ministro, Jefe de la Sección segunda, se cita y ¡ conformidad con lo representado por el Sr. Fiscal nado el expediente de indulto de la cláusula de re- ^'"P'iiza á D. Angel Alveniz, ^Interventor que fu.é ,de S. M. se circule dicha resolución tención impuesta por la Audiencia de se dice al limo. Sr. Presidente de esta Real Audiencia entre otros particulares, lo siguiente: “Por disposición del Excmo. Sr. Gobernador General, con fecha de hoy, se previene al Goman | D- Ramón Ctortadellas, Colector que fué de la dante del presidio de esta plaza, que los confinados f;,utoeturía Je Güines, su apoderado ó herederos si híleon eausa6 pendientes no sean separados del Esta- j bler<j ía!lecido, se presentarán eu esta Contaduría ge-blecimiento mientras dure la sustauciacion de las 'Ueiai eu “ura y dia babd Para UI* asunto que les inte-SLlisillRS ^ I Y'dad, cent, ,1 Tribal,! Heno, eon k «í Ge' preinserta disposición, se lia servido acordar de uesentado por el á los Jueces D. J ulian de Ayala y Oñpro, Colector que fué de 3 la Habana ae hi Gi'denacuon general de 1 agos, o a su apode- j de primera instancia para que la tengan presente, hubiese fallecido, se presentarán en esta Colecturía á los confinados en Ceuta Antonio 10?, Angel 2? ríl,1. „ V1UZ 0 a ^os herederos del primero! Y en cumplimiento de lo acordado libro la Peneral en hora y día hábil para un asunto que les y Andrés 69, resulta que dichos penados solicita« hubiere fallecido, para que se presenteu eu la j presente para su conocimiento, sirviéndose ron la gracia y les fué negada por Real orden de keeretanwde este Tribunal eu dia y hora hábiles de1 recibo. ,, -í-t . , • - - Oficina dentro 'J-'1 íX—— - J- -‘-i ■” ’ 1 acusar interesa. 11 de Noviembre de 1879 fundada en la termino de treinta dias á re-1 Habana 26 de Mayo de 1883. - El Secretario Succión de Fomento.—Industria y Comercio. El Sr. Cónsul de España en Ral ti more, en atenta carta fecha 24 de Abril último, dice al Excelentísimo Sr, Gobernador General: Que, para el primero do Agosto próximo se abrirá en Lousvi-lle una Exposición que tiene por objeto reunir en dicha ciudad los productos de la Agricultura, Industria, Artes y Ciencias Americanas y Extranjeros, habiéndose autorizado por el Congreso la admisión en aquellos puertos, libres de derechos, de todo lo que deba figurar en dicha Exposición, so-br ór Consulares de aquella Nación en el extranjero, á los que les ha remitido á aquel fin, un crecido número de circulares. Respecto á los artículos extranjeros, libres de dereefoosjse admitirán bajo las reglas que mero ei 24 de Junio, para los penados que como de los que Fer, ai , , se procederá según previene el ar-se trata, lian extinguido más de doce años de Su ^culo 42 de la Ordenanza de 30 de Abril de 185fi. condena, observando buena conducta, según está Habana 25 de Mayo de 1883.—>El Secretario comprobado por sus respectivas hojas histórico-pé- Senorab José Díaz. nales, no habiendo reincidido y hallándose comprendidos en el artículo 321 y demás concordantes ! de la Ordenanza general de Presidios; S. M. el ¡ Rey (q. D. g.) se ha servido conceder el alzamieu- Dirección General de Hacienda. El Excmo. Sr. Gobernador General, oida la esolver, entregarse miento y demás efectos.” ' I Sabana durante' ¿próximo- df Xm?o tara > puesto el cúmplase por S. E., de su orden cumplir con el art. 3.° de la Ley de amortización se purifica en la Gaceta oficial para general cono-; de los mismos de 7 de Julio último sea el de (200) cimiento, Habana 26 de Mayo de 1883, El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar se con fecha 26 de Febrero último, á este re laeual darán circunstanciadas noticias [por i General, la Real orden siguiente: fien del Sr. Secretario de Estado,] los Agentes “Excmo, Sr.:—Hecha la revisi ( P1 !P h en la Real orden de 24 de Junio último, y examinado el expediente de indulto de la cláusula de re« tención impuesta por la Audiencia de la Habana al confinaqo en Ceuta Nárciso I,'1 resulta: Que CiJ.CTJYJ «vrl/vri \jVJ jjiaUUV U1UU1VU j TV ÍITO Sr, Secretario del'Tesoro, ón los puertos de Boston, i negada por Real orden de 11 de Noviembre de Kiladelfin, New-York, New Orleans y Baltimore; 1879, fundada en la circunstancia de no haber pero si se venden al concluir la Exposición (que j prestado los servicios de importancia exjreiordiqq-1 estará abierta durante .cien dias) ó sirvan para el | m que exigía el de 18 de Enero de ®®T° cóñBumo, quedarán sujetos al nu»o de. 1a« i 186Ó: Considerando (¡ue tales servicios no son exi- ' silos hay impuestos sobre iguales artículos por las¡gildes según la Real órden de 24 de «junio, para leyes de Aduanas que regían cuando se hizo la ira doscientos por ciento, cuyo cambio servirá para las operaciones de contabilidad á que también se contrae el texto de la precitada Ley, sin perjuicio do lo que se sirva resolver el Excmo. Sr. Ministro do I Ultramar, á cuya aprobación se ha sometido dicho comunica acuerdo. Gobierno j Lo que se comunica en la Gaceta para conocimiento general. • ision prevenida Habana 30 de Mayo de 1883.—Berqmenfy. iß Sub-Dirección. P°*' el Ministerio de Ultramar se comunica al Abril último y 'bajo el numeró ^QO-Ialíéal orden siguiente: <<v— ■ ^xcino Sr.:—Parq la plaça de Oficial terri.. • - — - e la Jpispeccion General d,o Hacienda,' Meante por pase á otro, destino do D,. 1 d¡e esa, D,. Miguel tKM'jMClOn.í '" fió (pie do orden de S. E se.puhlica en la Ga-cetíi jüini geucral conocimiento. AJaban a 28 de Mayó de 1SS3. El Secretario-del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. Instrucción Pública. -Xa I i860: Con8Í<ierando. T,e tal(is 8ery,icio8noov,u , Qo^y¿ Qu¡|ltüro y dotada con el sueldo anual de í- , -r . , , , , Tln"b l'a ‘ quinientos pepos y mil de sobresueldo; el Rey los penados que como del que se trata ha cumplido ) - n } Jte,ddu ¿ bieu nombrar á D< joaqu¿ nrás de doce tu,os de qpndoV y Ha obseryado bqe- > J¡mcuo e8 ütidal (!Uarto de bl Hmiñ. na conducta OQ.qo esta comprobado por su hoja d ¿denü¡B>_]f)B Betd 6rdeil ]0 dig0 á V. E. histórico penal, no habiendo reincidido y hallán- ^ g9 conoi)Imiento demás (;fet.tos.” dose por lo tanto comprendido en el art. 331 y de-, V ^ ^ odm ^se g E_ con e8fca fo. mas concordantes de la Ordenanza general do pse- , dR órd(J|1 del E¿mo. Sr. Director general se sidios: S. M. el Rey (q. I). a.) se ha servido con- n ’ J >1 , A' , , . . . publica en la Gaceta oficial para general couoci- la clausula de retención al 1 . , re míe uto. * *■' «a*** Inspección General de Telégrafos. Por el Ministerio de Ultramar se ha comunicado al Excmo. Sr. Gobernador General de esta Isla con fecha 28 de Abril próximo pasado, la Real orden siguiente: “Número 892.—Excmo. Sr.—En vista de una instancia presentada por el Oficial segundo de Estación D. Jaime Drest y Bosli, en la que solicita tres meses de próroga para el embarque, de regreso á esa Isla, por no haberse repuesto en su salud, y considerando, que la licencia que disfruta el interesado es improrogable; S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido á bien autorizar al interesado solo para que permanezca en la Península hasta el dia diea de Mayo próximo, en cuya fecha deberá embarcarse para la Isla de Cuba.—De Real orden lo digo á Y. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” Y habiendo acordado S. E, can fecha 19 del actual el oumpliimcn(ü do la preinserta Real órden se publica, ep la. (faceta para general conocimiento. Rabana 26 de Mayo do 1883.—El Inspector general, E. Itnrriaga. ___ Tesorería General de Hacienda. "-** r(: üjíuhiu. — —..onda, a propuesta de esta Tesorería, se lia servido disponer que se abra el pago de los haberes devengados en los meses de tínero., Febrero y Marzo del coniento año, de las clases pasivas residentes en la Península y que los- tie-ueu consignados sobre estas cajas. En su consecuencia, desde el dia 30 del corriente mes al siete de Junio entrante, de 9 á 10 do- la mañana, se satisfarán por esta Tesorería los referidos haberes correspondientes á Montepío Civil y Militar. Cesantes y Jubilados de todo3 los ramos y Pensiones de Gracia. Habana 28 de Mayo de 1383.—El Tesorero general, José Rodriguez Correa, Habana 9 de Mayo de 1883.-E1 Contador general, Eduardo Sánchez Pita. D. Joaquin Soler y 1). Federieo González Ace-vedo, Administrador é Interventor que fueron respectivamente de la Administración de Cien fuegos' «u apoderado ó herederos si hubiese fallecido, se presentarán en esta Con'adúría general en hora y dia hábil para un asunto que le interesa. Habana 9 de Mayo de 1883.—El Contador ñera!, Eduardo Sánchez Pita. ge- Por el Ministerio de Ultramar con fecha 28 de Abril próximo pasado, se comunica al Excmo. Sr. Gobernador General, la Real órden siguiente: “Exorno. Sr.:—El Sr. Ministro de Fomento lia comunicado con fecha 7 del actual al de I Itramar, la siguiente Real ópden;—Exorno. Sr.:—Al Biféctor general do Instrucción pública digo con esta fecha lo que sigue:—limo. Sr.:—\ ista la instancia que con fecha 10 de Octubre último elevó a este Ministerio 1). Valeriano Fernandez Ferraz, solicitando que de alcanzar la Cátedra de Arabo de la Universidad de la Habana, se le considere en comisión por haber obtenido en 6 de Setiembre do 1870, mediante oposición, la de la misma asignatura de la Universidad de Madrid, y que se lo computen los servicios prestados á la enseñanza oficial nsí como lo olio sea cónitativo por los férvidos en Costa Rica; Visto el Real decreto de 9 de Abril de 1871, armonizando los derechos del Profesorado oficial de la Isla do Cuba con los de la l’enín-8iila; Vistos los Reales decretos de 28 de Setiembre de 1878 y 10 de Junio de 1880 disponiendo se observe la legislación que rige en la Península para la formación de escalafones y provision de categorías, y que r,na yeç organizado e] Profesorado de Habana 19 de Mayo de 1883.--R. S. dro Bermudez, Alejan- Ror el Ministerio de Ultramar se comunica al Kxemc*. Sr. Gobernador General con fecha 24 de Abril último y bajo el número 801, la Real órden ceder el alzamiento de la ( penado Narciso Í9—Lo que de Real órden digo á( V. E. para su conocimiento y demás efectos.” | Y puesto el cúmplase por S. E. de su órden se publica en la Gaceta oficial para general cono-« cimiento. Habana Mayo 26 do 18§3,. R1 Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. - «Excmo. Sr.:—Para la plaza de Oficial ter TT1 . cerdo de la Dirección General de Hacienda de esa 1 or el Ministerio de Ultramar se comunica Isl va(;ante H8ceUB0 de D. Polioarpo Goñi, con fecha 26 de l ebrero ultimo, á este Gobierno dotada ^ el Bueldo almal de quinientos pesos General, la Real orden siguiente: V ^ dfj sobre8ueldo; el Rey (q. D. g.) ha tenido á ÍXT^.&r'rfl<Ctí\k.:reVqpn Prev,bien nombrar a D. Miguel Gómez Quintero que ultimo y exami con jglud categoría sirve eu la Inspección general 0 de Hacienda.—De Real órden lo digo á Y- E. para siguiente: D. 4 rancisco Antonio Landa, Colector que fué de la Colecturía de San Antonio Me los li8ñoS. su apoderado o herederos si hubiese fallecido, se presentarán en esta Contaduría general en hora y dia hábil, para un asunto que les interesa. Habana 14 de Mayo de 1883.-E1 Contador general, Eduardo Sánchez Pita. D. Manuel Lluch, Administrador, bajo la responsabilidad de D. Rdefonso Muñoz, que fué de ía Administración de Aduanas de Sagua, su apoderado ó herederos si hubiese fallecido, se presentarán en esta Contaduría general en hora y dia hábil, para un asunto que les interesa. Habana 25 de Abril de 1883.—El Contador pv-neral, Eduardo Sánchez Pita. D. Joaquin Soler, Administrador y D. Federico C«. Acebedo, Interventor, que fueron respectivamente de la Administración de la Aduana de Cienfue-ros, su apoderado 6 herederos si hubiese fallecido se presenta- hS»?“l,,,ra y •«* Pita. i), Kamou Cortadolla, Colector que fué de la Colecturía de Rentas de Güines, su apoderado 6 herederos, si hubiese fallecido, se presentarán en esta Contaduría general, en hora y dia hábil, para un asunto que les interesa. Habana 14 de Abril de 1883.—El Contador ueral» Eduardo Sánchez Pila. ge- SEGUNDA SECCION, on la Real orden do 24 do Junio nado el expediente de indulto de la cláusula retención impuesta por la Audiencia de la Rabana i , .. . - „ - tt « ,, „ , su conocimiento y efectos cor respondientes.” al confinado cu Ceuta Urbano 2. , resulta, que di-, y puesto el cúmplase por S. E. cou esta fecha, El Encino. Sr. Director General de Hacienda, de acuerdo con lo propuesto por este Centro,^ se lia servido resolver que se satisfagan en oro cou uu cinco por ciento de su importe eu monedas de plata, por todas las cajas del Tesoro de esta Isla, las obligaciones por Personal y Material del Presupuesto vigente, consignadas sobre las mismas y correspondientes al presente mes. Habana 28 de Mayo de 1883.—El Tesorero general, José Rodriguez Corlea. Contaduría General de Hacienda. Habiéndose extraviado la carta de pago'que originó el depósito de dos mil escudos en la t aja de la Administración de Hacienda de Santiago de Cuba, en 17 de Setiembre de 1867 efectuado por D. Francisco Muñoz y Santierre, como fianza para garantir su cargo como Guarda Almacén que fué de aquella Aduana; se ^ . hace público por este medio á fin de que el documento ; órden del Excmo. Sr. Director general se pu- | de referencia quede nulo y sin ningún valor ni efecto ica en la Gaceta oficial para general conocí- Habana 25 de Mayo de 1883.—Eduardo Sanche: Habana 19 de Mayo de 1883.—P. S., Alejan« dro Bermudez. Pita. Sección de atrasos.—Negociado de reparos. N9 458.—F? 101. elüenaüza superior y de segunda eu Cuba, sus miembros pasarán á figurar en el lugar que les corresponda en los respectivos escalafones do la Península, prèvia consulta del Consejo de Instrucción pública: Vista la Real órden de 21 de Agosto de 1880, dictada de acuerdo con dicho Consejo, por H cual se deplaru que los Catedráticos de las Uni-rorsidades de Distrito que hubiesen sido propuestos en terna, prèvia oposición, para Cátedras de la Central, pueden aspirar por concurso á las vacan-fes que ocurran en esta ultima I niversidád, sea °ual fuere el tiempo que lleven de ejercicio en la enseñanza: Visto el informe que acerca de dicha instancia ha emitido el Consejo de Instrucción pública: Considerando que si bien D. Valeriano Ecr-Ijandbz Ferraz no llegó á tomar posesión de la Cátedra de Arabe de la Central, el carácter y ca-legon, '•e ser 'ino ocuparon lugar en terna p 'nisma Escuela y después obtuvieron plaza en Uni-v<rsidad de Distrito, en cuyo caso se halla hoy el Aclamante al poseer la Cátedra do Arabe do Ja i niversidád do la Habana; S. AI. el Roy (q. D. g.) ría tenido ú bien resolver que cuando por haberse puesto en ejecución los tres Decretos de que quoto1 hecho mérito, los Catedráticos de la Isla de Cuba figuren en el Escalafón general de los de las j iíNersidades del Reino, y eu la Facultad de t L ipsofja y Letras de Ta Central exista cátedra va--‘■ante que corresponda v so anuncie al concurso, el 'Herido D. Valeriano Fernandez Ferraz, tendrá derecho á acudir al llamamiento áun -cuando pan íQtonees no reúna los tres años de antigüedad co- too numerario de Universidad de Distrito que se cho penado solicitó la gracia y lo fué negada por j de la Real órdou do 13 de' Noviembre de 1879, fun S bbca dada on la circunstancia de no haber prestado los mjeut0 servicios de importancia extraordinaria que exigía1 el Real decreto de 18 de Enero de 1860: Considerando que tales servicios uo sou exigibles según la Real órden de 24 do Junió, para los penados que por e\ Ministerio de Ultramar se comunica al como del que se trata, ha extinguido más do doee| Excmo. Sr. Gobernador General con fecha 24 de años de cpndeust y'ha observado buena conducta, : Abril úhauo y bajo el número 802, la Real pifien O-Datyy D. Joaquiu de Almaitsa y «orno os« oomprobado pona h<ga hMta wpe»,], 6¡ , fe Giaíf'««l cm» * Uta MUcido J. na habiendo remoldldo y hallando» por tanto “Exorno. Sr.i-Dn, la pbn do Ofioial .e- 'herviría prosealarae en ..la Contaduría comprendido cu el art. o~ I y demas eoucícn’dantes gUll(j0 Contador de la Aduana de Cárdenas, va- j General en dia y hora hábil y término de quince dias, de la Ordenanza general de presidios; S. M. el Rey J por cesantía de IX Evaristo Amat, y dotada ¿ recoger dos pliegos de primera censura de repasos* [q. D. g.] se ha servido conceder el alzamiento de yueldo anual de seiscientos pesos y mil de; deducidos por el Tribunal de Cuentas del Reino en la la cláusula do retención al confinado Urbano 2.a— 60bresucldo; el Rey [q. D. g.] ha tenido á bien 1 del Tesoro por ingresos y pagos de la Depositaría de nombrar á D. Policarpo Goñi y Bueita que es | Pinar del Rio correspondiente al mes de Jumo ue Oficial tercero de la Dirección General de lia 1869; en la inteligencia que;^«« presentarse les pa- idniiiiislraciou Ecouómica de ta Habana. Negociado de Clases pasivas.—Contaduría, . Habiendo dispuesto el Exorno. Sr. Director general de Hacienda que por la Tesorería de esta-Administración se proceda al pago de los haberes devengados por las Clases pasivas en el de la fecha; esta Económica ha acordado satisfacerlos en la forma siguiente: Los dias 1, 2, 4, 5 y 6 del mes.próximo so abonarán de 11 á 2 de la tarde los correspondien^ tes. al Montepío Civil, Militar y de Gracia, y en iguales horas de los dias 7, 8 y 9, á los Cesantes y Jubilados'de todas clases y Exclaustrados. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados. Habana 30 de Mayo de 1883.—El Jefe Económico, M. Maestre. Sección de Administración.—Negociado de Pagarés. ecira de Arabe de la uerunu, ei car^eior y cañón que con tal nombramiento adquirió no de-ier olvidado en juzgarse inferior al de aquellos ocuparon lugar en terna para Cátedra do la De Real qrden lo digo á V, E- para su conocimiento y demás efectos.” V puesto el cúmplase por S. E-, de su órdeu se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento. Habana 26 de Mayo de 1883. El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de la Quintana. Por el Ministerio de Ultramar se comunica pan fecha 26 de Febrero último, á este Gobierno General, la Real órden siguiente: “Excmo. Sr.;—Hecha la revisión prevenida en la Real órden de 24 de Junio último y examinado el expediente de indulto de la cláusula de re- 8j<niieiite: tención impuesta por la Audiencia de la Habana áj n cienda de esa Isla.—De Real órden lo digo á V. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” Y puesto el cúmplase por ¡3. E. con esta fecha, de órden del Excmo. Sr. Director General, se publica en la (faceta oficial pava general conocí, ufiepto. Habana 49 de Mayo de 1883.—P. S., Alejandro Bermudez. rarán los perjuicios consiguientes, Habana 2 de Mayo de 1883.—Eduardo Sanchez Rita, N.° 1.532.—F. ° 491. D. Serafiu Otero Cossio, su apoderado, ó caso de haber fallecido sus herederos, se presentarán en esta Contaduría General en dia y hora hábil y término de Por el Ministerio de Ultramar se comunica al | quince dias, á rccügér un pliego de ciUificacion de Excmo. Sr. Gobernador General con fecha 16 do reparos deducido por el Tribunal fie Cuentas Le - ,, -i,- , • , - oía i n i ■ loo no en la del Tesoro déla Administración Económica Abril ultimo y bajo el numero 810, la Real oí den p Pj.fnc¿e correspondiente «1 mes de Marzo de 1868; en la inteligencia que do no presentarse le iXeirio. Sr.:—Para la plaza de 0,ficial quinto. .)aral.;'ltl ]os perjuicios aue haya lugar. • segundo del Resguardo terrestre de Adua j Habana Mayo 2‘ de 1883.—El los confinados en Ceuta Ainado 2.°, Alfredo 2.°,! Celador ________________ Apolinar 2.° y Apolonio 2.‘‘, resulta;^ que dichos nas de csa l8Ja, vacante por cesantía de D. Valen, j jienados solicitaron la gracia y los fué negada por j tbl Molina y dotada con ol sueldo anual de tres-Real qrden de 11 de Noviembre de 1819 fundada | cientos pesos y setecientas de sobresueldo; el Rey cu la circunstancia de no haber prestado los serví-1 ¡ r,p D. g.j ha tenido á bien nombrará D. José Mon eios do importancia extraordinaria fifi? e.yigia el j femar -Eduardo Sanche: 11 e import Real decreto de 18 do Eqevo d? j86Ú: Considc raudo que tales servicios lio son e.\igil)les segun la Real orden de 24 de Junio, para los penados que como de los que se trata, han cumplido más de 12 años de condena y han observado buena conducta, como está comprobado por sus respectivas hojas histórico-penales, no habiendo reincidido y hallándose por tanto comprendidos en el art. 321 y de- Compulsas. N9-2.111.-Fv 233 D;j Josefa Sautafé y Pesafia, huérfana de D. Pablo, .¡rente que fué de la Audiencia de Puerto Príncipe que es Oficial quinto de la Inspección do Hacienda.—De Real órden lo digo á Y. E. para su conocimiento y efectos correspondientes.” ^ Y puesto el cúmplase por S. E. en esta fecha,1 jiegeidyU(jUC de órden del Excmo. Sr. Director general se pu• 6 persona que le represente, se servirá presentarse blica en la Gaceta oficial para general conocí- eBta Contaduría general en dia hábil para euternrle de miento. un asunto que le concierno. Habana 19 de Mayo do 1883.—V. S., Alejan-] Habana Mayo 16 de 1883.—El Contador gene-dro Bermudez. ral, Eduardo Sanchez Pita. Dispuesto que se saque a subasta pública las cincuenta caballerías de tierra embargadas del ingenio «Vega Mar» ó «Jácaro,» sito eu la jurisdicción de Sagua la Grande, á causa de adeudar á la Hacienda D. Francisco Velazquez y Franco la cantidad de 5761 pesos 69 centavos oro, por pagarés por derechos de hipotecas, se ha señalado el acto de remate para el dia 2 del mes de Julio próximo, á las doce de su mañana, simultáneameute en las Administraciones Económicas de Santa Clara y Habana y en la subalterna de Sagua la Grande, ante las respectivas juntas de subasta y bajo el pliego de condicione^ que a continuación se ex-presa: Habana de Mayo de 1883.—El «Tefe Económico, Manuel Maestre. Pliego de condiciones. Primera. El valor de las cincuenta caballerías de tierra, segun tasación pericial, asciendo á 7500 pesos oro, detallados eu la forma siguiente: 12 caballerías de tierra á razón de 150 posos cada una............................. $ 1800 ... 38 caballerías de tierra montuosa y limpia á 150 pesos cada una ..................... 5700 ... Total de la tasación... $ 7500 .;. Segunda. Las proposiciones se harán en pliegos cerrados y no se admitirá ninguna que no cubra los dos tercios de la tasación indicada. Tercera. Para que puedan ser admitidas las proposiciones dichas, habrá de incluirse en los pliegos de, aquellas una carta de pago que acredite haber depositado en las cajas de esta Administración una cantidad equivalente al 5 p.g de la tasación. También podrá presentarse dicha carta de pago con posterioridad á la presentación del pliego ó en el acto de abrirse la subasta. Cuarta. Constituida la junta para la subasta en el lugar prefijado y en el dia y hora señalados, ei Sr, Presidente la declarará abierta, pero no procederá á la ta
Object Description
Title | Gaceta de La Habana, Num. 128-153, Junio de 1883 |
Variant Title | Gaceta de La Habana: Periodico Oficial Del Gobierno |
Subject | Cuba -- Politics and government |
Genre | Periodicals |
Publication Place | Havana (Cuba) |
Publication Date | 1883-06 |
Coverage Temporal | 1880-1889 |
Coverage Spatial | Cuba |
Physical Description | 1 volume (104 pages) |
Language | spa |
Repository | University of Miami. Library. Cuban Heritage Collection |
Collection Title | CHC Periodicals |
Collection No. | CHC9998 |
OCLC No. | 20802831 |
Rights | This material is in the public domain in the United States. For additional information, please visit: http://merrick.library.miami.edu/digitalprojects/copyright.html |
Standardized Rights Statement | http://rightsstatements.org/vocab/NoC-US/1.0/ |
Object ID | chc9998000665 |
Type | Text |
Format | image/tiff |
Description
Title | Page 1 |
Object ID | chc9998000665 |
Digital ID | chc99980006650001001 |
Full Text |
PERIODICO OFICIA L DEL GOBIERNO.
Num. 128.
Viernes 1? de Junio de 1883.—El Sagrado Coraron de Jesús.—Circular en las Ursulinas.
PARTE OFICIAL.
PRIMERA SECCION,
OFICINAS SUPERIORES GENERALES.
GOBIERNO GGIERiL DE IA ISLA DE CEDA.
SECRETARIA.
El Excmo. Sr. Ministro do Ultramar, con fecha do ayer lia dirijido al Excmo. Sr. Gobernador General, el siguiente telegrama:
“Acabo de leer Cortes proyecto nuevos presupuestos; gastos !? 34.442,979; ingresos 34.626,910; se conservan iguales tipos directos prorogando plazo para reforma reglamentos y tarifas; rebajado mitad recargo exportación: se recargan hasta veinte y dos por ciento derechos bebidas espirituosas; ayuntamientos podrán gravar hasta cincuenta por ciento cédulas personales; se crean subintendencias en todas las provincias para vigilar servicios, activar recaudación y descentralizar pagos; los demás artículos proyecto se refieren á personal, obras públicas, pensionistas, religiosas, deuda flotante y economías. Acogida proyecto muy satisfactoria.” Lo que de orden de S. E. se publica en la Gaceta oficial para general conocimiento.
Habana 31 de Mayo de 1883.
El Secretario del Gobierno General,
M. Diaz de la Quintana.
requiere para venir por dicho medio á aquel Gen- más concordantes de la Ordenanza general de tro de enseñanza. ' presidios; S. M. el Rey (q. D. g.) ge ha servido
T acordado por S. E. en 19 del corriente el conceder el alzamiento de la cláusula de retención cumplimiento de la preinserta Real orden, se pu- á los confinados Amado 2.°, Alfredo 2.°, Apolinar blioa en la Gaceta para general conocimiento. 2.ü y Apolonio 2.°—Lo que de Real orden digo á HabanaJ¡3 de Mayo de 1883. ¡ V. E. para su conocimiento y demás efectos.”*3
El Secretario del Gobierne General, j M. Diaz de la Quintana.
I
Sección de Administración.—Negociado de Cárceles : y Presidios.
Por el Ministerio de Ultramar se comunica con focha 26 de Febrero último, á este Gobierno General, la Real orden siguiente:
Real Audiencia de la Habana.
Secretaria.
Circular.—Por la Secretaria del
Y puesto el cúmplase por S. E., de su orden [ General, con fecha treinta del mes próximo pasado que les interesa.
Sección tercera.—Negociado de fallos.
i V fua,u Francisco del Valle, Colector que fue de I la Colecturía de Santa María del Rosario, su apoderado
•ia üel Gobierno r ,, r?SlíJ1 llubl.ore {allecido, se presentarán en esta ° Contaduría general en hora y dia hábil para un asunto
se publica eu la Gaceta oficial para general conocí miento.
Habana 26 de Mayo de 1883.
El Secretario del Gobierno General, M. Diaz de 'la Quintana.
Tribunal de Cuentas de la Isla de Cuba.
Habana 23 de Mayo de 1883.—El Contador General, Eduardo Sánchez l'ila.
“Excmo. Sr.:—Hecha la revisión prevenida1 En cumplimiento á lo dispuesto por el Excmo. , - ________ ._________, ..................uo
en la Real orden de 24 de Junio último y exami- Ministro, Jefe de la Sección segunda, se cita y ¡ conformidad con lo representado por el Sr. Fiscal nado el expediente de indulto de la cláusula de re- ^'"P'iiza á D. Angel Alveniz, ^Interventor que fu.é ,de S. M. se circule dicha resolución tención impuesta por la Audiencia de
se dice al limo. Sr. Presidente de esta Real Audiencia entre otros particulares, lo siguiente:
“Por disposición del Excmo. Sr. Gobernador General, con fecha de hoy, se previene al Goman | D- Ramón Ctortadellas, Colector que fué de la dante del presidio de esta plaza, que los confinados f;,utoeturía Je Güines, su apoderado ó herederos si híleon eausa6 pendientes no sean separados del Esta- j bler |
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